miércoles, 2 de mayo de 2012

El oro del Río de la Plata


Publicado en Numismático Digital, 1 de mayo de 2012



En el Orden del día de la Sesión celebrada en el Palacio de las Cortes de Madrid el 11 de diciembre de 1855 varios prohombres disertaron sobre la idoneidad de la construcción de una nueva Casa de Moneda. Importante documento numismático, el Acta de Sesiones del Congreso nos informa entre otros del tema en el que hoy nos centramos, el origen del oro que se batía en España, y  de la saca de moneda de plata antigua y columnaria hacia Europa.

Claudio Moyano daba contestación a lo expuesto el día anterior por Práxedes Mateo Sagasta, sobre la idoneidad de la construcción de una nueva ceca y la posibilidad de que la misma se erigiese en la casa que se había adquirido recientemente al duque de Valencia, el general Ramón María Narváez . Se había propuesto que en la misma se reuniesen no solamente las dos casas existentes en la Villa, sino también que fuese la única que batiese moneda en el Reino.

El político, escritor y periodista Patricio de la Escosura informaba que para ello ya se habían comprado máquinas a vapor de gran fuerza, que podían acuñar constantemente, al menos durante días, semanas y meses, cuando la necesidad lo exigiese, pero que no le parecía que las mismas pudiesen instalarse en el edificio adquirido. También hacía referencia al estado de los edificios de las cecas madrileñas, que ocupaba una parte el departamento de grabado y dos  el de acuñación, lleno de funcionarios mal retribuidos, sin porvenir de ninguna especie
.
El diputado José Gener, entre otros temas, exponía que Sevilla, Barcelona y Cádiz tenían comercio directo con varios puertos de la cuenca del Plata, y que para ello debían ir provistos de dinero en metálico. En el Uruguay, Paraguay y Buenos Aires el oro tenía una valoración muy baja, especialmente en Montevideo y el Paraguay, donde la onza de oro valía catorce duros y un poco más. A cambio de plata, se conseguía en el Plata oro que se traía a España, donde se acuñaba en la Casa de Moneda de Sevilla en un periodo de entre doce y veinte días, y en la de Barcelona, en un periodo de seis a diez días.

La nueva moneda era trocada en plata, y los barcos volvían a realizar nuevamente los mismos periplos y a realizar estos negocios tan lucrativos.  A su entender, a estos comerciantes les sería de todo punto imposible traer sus metales a Madrid, dado que para las labores y el transporte se necesitarían al menos un mes y medio. Además, se obtenía un beneficio de un 20% con la moneda española de plata –la batida en la Península, anteriormente conocida como provincial- en estas latitudes, dado que en la provincia argentina de Entre Ríos, por ejemplo, las pesetas de cara españolas valían dos reales del país, o cinco reales españoles, y las medias pesetas un real del país, o 2 ½ españoles.

La moneda española no era admitida en el extranjero sino como pasta, pero también nos informaba que en Italia y en Austria los duros columnarios se adquirían a veinte reales, y era una gran ventaja, sobre todo para los comerciantes barceloneses, llevar esta moneda para los pagos en efectivo, dado que si utilizasen moneda corriente, valorada como pasta, perderían un 10%. Según él, la moneda que carecía de columnas, tanto en tiempo de Fernando VII como de Isabel II, la tomaban por 16 reales.

El problema de España, a su entender, era la falta de pastas. Productora y distribuidora casi en exclusiva de plata a nivel mundial durante tres siglos, España carecía, veinte años después de la Independencia de nuestra América, de metales preciosos, y lo que llegaba se amonedaba. Además, la moneda argéntea circulante contenía una ligera proporción de oro, lo que era a su entender la principal razón de que la misma desapareciese de la circulación, y solamente se conseguiría frenar su saca separando el oro que contenía.

Para él, la causa de la penuria monetaria no radicaba en el buen o mal sistema monetario, ni en el mecanismo, la ejecución del sistema, sino en la situación comercial, que sacaba los pesos fuertes todavía en circulación. El desnivel con el que desde Felipe V se había fijado la paridad del oro con la plata con respecto al mercado mundial del primero, había hecho desaparecer la plata. La situación seguía produciéndose, dado que, a pesar de la depreciación generalizada mundial del oro por el descubrimiento de los placeres de Australia y California, en España conservaba todavía , y hasta con premio, su estimación y valor.

La llegada de los Cien Mil Hijos de San Luis agravó la situación. Por Acuerdo de la Junta de Oyarzun de 13 de abril de 1823 se introdujeron en España cien millones de francos, según cálculos del político y economista francés León Faucher. Esto no sólo ayudó a la salida de España de los pesos fuertes, sino que hizo perder a nuestra moneda un 3% de su valor, dado que el real del napoleón francés tenían menos plata que el nacional, y asimismo elevó el nivel de precios.

Hasta hacía unos años , la relación entre el oro y la plata había sido de 1 a 16 ½, mientras que en Holanda, Rusia, Francia y otros países, y sobre todo en Inglaterra, era mucho más baja. Si bien se había reducido la ley de la moneda de oro a 1 a 15:436 milésimos, todavía no se estaba al nivel de varias naciones, y el resultado era la extracción de la plata, privando a España de la moneda más apropiada para las transacciones diarias. En cuanto a la separación del oro que la moneda de plata contenía, afirmaba que desde 1826 ninguna moneda de plata europea tenía oro, dado que se aplicaba para su afinación ácido sulfúrico en vez de ácido nítrico.

Esto no se hacía en Madrid porque se necesitarían grandes masas para que resultase provechoso, pero estimaba  que  la moneda antigua y las contemporáneas ultramarinas contenían ocho maravedíes de oro por onza de plata, y que las rendiciones de Sevilla y Barcelona que arriba vimos habían dado hasta miligramo y medio de oro, lo que hacía lucrativa la separación. Las pastas disponibles que no procedían de las repúblicas hispanoamericanas, originarias de las minas de Hiendelaencina –Guadalajara- y Sierra Almagrera –Almería-, no contenían oro, ni tampoco la moneda francesa, ni los objetos de plata, que ya habían sufrido la operación del apartado.

Fuente:
Diario de las sesiones de las Cortes Constituyentes en su legislatura de 1854, 1855 y 1856, Tomo X, Madrid, 1856.