lunes, 6 de mayo de 2019

La política monetaria de los primeros monarcas de la Casa de Austria

Publicado en UNAN Numismática, marzo-abril 2019, pp. 5-11

https://drive.google.com/file/d/1g1EmRIvUZ9l34Zj5zL1fT5Rb_cz9APNm/view?fbclid=IwAR0yQMsppBCz8JiN185tJxJksxnpduEWjdZcjDN_haLsBZtarJcOXInuQrc


Bernal afirma que la Corona de Castilla creó para su época el entramado más complejo y eficaz hasta ese momento conocido en cuanto concernía a política monetaria. El control comenzaba con el de los veedores en las fundiciones y en la obligación del ensaye de los metales preciosos, y continuaba con el registro de entrada en la Casa de Contratación de la plata procedente de los Reinos de las Indias, la intermediación de los mercaderes de la plata, las funciones reguladoras de la oferta monetaria de la Casa de Moneda de Sevilla y el papel de la Bolsa de la Lonja de las Gradas y el de Banco Central que ejercitaba la propia Casa de Contratación.
  Como expone María Ruiz Trapero, la moneda siempre ha servido de documento al poder político para comunicar a través de sus improntas monetarias lo más destacado de su mandato, lo que interesaba dar a conocer a los usuarios, porque al ser numerario circulante rebasaba los límites geográficos del territorio por ellos controlado. A su entender, un buen ejemplo de la importancia de este vehículo de difusión fue que en las improntas de la moneda de los Reyes Católicos se reflejaba la transformación del Estado Medieval al Moderno. 
  Javier de Santiago recoge que la emisión y fabricación de moneda es un atributo exclusivo del poder político, y en el caso de la Corona de Castilla, el Fuero Viejo ya especificaba que la moneda pertenecía al señorío natural del Rey. Este ius monetae le otorgaba la capacidad de alterar todas las características de las monedas, tanto en lo referente al peso y ley del metal que contenían, como a los tipos y leyendas utilizados. Este recurso fue utilizado recurrentemente por los monarcas de la Casa de Austria para financiar unos gastos en constante incremento. Alexander del Mar explicaba cómo  la medida tomada por Felipe III de doblar el valor de la moneda de vellón era similar a las que anteriormente habían llevado a cabo Enrique VIII y Eduardo VI en Inglaterra, y sus consecuencias en España habían sido la práctica suspensión de pagos en moneda de oro y plata y la aparición del premio.
  La relación bimetálica entre las monedas de oro y plata, fue uno de los grandes problemas de los sistemas monetarios europeos, no solamente del español, durante toda la Edad Moderna. El sistema monetario castellano era similar a los existentes en toda Europa durante el siglo XVI, con moneda de oro y plata de alto facial y moneda de vellón en los valores más bajos del sistema. Para García Guerra el problema de las sociedades que utilizaban moneda de los tres metales era que el sistema difícilmente se podía mantener estable si se acuñaba moneda fraccionaria con contenido metálico igual  su valor nominal, dado que las relaciones del mercado hacían fluctuar su valor y las autoridades debían o bien modificar continuamente su la proporción legal entre las distintas monedas o bien desaparecerían de la circulación uno u otro tipo de monedas. Estas modificaciones alcanzaban asimismo a las monedas de cuenta.
  La relación bimetálica consiste en el valor estimado para una cantidad de oro en plata, que ni se mantuvo constante en el tiempo ni fue la misma en cada uno de los Estados del continente. Debido a ello, era posible obtener un beneficio con solamente transportar moneda de un país a otro, por lo que las autoridades de los Estados usaron como práctica de atracción de los metales nobles la modificación de dicha paridad. Los excesos en la paridad suponían la desaparición del mercado de la moneda minusvalorada. Asimismo, y aún con las diferencias que existían entre los diversos territorios, sí que se observa en toda Europa la progresiva depreciación de la plata con respecto al oro.
  Como afirmaba Elhúyar, durante la Edad Moderna existió la preocupación de adquirir ambos metales preciosos en todas las naciones y por sus más distinguidos políticos, como prueba de lo ventajoso que era el comercio para los que lo percibían, por la idea que se tenía de que en ellos residía la verdadera riqueza. En la misma fundaban la medida para determinar a cuál de ellas los intercambios eran favorables, dándole el especioso nombre de balanza de comercio.
Los monarcas de esta dinastía intervinieron en muchas ocasiones en el sector monetario, tanto para regular la oferta monetaria con las necesidades de los mercados como para obtener unos ingresos adicionales para hacer frente al desequilibro entre los ingresos y gastos públicos. Para ello, sus manipulaciones fueron fundamentalmente en la línea de aumentar o disminuir la emisión de moneda, las alteraciones en el valor del vellón y los ingresos derivados del señoreaje, que era la imposición que se cobraba por la acuñación.
  Como recoge Glen Murray, es a partir de la Cédula de Felipe II de 7 de noviembre de 1567 dirigida al tesorero de la Casa de Moneda de Sevilla para el cobro del señoreaje, que posteriormente se extendió a los tesoreros de las demás cecas, cuando se tienen estadísticas casi completas de las cantidades de moneda acuñadas en oro y plata en las cecas castellanas. De su estudio se desprende que durante el reinado de Felipe II el 72% de toda la plata y el 87% de todo el oro batido en las cecas peninsulares se acuñó en la Casa de Sevilla, y que otras cecas quedaban inactivas durante largos periodos.
  La clave para la estabilidad de todo el sistema se encontraba en el cumplimiento de la premisa de que los valores de las monedas en circulación estuviesen correctamente ajustados en sus valores intrínsecos y nominales. Junto a ello, debía controlarse directamente la cantidad de moneda menuda en circulación, para que sirviese exclusivamente para las transacciones menudas, mediante la autorización de su labra y la limitación en las emisiones. 
  El tratamiento de las diversas especies monetarias fue desigual, dado que en las emisiones de oro y plata se observa una continuidad y una estabilidad que contrasta con la manipulación continuada de las de vellón, básicamente con fines recaudatorios. Según García del Paso, la circulación de la moneda de oro era muy escasa a finales del siglo XVI, y el sistema trimetálico se habría convertido de facto en un sistema bimetálico, basado en la plata y el vellón. Según Ulloa la moneda acuñada en los tres metales entre 1566 y 1598 rondaría los 70 millones de maravedíes, y hacia 1597 estima que la oferta monetaria estaría alrededor de los 20 millones de ducados.  
  En la misma línea Ruíz Martín afirmaba que en Castilla se consolidó una situación de doble moneda que funcionó de una moneda un tanto irracional, dado que siendo el país de la plata fue el vellón el que circuló, generalmente sin conflictos. La moneda de vellón servía a su entender para pagar todo lo cotidiano, además de tener capacidad liberatoria plena para el pago de impuestos, lo que suponía que todas las rentas recibidas por la Corona eran señaladas en moneda de cuenta y pagadas en vellón.  
  Akira Motomura estima que esta política estaba basada en unos principios muy racionales, por los que las monedas de oro y de plata, auténticas divisas de su época, debían conservar su excelente calidad, mientras que las emisiones de vellón, cuya emisión era monopolio de la Corona y, además, circulaban únicamente en el mercado interior, eran susceptibles de proporcionar por medio del señoreaje o su manipulación ingresos importantes para la Real Hacienda.
  Una posible solución para facilitar las transacciones más corrientes y evitar los graves problemas que se produjeron en la circulación monetaria hubiera sido la labra de moneda de plata de pequeño módulo en cantidad suficiente. Toda vez que la acuñación en metales nobles era normalmente realizada por cuenta de particulares, la Corona intentó en varias ocasiones dictar normas obligándoles a hacerlo en moneda menuda, lo cual, según los trabajos de Carlos Álvarez, no produjo los resultados perseguidos.
  En este sentido encontramos un ejemplo en el Teatro de la Legislación Universal de España e Indias, T. VI, Ley XVIII, en la que se ordenaba que la plata de particulares labrada en las Casas de Moneda debía serlo por terceras partes una en reales y medios reales, otra en reales de a dos y una tercera en reales de a cuatro, posibilitándose a que la mitad de este último tercio se acuñase en reales de a ocho, bajo pena de pérdida de oficios y prendimiento de la mitad de sus bienes a los oficiales y tesorero, y de la pérdida de la moneda para los particulares que excediese de los porcentajes fijados en esta ley. 
  Para Carlos Álvarez, el equilibrio entre monedas de valores distintos es un bien público, y corresponde a la autoridad monetaria su provisión, pero en un sistema en el que las emisiones de plata no eran un monopolio de la Corona, los altos costes relativos en los que se incurría con la labra de moneda de los valores más bajos desincentivaba a los propietarios de la plata, y producía un desequilibrio a favor de las de mayor módulo. La Corona, que pudo haber actuado más contundentemente en este sentido, no lo hizo por intereses políticos y militares.
  Lluis y Navas defendía que la situación política internacional influyó en la situación económica y por ende en la legislación monetaria, unas veces directamente, como sucedió con las prohibiciones de la saca, y otras indirectamente, citando las medidas para coartar los delitos monetarios a que predisponía la situación político-económica. Se reguló que el coste de acuñación de todo tipo de monedas, independientemente de su tamaño, fuese el mismo, pero ello perjudicaba a las Casas de Moneda, dado que a ellos sí que les resultaba más costoso batir numerario menudo, obteniendo mayor beneficio con la labra de moneda de gran formato. Asimismo, aunque el Consejo de Castilla, los comerciantes y el público en general se quejaban frecuentemente de su escasez, nadie quería acuñar moneda pequeña con su metal precioso.
  La moneda de mayor módulo fue la más demandada en los mercados, tanto nacionales como internacionales, y fueron muy comunes los contratos en los que consta expresamente la mención de que debían ser satisfechos en moneda de plata doble, reales de a ocho o de a cuatro. El premio de la plata doble sobre la sencilla se estimaba por el Consejo de Hacienda en 1627 entre un 4 y un 5%.
  Las alteraciones monetarias, que llegaron a ser tan comunes, se debieron tanto al intento de ajustar los valores monetarios cuando se alteraba la relación bimetálica de los metales como la obtención de beneficios por parte de la autoridad emisora. Mientras que las primeras garantizaban la correcta valoración del circulante y la estabilidad monetaria, y tenían por tanto consecuencias positivas,  las segundas resultaron especialmente dañinas, no sólo para el sistema monetario, sino para el conjunto de la actividad económica.
  Varias son, según el profesor de Santiago, las causas para que el valor de la moneda de plata permaneciese invariable en la mayor parte de la época de los Austrias. En primer lugar, el prestigio adquirido por los reales de a ocho, convertida en la gran divisa a escala mundial. Para este autor,  el haber procedido a incrementar su valor hubiese producido una importante repercusión negativa en la Real Hacienda, toda vez que los asentistas de la Corona no hubiesen querido aceptarla por su nuevo valor.       
  Lo mismo podría afirmarse de las obligaciones financieras adquiridas –los juros-, de los contratos entre particulares y del comercio. A lo anterior de Santiago añade el valor ideológico de la moneda, como signo representativo de la grandeza y del prestigio del soberano que la emite, y reducir su nominal podría significar tanto como menoscabar el prestigio de la Monarquía, cuyos blasones se hallaban estampados, junto con los de la Corona de Castilla y León, en esos mismos reales de a ocho.
Para García Guerra el predominio del concepto de puridad de la moneda y el miedo a la pérdida de reputación hicieron que ni Felipe II ni sus homónimos descendientes se atreviesen a decretar la devaluación definitiva de la moneda de plata. Para esta autora, a pesar de que su política monetaria estuvo dirigida a mantener su reputación en el exterior, también estuvo condicionada para el mantenimiento del status quo de las oligarquías castellanas, dado que con el aumento de los cambios los perceptores de rentas expresadas en moneda de cuenta, como los acreedores, arrendadores y rentistas veían reducidas sus rentas en términos reales y recibían menos número de metal precioso en pago. Ello levó asimismo a que las progresivas devaluaciones de las distintas monedas de cuenta europeas no afectasen a la moneda de cuenta castellana, el maravedí, hasta 1686.
  Desde la Edad Media las Leyes de Castilla fueron muy concretas en relación con la saca de moneda, debido al conocimiento de que el numerario batido en estos reinos valía más en los demás países europeos que en los propios, y se establecieron severísimas penas para los infractores. Los súbditos fueron asimismo muy conscientes del privilegio que suponía manejar moneda de excelente ley y colaboraron activamente en su prevención. Con la llegada al poder de Carlos I, que prescindió de esta normativa, y con la actitud de los miembros de su corte borgoñona, especialmente del señor de Chievres, la prevención de la salida de moneda se convirtió en una de las reivindicaciones principales del programa comunero. Tras la derrota de las Comunidades, Carlos y sus descendientes se cuidaron muy mucho de respetar esta política.  
  Si bien el objetivo de la política monetaria con respecto a los metales nobles fue durante esta dinastía el de evitar su saca, equiparando el valor de la moneda en circulación con el que tenía en el extranjero, no se consiguió, dado que la moneda siguió saliendo como pago de las mercancías adquiridas, aunque el precio de los metales estuviese ajustado. Para María del Mar Royo un factor que contribuía a la sangría de moneda fuerte por la provincia de Guipúzcoa era que hacia 1555 el real de plata castellano estaba valorado en Francia en 40 maravedíes, mientras que su valor nominal en Castilla era de 34, y era esa diferencia de valor  y la ganancia obtenida lo que impulsaba a los franceses a adquirir los reales de plata a cambio de sus productos y sus monedas desgastadas, quebradas e incluso falsas. La principal producción exportable de Castilla era la plata, y su elevado valor en términos de moneda de cuenta dificultaba la exportación de otros productos.
  La salida de metales preciosos de Castilla se autorizó a partir de 1552, para la financiación de la Santa Liga, y los destinos más importantes de los mismos fueron Italia y los Países Bajos. A este último destino se podía acceder o bien cruzando el Mediterráneo y atravesando después los Alpes, o directamente a través del Atlántico y el Canal de la Mancha, si bien desde 1570 la forma más utilizada fue la primera, siguiendo la ruta Madrid-Barcelona.
  La Corona tuvo sumo cuidado en el control de las cecas y su organización, así como de las acuñaciones y su valor, peso y ley. En el caso castellano, se observa la relativamente tardía consideración de las acuñaciones como fuente de ingresos fiscales para la Corona. Así, los derechos de señoreaje, los primeros en ser aplicados y casi los únicos vigentes en el siglo XVI, fueron instaurados por Felipe II, que los añadió a los importes que se venían cobrando hasta ese momento en concepto de gastos de acuñación.
De este derecho estaban exentos, aparte obviamente de la Corona, algunos particulares, y se cobraba en la misma ceca. Como reflejan los estudios de Pérez Sindreu en la ceca de Sevilla, de los 400 maravedíes por marco de oro y 50 maravedíes por el de plata se pasará a cobrar por este concepto en 1609 440 maravedíes por marco de oro, y en 1686 113 maravedíes por marco de plata. En el siglo XVII, los mayores ingresos se obtuvieron por el resello de la moneda de vellón.
  Las disposiciones que ordenaban las emisiones de nuevas especies monetarias durante esta dinastía y la subsecuente se encontraban normalmente acompañadas de precisas instrucciones para la retirada del circulante anterior en plazos determinados. La frecuencia con la que estos plazos fueron prorrogados , así como la gran cantidad de documentación de la que disponemos poniendo de manifiesto la continuidad de muchas monedas teóricamente desmonetizadas en circulación ponen de manifiesto que dichas medidas no consiguieron su primer propósito. En muchas ocasiones siguieron en circulación monedas tan gastadas que no se reconocían en ellas los cuños originales, incluso durante siglos.
  Motivos de confusión fueron asimismo la utilización de numerosas monedas de cuenta en diferentes partes de los diferentes reinos de España, tanto para la llevanza de la contabilidad como para la contratación, la circulación de moneda de un mismo valor representativo pero con gran variedad de tipos, tamaños y pesos, el mantenimiento en el sistema de monedas del mismo metal y módulo pero de distinta aleación y valoración y la circulación de monedas provinciales en otros territorios.

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