miércoles, 5 de agosto de 2015

La moneda española en circulación en Malta

Publicado en Numismático Digital, 5 de agosto de 2015

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La isla de Malta, gobernada desde 1530 por los caballeros de San Juan de Jerusalén, cayó bajo dominio británico en 1797. Durante estos años, la unidad de cuenta había sido el escudo, compuesto de doce taris, y cada tari de veinte granos. Una de las primeras medidas que tomaron los ingleses fue la de declarar el curso legal de las monedas extranjeras a una mayor estimación, lo que llevó a que el numerario  maltés saliese hacia otros países, especialmente hacia Sicilia, y que llegase a cambio gran cantidad de moneda española y de esta isla.

Las monedas de doce carlinos sicilianas recibieron una estimación en mayo de 1797 de treinta taris, y las onzas sicilianas de oro a seis escudos y tres taris. En 1803 no quedaba en la isla rastro de su moneda propia, salvo la guardada por los coleccionistas como medallas, y el escudo se había convertido en la moneda de cuenta, conocido en la isla como dólar siciliano, y recibía una estimación de cuatro chelines esterlinos. Junto a la moneda siciliana circularon los reales de a ocho españoles, durante un tiempo a la par con los escudos sicilianos. 

La moneda siciliana, batida a nombre de los sucesivos monarcas de la rama Borbón-Dos Sicilias, llevan usualmente, además de sus títulos y escudos propios de sus reinos, en su reverso la leyenda HISPANIARVM INFANS, Infante de España, y en los cuarteles del escudo de portarlo los blasones de los distintos reinos hispánicos, lo que todavía en 1847, como recogían Eckfeldt y du Bois, causaba cierta incertidumbre en la distinción entre las monedas de ambos países, de modo que personas ignorantes en ocasiones creían las monedas napolitanas españolas.  

Por un Decreto de enero de 1801 se ordenó que cualquiera pudiese recibir los doblones españoles a una equivalencia de dieciséis pesos columnarios, o de plata nacional. Pero una Proclamación de 21 de octubre de 1806 redujo la ratio de conversión, debido a la idea de que las monedas españolas tenían un valor inferior comparativamente en Sicilia, a quince reales y medio de a ocho por doblón, o treinta y ocho escudos y nueve taris, lo que equivalía a la estimación del peso en treinta taris.

En 1807 se introdujo en una consignación una partida de doscientos mil reales de a ocho españoles desde Inglaterra, y por un tiempo los pesos fueron la moneda favorita en circulación, durante la guerra y algunos años después, junto con los doblones, como se recogía en un Decreto de 1812. Esta norma tenía como finalidad asimilar el valor de la moneda española a la que tenía en la vecina Sicilia, ordenando que los duros de España sin distinción, tanto los de columnas como los de Castilla, debían estimarse en diez granos de Malta más que la moneda siciliana. 

El 1 de enero de 1815, el gobernador había al parecer descubierto, según Chalmers, que los decretos vigentes infravaloraban los reales de a ocho, fijando la diferencia entre los dólares españoles y sicilianos en dos peniques y medio en todos los pagos al ejército y la marina, pero se mantenía la minusvaloración de los pesos españoles en las recepciones de civiles y en los pagos. Las medidas para ajustar los valores finalmente no se tomaron, y muchos de los problemas posteriores que sufrió el circulante de la isla fueron causados por la desaparición de la moneda española. 

Los reales de a ocho se convirtieron no en una moneda circulante, sino en un objeto de comercio. El Tesoro Imperial tenía la costumbre de enviar grandes cantidades de ellos a la isla, y en los pagos enviados a la metrópoli su valoración era de cuatro chelines y seis peniques. El 10 de junio de 1824 el gobernador emitió una Proclamación en la que fijaba el valor de los pesos de columnas en treinta y un taris y diez granos de Malta. Dado que los dólares sicilianos se entregaban a las tropas a cuatro chelines y tres peniques y medio, su valoración era igual que la estimación en cuatro chelines y cinco peniques y medio de los reales de a ocho españoles. 

Unos años después, el 25 de diciembre de 1825, una Proclamación fijó la valoración de los pesos en moneda esterlina en cuatro chelines y cuatro peniques, y ordenó que las cuentas gubernamentales fuesen llevadas en moneda esterlina a partir de esa fecha. En 1827 los pesos españoles y los dólares sicilianos seguían componiendo la mayor parte del numerario en la circulación. 

La Orden del Consejo de 27 de mayo de 1834 reguló el curso legal de los pesos batidos en Perú, Bolivia, Chile y Río de la Plata a la misma estimación que los columnarios españoles.  La irregularidad en el peso y la ley de algunos de ellos, especialmente los de las minas de Zacatecas y Guadalajara, pronto causaron graves inconvenientes. En 1838 la plata británica llevaba premio para su remisión a Inglaterra, y los dólares españoles y sicilianos para su remisión a Italia y Sicilia.

Los pesos irregulares sudamericanos pasaron a monopolizar la circulación interna en la isla. El 10 de junio de 1840 una importante compañía de comercio recogía que de una partida de mil pesos sudamericanos recibida la mayor parte sólo tenían un peso de 830, en vez del legal de 866, y se pidió al gobierno que tomase medidas para impedir la circulación de numerario de peso inferior al legal. La falta de atención por parte de las autoridades hizo que se introdujeran en la isla estas monedas en grandes cantidades, que eran rechazadas en Francia, Italia, Sicilia y Levante. Su volumen, según los residentes encargados del sistema bancario y del comercio, llegó a alcanzar el millón de piezas.

Nuevamente el 4 de marzo 1844 se intentó la introducción en la isla del patrón esterlino por una Orden del Consejo, y se redujo la estimación de los pesos españoles, mexicanos y colombianos a cuatro chelines y dos peniques esterlinos. A partir del año siguiente el dólar siciliano volvió a protagonizar la circulación monetaria de la isla, hasta que por las medidas tomadas por las autoridades de la Italia unificada se desmonetizó la moneda propia de las Dos Sicilias. Desde Malta se remitieron a Italia para ser cambiados 2.811.133 dólares sicilianos, y a partir de 1886 la moneda esterlina se convirtió en la única circulante en la isla.
 
BIBLIOGRAFÍA

CHALMERS, R., History of currency in the British Colonies, Londres, 1893.
ECKFELDT, J.R., DU BOIS, W.E., A manual of gold and silver coins of all nations, stuck within the past century, Philadelphia, 1842
MARTIN, R.M., Statistics of the Colonies of the British Empire, Londres, 1839.

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