Publicado en Revista Aequitas, Estudios sobre Historia, Derecho e Insitituciones, nº 7 2016.
https://revistaaequitas.files.wordpress.com/2016/03/revista-aequitas-7x.pdf
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Resumen: La legislación monetaria del
siglo XVIII es fiel trasunto de las normas dictadas en los siglos anteriores,
de acuerdo con el sistema heredado de la época de los Reyes Católicos. La
reiteración de la normativa vigente y el mandato de que las penas fijadas para
estos delitos se aplicasen con el máximo rigor se enmarca dentro de las medidas
de centralización administrativa llevadas a cabo por la nueva dinastía, si bien
no hubo modificaciones sustanciales en este campo del derecho penal castellano.
Como en los siglos anteriores continuó produciéndose un activo contrabando
hacia otros estados europeos, principalmente hacia Francia, que la abundante
normativa dictada para combatirlo no pudo paliar.
Palabras clave: Derecho Monetario,
Falsificación, Contrabando.
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