martes, 7 de septiembre de 2021

La circulación y el resello de rejilla de las pesetas sevillanas en Cuba desde 1841

 Publicado en Numismático Digital, 7 de septiembre de 2021

La isla de Cuba y su capital, La Habana, sufrieron tras los movimientos emancipadores de la América española un déficit crónico de moneda metálica. Tras haber sido durante siglos receptoras y el puerto de reunión y salida hacia la península de las remesas de metales preciosos, comenzó a escasear en esta isla y ciudad la moneda, tanto de oro como de plata. Por ello, desde el año 1823, comenzaron a introducirse de manera clandestina en la isla las pesetas provinciales españolas, allí y en otras partes de América conocidas como sevillanas, hasta que finalmente en 1841 se ordenó su resello, conocido actualmente como resello o contramarca de rejilla. 

En la Memoria sobre la reforma del sistema monetario en la Isla de Cuba realizada a instancias del capitán general Joaquín de Ezpeleta, Vicente Vázquez Queipo, afirma que las Guerras de Independencia y la estimación del oro en una ratio de 1 a 17 con respecto a la plata llevaron a la salida de esta última, de facto depreciada en un 12 ½ % respecto a la moneda áurea. El problema se complicó aún más con la Independencia de Nueva España y con la recepción en la isla de los comerciantes y propietarios peninsulares obligados según sus palabras a emigrar casi en los mismos términos en los que en otros tiempos fueron expulsados los judíos y moriscos de España. 

Por dicha premura, cambiaron en grandes cantidades moneda de plata en oro, llegándose a estimar cada onza de ocho escudos en Veracruz entre 20 y 25 pesos de plata. Esta moneda llegó a Cuba con los refugiados. Parte de los mismos no se instalaron en la isla, sino que se dirigieron principalmente a Europa, cambiando antes de su viaje dichas onzas en pesos de plata con la ganancia citada del  12 ½ %. La escasez de moneda argéntea volvió a situar la ratio entre el oro y la plata en su nivel legal de 1 a 16, y contribuyó a la introducción, en un principio clandestinamente, de las pesetas provinciales, dado que su uso en Ultramar estaba prohibido por las Leyes de Indias. 

Con ello sus introductores obtenían un importante beneficio, dado que el valor de las mismas era de cinco pesetas por peso, en vez de las cuatro de la moneda columnaria acuñada en las cecas americanas. A pesar de lo habitualmente defendido por muchos historiadores, seguramente dicha introducción no se debió a la mala praxis de los comerciantes que traían géneros de la península, dado que estas pesetas provinciales eran de facto la moneda circulante más común de las clases populares de Canadá, de las áreas urbanas del este de Estados Unidos y de las Antillas bajo dominio británico. En este sentido, baste como ejemplo lo afirmado por Vázquez sobre una goleta procedente de Jamaica en la que se decomisaron en 1.827 78.000 pesos en este tipo de moneda. 

De hecho, simultáneamente a esta introducción en Cuba, se produjo su llegada en grandes cantidades a buena parte de las nuevas repúblicas iberoamericanas, en un flujo que se incrementó cuando las autoridades británicas en la década de los años 30 intentaron sustituir el circulante de cuño español por la moneda esterlina en sus colonias. Con ello, si bien no consiguieron sustituir al peso o dólar, sí que sacaron de la circulación el numerario provincial español. Esta introducción afectó asimismo a la moneda de oro antes citada, dado que si en España una onza de oro recibía una estimación de 80 pesetas provinciales, en Cuba bastaban 68 de estas pesetas para adquirirla. Vázquez estimaba que entre 1825 y 1840 se introdujeron en la isla pesetas provinciales por valor de cinco millones de pesos.

Desde la Comunicación del Gobernador don Cecilio Ayllón de 24 de marzo de 1827, se sucedieron las normas prohibiendo su introducción en 1829, 1833 y 1835. El problema se agravó cuando empezaron a llegar ejemplares acuñados a nombre de la reina Isabel II, pidiendo los residentes que las mismas no fuesen recibidas con la misma estimación que las anteriores, de cuatro de ellas por un peso fuerte. Se produjo asimismo un incremento de dichas pesetas falsificadas en circulación, como recogía Vázquez en referencia a las noticias de su fraudulenta fabricación suministradas por el cónsul español en Filadelfia. 

Para este autor, más grave que dicha introducción o que la desaparición de la moneda de la circulación era la permanente pérdida de riqueza sufrida por la isla en sus intercambios comerciales con el extranjero, dado que el desajuste en la valoración de los metales hacía que existiesen dos precios distintos para las mercancías, según la moneda en la que se contratara, viéndose Cuba obligada a pagar sus importaciones al pecio más elevado y a vender sus productos al más caro, debido al arbitrario valor otorgado al oro.

El resello de las pesetas sevillanas

Finalmente, en fecha 22 de marzo de 1841, la Regencia provisional del Reino dictó una Real Orden para atajar este problema. En la misma se fijaba un plazo de ocho días para entregarlas en todas las tesorerías de la isla por su valoración anterior de 4 de ellas por cada peso fuerte, transcurrido el cual se devolverían por el valor real de 5 de ellas en peso, entregándose un documento justificativo de la cantidad entregada.  

Una vez recibida la Orden, en fecha 30 de mayo se convocó una reunión de funcionarios de la Real Hacienda de la isla por el Gobernador, en cuya acta se recoge expresamente en su artículo 10 que las intendencias debían hacer acopio de estas pesetas para resellarlas y abastecer con ellas al público, evitando con ello la escasez de numerario. El artículo 12 recogía la labra de 50 punzones, su distribución entre las distintas intendencias y su figura, un cuadrado pequeño de hierro de dos líneas de lado. El procedimiento para la recogida y la distribución de la moneda resellada se fijó en el Bando del Gobernador, don Gerónimo Valdés, de fecha 28 de septiembre, con un máximo de 200 pesos u 800 pesetas por persona. 

La operación de resellado de las monedas se efectuó entre los meses de junio y septiembre de 1841 en las ciudades de La HabanaPuerto Príncipe y Santiago de Cuba, desde donde se enviaron las remesas de pesetas reselladas a las demás administraciones de rentas de cada provincial. Según los estudios de Ortiz y en base a los documentos obrantes en el Archivo Nacional de Cuba, el montante total de las pesetas reselladas fue de 2.136.800 ejemplares. 

El resello realizado fue muy variado, dado que se conservan ejemplares en cuyo centro aparece un pequeño círculo y en ocasiones una estrella de múltiples puntas, y se llevó a cabo sobre todos los ejemplares circulantes, desde Carlos III hasta Fernando VII, incluyendo las pesetas de José I Napoleón, y moneda de otros territorios peninsulares, medallas de proclamación labradas anteriormente en territorios continentales, e incluso moneda acuñada en las nuevas repúblicas hispanoamericanas. 

Estas medidas no fueron suficientes para paliar la escasez de moneda en la isla, por lo que por una Real Orden comunicada por el ministro de Hacienda el 21 de enero de 1843, tanto en Cuba como en Puerto Rico debían continuar circulando las pesetas sevillanas, prohibía la exportación de plata menuda al extranjero y permitía que en estas islas circularan no sólo las pesetas, reales y me[1]dios reales mexicanos, sino también cualquier otra moneda extranjera de plata o de oro. Para controlarlo, cada tres meses, se practicaría un ensayo de dichas monedas, anotando en tablas su peso y ley y su equivalencia con las monedas del país.

 Para saber más

ARRANZ RECIO, M.J., “Fuentes documentales conservadas en la Sección de Ultramar del Archivo Histórico Nacional para el estudio de la moneda en las Antillas y Filipinas”, en SANTIAGO FERNÁNDEZ, J. de y MUÑOZ SERRULLA, M.T. (Dir.), Moneda, escritura y poder: comunicación, publicidad y memoria, Madrid, 2016.

MUSEO NUMISMÁTICO DEL BANCO NACIONAL DE CUBA, “La onza de oro en Cuba”, Caesaraugusta,  Vol. 59-60,1984, pp. 133-146.

ORTIZ, E., “Contramarca de Regilla (Lattice) cubana sobre monedas peninsulares de dos y cuatro reales”, Numiexpo Santo Domingo, 2018.

ROLDÁN DE MONTAUD, I., “Vicente Vázquez Queipo y la cuestión monetaria en Cuba (1800-1845)”, Ibero-Americana Pragensia, Supplementum 15, 2015, pp. 261-280,

VÁZQUEZ QUEIPO, V., Memoria sobre la reforma del sistema monetario en la Isla de Cuba, Madrid, 1844.

ZANETTI LECUONA, O, “La Hacienda Colonial y sus Bases Comerciales (1763-1898)”, en ALVARADO PLANAS, J., (Coord.), La Administración de Cuba en los siglos XVIII y XIX, Madrid, 2017.

No hay comentarios:

Publicar un comentario