lunes, 5 de diciembre de 2022

La producción de la Casa de Moneda de México entre 1772 y 1797, según un documento del Archivo General de Simancas

 Publicado en Numismático Digital, 5 de diciembre de 2022


En un documento del Archivo General de Simancas, con signatura SGU, LEG, 6861, 102, encontramos la Razón de los marcos de plata y oro que se habían labrado en la Real Casa de Moneda de México con el consiguiente sello, desde el año 1772 hasta finales de 1797, incluyendo igualmente lo acuñado en el año 1798 hasta el 26 de abril de 1798, con sus respectivos valores, incluido el feble, que habían producido, así como una Carta del Superintendente de la institución solicitando aumentos de sueldo para el personal de la ceca. 

Según la Contaduría de la ceca, la producción total en pesos ascendió desde 1772 a 1797 a quinientos veinticinco millones doscientos cincuenta y siete mil ochocientos ochenta y un pesos, y dos reales y medio, ascendiendo lo acuñado hasta abril de 1798 a seis millones setecientos diez y nueve mil setecientos veintiséis pesos y seis reales y medio. De ellos, veinte millones doscientos noventa y un mil trescientos setenta y ocho pesos habrían sido acuñados en moneda áurea, y el resto en moneda de plata. 

Si cruzamos estos datos con los contenidos en el magnífico trabajo de Guillermo Céspedes del Castillo en la obra de obligada consulta Las cecas indianas en 1536-1825, obtenemos los siguientes resultados:   

Año

Plata

Oro

Total

1772

18.117.985

771.800

18.889.785

1773

19.465.525

771.800

20.237.325

1774

12.895.154

771.800

13.666.954

1775

14.260.393

771.800

15.032.193

1776

16.543.737

771.800

17.315.537

1777

20.753.005

771.800

21.524.805

1778

19.957.822

771.800

20.729.622

1779

18.663.521

771.936

19.435.457

1780

16.742.327

771.936

17.514.263

1781

19.563.906

771.936

20.335.842

1782

16.808.554

771.936

17.580.490

1783

22.944.721

771.936

23.716.657

1784

20.265.438

771.936

21.037.374

1785

17.803.272

771.936

18.575.208

1786

16.485.168

771.936

17.257.104

1787

10.779.028

307.496

11.086.524

1788

19.540.902

605.472

20.146.374

1789

20.594.875

535.036

21.129.911

1790

17.435.644

628.048

18.063.692

1791

20.140.937

980.696

21.121.633

1792

23.225.611

969.430

24.195.041

1793

23.428.680

884.272

24.312.952

1794

21.216.871

794.160

22.011.031

1795

23.948.929

644.552

24.593.481

1796

24.346.833

1.297.794

25.644.627

1797

24.041.182

1.038.856

25.080.038

Totales

499.970.020

20.263.900

520.233.920

 Con lo que encontramos una diferencia de 5.023.961 pesos. Curiosamente, aunque en la acuñación de oro don Guillermo utilizó estimaciones anuales y reparte entre los años 1772 y 1786 por igual las rendiciones, la diferencia con lo mostrado en este documento es muy baja, solamente inferior a la real en 27.898 pesos. Sin embargo, es en la acuñación de plata donde la misma asciende prácticamente a cinco millones de pesos, exactamente a 4.996.083. 

En anexo se incluyen varias copias de la Razón de las cantidades de oro y plata acuñadas por la Real Casa de Moneda de México desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 1797, con distinción de lo labrado cada mes. Del total acuñado, veinticinco millones ochenta mil treinta y ocho pesos y siete reales, fue labrada en oro moneda por un importe total de un millón treinta y ocho mil ochocientos cincuenta y seis pesos. Se puede destacar de la misma, que se acompaña en su imagen original, que dichas labores son más importantes durante el segundo semestre del año, si bien destaca igualmente la producción del mes de febrero. 

En fecha 27 de enero de 1798, el Superintendente de la Real Casa de Moneda de México presentó una Representación al monarca, dirigida al Secretario de Estado y del Despacho Universal de Hacienda de España e Indias, dando parte de la cuantiosa acuñación verificada en el año anterior, repitiendo por ese motivo sus súplicas en favor de los ministros, oficiales y operarios que había recomendado en una carta del mismo día del año anterior. 

Según el documento anexo al mismo antes visto, se daba conocimiento de la labor de veinticinco millones ochenta mil treinta y ocho pesos y siete reales. Dado que habían ascendido en dicho tiempo los productos totales de esta vasta negociación a dos millones ciento setenta y un mil novecientos cuarenta pesos, seis reales y veintitrés y seis octavos maravedíes. Los sueldos, jornales, compra de materiales y demás gastos, con inclusión de mermas ahorradas, habían ascendido a quinientos diecisiete mil doscientos ochenta y siete pesos veinticuatro y siete octavos maravedíes, y las utilidades liquidadas a un millón seiscientos cincuenta y cuatro mil seiscientos cincuenta y tres pesos, cinco reales y treinta y dos y seis octavos maravedíes. 

Todos los ministros, oficiales, dependientes y hasta los miserables operarios de la Real Casa habían dado en estas laboriosas extraordinarias tareas nuevas pruebas de su actividad, celo, aplicación y exacto desempeño, habiendo contraído un particular distinguido mérito, siendo por ello acreedores de la piedad del Rey, Por ello, se veía en la indispensable obligación de recordar lo que había representado el año anterior, rogando al Secretario de Estado que se lo expusiese así al monarca. 

Fuente: Casa de la Moneda de México - Archivo General de Simancas, SGU, LEG, 6861, 102.

Las Monedas de Sitio en América Latina / Siege Coins in Latin America

 UNAN, Unión Americana de Numismática, e-book, 2022

https://www.academia.edu/92178990/Las_Monedas_de_Sitio_en_Am%C3%A9rica_Latina_Siege_Coins_in_Latin_America

En la edición 25 de la Revista UNAN Electrónica, publicada en julio-agosto de 2016, se presentó una propuesta destinada a investigar los casos de monedas de sitio en el continente americano, tema que había sido poco investigado hasta el momento. En aquella ocasión se propuso encomendar a diversos investigadores numismáticos miembros de UNAN, escribir artículos sobre casos de dichas monedas en sus respectivos países de origen, para ser publicados en la revista. 

Una vez se recibiesen comentarios y sugerencias de los miembros, se procedería a publicar un libro que compendiase los resultados de tales investigaciones para la totalidad del ámbito geográfico de UNAN. En números sucesivos de la revista se fueron publicando dichos trabajos y, cuatro años más tarde, ya se dispone de los resultados de esa iniciativa. Se encomendó el trabajo de editar ese primer libro de UNAN, reuniendo los trabajos individuales previamente publicados, a Roberto Jovel, presidente del Polo Centroamericano de UNAN, quien originó la propuesta inicial en 2018. 

Los autores de trabajos individuales sobre casos de monedas de sitio en los países incluyeron a los distinguidos numismáticos – presentados en orden alfabético de sus apellidos – Claudio Angelini (Brasil), Pedro Cano (España), Ricardo De León Tallavas (México), Jorge Emilio González Valdés (Cuba), Carlos Iza Terán (Ecuador), Roberto Jovel (El Salvador), Luis Roberto Ponte (Venezuela), Carlos Torres Gandolfi (Chile) y José Serna (Colombia).

A proposal was included in the 25th issue of UNAN Numismatics Review, published in July-August 2016, to conduct research on the cases of siege coins minted in Latin America, a subject which had been covered scarcely. Individual researchers would develop technical articles on siege coin cases minted in their respective countries, to be published in the UNAN Numismatic Review.

Once comments and suggestionswere received from other UNAN members, a book describing the results of this research for the Latin American region was to be published by UNAN. Successive issues of the UNAN Review included such works. Four years later, this initial stage of the project has been completed. UNAN entrusted the task of editing the book to Roberto Jovel, Chairman of the Central American Region of UNAN, who made the initial project proposal in 2018.

The names of the individual authors on siege coin cases – listed in alphabetical order of their last names – include Claudio Angelini (Brazil), Pedro Cano (Spain), Ricardo De Leon Tallavas (Mexico), Jorge Emilio González Valdés (Cuba), Carlos Iza Teran (Ecuador), Roberto Jovel (El Salvador), Luis Roberto Ponte (Venezuela), Carlos Torres Gandolfi (Chile) and Jose Serna (Colombia)

La moneda en circulación en las Islas Malvinas en el siglo XIX / Currency in circulation in the Falkland Islands in the 19th century

 Publicado en UNAN, Unión Americana de Numismática, Vol. VIII, nº 049, Agosto 2022


https://drive.google.com/file/d/1OyILpvWiWcTaMabvs0r6xq0CW5yTt32G/view

El pequeño archipiélago de las Malvinas se mantuvo deshabitado hasta el siglo XVIII, si bien aparece ya en varias cartas náuticas desde la temprana fecha de 1502 y fue visitado por varias expediciones españolas en la primera mitad del siglo XVI. A pesar de ello, el gobierno inglés y posteriormente británico siempre defendió para justificar su anexión que las islas fueron descubiertas en 1592 por el capitán John Davis, un marino al servicio de sir Thomas Cavendish, o dos años después por Richard Hawkins, durante el reinado de Isabel I. 

El primer intento de asentamiento en las mismas se llevó a cabo por Louis Antoine de Bougainville, con una expedición compuesta por granjeros que partió en septiembre de 1763 del puerto galo de Saint-Maló, fundando en 1764 el fuerte de Port Louis en la isla Soledad. Las autoridades españolas requirieron a las francesas la evacuación de las islas, que fueron entregadas el 1 de abril de 1767 al gobernador español nombrado al efecto, don Felipe Ruiz Puente, que se hizo cargo del establecimiento, renombrado Puerto Soledad, y de sus 115 habitantes. 

The small Falklands archipelago remained uninhabited until the eighteenth century, although it appears in several nautical maps from the early date of 1502 and was visited by several Spanish expeditions in the first half of the sixteenth century. Despite this, the English and later British government always defended to justify their annexation that the islands were discovered in 1592 by Captain John Davis, a navigator in the service of Sir Thomas Cavendish, or two years later by Richard Hawkins, during the reign of Elizabeth I. 

The first attempt at settlement in them was carried out by Louis Antoine de Bougainville, with an expedition composed of farmers who left in September 1763 from the French port of Saint- Malo, founding in 1764 the fort of Port Louis on Soledad Island. The Spanish authorities required the French to evacuate the islands, which were handed over on April 1, 1767 to the Spanish governor appointed for that purpose, Don Felipe Ruiz Puente, who took charge of the establishment, renamed Puerto Soledad, and its 115 inhabitants.

sábado, 26 de noviembre de 2022

Acuñaciones en Cataluña y Palma de Mallorca durante la Guerra de Independencia (1808-1814)

 Publicado en Crónica Numismática, 26 de noviembre de 2022

https://cronicanumismatica.com/acunaciones-en-cataluna-y-palma-de-mallorca-durante-la-guerra-de-independencia-1808-1814/

Durante este largo y sangriento conflicto bélico, conocido en textos catalanes como Guerra del Francés, encontramos emisiones monetarias tanto en el territorio controlado por las tropas napoleónicas como en aquellos que combatían contra los mismos. En el primero de los casos, se acuñó moneda en oro, plata y vellón en la Casa de Moneda de Barcelona. En el segundo de ellos, encontramos emisiones de la Junta Superior del Principado, en la Casa de Moneda de Palma de Mallorca y varias emisiones de Juntas locales de Cataluña, como Gerona, Lérida, Tarragona y Tortosa.

Las emisiones de la ceca barcelonesa 

Tras la proclamación de José I Bonaparte como rey de España,  se constituyó en Lérida la Junta Superior del Principado contra el gobierno josefino, que rápidamente consiguió el apoyo de numerosas poblaciones catalanas. El general Philibert Guillaume Duhesme optó ante esta situación por encerrarse en Barcelona, donde debido a su aislamiento y a las graves dificultades monetarias y económicas ordenó nuevas acuñaciones de moneda. La reapertura de la ceca barcelonesa fue decida por el Capitán General de Cataluña, don José de Ezpeleta, con la convocatoria de una Junta el día 20 de agosto, compuesta por el Real Acuerdo, El Caballero Intendente, la Junta de Moneda y el Ayuntamiento de la ciudad. 

Con ello se facultaba a sus habitantes a convertir en moneda provincial sus alhajas y vajillas. En virtud de ello, se autorizaba a acuñar escudos dobles de cuatro duros y sencillos de a dos duros, y en plata pesos duros, medios duros, pesetas y medias pesetas. En cobre se batiría moneda de a cuatro y dos cuartos, cuartos y ochavos. Toda la moneda emitida debía serlo con exacta conformidad en peso, ley y tamaño de lo acuñado en la ceca de Madrid. 

Esta moneda provincial tuvo un diseño totalmente novedoso, dado que, en vez de utilizar los tipos al uso en las emisiones españolas. Al ser una moneda provincial, con libre curso en la provincia, incluyó en su anverso las armas de la ciudad, un escudo romboidal cuartelado con cruces de San Jorge y las barras, y la leyenda EN BARCELONA, sin referencia a la autoridad emisora, algo que como pone de manifiesto el profesor de Francisco carece de precedentes. Tampoco se utilizaron las denominaciones oficiales de las monedas, sino las coloquiales, tales como peseta o cuarto. 

Poco antes de oficializarse la anexión de Cataluña al Imperio, el 29 de noviembre de 1811, se autorizó la emisión de la última de las especies de las monedas acuñadas en Barcelona, respetando los tipos utilizados desde 1808, las 20 pesetas de oro. La acuñación de estos tipos monetarios se mantuvo en la Ciudad Condal hasta el 30 de mayo de 1814 sin variar los tipos fijados en la Junta de 1808. Esta moneda, según de Francisco, únicamente circuló intramuros, dado que fue rechazada en el comercio catalán. 

Las monedas emitidas por la Junta Superior del Principado 

Las mismas y acuciantes necesidades económicas y monetarias llevaron a la Junta Superior a permitir la emisión de moneda provincial. Mientras que en un primer momento la misma se delegó en las Juntas Locales, en marzo de 1809 se decretó la unificación de los tipos y la acuñación por parte de una nueva ceca, la de Cataluña, con marca C. El primer lugar donde se acuñó esta moneda fue en Reus, entre febrero de 1809 y agosto de 1810, para posteriormente batirse la moneda en Tarragona, entre esta última fecha y mayo de 1811, y finalmente en Palma de Mallorca, hasta 1814, donde la Junta se refugió en agosto de 1811 con el avance napoleónico. 

A diferencia de lo visto para el caso de las emisiones barcelonesas, los tipos utilizados son en todo conformes con las generales de la Monarquía en las monedas de oro y plata. En cuanto a la moneda de cobre, es de tipo provincial, con las armas de Castilla y León cuarteladas en el anverso y el nombre del monarca como rey de España, y en su reverso las barras de Aragón, habiendo servido como modelo para la misma los ardites acuñados en Segovia por Fernando VI en 1756 para su circulación en Cataluña. 

Las emisiones locales 

Las primeras de estas acuñaciones, que pueden considerarse como Monedas de Sitio, fueron labradas en la sitiada Gerona por orden de su Junta de Gobierno  de 18 de diciembre de 1808. Para ello se ordenó recoger la plata de las iglesias y particulares, para batirse piezas de un duro y medio duro, con un valor de una libra, 17 sueldos y 6 dineros para los duros y de 18 sueldos y 9 dineros para los medios duros, que finalmente no se llegaron a emitir. 

Los duros presentan dos tipos distintos. El primero de ellos es un cospel de plata punzonado en anverso con FER VII y en el reverso el nombre de la ciudad, GNA, el año de emisión, 1808, y su valor, UN DURO. El segundo mantiene la tipología oficial, con busto del monarca con manto y armadura y leyenda FERNANDO VII REY DE ESPAÑA en el anverso y escudo cuartelado de castillos y leones en reverso y la leyenda GERONA AÑO DE 1809, y el valor 5 P(esetas). Destaca en las mismas el uso del castellano en sus leyendas, así como el de los nombres coloquiales de las emisiones. 

En Lérida, donde como antes se comentaba se constituyó la Junta Superior del Principado, la Junta Corregimental de Defensa decidió en abril de 1809 la emisión de una moneda de necesidad, para lo que se conminó a los vecinos a entregar la mitad de la plata que tuviesen en su poder. Los valores de esta acuñación y los tipos son similares a los vistos para el primer tipo de Gerona, con el escudo de la ciudad en el reverso, y a los de la segunda, salvo el obvio cambio de la plaza de acuñación y que el monarca porta solamente manto. 

También se acuñó moneda de necesidad desde febrero de 1809 en Tarragona, con tipos similares a los usados en la primera emisión de Lérida, con escudo de Cataluña en el reverso y sin mención a la plaza de emisión. Otra emisión posiblemente realizada durante el sitio de esta plaza fue la de Tortosa, en diciembre de 1810, en una acuñación unifaz de duros en cuyo anverso aparecen el nombre apocopado de la ciudad TOR.SA, su valor, 1 DURO y las armas de la ciudad, sin ninguna mención a la autoridad emisora ni al año de su labra. 

Las acuñaciones de Palma de Mallorca 

La Junta Superior del Gobierno del Reino de Mallorca aprobó ya el 17 de agosto de 1808 la acuñación de duros punzonados de forma octogonal, y posteriormente, desde septiembre de 1808, dos modelos diferentes de duros circulares similares para los vistos de las piezas de necesidad catalanas, pero con su valor expresado en sueldos, 30 S(ous), y en el reverso el escudo de la ciudad de Palma. En 1812, según Decreto de 26 de febrero de ese mismo año, se acuñaron 25.000 pesos en piezas de un sueldo o seis cuartos, del mismo tamaño que una peseta, con retrato del rey en anverso y la leyenda FERDIN VII DEI GRATIA 1812 y en el reverso la cruz larga de Mallorca y la leyenda HISP ET BALEARIUM REX. 

En cuanto a las emisiones llevadas a cabo por la Casa de Moneda de Cataluña desde su traslado a Palma de Mallorca el 2 de junio de 1811, son todas las conocidas batidas en oro entre este año y 1814, tanto los dos escudos o doblones acuñados en todos los años como las onzas de ocho escudos emitidas en 1813 y 1814. Igualmente se acuñaron en esta ciudad piezas de ocho, cuatro, dos y un reales, así como medios reales, con el busto común grabado por Félix Sagau. Asimismo se labró moneda de cobre. 

Para saber más 

BELTRÁN MARTÍNEZ, A., Emisiones monetarias de la Guerra de la Independencia española, Zaragoza, 1959.

FRANCISCO OLMOS, J.M., “La moneda en la Guerra de la Independencia (1804-1814). Documento político e instrumento de guerra”, Cuadernos de Investigación Histórica, nº25, 2008.

GOIG, E., La moneda catalana de la Guerra de la Independencia (1808-1814), Tortosa, 1974.

GRACIA LORÉS, P., Los Libros de Cuentas de la Casa de la Moneda de Barcelona durante la Guerra de la Independencia (1808-1814), Barcelona, 2007.

LLUIS Y NAVAS BRUSI, J., “Las características de la moneda de la Guerra de la Independencia”, NUMISMA, nº26, 1957.

MATEU Y LLOPIS, F., Las emisiones monetarias de la ciudad de Gerona de 1808 y 1809, según documentos de su archivo municipal, Anales del Instituto de Estudios Gerundenses, 1959.

SALAT, J., Tratado de las monedas labradas en el Principado de Cataluña con instrumentos justificativos, Barcelona, 1818.

lunes, 21 de noviembre de 2022

El proyecto de implantación del sistema monetario de la peseta en Cuba y Puerto Rico de 1870

 Publicado en Puerto Rico Numismático, diciembre de 2022

(1) El Proyecto de implantación del sistema monetario de la peseta en Cuba y Puerto Rico | Pedro Damián Cano Borrego - Academia.edu

Tras la independencia de las nuevas repúblicas hispanoamericanas en el primer cuarto del siglo XIX las Grandes Antillas, que siguieron vinculadas a la Monarquía española, dejaron de recibir la moneda que durante tres centurias había sido acuñada en sus Casas de Moneda, y muy especialmente de la de México. Esta situación llevó a que en fecha tan temprana como 1851 se solicitase para Cuba en el Expediente sobre la moneda que se estableciese para la isla el sistema monetario peninsular, formándose posteriormente expedientes para entre otros temas surtir al mercado de moneda fraccionaria y solicitar el establecimiento de una Casa de Moneda en La Habana.   

En fecha 22 de octubre de 1870 se publicaron  en la Gaceta de Puerto Rico dos importantes leyes de carácter monetario. La primera de ellas era la transcripción literal del Decreto del Ministerio de Hacienda de 19 de octubre de 1868, en cuyo artículo primero se decretaba que en todos los dominios españoles la unidad monetaria sería la peseta, moneda efectiva equivalente a cien céntimos. 

La segunda de las normas, de fecha 8 de octubre de 1870, era una comunicación del Ministro de Hacienda, Laureano Figuerola, al Excelentísimo Señor Gobernador Superior Civil de la Isla para que, en cumplimiento del artículo tercero del anterior Decreto, la peseta debía empezar a regir como unidad monetaria a partir del siguiente día primero de Julio. Por ello, la peseta debía ser la unidad a utilizar en todos los documentos a redactar en las Dependencias del Estado. 

Un año antes de la segunda de estas normas, el 26 de septiembre de 1869, se había publicado en la Gaceta de Madrid, antecedente del actual Boletín Oficial del Estado, un Decreto del Ministro de Ultramar  de fecha 24 de septiembre, por el que se ordenaba que se procediese al establecimiento de una Casa de Moneda en La Habana,  en la que se debía acuñar moneda conforme al Decreto de fecha 19 de octubre de 1868, y por tanto en base al nuevo sistema monetario de la peseta. 

El nuevo sistema monetario 

Como se afirmaba en el preámbulo del Decreto del 19 de octubre de 1868, la moneda ha servido en cada época para marcar los diferentes periodos de la civilización de un pueblo. Dado que tras la revolución de ese año y el derrocamiento de Isabel II no se reconocía más poder en España que el de la nación, la nueva moneda debía reflejar el escudo de sus armas, privado para siempre de las lises borbónicas. Dado que para ello se necesitaba la oportuna reacuñación del numerario anterior, se aprovechaba la ocasión para reformar el sistema monetario, ajustándolo al convenio internacional de 23 de diciembre de 1865, y fijando como nueva unidad monetaria la peseta. 

En esta norma se detallan las principales reformas que incluía. En su artículo 2º se preveía la acuñación de moneda de oro de 100, 50, 20, 10 y 5 pesetas, detallando su ley, 900 milésimos, su diámetro y peso. Igualmente, se ordenaba la emisión de moneda de plata de cinco pesetas, equivalente al peso fuerte o duro tradicional, con la misma ley antes citada para el oro, de 25 gramos de peso y un diámetro de 37 milímetros. En plata se debían de acuñar asimismo monedas de dos y una pesetas, y de cincuenta y veinte céntimos, con ley de 835 milésimos, detallándose en el Decreto sus características, y recogiéndose que las mismas perderían su curso legal y deberían ser refundidas si desapareciese su estampa o perdiesen por desgaste el 5% del feble.  En esta disposición se previó igualmente la emisión de moneda de bronce de 10, 5 y 2 céntimos. 

Toda la moneda que por su diámetro lo permitiese debía llevar una figura que representase a España, con las armas y los atributos de la Soberanía Nacional, así como su valor, peso, ley, año de acuñación y las siglas de los funcionarios responsables de la exactitud de su peso y ley. Mientras que las monedas de oro y de cinco pesetas se acuñarían por cuenta de los particulares, las restantes del sistema monetario se labrarían por cuenta y en beneficio del Estado. Estas nuevas monedas  serían de uso obligatorio, tanto en las cajas públicas como para los particulares, desde el 31 de diciembre de 1870. 

La Casa de Moneda de La Habana 

Según la Exposición de Motivos del Decreto de 24 de septiembre de 1969, el establecimiento de una ceca en La Habana se debió a las reiteradas peticiones realizadas por las clases más importantes y las autoridades de la  isla, haciéndose mención expresa al Informe solicitado por Real Orden de 6 de julio de 1856 sobre los medios más a propósito para solucionar la escasez de moneda de plata, y a la insistencia con la que el Consejo de Administración propuso para la erección de esta Casa de Moneda. La misma se vería, según esta Exposición, favorecida por la cercanía de las pastas de oro y plata de California y México, y tenía como feliz precedente el establecimiento de la Casa de Moneda de Manila por Real Decreto de 8 de septiembre de 1857. 

Por todo ello, se comisionaba al gobernador superior civil, de acuerdo con la Intendencia y aceptando los ofrecimientos hechos a este fin a su establecimiento, dotándola de todas las condiciones para su objeto, aunque procurando al mismo tiempo la mayor economía. Hasta que se formaran sus propias Ordenanzas, se regiría por las publicadas para las establecidas en la Península. Se facultaba al Gobernador para que, teniendo en cuenta las necesidades de la isla, determinase la moneda o monedas a acuñar, pero siempre ajustándose estrictamente a lo previsto en el Decreto de 19 de octubre de 1868. De todas las rendiciones se debían remitir muestras al Ministerio de Ultramar, para realizar los oportunos ensayos facultativos. 

Las instrucciones del Ministerio de Hacienda para Puerto Rico 

En base al precedente Decreto, en fecha 8 de octubre de 1870 el Ministerio de Ultramar dirigió al Gobernador de Puerto Rico las instrucciones a seguir para su cumplimiento. Para ello, desde el día 1 de julio de 1870 debía necesariamente que utilizarse el nuevo sistema monetario de la peseta en todos los documentos de toda clase que se hubiesen de redactar en las dependencias del Estado. Todos los créditos, débitos y saldos debían ser registrados de la misma manera en los libros contables, reduciendo para ello los escudos en reales. Para ello, se debía añadir un cero a la derecha de la partida si se representaban escudos enteros, corriendo la coma un lugar a la derecha en las fracciones de escudo. 

La cantidad que contuviese fracciones de escudo debía dividirse por cuatro, y el cociente resultante representaba la cantidad en pesetas equivalente a la de escudos que se quería reducir. Si las divisiones no diesen un cociente exacto, se aproximaría por decimales hasta la milésima de peseta. En caso de utilizarse papel oficial, como efectos de estanco o de sello del Estado, expresados en escudos, se utilizaría esta unidad en todo el detalle, consignándose al final del documento la equivalencia en pesetas. Todas las peticiones de fondos a partir del mes de Julio se debían hacer empleando la peseta como unidad. 

Conclusiones 

El establecimiento de una Casa de Moneda en Cuba, que surtiese de un nuevo numerario acorde al nuevo sistema monetario aprobado, hubiese sido una magnífica solución a los graves problemas monetarios sufridos tanto en Cuba como en Puerto Rico. La ruptura con el anterior sistema tricentenario, basado en el real de a ocho, peso o dólar y vigente en todo el continente americano no habría sido total, toda vez que la nueva moneda de cinco pesetas era equivalente al mismo, y se habrían obviado otros graves problemas, especialmente los derivados de la falta de circulante menudo. 

Los motivos del naufragio de esta implantación ya decidida son obvios. En la España Peninsular, el periodo de grave inestabilidad político, social, económico y bélico conocido como Sexenio Revolucionario. En la propia Cuba, la Gran Guerra o Guerra de Diez Años. Y, en el plano internacional, la Gran Depresión y la sustitución del patrón monetario de la plata por el oro, así como un periodo de enorme inestabilidad política. 

Fuentes 

Archivo Histórico Nacional (A.H.N), ULTRAMAR, 676, Exp.1 y A.H.N. ULTRAMAR, 676, Exp.2.- 1827-1851 – Expediente sobre la moneda.

A.H.N., ULTRAMAR, 796, Exp.24.- 1873-1874 - Solicitud de un particular para acuñar moneda de oro y plata en La Habana

Gaceta de Madrid, 26 de septiembre de 1869, nº 269.

Gaceta de Puerto Rico, 22 de octubre de 1870, página 2. 

viernes, 18 de noviembre de 2022

Santiago Vicenti O’Ryan, Contador de la Real Casa de Moneda del Reino de Chile

 Publicado en Asociación Numismática de Chile, Anuario 2022


https://www.academia.edu/91086016/Santiago_Vicenti_O_Ryan_Contador_de_la_Real_Casa_de_Moneda_del_Reino_de_Chile

En el Archivo Histórico Nacional de España se conserva el Expediente de clasificación de jubilación de Santiago Vicenti Orian, Contador de la Casa de la Moneda de Chile, que había sido nombrado para este puesto por el monarca Carlos IV en fecha 28 de noviembre de 1804 y que lo ostentó hasta que, tras la batalla de Chacabuco de 12 de febrero de 1817 y en fecha 23 de agosto de este año fue encarcelado, para ser posteriormente trasladado a Mendoza y de ahí a Buenos Aires, fugándose desde el puerto de Montevideo y llegando a Cádiz en 1820.

El expediente consta exclusivamente del título despachado a su favor para el desempeño de ese destino, así como de una copia testimonial de la información judicial que se hizo a su llegada a Cádiz para su solicitud de jubilación. En el mismo, por tanto, se indican pocos datos biográficos y familiares, que no  obstante pueden ser rastreados y conocidos por la documentación obrante en los archivos chilenos, en los Anales de la República y en otros textos, si bien muestran en ocasiones informaciones contradictorias e incluso imposibles.  

jueves, 10 de noviembre de 2022

Las rutas medievales del comercio del oro africano y su importancia para al-Ándalus

 Publicado en Oroinformación, 10 de noviembre de 2022

https://oroinformacion.com/las-rutas-medievales-del-comercio-del-oro-africano-y-su-importancia-para-al-andalus/

La sed de oro y las luchas por el control de los emporios que controlaban su comercialización transahariana desde sus centros productores a los centros de su recepción fueron una constante en la Edad Media del occidente africano y al-Ándalus. La necesidad del suministro del preciado oro, tanto para la emisión de moneda como para su uso suntuario, fue una de las principales razones para el control omeya del Magreb occidental, así como del subsiguiente por los almorávides, almohades y meriníes.  

Las fuentes de oro 

Las principales áreas productoras de oro africano durante la Edad Media se encontraban ubicadas en los cursos altos de las cuencas de los ríos Senegal, Níger y Volta Negro, donde actualmente se sigue obteniendo el noble metal de forma artesanal. Con la llegada de los musulmanes al norte de África y la expansión del uso del camello para el transporte el metal áureo comenzó a llegar a las costas mediterráneas. Esto parece corroborarse por el análisis metalográfico de las monedas áureas acuñadas en las cecas del área, denominada por los árabes Ifriqiya, que pasaron de estar batidas con la reutilización de anteriores monedas bizantinas a producirse con metal que concuerda con las actuales pepitas obtenidas en los placeres de Ghana, Costa de Marfil y Malí a partir de mediados del siglo VIII.    

Las caravanas de los mercaderes bereberes y árabes que se fueron asentando en las terminales sudanesas de estas rutas fueron las que llevaron a cabo de forma casi exclusiva este comercio, en el que destacaban el oro y los esclavos. Las mismas eran fundamentalmente las que unían el norte y el centro del continente por el Sáhara Occidental, tanto por la costa como las interiores con destino a Siyilmasa, y las que se cruzaban el Sáhara Central hacia la actual ciudad argelina de Wargla, siguiendo ambas vigentes hasta época contemporánea. Al otro lado del desierto, el control del comercio transahariano del oro y otros productos fue igualmente capital para las estructuras de los sucesivos imperios sudaneses de Ghana, Mali y Songhay. 

El emirato de al-Ándalus 

La moneda áurea, el dinar, tenía una importancia capital en el sistema monetario islámico. Por ello, tras la caída de la monarquía visigoda los recién llegados acuñaron inmediatamente una nueva moneda, totalmente distinta a la precedente visigoda y bizantina, como expresión del nuevo orden fiscal y de una nueva autoridad política emisora. Estas emisiones, o más bien en muchos casos reacuñaciones aprovechando moneda anterior, se realizaron siguiendo los patrones del nuevo sistema monetario durante un breve lapso de tiempo, entre los años 712 y 745, cuando cesaron estas acuñaciones áureas, uno de los escasos testimonios de los inicios de la historia andalusí. 

Según los estudios de José Luis de Villar, esta interrupción puede haberse debido a la falta de fuentes de aprovisionamiento propias, a la falta de fuentes exteriores y al drenaje que supuso el envío del oro obtenido por los conquistadores árabes y bereberes hacia el centro del poder en Oriente. Asimismo, coincide cronológicamente con las graves revueltas bereberes y con la instauración del Emirato Independiente de Córdoba en el año 756, que rompió los lazos de la península con el norte de África, donde, en estas mismas fechas, se documenta el comienzo de las acuñaciones de dinares de excepcional calidad batidos por los aglabíes con oro procedente del Sudan, el país de los negros. En todo caso, hay que tener en cuenta que el dinar, la moneda de oro, era la unidad de cuenta canónica, por lo que es posible que los emires cordobeses se abstuviesen de acuñar numerario áureo por ser una prerrogativa exclusiva de los califas.   

La sociedad andalusí, a diferencia de la precedente visigoda y de la contemporánea de los reinos cristianos, necesitaba del uso sistemático de la moneda acuñada, dado que era imprescindible para el mantenimiento del ejército, las relaciones comerciales, las compras diarias y el pago de tasas e impuestos. Durante esta época se acuñaron en plata dírhams, una moneda que tuvo una gran difusión interna y una proyección internacional enorme, dado que circularon no solamente en el ámbito cristiano peninsular sino también por todo el Mediterráneo musulmán, encontrándose en el comercio de lugares tan apartados como Rusia o Asia. 

El Califato de Córdoba 

En el año 316H/928-929, y tras un paulatino proceso de sometimiento de sus díscolos súbditos andalusíes, el emir Abd-al-Rahman III se autoproclamó califa, con lo cual se igualaba al abasí y al fatimí. Simultáneamente, volvió a emitir dinares a su nombre, que se siguieron batiendo durante el califato omeya hasta el siglo XI en las cecas califales andalusíes y magrebíes con altos índices de pureza. La gran demanda de oro del estado andalusí, que les llevó a controlar tanto ambas orillas del Estrecho como a organizar razias contra los centros religiosos de los reinos cristianos del norte, buscando el noble metal atesorado en sus centros religiosos, es patente en la obra de los cronistas musulmanes, así como en su atesoramientos por los grupos dominantes y en su uso en la decoración palatina y en la fabricación de objetos suntuarios. 

El control del norte de África y los puntos de llegada del comercio sahariano y del oro del Sudán Occidental enfrentó a los califas omeyas con los fatimíes, con la búsqueda de alianzas con las tribus bereberes del Magreb y el control directo de los puertos de Ceuta y Melilla. En esta guerra abierta se sucedieron las iniciativas de unos y otros, pasando las principales plazas como Fez, Tlemecén, Orán o Siyilmasa alternativamente de mano, hasta que cuando los fatimíes dirigieron su interés hacia Egipto en el último cuarto de siglo el califa al-Hakam II retomó el control del Magreb occidental, que se mantuvo durante el reinado de Hixem II y el gobierno de Almanzor. 

Las taifas y los imperios norteafricanos 

Cada uno de los nuevos estados surgidos tras la Fitna que puso fin al Califato acuñó moneda propia. Salvo en algunos casos, como el de los hamudíes, los dírhams se convirtieron prácticamente en moneda de vellón y las fracciones de dinar tuvieron una ley muy reducida y prácticamente de electro. El drenaje del oro previamente atesorado puede explicarse tanto por el corte del suministro por la expansión almorávide como por el pago a los mercenarios cristianos y de parias. Los reinos cristianos comenzaron a emitir moneda áurea de inspiración islámica, siendo los primeros de ellos los mancusos acuñados por el conde Berenguer Ramón I. 

La fragmentación de al-Ándalus y el Magreb se vio sustituida por el Imperio Almorávide, que contó para su expansión con el dominio de la principal ruta transahariana del oro. Los análisis metalográficos muestran el origen sudanés de los dinares almorávides y su excepcional calidad, un numerario que acuñado en grandes cantidades les permitió la construcción de su potente estructura estatal, con el mantenimiento de un ejército de grandes dimensiones y un importante programa constructivo. Las revueltas contra el mismo dieron lugar a partir del año 1147 a la creación de las segundas taifas de al-Ándalus. La falta de moneda almorávide llevó a los reyes de Castilla a emitir los maravedíes, con peso, alfabeto y aspecto islámicos pero con leyendas alusivas a los monarcas cristianos, el uso de la cruz como motivo y la datación por la Era de Safar o Hispánica 

 Los almorávides fueron desbancados por un nuevo imperio, el almohade, que terminó por construir un estado incluso más extenso. Al igual que sus predecesores, mantuvo un ejército incluso mayor y destinaron recursos ingentes a su programa constructivo. En cuanto al oro, el Magreb Occidental se convirtió en la única terminal de llegada del oro sudanés, pero solamente una parte del mismo se acuñó en las cecas andalusíes y magrebíes. Buena parte del mismo se destinó en polvo al suministro de otros estados musulmanes y al comercio internacional desarrollado por los genoveses, pisanos o marselleses. A cambio, los almohades obtenían entre otros productos plata, con la que se realizó una abundante acuñación de dírhams 

El apoyo de los meriníes, que sustituyeron a los almohades en el norte de África y controlaron las rutas del comercio transahariano, fue capital para el mantenimiento del emirato nazarí de Granada. Los contactos entre los sultanes meriníes de Fez y los mansas de Mali alcanzaron niveles nunca vistos anteriormente, siendo un objetivo estratégico esencial para este estado mantener un suministro regular de oro desde el Sudán Occidental. La ley de la dobla almohade fue de 972 milésimas, lo que explica tanto su éxito como la influencia que tendrá no sólo sobre las acuñaciones nazaríes y meriníes sino también sobre las cristianas. 

Los principales cambios en los tipos monetarios fueron la forma cuadrada de los dírhams y que se duplicó el peso de los dinares de oro, teóricamente para alcanzar el que tenían los dinares en La Meca en la época de Mahoma. Si bien las cecas granadinas dispusieron en determinados periodos de oro de excelente calidad para acuñar, las dificultades financieras del emirato fueron permanentes, tanto por la gran cantidad de oro que se debían pagar a Castilla en concepto de parias o que salían por el comercio, como por las dificultades en su aprovisionamiento. Por ello, en la última época se acuñaron los conocidos como dinarines, así como dinares de plata y un medio dinar de electro atribuido a Muhammad XII al-Zagal. 

El final de al-Ándalus 

En el colapso del estado meriní confluyeron las profundas alteraciones que sufrió el sur del actual Marruecos, así como la pérdida del control de Siyilmasa y con ello del comercio del oro. A comienzos del siglo XV el estado meriní sufrió en el norte revueltas de tribus árabes y bereberes y la injerencia nazarí, así como los ataques de los portugueses, que tomaron Ceuta en 1415, y de los castellanos. Finalmente, una revuelta urbana en Fez supuso el fin de esta dinastía en 1465. Los sucesivos gobernantes watasíes y saadíes se tuvieron que enfrentar con los avances portugueses en el área costera del actual Marruecos. 

Los portugueses fueron igualmente los responsables desde mediados del siglo XV del desvío de parte de la producción áurea africana hacia el comercio atlántico. El acceso directo de las sociedades cristianas al oro sudanés, tan deseado durante los siglos medievales, coincidió con el descubrimiento de América y el establecimiento de las rutas comerciales con la India, de mayor rentabilidad que el comercio del oro africano. En este contexto, el sultán Mulay Ahmed al-Mansur envió en 1590 una expedición de conquista al Bilad ad Sudan, el País de los Negros, para el control directo del comercio del oro. La misma estaba compuesta principalmente por moriscos y renegados españoles y comandada por Yuder Pachá, natural de  Cuevas de Almanzora. En esta expedición se encuentra el origen de los Arma, élite de las actuales ciudades de la Curva del Níger. 

 Para saber más 

Benhsain R. y Devisse, J., «Les almoravides et l’Afrique Occidental XIe -XIIe siècle» en Arabica, vol. 47 (1), pp. 1-36, 2000.

Bertaux, P., “África. Desde la Prehistoria hasta los años sesenta”, Historia Universal Siglo XXI, 1994.

Camacho, M., «Andalucía y Tombuctú: a propósito del Fondo Kati» en A. Egea (ed.), Andalucía en África subsahariana. Bibliotecas y manuscritos andalusíes en Tombuctú, pp. 57-70, Sevilla, 2003.

Inane, D.T., (dir.), “África entre los siglos XII y XVI”, en Historia General de África, Vol. IV, 1985.

Villar Iglesias, J.L. de, Al-Ándalus y las fuentes del oro, Tesis Doctoral, Universidad de Sevilla, 2015.