Publicado en Numismático Digital, 7 de diciembre de 2016
En la Sala del Tesoro se
procedía al pesado de las tiras de plata en una balanza de cobre, a razón de 53
marcos cada vez, e igualando el peso de las cazoletas con onzas. En presencia
del tesorero, el ensayador, dos guardias, el oficial contador y el escribano,
se realizaba este pesado, registrándose por duplicado, por el escribano y por
el tesorero, las cantidades. Cuando toda la plata había quedado pesada y
registrada, se procedía a su entrega para la acuñación de moneda.
La oficina en la que se llevaba a cabo la conversión
de los rieles en moneda se llamaba hornaza, y a su frente se encontraba el capataz u hornacero, empresario autónomo que corría con los gastos del
necesario utillaje y personal. Las hornazas estaban divididas en cuatro salas,
en las que sucesivamente se fundían y martillaban los rieles, se troquelaban, y
se blanquecían mediante tratamiento químico. Un cuarto espacio, la oficina de
la talla, estaba destinado a la fabricación de los cospeles y punzones.
Las barras se llevaban a un horno, donde eran
cubiertas con carbón vegetal y calentadas durante cuatro o cinco horas, en una
operación que se conocía como primera hornada o recocho. Una vez retiradas y enfriadas las barras, se colocaban en
una mesa y se procedía a su recortado mediante grandes cizallas, llamadas tallones o tijeras tallonas, afiladas con una barra gruesa llamada cureña. Las barras se sujetaban con
correas de cuero, y se cortaban piezas de módulo ocho reales, que
posteriormente eran pesadas. Las que no daban el peso eran separadas para
acuñar moneda de cuatro reales.
Las piezas que se consideraban aptas por su peso se
entregaban a los trabajadores que fabricaban los cospeles, que mediante el
procedimiento conocido como limpieza
o desempane las aplanaban a golpe de
martillo sobre el tas o yunque para
conseguir el grosor de la futura moneda. Tras este proceso, los cospeles eran
metidos otra vez en el horno en un segundo recocho,
y tras retirarlos y enfriarlos se entregaban a los cortadores, que ajustaban el
peso cortando cualquier exceso de metal, las demasías, conociéndose su trabajo como redondeo. Los trozos
restantes se utilizaban para acuñar piezas de dos, uno y ½ real, salvo los más
pequeños, que eran guardados por el ensayador.
Tras colocarse una tercera vez en el horno, para
recuperar la ductilidad, cada pieza era
cuidadosamente inspeccionada en bateas de cobre llamadas ralletes, y si tenían algún defecto, lo conocido como cospeles picudos,
eran dejadas en la boya o sanca, un instrumento de hierro con
forma de tenazas, y batidas con un pequeño martillo conocido como la muleta. Todos los fragmentos sobrantes y
las limaduras, conocidas como lises,
habían de ser también registrados, y podían suponer alrededor de 8 pesos por
marco.
Tras volver a pesar otra vez los cospeles, se procedía
al conocido como blanqueado, para lo que se usaba carbonato cálcico. Los
cospeles se metían en calderas de cobre o fondos,
a razón de cuatro a seis canastas, a fuego fuerte. El blanqueado duraba media
hora, y se procedía al lavado de los cospeles con abundante agua y a su secado
sobre bandejas calientes de cobre, guardándose posteriormente en sacos y
trasladándose a la Sala del Tesoro.
Una vez en el tesoro, el tesorero registraba
la cantidad de cospeles, las labores realizadas y el beneficio obtenido por
cada trabajador implicado, en su Libro Registro. De este registro se remitía
una nota al oficial pesador o balanzario, que los entregaba a los acuñadores,
junto con las herramientas necesarias para realizar su trabajo. Para conseguir
el peso legal de cada moneda, se recortaban las piezas ya acuñadas con unas
grandes tijeras o cizallas, una operación realizada por capataces de esclavos
negros.
La técnica de fabricación de los troqueles se
hunde en la noche de los tiempos, y no varió sustancialmente hasta finales del
siglo XVIII. El tallador o abridor de cuños era un oficial mayor que ingresaba
mediante examen, y que tenía bajo su servicio a un oficial y a un aprendiz, y
posteriormente a un número creciente de trabajadores, en la oficina de talla,
adscrita a la fielatura.
Las matrices y en muchos casos los punzones
se remitían en el siglo XVIII desde la Península, y los talladores de las
cecas, a la vista de las muestras en cobre recibidas, hincaban los punzones en
la base los cilindros o prismas que marcados en hueco se usaban para fabricar
los troqueles o cuños. Los talladores indianos añadían nuevos punzones a las
matrices disponibles y estaban capacitados para grabar pequeñas matrices en las
que constase la marca de ensayador, la fecha y los granetes que componían la
gráfila.
En 1728 se ordenó taxativamente que todas las
matrices fuesen grabadas por el tallador de la Casa de Moneda de Madrid, lo que
hizo que, con la progresiva mecanización de las cecas, las monedas de las
Indias fuesen cada vez más uniformes, a lo que contribuyó el hecho de que los
cuños se desgastasen menos y por ende durasen más.
Para la acuñación se realizaban las dos
matrices en hierro o acero, con ambas caras de la moneda. Se trataba de dos
tacos, conocidos como troqueles, matrices o cuños. El primero de ellos con dos
superficies planas, una de ellas que se situada sobre el yunque o aparato que
hiciese sus veces, y otra con los motivos de la moneda marcados en bajorrelieve
y en negativo, normalmente el anverso de la moneda. El otro, de forma más
alargada, tenía en su parte superior un muñón y en la inferior una superficie
plana, en la que se grababa la otra cara de la moneda.
Los cospeles se calentaban al rojo vivo y se colocaban
entre los troqueles, y eran acuñadas con un martillo llamado mallete, golpeando sobre el muñón del
cuño movible y grabando a la vez ambas caras de la moneda. Estas matrices se
debían sustituir muy a menudo, toda vez que la cantidad de metal acuñado era
muy voluminosa, lo que explica que haya gran número de variantes. Normalmente,
para grabar las sucesivas matrices se utilizaban como modelo las anteriores, y
por ello los tipos inevitablemente iban cambiando.
Una vez terminado el trabajo, la moneda se entregaba a
su dueño, deduciéndole la parte que correspondía a todos los que habían
participado en su fabricación: el tesorero, el tallador, el ensayador, el
escribano, el balanzario, los guardias, demás oficiales menores y los
acuñadores, siendo estos últimos según Gemelli veinte en la ceca de México.
Estos importes se cubrían con los dos reales por marco que se aumentaba en la
plata para su acuñación, por lo que no suponía menoscabo para el propietario de
la plata.
Gemelli nos
informa sobre las labores del oro en la ceca mexicana, que venía normalmente
unido a la plata, y tributaba el quinto real. Se separaba de la plata en un
lugar conocido como el apartado, y
esta labor se llevaba a cabo bajo la supervisión de un oficial conocido como
apartador, que en esta época era un tal La Rea, que había pagado por este
oficio la suma de setenta y cuatro mil pesos.
Para la separación del oro de la plata, se introducía
la plata en bolas en vasos de agua fuerte, depositándose en su fondo el oro. El
agua de la plata se echaba entonces en dos vasos de vidrio conocidos como
cornamusas, cuyas bocas estaban juntas, y por calentamiento por fuego se
conseguía separar la plata del agua.
El oro se preparaba en planchas redondas, y
posteriormente en barras, como vimos para la plata, sellándose cuando tenía una
ley de 22 quilates, y tributando por estos trabajos a seis reales el marco. Si
se optaba por la acuñación del oro, se procedía con las barras de igual manera
que hemos visto para la plata, con talla de seis escudos, de 440 maravedíes
cada uno. Las piezas emitidas eran de 8, 4, 2 y 1 escudo de facial.
Los derechos fijados para la amonedación del oro eran
de tres tomines y medio por marco, el doble de lo fijado para las cecas
peninsulares. Según Elhúyar, ni en la Real Cédula ni en el mandamiento del
virrey se indicó ninguna cuota por derecho de señoreaje, que hubiese sido según
lo establecido para las Casas de Moneda de Castilla de un escudo por marco.
Pero en lugar de los 12 reales y 32 maravedíes que valía el escudo en moneda de
plata en ese momento, se cobraron por este concepto desde el principio dos
pesos por marco.
Elhúyar citaba como razones para haber aplicado el
coste de un escudo por marco el tratado de ensayadores de Juan Fernández del
Castilo, de 1623, la obra Norte de la
contratación de las Indias de José de Veitia Linage, de 1671, y el capítulo
20 del auto acordado 49 de Castilla. Que se cobraban los dos pesos lo
fundamentaba en la certificación del Real Tribunal de Cuentas de 1696 del oro
amonedado entre 1679 a 1695, así como en la obra Reducción de oro y rescates de plata de Francisco de Fagoaga,
publicado el año 1700, pero afirmaba que no había podido descubrir el origen de
esa diferencia. Con ello, los dos pesos o 6 98/100 tomines,
agregados a los 3 ½ del braceaje, componían 10 48/100
tomines de descuento por marco, o un 2 73/100 %.
Tanto en el caso de las emisiones de oro como en el de
la plata, en el momento de la entrega a sus dueños por el tesorero debían estar
presentes el escribano y los oficiales. En el acto de la entrega de la moneda
acuñada, el propietario del metal precioso podía pedir, si así lo estimase
oportuno, que las mismas fuesen contadas una a una, para comprobar que
realmente se correspondía a la que por marco y peso entregado le habían de
satisfacer.
En las Casas de Moneda existía la llamada caja de
feble, en la que se recogía el feble que procedía de las labores, sin
desperdicio alguno. Los virreyes y presidentes de las Audiencias donde
radicaban las cecas tenían la potestad, desde la época de Felipe IV, para
emitir las órdenes necesarias para que se procediese a su implantación en las
Casas de Moneda radicadas en su jurisdicción. Lo obtenido por este concepto se
aplicaba a la limosna de vino y aceite.
Bibliografía:
Céspedes del Castillo, Guillermo, "Las cecas indianas en
1536-1825", en Gonzalo Anes y Álvarez
de Castrillón y Guillermo Céspedes del
Castillo, Las Casas de Moneda en los
Reinos de Indias, Vol. I., Madrid, Museo Casa de la Moneda, 1996.
La Casa de la Moneda de México a más de 450 años, México, 1989.
Elhúyar, Fausto de , Indagaciones sobre la amonedación en Nueva España, sistema observado
desde su establecimiento, su actual estado y productos, y auxilios que por este
ramo puede prometerse la minería para su restauración, presentadas el 10 de
agosto de 1814, Madrid, s/n, 1818.
Escalona Agüero, Gaspar, Gazophilacium regium perubicum: Opus sane
pulcrum, a plerisque petitum, & ab omnibus, in universum, desideratum non
sine magno labore, & experientia digestum, providèque, & accuratè
illustratum. In quo omnes materiæ spectantes ad administrationem,
calculationem, & conversationem jurium regalium regni Peruani latissimé
discutiuntur, & plena manu pertractantur, Madrid, Typpographia Blasli
Roman, 1775
Recopilación
de las Leyes de los Reinos de las Indias,
Libro I, Título III, Ley XII.
Recopilación
de las Leyes de los Reinos de las Indias,
Libro IV, Título XXIII, Ley X, Que
la moneda de oro, ò plata se entregue à los dueños à su satisfacion. Carlos
I. Valladolid, 19 de marzo de 1550.
Recopilación
de las Leyes de los Reinos de las Indias,
Libro IV, Título XXIII, Ley XXIII, Que en las Casas de Moneda se ponga Caxa de
feble. Felipe IV. Madrid, 20 de diciembre de 1639.
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