miércoles, 6 de noviembre de 2013

Greenock y el resello de los reales de a ocho

Publicado en Numismático Digital, 6 de noviembre de 2013

 
http://www.numismaticodigital.com/noticia/6893/Articulos-Numismatica/Greenock-y-el-resello-de-los-reales-de-a-ocho.html

La ciudad escocesa de Greenock fue durante el siglo XVIII el principal puerto comercial del Reino Unido con sus colonias de las Indias Orientales, y con los Estados Unidos tras su independencia. A pesar de ello, sufrió en los primeros años del siglo XIX una grave escasez de moneda de plata, por lo que hubo propuestas para el resello y la elevación de la estimación de los reales de a ocho españoles. 

Greenock poseía además de esta importante actividad comercial astilleros, refinerías de azúcar e industrias textiles. No podemos olvidar que fue el lugar de nacimiento de James Watt, hijo de un constructor de barcos, cuyos inventos fueron claves para la expansión británica y la Primera Revolución Industrial. El comercio con Ultramar proporcionaba un constante flujo de moneda de plata española, que, sin embargo, salía en grandes cantidades hacia Londres y otras plazas sin permanecer en la ciudad. 

A ello se sumó la escasez generalizada de numerario en las islas durante las Guerras Napoleónicas, lo que llevó al Consejo de Ministros a ordenar el resello entre los años 1797 y 1804 de las importantes reservas del Banco de Inglaterra, compuestas principalmente de reales de a ocho españoles, y la circulación forzosa del papel moneda durante 33 años.

A ello se unieron los resellos realizados por particulares y empresas en la moneda de plata extranjera circulante, a pesar del Acta del Parlamento de 1813 prohibiendo la circulación de los tokens o fichas de plata y oro que no hubiesen sido emitidos por los bancos de Inglaterra e Irlanda, de los que según Foerster en Escocia se conocen sesenta contramarcas, en Inglaterra cinco y en Irlanda dos.

Es en esta situación cuando un habitante de esta ciudad de la desembocadura del Clyde,  firmando una carta al editor del periódico Greenock Advertiser de fecha 20 de diciembre de 1803 con el apellido y posible pseudónimo de Shopkeeper- en inglés, tendero o almacenero-, propuso el “arbitrio” del resello de la moneda española que llegase a este puerto con el concurso de los principales comerciantes y proveedores de la ciudad, o incluso de sus bancos.

La carta comenzaba con una descripción de los muchos inconvenientes con los que convivían los habitantes de esta población debido a la escasez de moneda de plata, que eran visibles por cualquiera, y llamaba a que cada uno pusiese su granito de arena para darles solución. El señor Shopkeeper estimaba que todos eran responsables de la situación, toda vez que si hacía poco tiempo en un momento de tensión con los bancos gran cantidad de reputados comerciantes de la población habían hecho el esfuerzo de adelantar dólares –reales de a ocho- a 4 chelines y 9 peniques, esta iniciativa no había tenido éxito por la ignorancia de algunos y la avaricia de otros.

En su misiva apunta directamente al proceder de los joyeros, que cuando los dólares circulaban a 4 chelines y 6 peniques encontraron un pingüe, lucrativo y a su parecer imprudente negocio en acapara los pesos para posteriormente remitirlos a Londres y otras plazas para obtener un precio mucho más alto. Este proceder había supuesto que desde que se recurrió a la valoración de 4 chelines y 9 peniques no se había vuelto a ver ni un dólar, y encontrar cambio para un billete se había convertido en algo prácticamente imposible.

Las consecuencias de esta penuria monetaria habían sido muy gravosas para cada familia de esta ciudad, dado que debían de llevar molestas, innumerables e insignificantes a cuentas con el panadero, el cervecero, los tenderos, las pescadoras y todos los demás comercios minoristas, lo que era motivo de innumerables inexactitudes y fastidios. Para los comerciantes y trabajadores asalariados la situación era aún mucho peor, dado que al recibir al final de la semana su bien ganado jornal, normalmente pagado en guineas de oro, además de las deudas arriba indicadas debían para cambiar esta moneda o bien adquirir el doble o triple de la cantidad de algunos artículos que se podían permitir comprar, o bien verse obligados a la infinita pérdida alternativa que suponía gastarse dos o tres chelines de esa guinea en una casa de bebidas para adquirir cambio.

La solución que el autor proponía era volver a intentar incrementar el valor de los reales de a ocho españoles a 4 chelines y 9 peniques o incluso a 5 chelines, la valoración ya adoptada en prácticamente todas las plazas de comercio del país. Mientras que su valoración se mantuviese en 4 chelines y 6 peniques su valor estaría por debajo del fijado para el metal, y tan pronto como aparecían en la ciudad eran recogidos por los joyeros y otros, que o bien los convertían en objetos de plata o bien eran remitidos a Londres, encontrando según sus palabas a través del Canal su camino hacia el continente, o a las Indias Orientales.

Con este proceder los ciudadanos de Greenock se privaban del privilegio que gozaban por su situación local y por sus lazos comerciales con América y las Indias Occidentales, que según el autor podrían siempre asegurar un suministro regular para hacer frente a todas sus necesidades de circulante. Asimismo, el remanente podría utilizarse para el pago en efectivo en otras plazas, en vez de utilizar letras de cambio, con un mayor coste. Finalmente, al fijar un valor igual al de la valoración en otras plazas suponía que los acaparadores de dólares podrían estimar que, siendo fluctuante su valoración la misma podría bajar, y esta inseguridad favorecería su salida al mercado.

Para ello propugnaba el resello de los reales de a ocho por los bancos o por algunos de los más reputados comerciantes de la ciudad a ese valor, y para evitar su falsificación recomendaba la convocatoria de una junta de los principales ciudadanos por parte de los magistrados municipales, que diesen peso y estabilidad a las resoluciones de la reunión. Si como el autor esperaba la reunión supusiese un acuerdo unánime, podrían asimismo colocarse hojas en el café y otros lugares públicos para que los principales proveedores y comerciantes lo firmasen comprometiéndose a cumplirlo.

Los resellos realizados por empresas privadas en todo el condado de Renfrewshire, y muy en particular en Greenock, fueron muy abundantes, citando Manville diez empresas que resellaron pesos fuertes, si bien sólo se conocen ejemplares de nueve de ellas, a caballo de los siglos XVIII y XIX. La mayor parte de estas monedas debieron circular en los años 20 del diecinueve, a un valor de 4 chelines y 6 peniques.  

Cita un único espécimen de James Watt & Company, una cervecería, en un peso mexicano de 1797 con un valor resellado de cinco chelines. Esta moneda posteriormente recibió otro resello G.P. para su circulación en las Azores en 1887. Recoge también un aviso en el Greenock Advertiser de 10 de septiembre de 1816 informando de su redención por esta empresa en el término de catorce días, y asimismo de la existencia de una burda falsificación del resello realizado por esta compañía, y 17 días después otro anuncio del mismo periódico ofrecía una recompensa de diez guineas a quien diera cualquier información tendente a localizar a los falsificadores.
 
 
Fuente
Apéndice A, Un llamamiento para resellar dólares, del Greenock Advertiser, viernes, 23 de diciembre de 1803 (Reproducido en Allen 1984, y Brunk 1989, p. 9; texto corregido y argumentación de los párrafos), en MANVILLE, H.E., Tokens of the Industrial Revolution, Foreign Silver Coins Countermarked for use in Great Britain, c.1787-1828, British Numismatic Society Special Publication No. 3, London, 2001, pp. 241-242. 
 
 
Bibliografía
 
BORDEAUX, P., ”Los falsos reales de a ocho de Birmingham. La fabricación en Birmingham el año 1796, de falsos reales de a ocho, y la imposición en China de contramarcas sobre el numerario extranjero”, Boletín de la Real Academia de la Historia, cuaderno 6º T. 57, 1910, pp. 488-499.
FOERSTER, G.H., “Plata hispanoamericana en circulación mundial del siglo XVI hasta el siglo XX. Monedas de una exposición numismática”, Gaceta Numismática 141, junio 2001, pp. 41-59.
FOERSTER, G.H., “Los “trillizos” mexicanos de 1783”, Crónica Numismática, diciembre 2002, pp. 50-51.
MAZARD, J., “Las contramarcas de la Banca de Inglaterra en los reales de a ocho españoles”, Nvmisma 8, julio-septiembre 1953, pp. 39-41.

miércoles, 2 de octubre de 2013

Y en Flandes se puso el Sol

Publicado en Numismático Digital, 2 de octubre de 2013

http://www.numismaticodigital.com/noticia/6818/Articulos-Numismatica/Y-en-Flandes-se-puso-el-sol.html

Por el Tratado de Baden de 1711 Felipe V cedió a Maximiliano II Manuel de Baviera la soberanía de unos Países Bajos españoles que en la práctica habían quedado reducidos a Namur y Luxemburgo. Fue bajo su gobierno, a nombre de Felipe V y al suyo propio, en el que encontramos las últimas emisiones de los monarcas españoles en los territorios de la herencia borgoñona de Carlos V.
 
Descendiente tanto de Carlos V como de su hermano Fernando I de Habsburgo, y emparentado casas gobernantes de Francia,  Saboya y Polonia, Maximiliano estuvo casado en primeras nupcias con Maria Antonia de Austria, hija del Emperador Leopoldo I y de la infanta Margarita Teresa de España. Fue asimismo padre de José Fernando de Baviera, designado sucesor por Carlos II de España y muerto prematuramente en 1699, y de Carlos VIII Alberto, que será elegido emperador del Sacro Imperio en 1742.
 
Su carrera militar comenzó defendiendo Viena de los ataques otomanos, y en 1688 expulsó a los turcos de Belgrado. En 1692 fue nombrado Gobernador de los Países Bajos españoles, y en dicho puesto recibió y acató el testamento de Carlos II. Aliado con los Borbones contra los Habsburgo, a los que pretendía suplantar en el Sacro Imperio, perdió sus territorios bávaros tras las batallas de Friedlinger y Blenheim, por lo que en 1704 fue nuevamente nombrado gobernador del Flandes hispano.
 
Tras la batalla de Ramillies, el 23 de mayo de 1706, el ejército aliado bajo el mando de John Churchill, primer duque de Marlborough, tomó posesión de los Países Bajos españoles en muy poco tiempo en nombre del Archiduque Carlos de Habsburgo. Sólo quedaron en poder de Felipe V parte del Hainaut, a cuya capital Mons se trasladó el gobierno hasta su toma por los aliados en 1709, y las provincias de Namur y Luxemburgo.
 
 Con anterioridad a la invasión aliada se había batido moneda en las dos cecas que aún estaban operativas en Flandes, las de Bruselas y Amberes, a nombre de Felipe V y con su efigie, tanto en oro como en plata. El sistema monetario flamenco era heredero de su propia tradición medieval y había sido mantenido por la casa de Habsburgo, y estas primeras emisiones de Felipe V mantuvieron asimismo los tipos anteriores, con la novedad de la inclusión del escusón con las armas de Borbón en el escudo.
 
Las monedas de oro acuñadas lo fueron entre los años 1703 y 1706 en soberanos y medios soberanos, en Brujas solamente en el año 1704 y en Amberes en este intervalo de tiempo, con retrato del monarca coronado a derecha en su anverso y leyenda PHILIPPUS V D G HISP ET INDIAR REX, y escudo rodeado con el Toisón de Oro en el reverso y leyenda BURGUND DUX BRABANT. Estas leyendas se repiten en todas las piezas emitidas.  En metal áureo se batieron asimismo en Amberes entre 1703 y 1705 ducatones y medios ducatones de oro con busto con peluca en anverso, y escudo franqueado por leones en reverso, y en Brujas en 1704.
 
 En cuanto a las emisiones argénteas, la de menor valor facial fueron los escalines acuñados en Amberes en 1704 y 1705 y en Brujas el primero de estos años, con un león rampante con escudo y espada en alto en su anverso, y en su reverso las armas de la monarquía sobre la cruz de Borgoña y el año de emisión. Se batieron igualmente ducatones y medios ducatones con los mismos tipos vistos para las emisiones áureas, en 1703 y 1704. En la ceca de Brujas se acuñaron entre 1702 y 1705 patagones y medios patagones con cruz de Borgoña en su anverso con dos monogramas coronados del soberano rodeándola, y escudo del soberano rodeado del Toisón de Oro en su reverso.
 
 Tras la entrada de las tropas aliadas las mismas cecas que habían batido moneda a nombre de Felipe V lo siguieron haciendo a nombre de la nueva autoridad emisora, manteniendo los tipos, con los obvios cambios en los escudos del reverso, que volvieron a ser los tradicionales de la monarquía hispánica, la titulación de Carlos III como Rey de España y de las Indias y el cambio del busto.
 
 Entre 1707 y 1711 se batieron escalines, patagones y medios patagones de plata y soberanos, dobles soberanos y ducatones de oro a nombre de Carlos III. La mayor parte de las nuevas emisiones de oro y plata se realizaron en la ceca de Amberes, acuñándose en Brujas exclusivamente patagones y medios patagones en el año 1709.
 
Tras la pérdida de Amberes, Bruselas y Brujas se restableció por las autoridades borbónicas el taller de acuñación de la ciudad de Namur. Estas monedas son fácilmente reconocibles por el año de su acuñación, 1709, y por su marca de ceca, un leoncito. Los faciales batidos fueron escalines, así como liards sencillos y dobles. Estas emisiones mantienen las leyendas de anversos y reversos antes dichas, llevando los escalines como motivo en su anverso un león apoyado sobre un escudo redondo con las armas de Austria –o Lorena- y Borgoña antigua, y una de las emisiones de dobles liards un busto a derecha con peluca grande a lo Luis XIV y el Toisón de Oro.
 
Luis XIV convenció a su nieto Felipe V para que cediese sus derechos sobre los Países Bajos a Maximiliano Manuel, lo que se produjo en junio de 1711. En un primer momento Maximiliano mantuvo los tipos anteriores de Carlos II y Felipe V en las emisiones de los soberanos de oro, si bien en 1713 introdujo nuevos tipos de influencia gala, con su busto en anverso y sus armas en el reverso. En cuanto a las piezas batidas en plata, mantuvo asimismo los tipos de los monarcas españoles que le precedieron.
 
 El 7 de mayo de 1714 se ordenó la emisión de numerario en ambos metales en la cuantía de quinientos mil florines en soberanos y medios soberanos de oro y plata y escalines y medios escalines de este mismo metal, fijándose en la misma norma su ley y peso. La moneda se realizó a molino, dado que en un inventario fechado en Bruselas el 2 de diciembre de 1713 se citan cinco presas de volante con su utillaje y un balancín con dos bolas de plomo, así como laminadores y otras máquinas y muebles, y se encargaron de su fabricación mediante asiento Van Soest y Blommaerts.
 
 Ya a mediados del siglo siguiente Chalon afirmaba que las monedas a su nombre, salvo los escalines, eran difíciles de reunir, y no había conseguido encontrar documentación de las cifras de acuñación ni en Bruselas ni en Namur. Afirmaba que las de mayor facial conocidas estaban en conservación flor de cuño, por lo que no debían haber circulado. El grabado de su busto con peluca grande en las monedas fue obra de Thomas Bernard, con monograma TB, que realizó también en Paris monedas para Luis XIV. 
 
 La labra de liards tanto a nombre de Felipe V como al de Maximiliano Manuel en Namur dio lugar a gran número de reclamaciones por parte de los oficiales monetarios del gobierno de Bruselas y a la adopción de medidas represivas para evitar su entrada y circulación en las provincias controladas por los aliados. Asimismo, la documentación muestra la práctica de los monederos de Namur de acuñar liards a nombre del fenecido Carlos II, inundando las provincias vecinas de este numerario.
 
 La moneda de este tipo fue desmonetizada en 1712, reemplazándola por la de busto con peluca. Tanto los gobiernos enfrentados de Namur y Bruselas sufrieron las turbulencias monetarias producidas por las alteraciones monetarias llevadas a cabo por Luis XIV tras medio siglo de guerras.
 
 Por la Paz de Utrecht de 11 de abril de 1713 se garantizó al Emperador la soberanía de todos los Países Bajos españoles, si bien Maximiliano seguía en posesión de las provincias de Luxemburgo y Namur, y recuperaba sus estados hereditarios perdidos en el conflicto. El día 1 de diciembre de 1714 el elector hizo saber a las autoridades de Namur que en virtud de los tratados de Rastadt y Baden la soberanía del condado, de Beaumont y de Chimai pasaba al Emperador, a quien a partir de este momento debían fidelidad.
 
La última emisión de moneda de oro  de liards se llevó a cabo el 7 de diciembre de 1714. Si bien tras la proclamación de Carlos de Habsburgo el 14 de febrero de 1715 el Consejo de Namur ordenó la circulación de las monedas de Maximiliano exclusivamente en el condado, orden que fue ratificada el 12 de marzo siguiente, los liards a su nombre siguieron en circulación unos años más, como lo prueba la normativa que la toleraba de fechas 31 de marzo de 1718 y 20 de diciembre de 1719. 
 
 
Bibliografía
CHALON, R.H.G., Recherches sur les monnaies des comtes de Namur, Bruxelles, 1860.
ECHEVARRÍA, M.A., Flandes y la Monarquía Hispánica. 1500-1713, Madrid, 1998.
VICENTI, J.A., Catálogo General de la moneda española, Imperio español (Europa), I ed., Madrid, 1976.

miércoles, 4 de septiembre de 2013

La moneda española es nuestro circulante natural

Publicado en Numismático Digital, 4 de septiembre de 2013

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Con este rotundo argumento se opusieron los comerciantes de la Colonia de Gibraltar en 1825 a la Orden del Consejo metropolitano que disponía la obligatoriedad de la circulación de la moneda esterlina de plata en todas las colonias británicas como único patrón monetario. En virtud de dicha Orden se remitieron sacas de moneda inglesa que volvieron a la isla con los sellos sin abrir, quedando como monedas circulantes y de cuenta las de oro y plata española, como en el siglo anterior, durante toda la centuria.

Ya durante la Guerra de Sucesión la moneda circulante era la española, y si bien el gobierno militar mantuvo como moneda de cuenta el sistema esterlino, los pesos y doblones españoles era el numerario real de la guarnición. La existencia de una moneda de cuenta que no se correspondía con la real llevó, al igual que en las colonias americanas británicas, a la incorrecta conversión de la moneda española en términos esterlinos.  

El problema se agudizó cuando la propia guarnición comenzó a mediados del siglo XVIII a utilizar las monedas españolas también como moneda de cuenta, creándose un nuevo real de los que 12 de ellos, en vez de 10, conformaban un dólar –peso o duro-, y cada uno se dividía en 16 cuartos. Este fue durante dos siglos el verdadero patrón monetario gibraltareño, una moneda de cuenta compuesta de un duro imaginario, con una equivalencia de 8 reales nuevos, el real imaginario y el cuarto.

Junto al dólar o duro corriente, en las transacciones se hacía constante referencia a los pesos duros españoles, con una valoración durante gran parte de la primera mitad del siglo XVIII de 37 o 38 peniques cada uno, y en 1754 mil pesos se valoraban a 854 libras, 3 chelines y 4 peniques. Como divisores se encontraban diversas monedas de plata y cobre españolas de menor denominación.

En 1713 la guarnición se quejaba de la introducción por parte de los judíos de moneda de latón de Barbaría –norte de África-, con la que obtenían un beneficio de un 500% y con la que además sacaban toda la plata española en circulación. Esta moneda, conocida como fluce, corría en el comercio al mismo valor que los cuartos españoles, siendo realmente mucho menor, y fue finalmente desmonetizada por una Orden de 1751 que fijó los valores de la moneda de cobre española en circulación en Gibraltar.

La escasez de moneda fue una constante en la colonia, y medidas como las tomadas en 1762 para retirar la moneda española cortada o falta de peso produjeron tal escasez que fueron reducidas cuatro meses después a la moneda macuquina y a los duros cortados, dejando en la circulación la demás moneda de plata española, entera o cortada, a los cambios existentes. En 1783 el general Elliot dictó una Proclamación prohibiendo la salida de cualquier moneda de plata de la guarnición, bajo pena de confiscación.

Las tropas destacadas en la colonia eran pagadas en un principio en moneda portuguesa de oro, lo que igualmente producía serios inconvenientes, por lo que en 1771 se fijó su valor en paridad a la moneda de oro española, la doble pistola, en 94 reales de cuenta. A pesar de la presencia de la moneda lusitana, el numerario de oro español era en 1787 de largo el más común en el comercio, y los doblones recibían una estimación de 16 pesos mexicanos, o 24 dólares corrientes.

En 1815 era tal la escasez de moneda menuda que los trabajadores contratados por el gobierno colonial cobraban en cuadrillas de seis un peso fuerte, y debían ir a las tabernas a gastar parte del mismo para obtener cambio. El gobernador recomendaba batir moneda de un real y dos reales en una cuantía de diez mil libras, y ante esta escasez los comerciantes labraron fichas de valor de uno y dos cuartos pagaderas en sus casas de negocio.

A partir de 1825 se intentó introducir el patrón esterlino por la Orden del Consejo que ordenaba su instauración como circulante y moneda de cuenta en todas las colonias. El día 16 de junio de ese año sir George Don, Teniente Gobernador, dispuso su cumplimiento en una Proclamación en la que a partir del primero de julio debía aceptarse el numerario de cobre británico, se declaraba que la moneda británica de plata era la única de curso legal, se fijaba el valor del peso español en 4 chelines y 4 peniques y se ordenaba que todas las cuentas de la Administración de la colonia debían llevarse y traducirse en moneda británica.

Para llevarlo a cabo se procedió a la importación de moneda británica. La misma fue adquirida por los comerciantes en bolsas sin abrir como mercancía, a un precio de 52 peniques por cada duro, y se remitieron nuevamente a Inglaterra sin romper los sellos de los paquetes con un beneficio de un 8-9%. Ello se debió, de acuerdo con lo expresado por el Gobernador, a que esta moneda era buscada por los centros industriales metropolitanos para el pago de los trabajadores, a lo que había de sumarse el menor coste, un 1%, de las remisiones en dinero en comparación con el 3% de las Letras del Tesoro.

Tres meses después de la Proclamación la moneda británica de plata había desaparecido sin llegar a circular, y nuevamente se volvió a pagar a la guarnición con moneda española de oro. Los comerciantes dirigieron a las autoridades un memorial afirmando que la moneda española era su moneda natural, que siempre había existido en Gibraltar una gran abundancia de moneda de oro y plata española de calidad, y quejándose del valor fijado para el peso fuerte, que no se ajustaba a sus posibles fluctuaciones y que fijaba el límite del circulante en moneda de plata británica en Gibraltar en una extensión muy diferente de la de Gran Bretaña.

Por todo ello, el 1 de noviembre una nueva Proclamación rehabilitó la moneda española a su valor corriente, si bien las cuentas del Gobierno siguieron llevándose hasta 1881 en libras, chelines y peniques. La valoración de la plata española no produjo problemas importantes, dado que la moneda corriente no era el duro, sino el doblón de oro. Los farthing de cobre introducidos en 1825 se hicieron equivaler por el público e incluso por los sargentos pagadores por su tamaño y aspecto a los cuartos españoles, con lo que 192 cuartos equivalían a un peso, o 48 peniques, en vez de los 52 peniques -4 chelines y 4 peniques- que las Proclamaciones fijaban.

En 1835 una nueva Orden intentó reducir la valoración de los doblones españoles de 69 chelines y 4 peniques a 66 chelines. Esta Orden fue rápidamente revocada por las peticiones de los comerciantes de Gibraltar, que alegaron que con la estimación de los impuestos reservada a la moneda esterlina, era injusto privarles de la opción de pagarlos, de acuerdo con el antiguo sistema monetario de España, a 16 pesos de plata por cada doblón de oro. Nuevas Órdenes y Proclamaciones ajustaron el valor del duro a la dieciseisava parte del doblón, 50 peniques o 4 chelines y 2 peniques.

Desde 1844 hubo un tácito reconocimiento del circulante español, que suponía la práctica totalidad del numerario, y cada vez la dependencia de la moneda española se fue haciendo mayor. Por ello, los cambios operados en España con la adopción del sistema métrico decimal y el cambio al escudo y los milésimos como moneda de cuenta tuvieron su reflejo en la colonia. En 1866 sus habitantes pidieron y obtuvieron la adopción del nuevo sistema español, que en la práctica había suplantado lo ordenado en 1844.

Será finalmente en fecha 21 de febrero de 1872 cuando una Orden dio curso legal a la moneda española circulante, tanto de oro como de plata, fijando minuciosamente los límites de su tenencia, y si bien se preveía el cumplimiento de los contratos realizados en la antigua moneda de cuenta gibraltareña o esterlina, la moneda británica adquiría la consideración de moneda extranjera.

Tras la integración de España en la Unión Monetaria Latina en 1876, y debido a los problemas derivados de la falta de emisiones áureas en cantidad suficiente, los comerciantes de la colonia solicitaron la adopción del sistema esterlino. En esta ocasión el Gobierno Imperial, después de estudiar todas las consideraciones a la propuesta del comité local, decidió que el fracaso de la Orden del Consejo de 1872 se debió realmente al cambio en el sistema español, y recomendó a Su Majestad aplicar el nuevo sistema español en Gibraltar.

Una nueva Proclamación de fecha 1887 desmonetizó la moneda española anterior, y el circulante gibraltareño se bimetalizó, quedando compuesto por los conocidos como Alfonsos de oro, de 25 pesetas, y las monedas de plata de 5 pesetas, que tuvieron curso legal ilimitado. Al estar el sistema británico basado en el patrón oro desde el siglo XVIII, y debido a que la excesiva emisión de moneda de plata en España suponía perturbaciones en la relación bimetálica, se sugirió incluso establecer un límite a la circulación de la plata española.

Pero como afirmaba Chalmers en 1893, que agradecía a Mr Cavendish Boyle, Secretario Colonial de Gibraltar y a su equipo haber puesto a su disposición la documentación para escribir el capítulo dedicado a esta colonia, la objeción a ese límite es que podría diferenciar el circulante de Gibraltar del de España, y sacar a la Colonia del “área de circulación” a la que naturalmente pertenecía.

Fuente
CHALMERS, R.,  History of currency in the British Colonies, Londres, 1893.

miércoles, 31 de julio de 2013

La circulación internacional de la peseta

Publicado en Numismático Digital, 31 de julio de 2013

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Desde hace ya varios siglos se han sucedido magníficos estudios sobre la circulación universal de la plata nacional española, la acuñada en las cecas indianas, base de la economía mundial en la Edad Moderna y gran parte del siglo XIX y del prestigio de su Monarquía. No abundan sin embargo, al menos en nuestra lengua, estudios sobre la amplia y continuada circulación exterior de la moneda provincial española, que si bien fue ajena a los propósitos e intereses de la propia Corona, hizo que fuese el principal medio de cambio en las pequeñas transacciones en vastos espacios extraeuropeos.

La moneda provincial española de dos reales, conocida ya desde su origen de forma popular como peseta, fue un numerario concebido para circular exclusivamente en la España europea. A diferencia de la plata nacional, la batida en las Indias, se controlaron sus emisiones con el objeto de dotar al territorio peninsular de un circulante adecuado para las transacciones diarias. Si bien su uso en otros territorios de la Monarquía fue reiteradamente prohibido y perseguido, tuvo durante los siglos XVIII y XIX una amplia aceptación en grandes áreas del planeta.

No cabe duda de que parte de las pesetas provinciales que salieron de la Península siguieron las ancestrales rutas que sus hermanos mayores, los pesos fuertes o duros, habían recorrido siguiendo las rutas de la seda, del café, del té o de las especias hacia Extremo Oriente, haciendo escala en los puertos del Mediterráneo, del Levante musulmán y en las factorías negreras de la costa de África. Lo reducido de sus emisiones y la relativamente baja ley de sus aleaciones sin duda ayudaron a que dicho tráfico no alcanzase mayores proporciones. Por la importancia que adquirieron en la circulación local destaca el caso de las posesiones portuguesas, especialmente en la isla de Madeira, donde se encontraban en pleno siglo XIX como divisores de los reales de a ocho.

Si bien las preferencias estuvieron siempre del lado de la plata nacional, obviamente se utilizaron las pesetas provinciales en el comercio con otros países europeos, donde usualmente se aceptaban sólo por su contenido en fino, como pasta, siendo recogidas en grandes cantidades para, sobre todo en el siglo XIX, ser afinadas mediante ácido sulfúrico en las Casas de Moneda para con ello beneficiarse de la pequeña liga de oro que contenían. Especial importancia tuvieron las pesetas en la economía británica, donde tenían curso legal, y desde donde cruzaron los océanos en grandes cantidades.

Su introducción en las colonias británicas de América debió ser prácticamente simultánea a su propia aparición, como prueba el hecho de que aún hoy en día son comunes los descubrimientos de reales sencillos y pesetas de ambos contendientes en la Guerra de Sucesión. Las pesetas provinciales sin las columnas de Hércules, conocidas como pistareens, tuvieron una larga vida en estas latitudes. A las primeras emisiones se sumaron las allí conocidas como de cruz, con los cuarteles de Castilla y León, y las de la cara o busto. Al igual que los propios pesos, muy a menudo fueron cortadas en cuatro o más partes, conocidas como bits, para su uso como moneda menuda.

Ya durante la Guerra de Independencia norteamericana se discutió si otorgar a este numerario por todos conocido curso legal, si bien finalmente se decidió no hacerlo. Eso no fue óbice para que fuesen utilizadas en tales cantidades como para servir incluso para las transacciones financieras, para que circulasen sin ninguna traba por toda la Unión o para que tuviesen de facto la consideración de moneda propia en algunos estados. Su uso habitual y continuado dejó su impronta en el refranero popular, en la literatura e incluso en la jurisprudencia estadounidenses del siglo XIX.

Su circulación a gran escala se produjo igualmente en las demás colonias británicas de América, donde sí que tuvieron curso legal y fijado en relación a los reales de a ocho de plata nacional, la moneda en la que recibían las tropas sus soldadas. Su huella es fácilmente rastreable en las islas caribeñas y en el Canadá, donde era la moneda utilizada por las clases populares en las transacciones diarias. Los intentos de esterlinización del circulante en las colonias británicas a partir de finales de la década de los años 30 del siglo XIX, si bien no consiguieron desplazar al dólar –real de a ocho- de su posición preeminente, sí que hicieron prácticamente desaparecer a las pesetas provinciales de la circulación.

No parece que sea casualidad que a comienzos de la década siguiente se empezase a documentar la entrada en grandes cantidades de pesetas provinciales españolas, conocidas como sevillanas, en las nuevas repúblicas iberoamericanas, como ha estudiado magníficamente Roberto Jovel para el área centroamericana, en un fenómeno que se reproduce en otras partes del continente. Entre ellas, además de moneda anterior y recién batida, se encontraba numerario acuñado a nombre de José Bonaparte. La valoración de la peseta provincial fue fijada de manera distinta en cada república.

Esta “invasión” llegó también a las todavía bajo dominio español Antillas Mayores, y fue el motivo de que en 1841 se resellasen con la famosa contramarca de rejilla las pesetas provinciales en la isla de Cuba. Por esas fechas comenzaron a llegar también al archipiélago filipino, donde se fijó por ley su valor, conforme a la normativa española, en cinco pesetas cada peso fuerte o duro. La moneda provincial llegada a Filipinas y los pesos acuñados con este destino circularon asimismo por la Micronesia española y Oceanía, donde fueron resellados posteriormente por los alemanes y estadounidenses, y en otros lugares de Asia.

Este breve bosquejo es sólo una pequeña muestra de la posiblemente menos conocida faceta de nuestra entrañable e incluso añorada moneda provincial, que sobrevive en nuestro imaginario colectivo como moneda de cuenta con un valor perdido hace ya más de un decenio, ajeno a la inflación oficial y a la brutal inflación encubierta que supuso la entrada en el Euro, y como una quimera en la ardiente hamada de Tinduf.   

martes, 2 de julio de 2013

Páguennos en dólares españoles, según lo acordado

Publicado en Numismático Digital, 2 de julio de 2013

 
http://www.numismaticodigital.com/noticia/6627/Articulos-Numismatica/Paguennos-en-dolares-espanoles-segun-lo-acordado.html

El 17 de abril de 1779 los 49 oficiales de los tres regimientos que componían la brigada de Nueva Jersey enviaron a su Asamblea Legislativa un memorial en el que alertaban de una situación insostenible. La inflación del circulante continental había trasformado sus soldadas en ridículas, había fundadas razones para temer deserciones en masa y exigían ser pagados en la moneda en la que habían contratado con el Congreso sus salarios: dólares –reales de a ocho- de cuño español. 

Para financiar su guerra de independencia, el Congreso Continental acordó el 3 de mayo de 1775 la emisión de tres millones dólares en billetes, con un valor fijado en reales de a ocho españoles. Estos primeros billetes norteamericanos estaban fabricados en un papel denso, con fibras azules y copos de mica, en dobles pliegos con una plantilla en medio. Constaban de ocho anversos y ocho reversos y fueron impresos en Pensilvania, Ivy Mills y Chester Country. Los de 20 dólares se imprimieron individualmente en un papel blanco que era suministrado por Benjamín Franklin, siendo su parte izquierda polícroma.

En fecha 29 de noviembre el Congreso aprobó la emisión de otros tres millones de dólares, y poco después se autorizó la de otros diez mil dólares para el cambio de los billetes estropeados o ajados. El día 12 de diciembre se ordenó que la numeración de los nuevos ejemplares fuese diferente a los de la emisión anterior, por lo que se usó una tinta roja especial.

En los meses de febrero, mayo, julio y noviembre de 1776 se aprobaron emisiones de billetes por valor de diecinueve millones de dólares. Desde Baltimore, a final de este año, se ordenó la emisión de otros cinco millones de dólares, ampliada en otro medio millón para billetes fraccionarios de 1/9, 1/6, 1/3 y 2/3 de dólar. En los años siguientes se imprimieron grandes cantidades de ellos, que circularon hasta que el 18 de marzo de 1780 el Congreso Continental aprobó los diseños de los nuevos billetes.

El recurso a la emisión de papel moneda fue muy común en las colonias norteamericanas de Inglaterra y Francia en el siglo XVIII, especialmente durante los conflictos bélicos. Sin embargo en esta ocasión la inflación provocada fue mucho mayor, dado que los reales de a ocho pasaron de valorarse de 4 chelines y 6 peniques a 5 o incluso 8 chelines cada peso fuerte, debido a que las emisiones fueron mucho más copiosas.

Los oficiales afirmaban en este memorando que sus salarios eran sólo nominales, no reales, dado que para un soldado cuatro meses de paga no procurarían a su pobre mujer y a sus hijos ni un celemín de trigo. En el caso de los oficiales era todavía peor, dado que la soldada de un coronel no daba ni para pagar la avena de su caballo, y su asignación diaria no servía ni para procurarle una sencilla cena.

Consideraban que era un deber para con su país y para con ellos mismos informar a la Asamblea en términos sencillos y nada ambiguos de que a menos que la situación se remediase era inevitable la total disolución de las tropas. Todos los días se descubrían confabulaciones para desertar, no siendo la creciente vigilancia de la oficialidad suficiente para prevenirlas.

 Era común oír a los soldados comentar que era verdad que la paga británica era muy pequeña, pero a pesar de ello con dos días de paga se podía adquirir un cuarto de ron, y con nosotros la paga de un mes daría sólo para eso. Si los salarios de la oficialidad y la tropa de 1776 no permitían más que una escasa subsistencia, en la fecha en la que se remitió este memorial el circulante se había depreciado en más de un 200%.

 El Congreso había recomendado en diciembre de 1777 a los Estados que proporcionasen a sus combatientes la necesaria ropa a precios proporcionados a  sus salarios, lo que había sido acatada por algunos Estados del sur y del este. Los oficiales afirmaban que Pennsylvania había adoptado más tarde algunas medidas a favor de sus tropas, Maryland había hecho lo propio, algunos Estados habían  hecho más, pero ninguno de ellos había hecho lo suficiente.

 Para solucionarlo, pedían que si sus pagas estaban fijadas en reales de a ocho españoles, y ese era el contrato que firmaron con el Congreso, querían ser pagados en ellos, no pidiendo por tanto más que la observancia del contrato original. Terminaban el memorando afirmando: Páguenos en reales de a ocho de cuño español o dennos su equivalente, y nuestras quejas cesarán al instante.

Unos días después, el 25 de abril, el general Maxwell remitió otra carta desde el mismo lugar defendiendo a sus soldados, en la que afirmaba que cuando entraron en servicio, un dólar continental equivalía a un peso fuerte español, mientras que tres años después muchas personas a las que los combatientes servían les vendían productos manufacturados por ellos mismos a un precio de veinte dólares continentales, cuando con un solo peso español de plata podrían adquirirlos. El general recomendaba para el pago de los salarios que se tomase como ejemplo el del ejército británico, que él conocía bien, en lo que se estimase mejor.

Más adelantado el conflicto, cada peso español de plata llegó a estimarse a 25 dólares de papel, e incluso se redimieron dólares nuevos a cuarenta de las emisiones anteriores. Las estimaciones hechas por Watson para las emisiones durante el mismo arrojaban un total de cuatrocientos millones de dólares, si bien la mitad de este importe fue recogido de tiempo en tiempo. Dado que el poder de fijar impuestos le fue negado a la Confederación, que sólo podía recomendar las medidas tomadas por los Estados, su depreciación alcanzó valores de 500 a 1, y hasta de 1.000 por 1, dejando de circular.

Fuentes:
“Memorial of the Officers of the Jersey Brigade to the Legislature”, Elizabethtown, April 17th 1779,  en Selections from the correspondence of the Executive of New Jersey from 1776 to 1786, Published by order of the Legislature, Printed at the Newark Daily Advertiser Office, 1848, pp. 143-146.
“From General Maxwell to the Legislature”, Elizabethtown, April 25th 1779, Ibid, pp. 146-151. 

Bibliografía recomendada:

GOUGE, W.M., A short History of paper Money and banking in the United States, Philadelphia, 1833.
LLAMA GARCÍA, S. de, “Spanish milled dollars. Una ayuda a la independencia de Estados Unidos”, Crónica Numismática, julio-agosto 2005, pp. 54-57.
MARTÍNEZ GALLEGO, J.M., “Dólar USA made in Spain”, Coleccionismo & Inversión, 19 de oviembre de 2003.
RAMÍREZ JIMÉNEZ, D., “Papel moneda en las colonias inglesas de Norteamérica”, Crónica Numismática, diciembre 2001, pp. 60-63.
WATSON, J.F., Annals and occurrences of New York City and State, in the olde time, Philadelphia, 1846, Book II.

 

miércoles, 5 de junio de 2013

Los reales Vambas, según Nougués Secall

Publicado en Numismático Digital, 5 de junio de 2013

http://www.numismaticodigital.com/noticia/6564/Articulos-Numismatica/Los-reales-Vambas-segun-Nougues-Secall.html



Conocemos bien la historia de la moneda circulante en Canarias en el siglo XVIII, gracias a los magníficos estudios de Jesús Manuel Lorenzo Arrocha, basados principalmente en las obras de Viera y Clavijo y de Lorenzo Rodríguez. Otra buena fuente de información es el libro del jurisconsulto y erudito zaragozano Mariano Nougués Secall, Cartas historico-filosofico-administrativas sobre las islas Canarias, publicado en 1858, en muchas ocasiones coincidente con el de Viera, a quien cita reiteradamente.

En la carta 20 del libro, fechada en Santa Cruz de Tenerife el 5 de junio de 1858 y dirigida al vicepresidente del Consejo Provincial de Zaragoza, don Manuel Cantin, daba noticia de las monedas, pesos y medidas de las islas. También hacía mención de las turbaciones que con motivo de la moneda hubo en el archipiélago, y defendía  la conveniencia de que se recogiese en ella la moneda columnaria circulante. A esa fecha se utilizaban en las islas como monedas de cuenta el peso, con un valor de 15 reales de vellón, y el real de plata de 16 cuartos, y como monedas circulantes los tostones, medios tostones, las fiscas- las pesetas, medias pesetas y reales columnarios- y los napoleones franceses. Habían existido igualmente ducados de plata, de valor desconocido para el autor, pesos de 128 cuartos divididos en 10 reales cada uno, y las famosas vambas.

Los tostones portugueses, que circulaban desde la Unión de las Coronas en el siglo XVI, recibían un valor de 4 cuartos más en Portugal que en las islas, por lo que fueron sacados durante el siglo XVII por los comerciantes extranjeros, que asimismo se llevaban los reales peruleros y de nuevo cuño de pilares, según recogía Nougués citando a Viera, fechando esta práctica en 1685. Por ello sólo quedaron en circulación algunos reales antiguos vambas y los falsificados en gran parte por los mercaderes. 

Los reales vambas ya no circulaban en la época en la que Nougués escribía esta carta, pero a su entender protagonizaron una página muy triste en la historia de las islas.  Afirmaba que eran reales utilizados en la época de los Reyes Católicos en la Península, que tenían en su anverso un haz de flechas y en su reverso una coyunda con los nombres de los monarcas y el lema TANTO MONTA. Se conocía asimismo por este nombre según el autor a unos reales que mandó batir Carlos V a trueque de trigo con las armas de Castilla y León en su anverso con la leyenda CAROLUS ET JOANNA, y en su reverso las columnas coronadas con el lema PLUS ULTRA y en la orla la leyenda HISPANIARUM ET INDIARUM.


Ambas monedas eran de plata limpia, y se componían de diez cuartos imaginarios. Según Viera, no se había llevado moneda de plata desde España, y no circulaba la de vellón, al usarse para el comercio menudo los medios reales de plata que se retiraron de la circulación en la Península el 1 de enero de 1726 y que se llevaron en bastante cantidad al archipiélago. Según Nougués, también circulaban los reales batidos en 1707 por Felipe V, seguramente los acuñados en el Real Ingenio de Segovia  con 10 dineros de ley y talla de 75 piezas el marco en reales sencillos y de a dos, precursores de las pesetas provinciales. 

 
La afirmación de que no circulaba moneda de vellón en el archipiélago se contradice con lo expresado en una Real Cédula de 20 de noviembre de 1700, que encontramos en el Archivo General de Indias, Santo Domingo, 251, que aseguraba que la moneda provincial de vellón de la Isla Española se remitía en importantes cantidades a Canarias, donde se cambiaba a diez piezas por real de plata, con lo que se obtenía un beneficio del 400%. También se hacía referencia a ella en la Pragmática de 1776 de retirada de todo el circulante anterior que luego veremos, por la qual se extinguen absolutamente todas las monedas antiguas de plata y de vellon, que como peculiares han corrido hasta ahora en mis Islas Canaria   

Siguiendo a Viera, recogía que a comienzos del siglo XVIII comenzaron a aparecer en las islas unos realillos contrahechos y faltos de peso, cuya introducción se atribuyó a un tratante holandés que había transmutado en esta moneda un barril de arenques. Hacia 1720 se advirtió que esta mala moneda inundaba las islas, y como afirmaba Viera de cada onza de plata los falsarios sacaban de 35 a 40 reales falsos. Nougués recogía una anécdota que afirmaba que Viera o bien no conocía o que no quiso contar, y que transcribo íntegramente:

 
Estos realillos se introducían en toneles que se decían ser de tachuelas. Un comerciante del pormenor fue al Puerto a comprar un tonel de tachuelas: el mancebo por equivocación se lo dio de realillos Vambas: el tendero volvió inmediatamente por otro tonel y el mancebo le dijo con gracia y socarronería: de aquellos que V. se llevó uno no hay más.

 
Un comerciante holandés en 1734 declaró en Santa Cruz de Tenerife a unos arrieros del interior de la isla que esa moneda no valía, lo que alborotó las islas, hizo cesar la contratación y se cerraron las tiendas. El Comandante General, el Marqués de Vallehermoso, ordenó que la moneda corriese hasta nueva orden, hasta que el 7 de julio de ese mismo año el Cabildo General acordó que los vecinos presentasen los reales, para cortar los de mala ley y resellar los buenos. El resello consistía en un leoncillo como lenteja prolongada, y como era muy fácil de falsificar volvieron las turbaciones en 1735. Aunque su sucesor don Francisco Emparán ordenó nuevamente la manifestación de toda la moneda de este tipo y que se cortase la falsa, no se consiguió acabar con el mal hasta la retirada de toda la moneda provincial de Canarias y su sustitución por la de la Península, por Real Pragmática de 20 de abril de 1776.

Fuente:


NOUGUÉS SECALL, M., Cartas Histórico-Filosófico-Administrativas sobre las Islas Canarias, Santa Cruz de Tenerife, 1858, pp. 177-182.


Bibliografía recomendada:

LORENZO ARROCHA, J.M., Las monedas en las Islas Canarias, “La Bamba”, Santa Cruz de la Palma, 1991.
LORENZO ARROCHA, J.M., "Una moneda provincial para las Islas Canarias", Crónica Numismática, junio 2003, pp. 48-49.
LORENZO RODRÍGUEZ, J.B., Noticias para la Historia de La Palma, Tomo I, La Laguna, 1975.
PÉREZ ALMEIDA, H.C., “Moneda y medios de pago en las Islas Canarias durante los siglos XVI Y XVII”, en MUÑOZ SERRULLA, M.T. (Coord.),  Estudios de Historia Monetaria, Ab initio, Núm. Extr. 1 (2011), pp. 69-91.
RÉGULO PÉREZ, J., “Contribución a la Historia de la palabra “BAMBA”. Africanismo léxico adoptado por el canario en el siglo XVII”, en 2º Simposio Internacional de Lengua Española, Las Palmas de Gran Canaria, 1984.
VIERA Y CLAVIJO, J. de, Noticias de la Historia General de las Islas de Canaria, Tomo II, Libro VII, Madrid, 1773.
VIERA Y CLAVIJO, J. de, Noticias de la Historia General de las Islas de Canaria, Tomo III, Libro XVL, Madrid, 1776.







 

jueves, 2 de mayo de 2013

Los dólares de Hong Kong

Publicado en Numismático Digital, 1 de mayo de 2013

Antes de su cesión por el Tratado de Naking a la corona británica en 1842, la isla de Hong Kong estaba poco poblada y era una de las bases para la introducción del opio en China, y pasó bajo su mandato a ser una de los principales enclaves británicos en el Pacífico. Pocos años después, en 1848, está documentada en la misma la preferencia de sus habitantes chinos por los reales de a ocho españoles sobre cualquier otra moneda, que contramarcados siguieron circulando hasta el siglo XX.

En el volumen XXXII de la publicación The Dublin University Magazine, a Literary and Political Journal de 1848 encontramos una magnífica fuente para conocer la circulación monetaria de Hong Kong en los primeros años de la colonia. Su capítulo XIV viene dedicado al circulante en China, y se recogía en el mismo que la única moneda propia de China era la de cobre, conocida como cash, de forma circular y con un agujero cuadrangular en su centro, que servía para unir las monedas con cuerdas en paquetes de cientos de ellas.

Muchas de las que se encontraban en circulación eran según esta revista falsas, e incluso se afirmaba en ella que en algunas regiones del interior de China el circulante se componía exclusivamente de moneda espuria. Si bien las piezas falsas eran fácilmente identificables, incluso cuando estaban atadas junto a numerario legal, era normal que sobre un 20% de las monedas de estos paquetes fuesen falsas, y su aceptación aún a sabiendas de ello era según esta publicación una costumbre china. Si eran de buena ley, ochocientas de ellas se valoraban a un real de a ocho de cuño español, mientras que si estaban mezcladas con piezas falsas equivalían mil de ellas a cada peso fuerte.

Si bien existían en circulación los tael y los sycee de plata, piezas oblongas las primeras y en forma de zapato las segundas, eran recurrentemente ensayados para comprobar su fineza, y tenían una valoración diaria por su peso. El circulante de plata estaba compuesto por reales de a ocho novohispanos y mexicanos, comúnmente aceptados, si bien los de cuño español eran siempre preferidos.

Entre ellos los más apreciados eran los Carolus, y dentro de los mismos había incluso varias estimaciones. El valor de los pesos españoles variaba entre 4 chelines y 2 peniques y 4 chelines y seis peniques, mientras que los acuñados en el México independiente nunca alcanzaban una estimación superior a 4 chelines.

El gobierno local de Hong Kong emitió una Ordenanza igualando el valor de todos los pesos en 4 chelines y dos peniques, pero la misma sólo obligaba a los funcionarios y a los militares, que venían obligados a aceptar los pesos mexicanos a esta valoración, si bien los comerciantes chinos no los admitían más que por 4 chelines, y si los tomaban a la cotización oficial incrementaban el precio de sus mercancías.

A los chinos según esta revista no les agradaban los pesos mexicanos y detestaban las rupias hindúes. Los funcionarios y los militares recibían sus sueldos en rupias, de estimación variable, de acuerdo con la valoración gubernamental, de entre 220 a 227 para cada 100 coronas españolas. Los chinos, si las aceptaban, lo hacían sólo por un valor de entre 1 chelín y seis peniques a 1 chelín y 7 ½ peniques, pero muchos comerciantes no las querían a ningún cambio. La moneda de plata inglesa era aceptada ocasionalmente, pero nunca por su valor nominal.

Recogía asimismo esta publicación la costumbre del resello de cada peso que caía en sus manos por los comerciantes y contables, lo que hacía que usualmente la moneda se quebrase, si bien los trozos resultantes seguían en circulación, aceptados por su peso, llegando incluso a ser tan menudos que hacían falta cuarenta de ellos para llegar al peso de un único real de a ocho.

Años más tarde, a partir de 1863, el gobierno británico intentó batir un numerario propio en y para la colonia, pero las monedas acuñadas acabaron fundiéndose y la maquinaria se vendió a Japón, quedando en circulación a partir de 1868 los reales de a ocho novohispanos y los pesos mexicanos. Para su circulación en el territorio se procedió a introducir y resellar monedas extranjeras en chino y en caracteres latinos con el nombre de la colonia, siendo comunes estas marcas en los pesos batidos para Filipinas en tiempos de Alfonso XIII. El dólar sigue siendo hoy en día la unidad monetaria de la Región Administrativa Especial de Hong Kong, siendo la novena divisa más intercambiada del planeta.  

Fuente

The Dublin University Magazine, a Literary and Political Journal, Vol. XXXII, July to December 1848, Dublin, 1868, pp. 311-313.

 Bibliografía para los acontecimientos posteriores:

FUENTE, J.A. de la, La plata de la Nao de la China, Museo de Arte Oriental de Salamanca, imprenta comercial Segovia, 2008.
Artículos Hong Kong y Dólar de Hong Kong de Wikipedia.