Publicado en Numismático Digital, 7 de octubre de 2015
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La
escasez de moneda de cobre se extendía también a los maravedíes sencillos y a
los ochavos, lo que había llevado a un incremento de los precios, dado que
solamente se podían adquirir bienes con la calderilla, única moneda de vellón
que quedaba, o con medios reales de plata, con gran daño a los nacionales y
beneficio para los extranjeros.
Aún así,
todavía en 1828 el Conde de Moretti afirmaba que estos maravedíes sencillos
seguían circulando, con valor de una trigésimo cuarta parte de un real de
vellón, si bien … hallánse
en especie muy pocos en las Andalucías y Castilla la Vieja, y según
él aún a finales del siglo XVII seguían en circulación en Castilla los antiguos
cruzados de dos cornados, una moneda que aumentaba
o disminuía en su valor según la abundancia o escasez de los metales, y que
equivalía en ese momento a 1/6 de maravedí de vellón.
Los comerciantes sin escrúpulos acaparaban
las monedas de oro y plata, obligando a las personas que les solicitaban
numerario a pagar intereses crecidos por el numerario batido en esos metales
nobles, generando con ello un daño importante al tráfico en general, al privar
al comercio de la circulación de tales monedas.
En este siglo en las diferentes provincias
españolas, al igual que en toda Europa, la moneda de cobre era el circulante
del pueblo, no siendo las de plata y oro más que accesorias en una sociedad
dominada por las transacciones menudas, siendo utilizadas como instrumentos de
ahorro. En varias partes de España, el uso del vellón viejo y de la calderilla
se dilató hasta el mismo siglo XIX. A ello contribuyó tanto el hecho de que la
calderilla representaba una unidad de cuenta que no podía abandonarse por la falta
de un instrumento más simple, y la creencia de que la antigüedad de una moneda
hace parte de su valor al validar sus calidades intrínsecas y garantiza su
autenticidad.
Como pone de manifiesto Traimond en su
estudio de comienzos del siglo XIX, se observan profundas diferencias entre los
usos monetarios de las distintas provincias. El circulante era según este autor
particularmente heterogéneo, lo que a su entender parece constituir la
situación común en la Europa continental. Junto a las viejas monedas de cobre,
la calderilla y las de oro y plata se encontrarían en circulación las nuevas
emisiones y monedas extranjeras. La moneda portuguesa circulaba a lo largo de
la frontera, y monedas españolas eran reacuñadas en Gibraltar o en Marsella y
posteriormente eran usadas en las Islas Baleares.
Como recogía Taboada en 1795, la calderilla
era una moneda que seguía en circulación, especialmente en Madrid, desde donde
salía para diferentes partes del reino, y volvía regularmente en pago de
derechos reales. Normalmente se hallaba según este autor bastante feble, pero
aunque el peso de un talego de esta moneda pesase 60 libras en vez de 61, se
recibía y daba por los comerciantes de la Corte.
Los comerciantes realizaban según este
autor el abuso de dar y recibir la moneda de calderilla o vellón en un talego
cosido, lo que quasi le
quieren establecer por ley. Afirmaba asimismo que de todos los que
había visto que llegaban a las tesorerías de los arrendatarios con 2.500, 2.000
o 1.500 reales, se quitaban tres reales o cuatro por el importe de la estopa
utilizada, si bien había visto muchos hechos de arpilleras de fardos de pescado
o de pimienta.
Según Taboada, no debía ser el fundamento
de su circulación el mucho tráfico para el menor peso, afirmando que en
diferentes provincias se comerciaba con monedas de piezas dobles de a dos
cuartos, que era usada para el pago de tributos por carecer de otra, con lo que
había llegado a Madrid y se había distribuido al por menor a diferentes
interesados. Ponía el ejemplo de la remesa realizada por la provincia de Toledo
a la Tesorería de su recaudador de 200.000 reales en vellón, de los que ocho o
diez talegos estaban compuestos de piezas de a dos cuartos, y al pesarlos se
había comprobado que algunos de a 2.000 reales no habían llegado a 114 libras,
y el que más no pasaba de 116 libras.
Para este autor, esta introducción,
malamente admitida, debía reformarse, y en tanto que lo mandase juez
competente, no recibir el que llegare a cobrar talego cosido por ningún motivo
ni razón, por los daños que esta práctica realizada y tolerada por las Cajas
Reales y por los comerciantes producían a los consumidores. Por tanto, si no se
quisiese recibir el talego por el precio regulado no se debería precisarle a
que lo recibiera, sino que podría deshacerlo y recibir su haber cabal, siendo esto
menos daño que comprar un talego nuevo por dos reales que los tres o cuatro que
se le incrementaban con esta práctica.
Según Traimond, la diferente estimación de
las distintas especies monetarias en circulación se encontraba en la base del
propio comercio interprovincial, y fue denunciada por los administradores
provinciales, al dar lugar a una especulación en la que los intermediarios
entre distintas regiones organizaban la penuria o abundancia relativa de unos
tipos u otros de moneda con el fin de aprovechar las diferencias de precio que
resultaban en las operaciones.
Si bien estos acontecimientos se producían
ya entrado el siglo XIX, son extrapolables a la situación de la centuria
anterior. Los arrieros obtenían un 300% de beneficio al unir al comercio del
aceite y el pescado entre Madrid y Burgos el de la moneda de vellón, y en los
informes se detallan asimismo estas prácticas entre Valencia y Andalucía y
entre Soria y Navarra. Entre las poblaciones campesinas, según Traimond, se
concedía a la moneda antigua una credibilidad fundada en su antigüedad, y los
comerciantes se aprovechaban de ello al suponerles una fuente de ingresos.
Por una Real Orden de 26 de mayo de 1765,
dirigida al asistente de la ciudad de Sevilla, se ponía de manifiesto que en la
misma se había introducido la costumbre de pagar el vellón en esportillas
cosidas de a 50 reales en ochavos, y de a 100 en cuartos, dando de menos los
pagadores ocho cuartos en las primeras y dieciséis en las segundas, por el coste
de las esportillas.
Dado que con esta práctica se producían
fraudes y abusos, al no contarse el dinero y poder contener moneda falsa, se
ordenaba que en estos pagos se pudieran contar las monedas a satisfacción del
adquirente, y que no se hiciese más descuento que cuatro maravedíes por la
esportilla, si al mismo le interesase llevársela.
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Durante
la primera mitad de la centuria encontramos numerosos testimonios que reflejan
la escasez de numerario menudo de vellón en Castilla, que incidía en los
precios al alza. En este sentido se manifestaba Vicente Cangas en una
representación dirigida a Felipe V, en la que comentaba que la falta de
cornados, de ¼ de maravedí, especie ya extinguida, y de blancas, de ½ de
maravedí, afectaba al comercio, al ser la moneda más usual para el comercio de
las cosas menudas.
También recogía que la moneda de ochavos se
hallaba muy extinguida, y que si se hubiese de recibir algún talego de 500
reales, lo común que incluía, debería ser arreglado a las prevenciones hechas
en la cobranza de calderilla. El peso de estos talegos de ochavos variaba entre
las 108 y las 106 libras, dependiendo de que contuvieran o no moneda de
molinillo, y a su entender lo más acertado sería contarlos para darlo y recibirlo.
BIBLIOGRAFÍA
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por orden de materias de las Instrucciones, Ordenanzas, Reglamentos,
Pragmáticas, y demás Reales Resoluciones que han de observarse para la
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CANGAS INCLÁN, V., "Carta o
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jocosas de nuestros mejores autores antiguos y modernos, T.I, 1787.
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españolas y francesas, Madrid, 1828.
TABOADA Y ULLOA, J.A., Antorcha artitmetica practica,
provechosa para mercaderes: Instruye á los principiantes con reglas del arte
menor, y muchas breves para reducir las monedas de Castilla unas en otras:
Declara modo seguro de comerciar con dichas monedas, la cobranza de vales, y
letras de todas partes, y otras curiosidades, Madrid, 1795.
TRAIMOND, B., "Monedas
americanas y moneda plural en la España del siglo XIX (1825-1836), Anuario Americanista Europeo
nº 4-5, 2006-2007, pp. 105-117.
Jesús
Vico, S.A., Subasta 135, 13 de junio de 2013.