jueves, 3 de enero de 2013

La moneda de vellón de Cartagena de Indias



Publicado en Numismático Digital, 2 de enero de 2013
 
y en Numisnotas 142
 

Es bien conocido el hecho de que en 1620 se dispuso la puesta en marcha de una Casa de Moneda en Santa Fe, con una sucursal en Cartagena de Indias, para la labra de moneda de oro, plata y vellón. La oposición del cabildo municipal de esta última plaza a la emisión de numerario de vellón, por considerarlo poco fiable, llevó a su desmonetización en esta ciudad siete años después. 

Ya antes de la constitución de las nuevas Casas de Moneda, el 20 de octubre de 1619 el oidor de Panamá, Alonso Espino de Cáceres, ponía de manifiesto los problemas que acarreaba que la moneda que corría en esta ciudad careciese de improntas, sello ni marca. Se trataba según él de pedazos de plata con mezclas de otros metales, y las negras vendedoras debían ir cargadas con un peso para pesar los pedazos de este circulante tan deficiente.

Por Real Cédula de 1 de abril de 1620 se ordenó fundar la Casa de Moneda de Santa Fe, y que en la misma se acuñase numerario de vellón rico en cuartillos, por un valor de 300.000 ducados, con una talla de 25 reales y cien piezas por marco. El precio del cobre era por cuenta de Alonso Turrillo, y el beneficio del monarca por la emisión, además del común, de un 35%, a cobrar por los oficiales de la Real Hacienda.

Esta moneda debía tener como motivos según la Real Cédula en el anverso las armas de Castilla y León, y en su reverso dos columnas con una granada en medio, como símbolo de Santa Fe, PLUS ULTRA a los lados y la letra del ensayador en su parte baja. La leyenda que se debía incluir era PHILIPPUS TERTIUS YSPANIAE ET INDIAE REX.

Por una nueva Real Cédula de 10 de junio de ese mismo año se ordenó abrir una oficina en Cartagena en la solamente se debía batir vellón rico para subvenir las necesidades del tráfico menudo por un importe de 60.000 ducados, de los que solamente se batieron, según Dargent, 5.409 pesos por su falta de aceptación por la población, encabezada por su gobernador, Sancho Girón.

Los motivos alegados en esta Real Cédula para acuñar esta moneda de vellón eran el consumo de la plata corriente de esta provincia y la provisión de numerario a las islas de Barlovento y a otras vecinas. Se afirmaba en la misma que además del beneficio general que suponía recoger la plata corriente en circulación, se exoneraría de los gastos y costas que conllevara el llevarla a labrar a esta Casa de Moneda.

Hasta nuestros días han llegado algunos ejemplares atribuidos a la ceca de Santa Fe, que constan en el prestigioso Standard Catalog of World Coins dedicado siglo XVII, si bien Dargent afirma que la oposición de la población hizo que no se llegasen a batir. En la magnífica obra sobre macuquinas de Colombia escrita por los prestigiosos numismáticos Jorge Emilio Restrepo y Joseph R. Lasser, que reproducen emisiones de cuartillos de vellón en Santa Fe, se afirma que se supone que dicha moneda de vellón fue asimismo batida en Cartagena, pero que en la actualidad no se conserva ningún ejemplar.

La existencia de este numerario y su circulación en Cartagena está, no obstante, ampliamente documentado en las fuentes. En el Archivo General de Indias encontramos numerosos documentos, informes y comunicaciones realizadas por varias autoridades referidas a su labra, a la falta de aceptación de este circulante y a las peticiones para que no se batiese moneda de vellón.

En el Archivo General de Indias encontramos los registros de ida de las naves que fueron a Cartagena en 1625 con pertrechos para la nueva Casa de Moneda del Nuevo Reino de Granada con los galeones de Tierra Firme, siendo su general el Marqués de Cadereita, don Lope Díez de Armendáriz. Los mismos fueron transportados en la nao Nuestra Señora de los Reyes, de 116 toneladas, siendo su maestre Marcos de Urquiza.

En cuanto a sus instalaciones, tenemos una importante fuente de información también en el Archivo General de Indias, en la Visita que a ambas cecas realizó en 1637 Juan Bautista de la Gasca, oidor de la Audiencia de Panamá. Describe la de Cartagena como una casa de viviendas, alquilada, donde en el corral y en unos apartadillos casi tan malos como los de la ceca de Santa Fe se había labrado moneda de oro y plata.

Afirmaba que había unos pedazos de maderos y otros trastos que le dijeron que correspondían a un ingenio para la labra de vellón rico y de plata baja, que podría valer doscientos pesos, que abia de quedar por de vuestra magestad, de acuerdo con el cuaderno de embargo de bienes hechos por el gobernador Francisco de Murga.

La solución adoptada, la labra de vellón en la Casa de Moneda, más que solucionar el problema del mal y escaso circulante parece que lo agravó. El día 2 de abril de 1622 el cabildo de la ciudad mandó una carta al rey suplicando que por amor de dios no se acuñase moneda de bellón de ninguna suerte en su gobernación, debido a que la misma carecía de fiabilidad entre los comerciantes, y podría suponer su total ruina y destrucción.

Las primeras emisiones de vellón llevadas a cabo por Alonso Turrillo de Yerba estuvieron sin duda ajustadas a las condiciones pactadas con la Corona, que eran el uso de una parte de plata y cuatro de cobre. Ante la resistencia de la población a aceptarlas, el rey convino en 1625 en la mejora de la aleación, que pasó a ser una parte de plata por tres de cobre, para finalmente ordenar en 1626 que todo el numerario se acuñase en plata acendrada, de ley 0,930.

Por Real Cédula de 24 de agosto de 1626 dirigida a Diego de Escobar, gobernador de Cartagena, se dejó sin efecto la autorización para la labra de vellón, autorizando la acuñación de moneda de plata pero no la de oro, lo que no se cumplió, dado que se batió moneda en ambos metales preciosos.

A pesar de la petición en contra, dicho numerario de vellón circuló, dado que, en fecha 30 de julio de 1627, el cabildo de Cartagena de Indias remitió una carta en la que exponía que en cumplimiento de las órdenes recibidas, había procedido a recoger la moneda de vellón. La misma comienza con la afirmación de que se había recibido la orden de recogida de la moneda de bellón que en esta gobernación se labrava para su comercio y contratación. Dicha moneda se retiró por un acuerdo del cabildo por el que se emplearon 40.000 pesos para su amortización.

En la ceca cartagenera se acuñó moneda de oro y plata de tipo macuquina de labra muy tosca hasta 1634, cuando se cerró por Real Cédula, debido al incumplimiento por Alonso Turrillo del asiento que había firmado. En fecha 20 de agosto de 1635 el Cabildo escribió dando cuenta del gran daño que se producía a la ciudad por dicho cierre. Con el mismo se había producido una gran escasez de circulante, y la falta de moneda afectaba al comercio con las reales armadas que llegaban a este puerto, dado que faltaba moneda con qué comerciar.

Pocos años después, probablemente hacia 1645, la ciudad hizo una Representación por medio de su Procurador Diego Cortés de Mesa, en la que presentaba un Memorial de veinte capítulos, viniendo el tercero de ellos dedicado a la petición de que se concediese Casa de Moneda a la ciudad. Dado que en las provincias de esta comarca se producía oro y plata, se pedía que se dejase labrar moneda en la ciudad, y se afirmaba que había un vecino que postulaba por la plaza de tesorero, en la cuantía de 80.000 pesos, pagaderos la mitad al contado y la otra mitad al año siguiente. Dicha petición no fue atendida.

Documentos:
A.G.I.,Jueces de comisión y visita:Audiencia de Santa Fe,Santa Fe,56 B,nº 34.
A.G.I., Cabildos seculares: Audiencia de Santa Fe, Santa Fe, 63, nº 36.
A.G.I., Cabildos seculares: Audiencia de Santa Fe, Santa Fe, 63, nº 66.
A.G.I.,Cabildos seculares: Audiencia de Santa Fe, Santa Fe, 63, nº 68.
A.G.I., Cabildos seculares: Audiencia de Santa Fe, Santa Fe, 63, nº117.
A.G.I., Visitas Audiencia de Santa Fe, Escribanía, 830B.
A.G.I., Registro del Navío:”Nuestra Señora de los Reyes”, Contratación, 1174, nº2.
A.G.I.,Jueces de comisión y visita: Audiencia de Santa Fe,Santa Fe, 57,nº 87.
A.G.I., Fundación de la Casa de Moneda de Santa Fe, Santa Fe, 192.
A.G.I.,Documentos varios de la Casa de la Moneda de Santa Fe,Santa Fe,827.  

Bibliografía:
BLANTON, H., “Half-real coins of Cartagena of the Indies”, Gaceta Numismática, 166/167, septiembre - diciembre 2007, pp. 37-45.
DARGENT CHAMOT, E., Las Casas de Moneda españolas en América del Sur, II. El XVII: un siglo en crisis, http://www.tesorillo.com, Lima-Madrid, diciembre 2006.
RESTREPO, J.E., y LASSER, J.R., Macuquinas de Colombia, Medellín, 1998.
RUIZ RIBERA, J.B., “Retos y respuestas del municipio de Cartagena de Indias en el siglo XVII”, Temas Americanistas, nº 19, 2007, pp. 3-19.
Standard Catalog of World Coins. World Coin Listings by Date and Mint. 1601-1700.

miércoles, 5 de diciembre de 2012

Contrabando y acuñación monetaria de la ceca de Perpiñán

Publicado en Numismático Digital, 5 de diciembre de 2012






En el convulso cuarto final del siglo XVIII francés destaca la figura de Jean Ribes, director de la Ceca de Perpiñán, que tejió una red de contrabando de reales de a ocho españoles a gran escala con el que surtía de monetario a toda Francia, dado que las acuñaciones de esta ceca superaban muchos años a los de la ceca capitalina

La salida fraudulenta de plata española hacia Francia fue una constante durante toda esa centuria. A ello contribuyeron tanto el mayor ratio del oro frente a la plata en España como la crónica escasez de moneda metálica en el país galo. En el último cuarto del siglo en el país vecino el excesivo gasto de la Corte, la pésima administración de la Hacienda y la participación en los conflictos bélicos, como la Guerra de Independencia de los Estados Unidos, unido a la práctica inexistencia de industria y a las restricciones en el comercio debidas al férreo control mercantilista, llevaron a la quiebra del Estado. A ello se unió desde 1778 la sequía, que hizo disminuir la producción cerealista y la cabaña ganadera.

La legislación española es reiterativa en sus intentos de paliar este tráfico ilegal, pero ni esta abundancia normativa ni las medidas tomadas en este sentido, como fueron la devaluación de la moneda y la reducción de su ley y el monopolio de las exportaciones otorgado al Banco Nacional de San Carlos consiguieron acabar con la saca a gran escala, si bien parece que la redujeron.

Este contrabando era defendido abiertamente incluso por el cónsul francés en Cádiz, Aubert, y era uno de los principales argumentos del conde de Mirabeu en sus ataques al Banco Nacional de San Carlos. Si bien el principal punto de salida de moneda de manera fraudulenta siguió siendo Cádiz, y se producía a lo largo de las fronteras con Portugal y Francia, fue posiblemente en la frontera catalana donde el tráfico ilícito estaba mejor organizado.

Las estructuras financieras de este tráfico a gran escala estaban soportadas por dos de las grandes fortunas del Rosellón. Los hermanos banqueros Raymond y Françoise Durand surtían de numerario a los contrabandistas para su avituallamiento, y la recepción y redistribución de la moneda introducida era controlada por el propio director de la Casa de Moneda de Perpiñán, Jean Ribes. Ribes, además de este cargo, ostentaba los de Receptor General de Finanzas de Tolosa, Orleans, el Rosellón y Montpellier, y trabajaba tanto como agente del gobierno para reconducir este tráfico como en su propio beneficio desde 1775.

Este tráfico se alimentaba de la perfección alcanzada por las letras de cambio, que permitían realizar los fondos en cualquier plaza que se designase, y su negociación sin problemas en las principales plazas bursátiles francesas. En 1783 y durante un lustro el Banco de San Carlos decidió que la exportación de moneda a Francia se realizase exclusivamente desde el puerto de Bayona, y no fue hasta 1787 cuando se habilitaron otros puntos de salida, en la frontera catalana y en el puerto de La Coruña.

Asimismo, se endurecieron las penas en 1786, dado que por el Tratado firmado el 24 de septiembre todas las monedas españolas que viajasen en cualquier barco de cualquier nacionalidad debían ir acompañadas de un certificado del cónsul español del puerto de embarque en el que constase su carga. Las exportaciones legales a Francia supusieron entre 1783 y 1789 noventa y ocho millones de reales de a ocho, siendo el principal destinatario el banco parisino Lecouteulx et Cie.

Un informe de l’Epinay de 23 de junio de 1785 indicaba que era Barcelona el destino de las letras de cambio giradas en Cádiz, Madrid y esta misma plaza, y los contactos de Ribes se extendían a compañías radicadas en las tres ciudades. La moneda metálica se conducía por arrieros a lomo de mulas vía Riba, Puigcerdá y Veibez hacia los pueblos fronterizos de la Cerdaña. Los puntos de entrada en Francia eran Le Perthus, Tolosa y el país de Foix, para centralizarse finalmente en la población de Montlouis.

Se estima que el número de contrabandistas era de unos cien mil, frente a cuarenta mil agentes de aduanas. El volumen del tráfico era tal que en Montluis se recibían semanalmente entre 50 y 60.000 reales de a ocho. Asimismo, se falseaban importaciones de carne procedente de Francia, se adelantaban fondos a los contrabandistas para ser devueltos en la Ciudad Condal, e incluso se premiaba a los pasajeros que pasasen moneda con destino a Francia. Los agentes españoles perseguían a los contrabandistas incluso en territorio galo, y los encuentros entre ambos acababan en ocasiones en enfrentamientos, e incluso en batallas campales, como pasó en abril de 1787 entre 400 guardias y 150 contrabandistas. En este comercio ilícito participaba activamente la población más humilde de la Cerdaña francesa, siendo la principal fuente de ingresos para muchos de los pueblos fronterizos.

Jean Ribes abastecía de moneda con este tráfico fraudulento a toda Francia. Una parte del producto de este comercio ilícito se quedaba en el área para el comercio regional, buena parte del mismo se reacuñaba y el resto se remitía a Tolosa, Montpellier, Limoges y a los bancos de Lyon, e incluso a la capital y a lugares mucho más alejados, como la Rochelle. Se estima que los escudos batidos en Perpiñán entraban en circulación tres días después de que los reales de a ocho de los que procedía su contenido habían llegado a Francia. Ribes se convirtió asimismo en el principal proveedor de la Caisse d’Ecompte y del gobierno galo, y trabajaba con Calonne, el Controlador General de Finanzas.

En 1786 la producción de medios escudos de plata de la ceca que dirigía es la mayor de toda Francia, y en 1789 se batieron en la misma más de novecientos mil escudos. En 1790 remitió a la Ceca de París dos millones de reales de a ocho, y en Perpiñan se acuñaron ciento once mil marcos de plata. Asimismo, compraba enormes cantidades de moneda española a comerciantes en Barcelona y en el Mediodía francés a un valor de 5 libras, 6 sueldos y 2 o 6 dineros por pieza,  y la revendía, en pocos días, con un pingüe beneficio de más de 8 dineros por pieza.

Los escudos de esta ceca están batidos a nombre de Luis XVI, según el diseño del Grabador Principal Benjamin Duvivier. En su anverso llevan su busto uniformado y con coleta a izquierda y la leyenda LUD XVI D G FR ET NAV REX. En su reverso encontramos un escudo coronado de tres flores de lis dentro de un campo oval rodeado de dos ramas de olivo, la leyenda SIN NOMEN DOMINI BENEDICTUM, el año y la marca de ceca Q. Su contenido en fino es de once dineros, y están batidos en 8,3 piezas el marco. Su diámetro es de 39 milímetros, y su valor facial era de 6 libras.

En el convulso año de 1792 Jean Ribes huyó de Francia y sus bienes fueron confiscados, no volviendo a Perpiñán hasta la época del Consulado, jurando la Constitución de 28 de vendimiario del Año IX. Entre los bienes que reclamó tras su vuelta como emigrado desposeído se encontraba un molino de harina habilitado para la fundición de pasta argéntea, situado en las proximidades de Perpiñán, en un lugar conocido como Quatre Cazals, lo que prueba que Ribes afinaba la plata en el mismo, fuera de las estancias de la ceca que dirigía,  en su propio beneficio.

Bibliografía:
BOMBRÉ, F. « Trafic de piastres à Perpignan au XVIIIº siècle », Bulletin de la SASL, vol. XC, 1982, pp. 53-60.
COLLIN, B., “l’atelier monétaire de Perpignan et le trafic des piastres à la fin du XVIIIº siècle », Acta Numismàtica 17-18, 1988, pp. 263-268 
Novísima Recopilación de las Leyes de España,  L. XII, T. VIII, leyes XII, XIII y XIV.
PÉREZ SARRIÓN, G. "Intereses financieros y nacionalismo. La pugna entre mercaderes banqueros españoles y franceses en Madrid, 1766-1796", Cuadernos de Historia Moderna, Anejos, 2008, VII, pp. 31-72, p. 39 y ss.
VENTURA I SUBIRATS, “La moneda a Catalunya durant el regnat de Carles III”,  Revista d’historia modena, nº 8, 1 , 1988, pp. 499-510.


miércoles, 7 de noviembre de 2012

El Tratado de Unión de la Gran Bretaña y sus consecuencias monetarias

Publicado en Numismático Digital, 7 de noviembre de 2012


http://www.numismaticodigital.com/noticia/6118/Art%C3%ADculos-Numism%C3%A1tica/tratado-uni%C3%B3n-gran-breta%C3%B1a-consecuencias-monetarias.html

En 1707 entró en vigor el Tratado de Unión entre Inglaterra y Escocia. Por el mismo, una Escocia arruinada tras el desastre de la expedición de asentamiento en el Darién renunció a su soberanía, a su Parlamento y a su moneda, recibiendo a cambio de una Inglaterra inmersa en la Guerra de Sucesión Española el reembolso de la deuda contraída y la posibilidad de navegar y comerciar con sus colonias.

Si bien desde 1603 ambos estados tenían un monarca común, tras la entronización de Jacobo VI de Escocia como Jacobo I Estuardo de Inglaterra, jurídicamente seguían siendo entres separados, aunque Escocia no tenía representación diplomática y carecía prácticamente de ejército y marina de guerra. Tras la Revolución Gloriosa de 1688 y la caída del último Estuardo, las relaciones entre ambos países entraron en una profunda crisis.

Las Actas de Navegación inglesas restringían el uso de barcos extranjeros, incluidos los escoceses, en el comercio con Ultramar, y las continuas guerras libradas por los ingleses habían roto sus tradicionales rutas comerciales con otros países europeos. A ello se unía el importante crecimiento industrial escocés, que sería en la centuria siguiente la base del poderío económico británico en la Primera Revolución Industrial.

Durante el siglo XVII, los escoceses habían intentado fundar colonias en el Nuevo Mundo, de corta vida, como fueron las de la actual Nueva Escocia, la isla de Cabo Bretón y Carolina del Sur, habiendo sido esta última destruida por los españoles de San Agustín, Florida, en 1686. Los Estados escoceses promulgaron en 1693 una ley que liberalizaba la creación de compañías de comercio para operar en todo el mundo, y dos años después se creó la Compañía Escocesa de África y las Indias, con un capital inicial fijado en 600.000 libras.

De este importe, la mitad se reuniría en Londres, dándose la circunstancia de que se recaudaron a la apertura de libros, en noviembre de 1695, en tan solo nueve días. Pero las Compañías de las Indias Orientales y de África inglesas obligaron a la Cámara de los Comunes a que forzasen a los accionistas a que retirasen sus depósitos. Los escoceses, indignados, redujeron el capital a 400.000 libras, y a pesar de que se consideró su suscripción una cuestión de patriotismo, se tardaron siete meses en reunirlo.

William Paterson, escocés que había vivido en América del Norte y en Jamaica y que había sido uno de los fundadores del Banco de Inglaterra, decepcionado por la negativa inglesa se trasladó a Edimburgo, y persuadió a la nueva compañía de la creación de una colonia en la deshabitada costa del Darién, en el actual Panamá, la Nueva Caledonia. Su proyecto, tras dos intentos de asentamiento, fue desbaratado por los españoles de Cartagena de Indias, y los últimos escoceses salieron del Darién el 11 de abril de 1700, ante la pasividad de las autoridades inglesas.

Inmersa en la Guerra de Sucesión, Inglaterra ofreció a la arruinada Escocia, posible enemigo en su propia isla, el resarcimiento de todas las deudas y el pago de un interés de un 5%, así como la entrada de sus nacionales en el comercio colonial, a cambio de la unión política de ambos reinos, lo que fue aprobado por ambos parlamentos tras arduas negociaciones y entró en vigor el día 1 de mayo de 1707. Por el mismo Escocia conservaba su Iglesia y su derecho, pero perdía los símbolos de su soberanía, y entre ellos el derecho a tener moneda propia.

En virtud de ello, 320.372 libras y 12 chelines de antigua moneda escocesa de plata y otro circulante argénteo del reino fueron reacuñados en Edimburgo según los patrones ingleses hasta 1717, según informaba sir Isaac Newton al nuevo Parlamento unificado el 21 de septiembre de ese mismo año. Las nuevas piezas batidas en plata fueron coronas, medias coronas, chelines y seis peniques, con la leyenda ANNA DEI GRATIA y el busto de la reina en el anverso a derecha, con los hombros cubiertos por un manto.

En su reverso llevan la leyenda MAG. BRI. FR. ET HIB. REG., cuatro campos formando una cruz con las armas de cada uno de los reinos- Inglaterra, Irlanda, Francia y Escocia-, y en su centro la estrella de la Orden de la Jarretera, y debajo el año de emisión. En su canto llevan la leyenda DECVS ET TVTAMEN y el año de reinado, ANNO REGNI … El abundante numerario batido en Edimburgo lleva la marca de ceca E o E con una estrella bajo el busto de la reina, y es en todo similar a las emisiones inglesas y circuló en ambos territorios.

Una de las primeras medidas tomadas por el nuevo Parlamento, y seguramente una de las más importantes de la historia monetaria del Reino Unido, fue la ratificación en 1708 de una Proclamación de 1704, por la que se ordenaba que los reales de a ocho españoles fuesen la unidad monetaria de sus colonias, por lo que ello conllevaba de renuncia a su soberanía emisora. Todavía hoy en día el dólar sigue siendo la moneda nacional de la mayoría de estos países.

Bibliografía
· HENFREY, H.W., A guide to the study and arrangement of English Coins, Londres, 1870.
· LOZANO, A., “Nueva Caledonia. La aventura escocesa en el Caribe (1689-1700)” en Historia 16, año XXII, nº 254, junio 1997.
.  SEALY, H.N., A Treatise on Coins, Currency, and Banking, Londres, 1858.
·  SUMNER, W. G., ““The Spanish Dollar and the Colonial Shilling”, American Historical Review 3, July 1898, pp. 607-19.

viernes, 5 de octubre de 2012

La Flota de 1715 y los corsarios cubanos

Publicado en Numismático Digital, 2 de octubre de 2012



El 31 de julio de 1715 un violento huracán hundió diez buques de la Armada de la Plata, un millar de hombres  y el tesoro que transportaban, reunido durante la Guerra de Sucesión y por un valor declarado de más de catorce millones de pesos fuertes, entre el canal de Bahama y Florida. En su rescate tuvieron un importante papel los corsarios de la isla de Cuba, especialmente el más famoso de ellos, don Juan del Hoyo Solorzano, sargento mayor de la guarnición de La Habana. 

Esta es la fecha oficial y unánimemente reconocida de este importante naufragio. Sin embargo, no coincide con la dada en la crónica de los hechos realizada por Jacobo de la Pezuela, Académico de la Historia, en 1868, que sitúa este episodio en marzo de 1716, dando la cifra de veintidós buques hundidos y quince millones de pesos, y que cita como fuente los cuadernos de la antigua escribanía de la Habana. 

El marqués de Casa Torres, según este autor, convocó a todos los interesados con la primera noticia del naufragio, que unánimemente decidieron fletar y armar todos los barcos disponibles, para recuperar los tesoros anegados junto a un grupo de bancos llamado Palmar de Aiz, cerca de Cabo Cañaveral. Se encomendó la tarea a Juan del Hoyo, corsario que se había ganado una gran reputación combatiendo a los ingleses en la recién terminada guerra, con la fragata Soledad y siete balandras armadas. 

De los barcos hundidos en estos bancos, Hoyo remesó a La Habana cuatro millones de pesos, sin el orden, la cuenta y razón exigida por la Real Hacienda. Se observó un repentino incremento del circulante en esta ciudad y en otras, por lo que se sospechó que los interesados se aprovecharon de los caudales de la flota. De tal manera corrieron las noticias por todas las Antillas que mercaderes de Jamaica y Barbuda armaron una flotilla de cinco naves que al mando del corsario Enrique Jennings se dirigió al lugar del naufragio, a pesar de que había paz entre ambas naciones. 

A primeros de junio de 1716 Jennings desembarcó con trescientos hombres armados y se apoderó de 350.000 pesos que estaban allí reunidos, dirigiéndose rápidamente a Jamaica, y dando caza en su vuelta a un bergantín español que transportaba grana, añil y 3.000 onzas consignadas a La Habana. Con este botín se declaró pirata independiente y se retiró a las islas de Bahama, burlando a los comerciantes que habían costeado su expedición y eludiendo la persecución a la que se vio sometido por los corsarios de La Habana. 

Las consecuencias de este indigno acto no se hicieron esperar. Vicente de Raja, el nuevo Gobernador de Cuba, expidió patentes de corso y dio noticia a los demás gobernadores del Caribe. Durante este año, los corsarios de La Habana, Santiago y Tierra Firme apresaron en la bahía de Campeche veintidós barcos ingleses cargados de palo de tinte. Durante los siguientes meses, los corsarios españoles dieron caza sin tregua a los contrabandistas y corsarios extranjeros, y como los ingleses hacían la guerra no declarada hubo crueles represalias contra los súbditos británicos. 

En los años 60 del pasado siglo fueron rescatados del fondo del mar buena parte de los restantes fondos hundidos en este naufragio, y para evitar los expolios el Estado de Florida hubo de promulgar una ley para regular los descubrimientos y la parte de los tesoros que le correspondería por los mismos. Entre 1964 y 1974 la compañía Real Eight recuperó gran cantidad de monedas de estos pecios, y la mayor parte de los fondos en moneda de plata de la Colección del Estado de Florida, 21.962 monedas, que suponen más de un 95% del total, tienen esta procedencia.

Esta colección numismática es asimismo la mayor y la más completa del mundo en cuanto a las monedas de oro de las dos primeras décadas del siglo XVIII, y una de las más completas, al menos en números absolutos, en cuanto a los pesos fuertes, dado que faltan muchos faciales y fechas de los periodos inicial y final del dominio español de las Indias. Faltan asimismo en la misma los faciales más bajos de las series de plata, dado que su origen está obviamente en las remesas enviadas a España. 

Bibliografía
CRAIG, A.K., Spanish colonial silver coins in the Florida Collection, Gainesville, Florida, 2000.
LORENZO ARROCHA, J.M., Galeón, Naufragios y Tesoros, Santa Cruz de la Palma, 1999.
PEZUELA, J. de la, Historia de la Isla de Cuba, T. II. Madrid, 1868.
TAULER FESSER, R., “La Flota naufragada de 1715 y sus onzas” http://www.panoramanumismatico.com
TAULER FESSER, R., “Buscadores de Tesoros (I)”  http://www.numismaticodigital.com
Gold Cobs from the 1715 Fleet, http://www.goldcobs.com