martes, 1 de septiembre de 2015

El Derecho Monetario castellano en la Edad Moderna

Publicado en Revista Aequitas, Estudios sobre Historia, Derecho e Instituciones, nº 6, 2015, pp. 13-42.

https://revistaaequitas.files.wordpress.com/2015/09/revista-aequitas-6x.pdf


Resumen: El ius monetae, el derecho sobre la labra y emisión de moneda, fue desde la Edad Media una regalía o derecho que en Castilla perteneció al señorío natural del soberano. Durante la Edad Moderna las Casas de Moneda españolas fueron durante tres siglos ininterrumpidamente la fábrica de moneda de todo el orbe. Si bien en un principio se permitió e incluso se fomentó la acuñación de numerario por cuenta de los particulares y se vendieron los oficios de las Casas de Moneda, a partir de la instauración de la Casa de Borbón se produjo un rápido proceso de reincorporación de las cecas a su jurisdicción y de control absoluto de toda la producción monetaria. Destaca en el campo del derecho por un lado la continuidad de la legislación monetaria durante todo el periodo, pareja a la pervivencia de la ley y la talla de la moneda misma acuñada en oro y plata, y por otro la progresiva pérdida de protagonismo de las Cortes en las decisiones sobre política monetaria. Importantes fueron asimismo las sucesivas recopilaciones legales que se fueron sucediendo en el tiempo, en las que el Derecho Monetario, debido a la importancia que tenían no solamente para España sino para prácticamente todos los países del mundo las remesas de metales preciosos, tuvo una presencia creciente.

miércoles, 12 de agosto de 2015

La defensa del Castillo del Morro de La Habana

Publicado en Numsmático Digital, 12 de agosto de 2015

http://www.numismaticodigital.com/noticia/8664/la-defensa-del-castillo-del-morro-de-la-habana.html

Tras una heroica defensa de más de dos meses, la ciudad de La Habana cayó en manos de una gran escuadra británica el 13 de agosto de 1762. En recuerdo de sus ilustres defensores, los capitanes de navío Luis  Vicente de Velasco e Isla y Vicente González-Valor de Bassecourt, se acuñó una de las más bellas medallas de la Edad Moderna española, diseñada y grabada por Tomás Francisco Prieto, Grabador General de la Casa de Moneda de Madrid.

Tras la firma del Pacto de Familia con Francia en 1761, y en el marco de la Guerra de los Siete Años, una enorme flota británica al mando del almirante George Pocock, compuesta de 23 navíos, 24 fragatas, 150 barcos de transporte y 14.000 soldados de asalto, más tarde reforzados por otros 4.000, atacó La Habana el 6 de junio del año siguiente. Los defensores españoles, unos 4.000 soldados regulares reforzados por 10.000 voluntarios y milicianos, ofrecieron una resistencia a ultranza a la invasión, principalmente la guarnición de El Morro, comandada por Luis de Velasco, un capitán de navío curtido en la reconquista de Orán y en la Guerra del Asiento, donde obtuvo fama y gloria por el apresamiento de varios buques británicos de mayor tonelaje y bocas de fuego que la fragata que capitaneaba.

El asedio a la fortaleza del Castillo de los Tres Reyes del Morro, que protege la entrada de la Habana, duró dos meses, en notorias condiciones de inferioridad. Cuentan las crónicas que el fuego que caía sobre él le hacía parecer un volcán en erupción. Tras cuarenta y cuatro días de feroces combates, los británicos consiguieron con una mina abrir una brecha en sus fortificaciones. El día 30 de julio fue herido de un balazo en el pecho el heroico Luis de Velasco, y poco después cayó su segundo al mando, el marqués Vicente González.

Velasco fue trasladado a La Habana, al conceder los británicos una tregua de veinticuatro horas para facilitar su cuidado, y fueron sus médicos quienes intentaron sin éxito salvar su vida, muriendo al día siguiente. Los británicos respetaron su sepelio en el convento de San Francisco y contestaron desde su campamento a las salvas que en su honor dispararon las tropas españolas. Finalmente, la ciudad cayó el 13 de agosto, y en la misma permanecieron los británicos hasta el 6 de julio del año siguiente, cuando en virtud de lo acordado en el Tratado de Versalles devolvieron la plaza a España.

Por esta acción, Carlos III mandó erigir una estatua en el pueblo natal de Velasco, Meruelo, en Cantabria, concedió a su hermano Íñigo José un marquesado con una asignación de 4.000 pesos anuales y le otorgó asimismo el mayor honor a que puede aspirar un marino, que siempre haya en la Armada española un navío que lleve su nombre. Los británicos, por su parte, levantaron un monumento en su memoria en la Abadía de Westminster y guardaron la bandera tomada en El Morro en la Torre de Londres. Hasta comienzos del siglo XX, los buques de guerra británicos disparaban salvas en su honor a su paso por su pueblo natal.  

Según Juan Agustín Ceán  Bermúdez, fue el propio Tomás Francisco Prieto quien se ofreció en 1763 a grabar la medalla conmemorativa de esta gloriosa defensa, con la que la Academia de San Fernando había de premiar a los pintores y escultores que obtuviesen dos premios extraordinarios de primera clase. Dado que se había de contar con el permiso real para su acuñación, el propio monarca se implicó en su diseño, como consta en las actas de la Academia y recoge Isabel Rodríguez, y entre sus sugerencias estuvo la de incluir en la medalla a Vicente González, dado que en un principio estaba previsto que en la misma sólo apareciese Luis de Velasco. En su diseño intervinieron, además de Prieto, algunos profesores de pintura y escultura de la Academia, y para el diseño del castillo se copió un plano del año 1737.

La medalla tiene un diámetro de 49,5 milímetros, y el peso de la de plata es de 72,22 gramos y la de bronce de 52,44 gramos, en los ejemplares estudiados.  Presenta en su anverso los bustos superpuestos de Luis de Velasco y Vicente González, de perfil a la derecha, imberbes, con peluca y coleta, casaca y manto. Vicente González lleva la cruz de Santiago colgada al cuello. En la parte superior aparece la leyenda LVDOVICO DE VELASCO ET VINCENTIO GONZALEZ. Debajo de los bustos aparece el apellido del grabador, PRIETO.

En su reverso recoge el castillo del Morro en el momento de la explosión de la mina en su costado, a su izquierda la escuadra inglesa y a la derecha una parte de las fortificaciones de la plaza y varios buques al fondo. En la parte superior aparece la leyenda IN MORRO VIT. GLOR. FVNCT (En el Morro fueron vencidos con gloria), y en exergo, en cuatro líneas, la leyenda ARTIVM ACADEMIA CAROLO REGE CATHOL ANNVENTE CONS. A. MDCCLXIII (La Academia de Bellas Artes, con la aquiescencia del rey católico Carlos, la consagra el año de 1763).

En abril de ese mismo año se solicitó permiso al Secretario de Hacienda para poder acuñar en la Casa de Moneda esta medalla. En junta de 14 de abril de ese año se acordó la acuñación de seis ejemplares en oro, destinados al monarca, el príncipe, la reina madre, la familia de Velasco, la de González y otra para el archivo de la propia Academia, cien de plata y muchas de metal. Finalmente, y ante la fuerte demanda, se emitieron cuarenta y cuatro de oro, doscientas cincuenta de plata y ciento dos de cobre. Como recoge Marina Cano, de acuerdo con el acta de la asamblea de 21 de marzo de 1768 se vendieron al precio de 1.079 reales cada ejemplar las de oro, a 45 reales las de plata y a 12 las de cobre. Los troqueles de acero de esta medalla quedaron en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. En una sesión ordinaria del mismo año de la emisión de la Real Academia de la Historia consta que Francisco de Rivera entregó un ejemplar de esta medalla, junto con otra mandada hacer por el Rey para colocarla en los cimientos de la nueva Casa de Correos, por un valor intrínseco y de adquisición de 1.605 reales y 5 maravedíes.

Cuando en 1828 se construyó en La Habana el Templete, por acuerdo del Cabildo de la ciudad se depositó en un arca de bronce a la que se llamó Caja de Memorias, junto a otras monedas, documentos y libros, un ejemplar de la misma. Esta arca se situó en la base de la primera columna de la derecha, a la entrada del edificio, y allí sigue. Esta medalla fue puesta de ejemplo por Basilio Sebastián Castellanos en su Cartilla Numismática como representativa del término Ilustres, “las medallas acuñadas para perpetuar la memoria de los grandes hombres en todos géneros, ó de un acontecimiento extraordinario”. 


Bibliografía:

Almagro Gorbea, M., Pérez Alcorta, M.C., Moneo, T., Medallas españolas, Real Academia de la Historia, 2005.  
Cano Cuesta, M., Catálogo de Medallas Españolas, Museo Nacional del Prado, 2005.
Castellanos, B.S., Cartilla Numismática o repertorio de las palabras técnicas de la Ciencia de las Medallas, Madrid, Imprenta de J. Sancha, 1840.
Ceán Bermúdez, J.A., Diccionario historico de los mas ilustres profesores de las bellas artes en España, compuesto por D. Juan Agustin Cean Bermudez y publicado por la Real Academica de S. Fernando, Volumen 5, Madrid, Imprenta de la Viuda de Ibarra, 1800.
Maier Allende, J., Noticias de Antigüedades de las Actas de Sesiones de la Real Academia de la Historia (1738-1791),  R.A.H., Madrid, 2011.
Medina Zavala, J.T., Medallas coloniales hispano-americanas, Santiago de Chile, Casa del Autor, 1890.
VV.AA., Carlos III y la Casa de Moneda, Museo Casa de la Moneda, Madrid, diciembre 1988-febrero 1989, Ministerio de Economía y Hacienda.

miércoles, 5 de agosto de 2015

La moneda española en circulación en Malta

Publicado en Numismático Digital, 5 de agosto de 2015

http://www.numismaticodigital.com/noticia/8637/la-moneda-espanola-en-circulacion-en-malta.html

La isla de Malta, gobernada desde 1530 por los caballeros de San Juan de Jerusalén, cayó bajo dominio británico en 1797. Durante estos años, la unidad de cuenta había sido el escudo, compuesto de doce taris, y cada tari de veinte granos. Una de las primeras medidas que tomaron los ingleses fue la de declarar el curso legal de las monedas extranjeras a una mayor estimación, lo que llevó a que el numerario  maltés saliese hacia otros países, especialmente hacia Sicilia, y que llegase a cambio gran cantidad de moneda española y de esta isla.

Las monedas de doce carlinos sicilianas recibieron una estimación en mayo de 1797 de treinta taris, y las onzas sicilianas de oro a seis escudos y tres taris. En 1803 no quedaba en la isla rastro de su moneda propia, salvo la guardada por los coleccionistas como medallas, y el escudo se había convertido en la moneda de cuenta, conocido en la isla como dólar siciliano, y recibía una estimación de cuatro chelines esterlinos. Junto a la moneda siciliana circularon los reales de a ocho españoles, durante un tiempo a la par con los escudos sicilianos. 

La moneda siciliana, batida a nombre de los sucesivos monarcas de la rama Borbón-Dos Sicilias, llevan usualmente, además de sus títulos y escudos propios de sus reinos, en su reverso la leyenda HISPANIARVM INFANS, Infante de España, y en los cuarteles del escudo de portarlo los blasones de los distintos reinos hispánicos, lo que todavía en 1847, como recogían Eckfeldt y du Bois, causaba cierta incertidumbre en la distinción entre las monedas de ambos países, de modo que personas ignorantes en ocasiones creían las monedas napolitanas españolas.  

Por un Decreto de enero de 1801 se ordenó que cualquiera pudiese recibir los doblones españoles a una equivalencia de dieciséis pesos columnarios, o de plata nacional. Pero una Proclamación de 21 de octubre de 1806 redujo la ratio de conversión, debido a la idea de que las monedas españolas tenían un valor inferior comparativamente en Sicilia, a quince reales y medio de a ocho por doblón, o treinta y ocho escudos y nueve taris, lo que equivalía a la estimación del peso en treinta taris.

En 1807 se introdujo en una consignación una partida de doscientos mil reales de a ocho españoles desde Inglaterra, y por un tiempo los pesos fueron la moneda favorita en circulación, durante la guerra y algunos años después, junto con los doblones, como se recogía en un Decreto de 1812. Esta norma tenía como finalidad asimilar el valor de la moneda española a la que tenía en la vecina Sicilia, ordenando que los duros de España sin distinción, tanto los de columnas como los de Castilla, debían estimarse en diez granos de Malta más que la moneda siciliana. 

El 1 de enero de 1815, el gobernador había al parecer descubierto, según Chalmers, que los decretos vigentes infravaloraban los reales de a ocho, fijando la diferencia entre los dólares españoles y sicilianos en dos peniques y medio en todos los pagos al ejército y la marina, pero se mantenía la minusvaloración de los pesos españoles en las recepciones de civiles y en los pagos. Las medidas para ajustar los valores finalmente no se tomaron, y muchos de los problemas posteriores que sufrió el circulante de la isla fueron causados por la desaparición de la moneda española. 

Los reales de a ocho se convirtieron no en una moneda circulante, sino en un objeto de comercio. El Tesoro Imperial tenía la costumbre de enviar grandes cantidades de ellos a la isla, y en los pagos enviados a la metrópoli su valoración era de cuatro chelines y seis peniques. El 10 de junio de 1824 el gobernador emitió una Proclamación en la que fijaba el valor de los pesos de columnas en treinta y un taris y diez granos de Malta. Dado que los dólares sicilianos se entregaban a las tropas a cuatro chelines y tres peniques y medio, su valoración era igual que la estimación en cuatro chelines y cinco peniques y medio de los reales de a ocho españoles. 

Unos años después, el 25 de diciembre de 1825, una Proclamación fijó la valoración de los pesos en moneda esterlina en cuatro chelines y cuatro peniques, y ordenó que las cuentas gubernamentales fuesen llevadas en moneda esterlina a partir de esa fecha. En 1827 los pesos españoles y los dólares sicilianos seguían componiendo la mayor parte del numerario en la circulación. 

La Orden del Consejo de 27 de mayo de 1834 reguló el curso legal de los pesos batidos en Perú, Bolivia, Chile y Río de la Plata a la misma estimación que los columnarios españoles.  La irregularidad en el peso y la ley de algunos de ellos, especialmente los de las minas de Zacatecas y Guadalajara, pronto causaron graves inconvenientes. En 1838 la plata británica llevaba premio para su remisión a Inglaterra, y los dólares españoles y sicilianos para su remisión a Italia y Sicilia.

Los pesos irregulares sudamericanos pasaron a monopolizar la circulación interna en la isla. El 10 de junio de 1840 una importante compañía de comercio recogía que de una partida de mil pesos sudamericanos recibida la mayor parte sólo tenían un peso de 830, en vez del legal de 866, y se pidió al gobierno que tomase medidas para impedir la circulación de numerario de peso inferior al legal. La falta de atención por parte de las autoridades hizo que se introdujeran en la isla estas monedas en grandes cantidades, que eran rechazadas en Francia, Italia, Sicilia y Levante. Su volumen, según los residentes encargados del sistema bancario y del comercio, llegó a alcanzar el millón de piezas.

Nuevamente el 4 de marzo 1844 se intentó la introducción en la isla del patrón esterlino por una Orden del Consejo, y se redujo la estimación de los pesos españoles, mexicanos y colombianos a cuatro chelines y dos peniques esterlinos. A partir del año siguiente el dólar siciliano volvió a protagonizar la circulación monetaria de la isla, hasta que por las medidas tomadas por las autoridades de la Italia unificada se desmonetizó la moneda propia de las Dos Sicilias. Desde Malta se remitieron a Italia para ser cambiados 2.811.133 dólares sicilianos, y a partir de 1886 la moneda esterlina se convirtió en la única circulante en la isla.
 
BIBLIOGRAFÍA

CHALMERS, R., History of currency in the British Colonies, Londres, 1893.
ECKFELDT, J.R., DU BOIS, W.E., A manual of gold and silver coins of all nations, stuck within the past century, Philadelphia, 1842
MARTIN, R.M., Statistics of the Colonies of the British Empire, Londres, 1839.

lunes, 3 de agosto de 2015

El estudio de la moneda en la segunda mitad del siglo XVIII (II)

Publicado en Panorama Numismático, 29 de julio de 2015



http://www.panoramanumismatico.com/articulos/el_estudio_de_la_moneda_en_la_segunda_mitad_del_siglo_x_id02182.html
 
En el último cuarto del siglo XVIII destaca la obra de algunos de los principales autores de nuestro Siglo de las Luces, como Gaspar Melchor de Jovellanos, Francisco Cabarrús, Valentín de Foronda, Vicente Alcalá Galiano, Benito Bails, José Antonio Ortiz o Ramón Campos.

En la teoría económica, como en otras muchas ramas del saber, despuntó Gaspar Melchor de Jovellanos, que consideraba la economía política la principal ciencia del gobierno. Si bien no escribió ninguna obra económica de carácter general, sus ideas económicas son rastreables en muchos de sus escritos, siendo asimismo un reconocido protector de los estudios numismáticos. Como recoge Isabel Rodríguez, sus donaciones de monedas al Gabinete Numario se repitieron a lo largo de sus años como académico, y abarcaron piezas de todas las épocas, aunque según su amigo González de Posada no poseía monetario propio.
Francisco Cabarrús, el promotor del Banco Nacional de San Carlos y de la emisión de los Vales Reales, fue un prolífico escritor. Entre sus obras destacan, entre otras, la Memoria para la formación de un Banco Nacional de 1783, la Memoria al Rey Carlos III para la extinción de la Deuda Nacional del mismo año, y el Elogio de Carlos III, Rey de España y de las Indias de 1789.  Francisco Cabarrús defendió el individualismo y la libertad en los negocios para alcanzar la riqueza y la felicidad. Como recoge Tedde, Cabarrús se preocupó de introducirse en el círculo de los ilustrados, ingresando en 1776 en la Sociedad Económica Matritense, y fue asiduo de la tertulia que se reunía en la casa del fiscal del Consejo de Castilla, Pedro Rodríguez de Campomanes. Cultivó la amistad del conde de Floridablanca y de Jovellanos, y Tedde afirma que, en 1780, su amistad con los ilustrados le resultó muy útil para hacer valer sus proyectos. Cabarrús fue según este autor el introductor de tres grandes novedades en la economía financiera española, que fueron el papel moneda, la apertura de un Banco Nacional y el desarrollo del mercado de valores mobiliarios.
Otro importante economista fue Valentín Tadeo Echavarri de Foronda, amigo de Cabarrús, un miembro destacado de la Sociedad Bascongada de Amigos del País, prolífico escritor y diplomático en los recientemente creados Estados Unidos de América. Para este autor, las medidas monetarias llevadas a cabo con cálculos erróneos y dictadas por ministros ignorantes, aumentando el valor de las monedas sin aumentar su peso y calidad, produjeron graves daños a las economías de las naciones en las que se aplicaron. Si en un principio se consiguieron beneficios con estas prácticas de un 50%, el mismo porcentaje se perdía al recibir el Estado los tributos de su pueblo.
En una sociedad como la europea del setecientos el valor numerario de las monedas metálicas era el de su valor intrínseco, y según Foronda no se podía dar un valor mayor a un peso o a un doblón cambiando únicamente la denominación numeraria de estas especies. Ponía como ejemplo de los cambios operados en el continente cómo un pedazo de papel se había convertido en cobre, plata y oro, y la controversia que las emisiones del Banco de Inglaterra, Holanda, la Caja de Descuentos de París y el de Laux habían suscitado entre los políticos sobre su conveniencia.
Vicente Alcalá Galiano es posiblemente uno de los mejores autores económicos de la Ilustración española. Destaca especialmente su obra Sobre la necesidad y la justicia de los tributos, publicada en las Actas y Memorias de la Sociedad Segoviana de Amigos del País entre 1781 y 1788. Conocedor de Adam Smith, introdujo importantes conceptos teóricos, como la definición de riqueza basada en el trabajo, la acumulación del capital en el desarrollo económico, la división del trabajo o el concepto del interés propio.
Alcalá Galiano recoge en esta obra cómo en tiempos anteriores se creía que la riqueza consistía en el oro y la plata, por lo que todas las naciones de Europa prohibieron su extracción, lo que alimentó un activo contrabando. Debido a ello,

Reconocidas estas verdades de casi todas las Naciones, se levantó en muchas de ellas la prohibición de extraer el oro y la plata, à no ser en moneda; y se dedicaron todas á atraerse á su favor la balanza de comercio, procurando y discurriendo con la mayor sagacidad quantos arbitrios fueron imaginables, para que el valor de las mercancías introducidas fuese menor que el de las extraidas.

En 1790 publicó su Arismética para negociantes el catalán Benito Bails, posiblemente el mejor matemático español de finales de la centuria. Benito Bails pasó su infancia y juventud en Francia, fue amigo de D’Alembert y Condorcet y el redactor de los artículos relativos a España del Journal Historique et Politique. De vuelta en Madrid frecuentó a importantes figuras como Campomanes, el Conde de Aranda, Roda o Ricardo Wall, fue socio de las Reales Academias de la Historia y de la Lengua y de la de Ciencias Naturales y Artes de Barcelona, y Catedrático de matemáticas de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. Ejemplo de hombre ilustrado, hablaba a la perfección francés, italiano, alemán, inglés y latín, compuso un tratado sobre arquitectura civil y su obra destaca en muchos ramos del conocimiento. Sufrió prisión en 1791 y destierro de la Corte por posesión de libros prohibidos y por sostener propuestas ateas y materialistas en sus clases.
Para este autor la moneda era la medida comparativa del valor de todas las cosas que el hombre gasta para sus necesidades o su regalo. No eran a su parecer el oro y la plata las que señalaban el valor absoluto de las cosas de indispensable necesidad, sino que eran éstas las que le daban estimación a los metales preciosos. Tras definir las propiedades de los distintos metales y la forma de alearlos y separarlos, dedica su estudio a la moneda, afirmando que de todos ellos sólo el oro y la plata son los únicos á propósito para labrar moneda, al ser metales perfectos, dúctiles y maleables, adecuados para admitir cualquier estampa y forma y raros y de gran valor. Los metales que él denomina imperfetos, como era el caso del cobre, sólo servían para “…labrar monedas comunes, de corto precio, y para representar los frutos menores no mas en las ventas por menor”, y para la liga de las monedas de oro y plata.
Al ser la moneda la medida cuyo destino era arreglar y asegurar la propiedad de los ciudadanos, acreedores y deudores, había de ser invariable, como los pesos y medidas, conviniendo que “…las monedas y la calidad de los metales de que se labran estén señaladas y fixas sobre un pie al qual ya no sea lícito tocar ni hacer mudanza alguna". Dado que los metales puros no abundan en la naturaleza, y que en todas las naciones se había introducido el uso de acuñar moneda con liga, era necesario que hubiese principios para averiguar el grado de pureza o impureza de los metales.
Entre las diferentes especies de moneda, este autor distingue entre la efectiva o real, la imaginaria, de cuenta o de cambio, la moneda de banco y la moneda corriente o fori banco. La moneda real o efectiva era la que corría en realidad, siendo piezas verdaderas del peso y ley que mandaba el soberano. La moneda de cuenta, imaginaria o ideal era la utilizada en el comercio para ajustar cambios. En cuanto a la moneda de banco, se diferenciaba de la moneda corriente o foribanco en el agio, aunque fuesen piezas de un mismo nombre, valor y peso.
José Antonio Ortiz fue autor del Ensayo sobre la Moneda-Papel de 1796 y de una traducción de la obra La Riqueza de las Naciones dos años antes, siendo su traducción la mejor que se dispuso en nuestra lengua durante el siglo XIX, y a decir de Reyes Calderón, el mejor acercamiento posible a la obra hasta muy avanzado el siglo XX. Esta autora ha analizado la aportación propia de este economista ilustrado, que juzgaba según parámetros sociales, políticos y personales un camino no estrictamente técnico hacia el comercio, dejando en la traducción realizada constancia de su personal evaluación.
En su obra Ensayo sobre la Moneda-Papel de 1796 José Alonso Ortiz recogía la idea de que era más conveniente recurrir a las emisiones de papel moneda en situaciones públicas de emergencia que incrementar la presión fiscal con unos impuestos de difícil recaudación, pero para su aceptación por el público era necesario que el gobierno fuese posteriormente amortizándolo mediante un leve aumento de la presión tributaria.
También destacó el valenciano Ramón Campos, que en 1797 publicó La economía reducida a principios exactos, claros y sencillos, obra que divulgó los principios básicos de la obra de Smith y que redactó en Londres entre 1793 y 1796, donde estaba comisionado por el Consejo de Castilla para estudiar los progresos de la agricultura inglesa. Para Campos el consumo de los metales preciosos crecía con los progresos de la sociedad, por lo que en los países más desarrollados era donde tenían más despacho y precio los metales. Al ser la abundancia de las minas algo casual, era claro que el precio del oro y de la plata, regulándose como todos los otros precios por el principio de la proporción entre el surtido y el consumo, había padecido muchas variaciones, de modo que una misma cantidad de estos metales en tiempos distintos habían tenido distinto valor, debiéndose por ello hacer diferencia entre el precio nominal, la cantidad de metal que se daba por las cosas, y su pecio real.

Para saber más

ALCALÁ GALIANO, V.,  Sobre la necesidad y la justicia de los tributos, fondos de donde deben sacarse, y medios de recaudarlos, Memoria presentada a la Sociedad Económica de Segovia y publicada en el Tomo IV de sus actas, Madrid, s.n., 1788.
ALONSO ORTÍZ, J., Ensayo Económico sobre el sistema de la moneda-papel: y sobre el crédito público, Madrid, Imprenta Real, 1796.
ARANDA PÉREZ, F.J., Letrados, Juristas y Burócratas en la España Moderna, Cuenca, Universidad de Castilla La Mancha, 2005, pág. 506.
ARDIT LUCAS, M., El Siglo de las Luces – Economía, Colección Historia de España 3er milenio, Madrid, Síntesis, 2007.
BAILS, B., Arismética para negociantes, Madrid, Viuda de Ibarra, 1790.
CALDERÓN CUADRADO, R., “Difusión de la doctrina de la Riqueza de las Naciones en España. Nuevos apuntes acerca de la traducción de 1794 y de su traductor, Josef Antonio Ortiz. La hipótesis del Funcionario Ilustrado”, Revista Empresa y Humanismo, Vol. III, nº 1/01, págs. 75-100.
CAMPOS, R., La economía reducida a principios exactos, claros y sencillos, Madrid, Imprenta de Benito Cano, 1797.
FORONDA, V. de, Cartas sobre los asuntos más exquisitos de la Economía-Política, y sobre las leyes criminales, T. II, Madrid, Imprenta de Manuel González, 1794.
MUÑOZ, A., (Enrique RAMOS), Discurso sobre economía política, Madrid, Joachin de Ibarra, 1769.
RODRÍGUEZ CASANOVA, I., “El Tesoro de Manzaneda (Oviedo): Los Ilustrados asturianos y la Numismática”, Documenta & Instrumenta, 7 (2009), págs. 149-160.
SAGRA, R. de la,  Apuntes para una biblioteca de escritores económicos españoles, 2ª edición, Madrid, 1848.
SÁNCHEZ DE ARZA, V., "Jovellanos y la numismática", NVMISMA, nº 235, julio-diciembre 1994, págs. 121-137.
SEMPERE Y GUARINOS, J., Ensayo de una biblioteca española de los mejores escritores del reynado de Carlos III, T. V, Madrid, Imprenta Real, 1789.
SMITH, A., Investigacion de la naturaleza y causa de la riqueza de las naciones, T. II, trad.de Josef Alonso Ortiz, Valladolid, Viuda é Hijos de Santander, 1794.
TEDDE DE LORCA, P., “Los negocios de Cabarrús con la Real Hacienda (1780-1783)”,  Revista de Historia Económica – Journal of Iberian and Latin American Economic History, año 5º, nº 3, 1987, págs. 527-551 
N. WHITE, E.N., “Fueron inflacionarias las finanzas estatales en el siglo XVIII? Una nueva interpretación de los vales reales”,  Revista de Historia Económica, Año V, Otoño 1987, nº 3, págs. 509-526.