jueves, 2 de enero de 2020

La producción de plata y la escasez de moneda en el norte de Nueva España en el siglo XVIII

Publicado en Revista Numismática Hécate nº6, pp. 190-203

http://revista-hecate.org/files/2615/7728/9449/Cano-Borrego.pdf

Durante el siglo XVIII se asistió a la expansión septentrional del Virreinato de Nueva España, siendo uno de los principales motivos de la misma la búsqueda de nuevas explotaciones argénteas. La minería supuso un factor dinamizador de la economía e integrador de las comunidades indígenas. A pesar de la abundancia de plata, las provincias del norte del virreinato sufrieron de una escasez crónica de moneda, en parte debida a la oposición de los mercaderes de la plata de Ciudad de México a la apertura de nuevas cecas. Tras varias solicitudes para la apertura de nuevas Casas de Moneda, finalmente se aprobó por las Cortes de España, ya en el siglo XIX, la apertura de las de Zacatecas y Guadalajara, que ya habían estado operando durante los movimientos insurreccionales que terminaron con la independencia de México. 

martes, 10 de diciembre de 2019

Privilegios jurídicos de los indios en la Monarquía Hispánica

Publicado en IJOLHI nº 3, diciembre, 2019, pp. 257-281

https://iholji.files.wordpress.com/2019/12/nc2ba-3-ijolhi.pdf

Resumen: Según se refleja en el testamento de Isabel la Católica, la evangelización de los indios habría sido el motivo principal de la presencia castellana en las Indias. Si bien en un primer momento se permitió que los indios que trajo Colón fuesen vendidos como esclavos, rápidamente se legisló que eran vasallos libres de la Corona de Castilla, al igual que los naturales de los reinos de España. Ante su desconocimiento del derecho castellano, los monarcas los consideraron, para su especial protección, incapaces relativos, lo que les asimilaba a los miserables y rústicos de Castilla. Con ello se les liberaba de la presunción del conocimiento de la ley, y se otorgaban diversos privilegios.

Palabras clave: Derecho indiano, personas miserables, Repúblicas de Indios, Derecho procesal, nobleza indígena.


Abstract: As reflected in the testament of Queen Isabel the Catholic, the evangelization of the Indians would have been the main reason for the Castilian presence in the Indies. Although at first it was allowed that the Indians who brought Columbus were sold as slaves, the kings quickly legislated that they were vassals free of the Crown of Castile, like the natives of the kingdoms of Spain. In view of their ignorance of Castilian law, the Monarchs considered them, for their special protection, relative incapable, which assimilated them to the miserable and rustic of Castile. They were freed from the presumption of knowledge of the law, and various privileges were granted.

Key words: Derecho Indiano, miserable people, Indian Republics, Procedure Law, indigenous nobility.

viernes, 15 de noviembre de 2019

La expansión rusa en el noroeste de América, la guerra hispano-rusa de 1799 y sus repercusiones en el Virreinato de Nueva España

Publicado en Boletín Oficial de la Nación, nº 2, México, mayo-agosto 2019 pp. 32-91.



Resumen

El actual territorio de Alaska fue, durante siglos, territorio inexplorado, aunque nominalmente dependiente del Virreinato de Nueva España. Las exploraciones llevadas a cabo por los navegantes rusos desde principios del siglo XVIII motivaron el recelo de las autoridades españolas, que llevaron igualmente a cabo exploraciones marítimas de reconocimiento del norte del continente americano. La declaración de guerra del Imperio Ruso al Reino de España en 1799 llevó al Virrey de Nueva España a diseñar un plan para la defensa de California. 

Palabras clave: California, Guerra hispano-rusa, Nueva España, Alaska.

Abstract

The current territory of Alaska was, an unexplored territory for centuries, although nominally dependent on the Viceroyalty of New Spain. The explorations carried out by the Russian navigators since the beginning of the eighteenth century motivated the suspicion of the Spanish authorities, who also carried out maritime explorations of recognition of the north of the American continent. The declaration of War of the Russian Empire to the Kingdom of Spain in 1799 led the viceroy of New Spain to design a plan for the defense of California. 

Key words: California, Spanish-Russian War, New Spain, Alaska. 

miércoles, 13 de noviembre de 2019

Richard Chenevix y las primeras noticias sobre el descubrimiento del paladio

Publicado en Oroinformación, 13 de noviembre de 2019
https://oroinformacion.com/richard-chenevix-y-las-primeras-noticias-sobre-el-descubrimiento-del-paladio/

El paladio es un metal del grupo del platino y comparte su color blanco. No se oxida en contacto con el aire ni se patina, y es blando y dúctil al templarlo. Estas propiedades han sido determinantes para su uso en el arte, la joyería y como metal de inversión, tanto en lingotes como en monedas o bullions. Si bien fue utilizado ya como metal precioso en culturas como el Antiguo Egipto o las precolombinas, y fue conocido por los españoles por encontrarlo cuando buscaban oro, su descubrimiento para la ciencia se debe al físico y químico británico William Hyde Wollaston.

Wollaston, doctor en medicina por la Universidad de Cambridge desde 1793, se interesó por los estudios de física, química, cristalografía y metalurgia. En 1800 abandonó la medicina y desarrolló un método físico-químico para procesar y comercializar platino maleable, lo que le hizo rico al mantener su método en secreto. Durante las pruebas que desarrolló para su procesamiento, descubrió el paladio en 1803 y el rodio en 1804.

El interés que el descubrimiento del paladio despertó hizo que el día 12 de mayo de 1803, poco después de su descubrimiento, el químico y mineralogista irlandés Richard Chenevix escribiese una consulta para la Royal Society de Londres. Según la misma, había tenido conocimiento de este nuevo metal noble por una noticia impresa enviada a un tal señor Knox que afirmaba que el paladio, o nueva plata, tenía unas propiedades entre otras que lo mostraban como un metal noble, iba a ser vendida en la tienda del señor Foster.

A este autor, conocido por su agudo cinismo y su combativa crítica, el modo adoptado para dar a conocer un descubrimiento de tanta importancia, sin el nombre de ninguna persona acreditable, excepto el del vendedor, le pareció inusual en la ciencia y no le inspiró confianza. Por lo tanto, con el fin de detectar lo que concebía como un fraude, adquirió una muestra y realizó algunos experimentos para conocer sus propiedades y su naturaleza.

No había avanzado mucho en su estudio, cuando percibió que los efectos producidos por esta sustancia por diversas pruebas, eran tales que no podían referirse, en su totalidad, a ninguna de las sustancias metálicas conocidas. Inmediatamente volvió a la tienda del señor Foster, y adquirió todo lo que habían dejado en sus manos para la venta. No pudo obtener ninguna información sobre su estado natural, ni ningún rastro que pudiera conducir a una conjetura sobre el mismo.

La sustancia había sido elaborada con arte, y se había producido en plantas de laminación. Se ofertaba a la venta en muestras que consistían en láminas delgadas. La más grande de ellas tenía aproximadamente tres pulgadas de largo y media pulgada de ancho, con un peso promedio de 25 gramos, y se vendieron por una guinea. Las otras láminas eran más pequeñas, en proporción al precio.

Sometido al mismo tratamiento que el platino, para obtener una superficie pulida, el paladio asumió una apariencia apenas distinguible de ese metal. Las láminas no eran muy elásticas, pero eran muy flexibles, y podían doblarse varias veces en direcciones opuestas sin romperse. Los efectos de la electricidad galvánica sobre el paladio fueron los mismos que sobre el oro y la plata.

Expuso el paladio, en un recipiente abierto, a un mayor grado de calor que el que puede fundir el oro. No se produjo oxidación; y, aunque el deslizamiento metálico era extremadamente delgado, no se produjo ninguna fusión, incluso en los bordes o esquinas. Al aumentar considerablemente el fuego, obtuvo un botón derretido; pero no pudo estimar el grado en que se efectuó la fusión.

Dicho botón era de un blanco grisáceo. Su dureza era bastante superior a la del hierro forjado. Adquirió el color y brillo del platino. Era maleable en gran medida. Su fractura era fibrosa, y en estratos divergentes, que parecían estar compuestos de cristales, y la superficie del botón también, cuando se veía a través de una lente, parecía estar cristalizada.

El paladio se combinaba muy fácilmente con azufre. Expuso una cierta cantidad de ella a un intenso calor, sin poder derretirla. A esa elevada temperatura, echó un poco de azufre sobre ella. Inmediatamente entró en estado de fusión, y permaneció en ese estado hasta que el enrojecimiento del crisol era apenas visible a la luz del día. El aumento de peso en el botón del sulfuro era de tal manera que no podía indicar con exactitud la proporción de azufre combinado con él. Y como estaba tan limitado en la cantidad de paladio que podía obtener pensó que era prudente reservar tanto como fuese posible para la investigación de sus propiedades más importantes. El sulfuro de paladio era más blanco que la sustancia en sí, y extremadamente frágil.

El paladio, derretido en un crisol de carbón y mantenido en la fusión durante quince minutos, no adquirió ninguna propiedad diferente de las mencionadas. Por lo tanto concluía que no había ninguna interacción entre el carbón y el paladio. A pone partes iguales de paladio y oro en un crisol, con el propósito de formar una aleación, su resultado no tenía el mismo peso que la suma de las cantidades empleadas, por lo que afirmaba que las proporciones en esta aleación eran inciertas. Su color era gris y su dureza sobre igual a la de hierro forjado. Cedió al martillo, pero era menos dúctil que cada metal por separado, y se rompió tras repetidos golpes. Su fractura era de grano grueso, y llevaba marcas de cristalización.

Mezclando partes iguales de platina y paladio, entraron en fusión a un calor no muy superior al que era capaz de fusionarse con el paladio solo. En color y dureza, esta aleación se asemejaba a la primera, pero era más bien menos maleable. El paladio, aleado con un peso igual de plata, daba un botón del mismo color que las aleaciones precedentes. Era más duro que la plata, pero no tan duro como el hierro forjado, y su superficie pulida era similar a la de la platina, pero más blanca. La aleación de partes iguales de paladio y cobre era un poco más amarilla que cualquiera de las aleaciones precedentes, y se rompió más fácilmente. Era más dura que el hierro forjado, y con el color del plomo.

Richard Chenevix siguió detallando en las siguientes páginas de su consulta las diferentes pruebas y experimentos a los que sometió a la muestra. Tras un experimento sintético, obtuvo un botón completamente derretido, de la gravedad específica de 13, y a veces más, no tan fácilmente fusionados con el azufre como el paladio, no soluble en ácido nítrico, y con un peso absoluto que superó el de la platina empleada originalmente. Pero, aunque esta sustancia no era platina, no podía decirse que era paladio. El experimento más exitoso por este método, se produjo disolviendo 100 granos de platina en ácido nitro-muriático, y luego añadió 200 granos de óxido rojo de mercurio, hecho por el ácido nítrico. Eso no era suficiente para saturar el exceso de ácido, por lo que continuó añadiendo más, hasta que dejó de estar disuelto.

En un segundo experimento, otro modo de formar paladio en la forma húmeda, puso hierro metálico en una solución mixta de platina y mercurio. Ambos metales se precipitaron, y el precipitado fue sometido al mismo tratamiento que en el primer experimento. En su comunicación describe hasta trece experimentos más. De los repetidos fracasos que experimentó en estas operaciones, se sintió muy inclinado a pensar que el descubridor del paladio tenía algún método para formarlo, menos sujeto a errores de los por él utilizados. Se podría esperar, según el autor, del gran número de métodos utilizados que no habían podido formar el paladio, que muchos se podría encontrar para descomponerlo cuando se formó.

Fuente:

Richard Chevenix, “Enquiries Concerning the Nature of a Metallic Substance Lately Sold in London, as a New Metal, under the Title of Palladium”, Philosophical Transactions of the Royal Society of London, Vol. 93 (1803), pp. 290-320.

martes, 12 de noviembre de 2019

La libertad de los esclavos fugitivos y la milicia negra en la Florida Española en el siglo XVIII

Publicado en Revista de la Inquisición. Intolerancia y Derechos Humanos, Volumen 23, pp. 223-234, 2019.
https://www.boe.es/biblioteca_juridica/anuarios_derecho/abrir_pdf.php?id=ANU-I-2019-10022300233_REVISTA_DE_INQUISICI%C3%93N-INTOLERANCIA_Y_DERECHOS_HUMANOS_La_libertad_de_los_esclavos_fugitivos_y_la_milicia_negra_en_la_Florida_espa%C3%B1ola_en_el_siglo_XVIII

Resumen: Desde finales del siglo XVII y durante el siglo XVIII el territorio de Florida fue el destino de numerosos esclavos fugitivos de las contiguas colonias británicas de Norteamérica. Los monarcas españoles terminaron otorgando la libertad a estos esclavos por motivos religiosos, y muchos de ellos fueron encuadrados en las milicias que defendieron Florida de los ataques británicos durante esta centuria. Para acogerles se fundó el fuerte de Gracia Real de Santa Teresa de Mosé, considerado en la actualidad como la primera población negra libre de toda Norteamérica.

Palabras claves: Milicia negra, fuerte Mosé, Florida, Guerra del Asiento.

Abstract: Since the late seventeenth century and during the eighteenth century the territory of Florida was the destination of numerous fugitive slaves from the contiguous British colonies of North America. The Spanish monarchs ended up granting freedom to these slaves for religious reasons, and many of them were framed in the militias that defended Florida from the British attacks during this century. To welcome them, the Fort of Real Grace of Santa Teresa de Mose was founded, considered nowadays as the first free black population of all North America.

Key Words: Black militia, Fort Mose, Florida, War of Jenkins' Ear.

miércoles, 30 de octubre de 2019

Un proyecto no adoptado de medallas de la Real Academia de San Carlos de México

Publicado en El Eco Filatélico y Numismático, noviembre 2019

En el Archivo General de Indias se conserva un documento con cinco dibujos y tres medallas, correspondientes a dos anversos y tres reversos, que a pesar de su bonito diseño y perfección finalmente no se llegaron a aprobar. Se trata de un proyecto de medallas para los premios a conceder por la Real Academia de San Carlos de México, realizados por el famoso grabador principal de la Casa de Moneda de México, Gerónimo Antonio Gil. Gil, alumno de Prieto en la Real Academia de San Fernando, había recibido este nombramiento en 1778.

Esta propuesta había sido remitida por Bernardo de Gálvez, conde de Gálvez, virrey de Nueva España, el 26 de septiembre de 1785. Se trata de cinco dibujos sobre un papel verjurado, de tamaño 21,70x16 cm. La primera de las medallas está dedicada a la toma de Panzacola, la actual Pensacola, en Florida, por Bernardo de Gálvez. La segunda conmemora el establecimiento de la Academia de San Carlos, y la última de ellas viene dedicada al importantísimo Tribunal de la Minería de México.

En su anverso se encuentra el busto del monarca Carlos III a derecha, y la leyenda Carlos III el Sabio y Restaurador, Rey de España, Emperador de las Indias. En su reverso se representa la toma de la ciudad de Panzacola, y la leyenda circular La sovervia y orgullo ynglés, avatido a España. En la parte baja del dibujo se incluye asimismo la leyenda En el día 19 de mayo de 1781 se rindieron a el Excelentísimo Señor Don Bernardo de Gálvez los fuertes y plazas de Panzacola, capital de la Florida Occidental.

Por el Tratado de Paris de 1763, España se había visto obligada a ceder la Florida a Gran Bretaña, recibiendo en compensación la Luisiana francesa. Tras la entrada de España en guerra nuevamente con el Reino Unido en la Guerra de Independencia de Estados Unidos Gálvez, Gobernador de la Luisiana, formó un variopinto ejército y tomó sucesivamente Mobila, en la actual Alabama, Fuerte Charlotte y la actual Pensacola. El 24 de enero de 1785, a la sazón Gobernador y Capitán General de Cuba, había sido nombrado interinamente Virrey de Nueva España.

La segunda de las medallas propuestas conmemora el establecimiento de la Academia de San Carlos. Tras ser nombrado Grabador de la ceca mexicana, Gerónimo Antonio Gil fundó una Escuela de Grabado y solicitó y obtuvo de las autoridades virreinales el establecimiento de una Escuela de Artes, que introdujo en Nueva España un nuevo gusto, el neoclásico, en sustitución del barroco. La Escuela de Grabado de la Casa de la Moneda de México se transformó posteriormente en la Academia de Nobles Artes de San Carlos, y Gerónimo Antonio Gil fue hasta su muerte, acaecida el 18 de abril de 1798, su director general.

En su anverso encontramos nuevamente un busto del monarca de perfil mirando a derecha, y la leyenda Carlos III Rey de España, Emperador de las Indias, el Savio, Protector de las Ciencias y Artes. En el reverso se representan las tres artes rodeando un busto, posiblemente del Papa Pío VI, mirando a izquierda, y la leyenda circular Real Academia de San Carlos de Nueva España, de Pintura, Escultura y Arquitectura. En la parte inferior del dibujo se incluye asimismo la leyenda Se estavleció el año de 178 [sic] por el celo patriótico de los Excelentes Señores Don Matías Gálvez, Don Bernardo Gálvez y Don Fernando Mangino.

Matías de Gálvez y Gallardo, padre de Bernardo, había sido hasta su muerte el 3 de noviembre de 1784 virrey de Nueva España, y Fernando José Mangino era el superintendente de la Casa de Moneda de México. Esta fundación había recibido la aprobación del monarca Carlos III, que expidió sus estatutos, y su inauguración oficial se llevó a cabo el 4 de noviembre de 1785.

La tercera y última medalla venía dedicada al Tribunal de Minería de México. Por Real Cédula de 1 de julio de 1776 se reconoció el Cuerpo de Minería de Nueva España, y seis meses después, a comienzos de 1777 se erigió el Real Tribunal de Minería, dependiente del Importante Cuerpo de Minería, que publicó en el año 1783 sus Ordenanzas de Minería, las primeras en los Reinos de las Indias desde el reinado de Felipe II.

En su reverso se representa en una escena la solicitud de dicho tribunal, con la leyenda El Real Tribunal General del Importante Cuerpo de la Minería de Nueva España. Al pie aparece la leyenda Lo aprovó el Rey el año 1779 por solicitud de Don Juan Lucas Laçaga y Don Joaquín Velázquez de León.

Esta propuesta pasó a Ignacio de Hermosilla, sacerdote e historiador que ese mismo año había sido nombrado ministro de capa y espada del Consejo Supremo de Indias, que emitió informe desfavorable a su labra. Este informe se fundamentaba en que a pesar de la buena calidad del dibujo remitido, no se arreglaba a lo establecido en el artículo 26 de los Estatutos de la Academia de San Carlos ni a la Orden Reservada de 18 de noviembre de 1784. En este informe se incluía una relación de diez hechos sucedidos en el reinado de Carlos III que podrían conmemorarse en medallas.

Documentos

Archivo General de Indias, Indiferente, 103.
Archivo General de Indias, MP-Monedas, 6.

martes, 22 de octubre de 2019

Una Cédula para la labra de moneda de vellón para el auxilio de Chile del Siglo XVII

Publicado en Asociación Numismática de Chile, Anuario 2019


La moneda de vellón estuvo presente en las primeras acuñaciones de los Reinos de las Indias. Por real Cédula de 11 de mayo de 1535 dictada en Madrid se ordenó el establecimiento de Casas de Moneda en México, Santa Fe y Lima, y preveía asimismo la labra de vellón en Santo Domingo, cuando para ello se diese licencia especial, creándose una Casa de Moneda en esta ciudad por Cédula de 3 de noviembre de 1536.

Al amparo de esta normativa se acuñó moneda de vellón tanto en la ceca de México como en Santo Domingo. La historia de estas emisiones fue muy diferente. En la Nueva España, se intentó paliar la escasez de moneda menuda en los primeros años con la emisión de moneda de vellón de dos y cuatro maravedíes en cantidad de doscientos mil pesos, doce mil marcos, sacando de cada marco 36 piezas de a cuatro y el doble de dos. El diseño de las piezas de dos maravedíes era en una cara una columna con la leyenda PLVS VLTRA y una corona, y en la otra un castillo, una corona y la M de la ceca.
En las monedas de cuatro maravedíes venía grabada un castillo y león con una K en medio, corona y marca de ceca y en la otra un castillo y un león con una I en medio y corona. Las leyendas de ambos tipos de moneda sería la misma vista para las emisiones de plata. Existen acuñaciones de uno y dos maravedíes, y desde 1542 encontramos la de cuatro maravedíes.

Burzio recogía que el virrey Antonio de Mendoza dispuso el troquelado de esta moneda alterando las instrucciones recibidas, dado que por la falta de vellón adecuado los cospeles fueron de cobre, preparados por los indígenas de Mechoacán, y citando a Pradeau afirmaba que las emisiones fueron realizadas en dos ocasiones, entre 1536 y 1538 y de 1542 a 1551 o 1552. Según Carson Brevoort, la moneda de vellón fue tan detestada por los indios que ninguna ordenanza pudo mantenerla en circulación, y que fueron arrojadas al lago, perdiéndose en un año por esta práctica 2.200 pesos, entendiendo Carson que la emisión de tal cantidad de cobre habría sido harto improbable.

La necesidad hizo que se batiese circulante de vellón en la isla Española entre los años 1542 y 1566, si bien, y a causa de su mala calidad, se prohibió su labor. Posteriormente, en época de Felipe II, se permitió la labra en la ciudad de Santo Domingo de piezas de dos maravedíes. Su paridad con otras monedas circulantes quedó fijada en 450 maravedíes o 225 cuartos el peso de plata ensayada, y 400 maravedíes el escudo de oro. Se fijó asimismo la obligatoriedad de su aceptación en contratos y cobros. Esta moneda siguió en circulación como moneda provincial en la Isla Española y en otros territorios hasta el siglo XVIII.
En cuanto a las Casas de moneda abiertas en el Nuevo Reino de Granada, ya en 1590 se había remitido maquinaria para fabricar moneda, pero no se encontraron técnicos para ensayarla, y la misma acabó deteriorándose. En el año 1620 se contrató la puesta en marcha de una ceca ubicada en Santa Fe y una oficina en Cartagena con el capitán Alonso Trujillo de Yerba, donde se labraría moneda de plata de todos los módulos, pero también se preveía la acuñación de oro, abundante en la zona, y vellón rico en las piezas de ¼ de real. Esta moneda de vellón se llegó a acuñar en Santa Fe en 1622.

La resistencia popular al uso del vellón fue determinante para su no-implantación en las Indias, lo que supuso un intento por la Corona de aumentar su liga, fijada en un principio en 1/5 de plata, en 1625, y su uso para la labra de cuartillos, medios y reales, y posteriormente a abandonar estos propósitos y acuñar en plata hasta las piezas más menudas del circulante. Aunque se supone, según Restrepo, que dichas emisiones de vellón y de plata baja o acendrada, de ley 0,930, existieron en la ceca de Cartagena, no se conserva actualmente ningún ejemplar.
No obstante, la producción y circulación de vellón en Cartagena de Indias están ampliamente documentadas. Esta población estaba muy necesitada de numerario, por su importancia militar y comercial, pero distaba del mercado panameño donde llegaban los comerciantes peruanos y su plata, lo que conllevaba una crónica escasez de moneda. Para paliarla se recurrió al vellón, si bien en contra del parecer de su cabildo, hasta que en 1627 se retiró el circulante a cambio de 40.000 pesos.  

Esta autorización para la labra de vellón en Cartagena de Indias coincide cronológicamente con el documento estudiado en este artículo, así como con el final de la Tregua de los Doce Años con las Provincias Unidas y la reanudación de las hostilidades, cuando el gobierno español decretó en 1621 el embargo general contra el comercio con Holanda, que duró hasta 1647, y que repercutió muy negativamente en el comercio mundial de la plata.  

En el Archivo General de Indias se conserva una solicitud de la Junta de Guerra de Indias de fecha 20 de agosto de 1621, por el que se comunica ordenar que por el Consejo de Hacienda se despachase Cédula para que en la Casa de Moneda de Granada se labrasen seiscientos quintales de cobre en moneda de vellón para el socorro de Chile, como se había acordado. Con este metal se debían labrar cincuenta mil ducados.  

Según se lee en este documento, se había representado al monarca Felipe III, recién fallecido, en diferentes Consultas la gran necesidad que había de enviar socorros de gente, uno a las provincias de Chile y otro al de Filipinas, por la falta que de ella había en ambos presidios y mucho peligro si el enemigo fuese a infestar aquellas costas y temiendo que se fortificase en ellas, en especial en el puerto de Valdivia. Por ello se solicitaba el envío de ambos socorros y que se labrasen 550.000 ducados en moneda de vellón.  

Se presuponía que ambos socorros podrían ir juntos por los estrechos, y que para el de Filipinas serían necesarios los 500.000 ducados por ser más larga y costosa la navegación, viniendo los otros 50.000 destinados a Chile. Informa también de la llegada de un situado de treinta mil pesos que fue conducido por el Maestre de Campo Iñigo de Ayala, comisionado por el gobernador de Chile López de Ulloa. Según el Consejo de Hacienda, con 600 quintales de cobre comprados con dicho situado se sacarían los quinientos mil ducados para pagar todas las costas. Dicho metal debía llevarse a la Casa de Moneda de Granada para que con ella se labrase a la mayor brevedad posible.

El motivo de su no remisión a las cecas madrileña e hispalense fue según el documento que ambas se hallaban embarazadas en la labra de moneda. Ello era debido a que en una postrera norma autorizando la acuñación de moneda de vellón el 13 de marzo de 1621, pocos días antes de su fallecimiento y contraviniendo el compromiso recogido en la Real Cédula de 28 de junio de 1619 de no batir más moneda de este metal, se había comenzado a labrar moneda de estas especies en Madrid y Toledo.
Asimismo, en 1621 Felipe IV ordenó acuñar cuatro millones de maravedíes en moneda de vellón, sin previa autorización de las Cortes y contradiciendo lo estipulado en las escrituras del Servicio de Millones, según Domínguez Ortiz. En mayo de este año el Consejo de Hacienda ordenó a la Casa de Moneda de Sevilla la labra de moneda de cobre en Sevilla. Entre el 11 de octubre y el 3 de noviembre de ese año el teniente de Tesorero Francisco de Escobar presentó una cuenta en la que se hizo cargo de 26.928.260 maravedíes en vellón por la labor de 96.168 marcos, 3 onzas y 4 ochavas de cobre.
El 24 de enero de 1622 esa moneda todavía no se haba labrado, dado que consta en el documento un escrito de Juan de Gamboa en el que daba cuenta de haber consultado al monarca y que se ordenaba que una vez amonedado el cobre se entregase al Maestre de Campo y a la armada que debía llevar. Desconozco si la amonedación con destino a Chile por carecer de documentación finalmente se llevó a cabo, pero dos barcos de la flotilla de Iñigo de Ayala y el mismo desaparecieron en el Estrecho de Magallanes en 1623 cuando conducía las tropas de auxilio hacia Chile en el Estrecho de Magallanes.

Bibliografía

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ISRAEL, J.I., Dutch Primacy in World Trade, 1585-1740, Oxford University Press, 1989, reimpresión de 2002. 
MORINEAU, M. Incroyables gazettes et fabuleux metaux: les retours des trésors américains d’après les gazettes Hollandaises (XVIeme et XVIIeme siècles), París, 1985. 
MOYA PONS, F., “La Casa de Moneda de Santo Domingo”, en ANES Y ÁLVAREZ DE CASTRILLÓN, G., Y CÉSPEDES DEL CASTILLO, G. (directores), Las Casas de Moneda en los Reinos de Indias, Vol. II, Cecas de fundación temprana, Madrid, 1997 
PÉREZ SINDREU, F. de P., " El vellón durante los Austrias y la Casa de Moneda de Sevilla", NVMISMA, nº 248 - Enero- Diciembre 2004, pp. 49-63. 
SANTIAGO FERNÁNDEZ, J. de , Política monetaria en Castilla durante el siglo XVII, Valladolid, 2000. 
TOVAR PINZÓN, H., "Remesas, situados y Real Hacienda en el siglo XVII", en BERNAL, A.M., (ed.), Dinero, moneda y crédito en la Monarquía Hispánica, Madrid, 2000,

Fuentes 

Archivo General de Indias, PATRONATO, 229. 
Recopilación de las Leyes de los Reinos de las Indias. Libro IV. Título XXIII. Ley I. Que en Mexico, Santa Fe, y Villa de Potosí haya Casas de Moneda. 
Recopilación de las Leyes de los Reinos de las Indias. Libro IV. Título XXIII. Ley IIII. Que en las Indias se labren las suertes de moneda, que se declara. Carlos I en Monzón, a 18 de noviembre de 1537. 
Recopilación de las Leyes de los Reinos de las Indias. Libro IV. Título XXIV. Ley VIII. Que la moneda de vellon corra en la Española, por el valor, que esta ley declara, Felipe II, Madrid, 25 de julio de 1583 y 16 de julio de 1595. 
Archivo General de Indias, MP-PERU_CHILE,172. Mapa de Chile, hacia el año 1610
Archivo General de Indias, MP-PERU_CHILE,271. Tabla Geográphica del Reyno de Chile, 1646. 
Archivo General de Simancas, CMC, 3. ª Época, legajo 2267, fol. 8.