viernes, 31 de diciembre de 2021

El expediente relativo a la distribución de las medallas de oro y plata acuñadas en conmemoración de la promulgación de la constitución de Cádiz del Archivo Histórico Nacional

Publicado en Revista Numismática ONMI, nº15, diciembre 2021, pp. 268-275.

http://www.wikimoneda.com/OMNI/revues/OMNI_15.pdf

Resumen: Durante la Guerra de la Independencia, en la Casa de Moneda de Cádiz y por una iniciativa privada se llevó a cabo la acuñación de una bellísima medalla dedicada a la promulgación de la Constitución de 1812. El encargado de la labra de esta bella medalla, una de las más destacadas de la historia medallística española, fue el grabador Félix Sagau. La misma fue utilizada con motivos propagandísticos por las Cortes españolas, y ejemplares de la misma en oro y plata fueron remitidos a sus principales aliados, como se recoge en el expediente objeto del presente estudio.

 Palabras clave: Guerra de la Independencia, Cortes de Cádiz, Félix Sagau, Medallas, Casa de Moneda de Cádiz

 Abstract: During the Spanish War of Independence, in the Cádiz mint and by a private initiative, a beautiful medal dedicated to the promulgation of the Constitution of 1812was minted. The person in charge of making this beautiful medal, one of the most outstanding in Spanish medal history was the engraver Félix Sagau. It was used for propaganda purposes by the Spanish Courts, and copies of it in gold and silver were sent to their main allies, as shown in the file that is the object of this study.

 Key words: Spanish War of Independence, Courts of Cadiz, Felix Sagau, Medals, Cadiz mint.

jueves, 23 de diciembre de 2021

La moneda de cuño español en circulación en la Isla del Príncipe Eduardo y el Holey Dollar / The Spanish currency in circulation on Prince Edward Island and the Holey Dollar / La monnaie espagnole en circulation à l'Île-du-Prince-Édouard et le Holey dollar

 Publicado en UNAN Numismática, nº 45, noviembre-diciembre, 2021

https://www.academia.edu/65669143/La_moneda_de_cu%C3%B1o_espa%C3%B1ol_en_circulaci%C3%B3n_en_la_Isla_del_Pr%C3%ADncipe_Eduardo_y_el_Holey_Dollar_The_Spanish_currency_in_circulation_on_Prince_Edward_Island_and_the_Holey_Dollar_La_monnaie_espagnole_en_circulation_%C3%A0_l%C3%8Ele_du_Prince_%C3%89douard_et_le_Holey_dollar

Tras su conquista en 1758, esta isla, como Nueva Brunswick, fue anexionada a Nueva Escocia en 1763, si bien siete años después y por petición de sus habitantes se constituyó como una colonia separada. En un Acta de 1785, el dinero de curso legal de la isla es definido por su valoración en cinco chelines por cada peso de cuño español, la misma valoración que tenía en las colonias británicas de América del Norte. La estimación del siglo XVIII de los pesos españoles a 4 chelines y 6 peniques esterlinos tuvo una amplia vigencia en esta colonia. En fecha 22 de septiembre de 1813, el gobernador Charles Douglass Smith decidió, para dotar a la misma de un circulante propio, por Orden en una Minuta del Consejo Ejecutivo de la Asamblea Legislativa, que mil pesos de cuño español debían ser cortados en el Tesoro, sacando una pieza circular de su centro. Los pesos así cortados debían ser emitidos y recibidos en la Tesorería por un valor de cinco chelines corrientes, y su centro por un chelín.

 

After its conquest in 1758, this island, like New Brunswick, was annexed to Nova Scotia in 1763, although seven years later and at the request of its inhabitants it was established as a separate colony. In a revenue Act of 1785, the island's lawful money is defined by its rate at five shillings for each Spanish milled dollar, the standard currency in British North American Colonies. The 18th century rating of the Spanish dollar at 4 shillings and 6 pence had a long survived in this colony. On September 22 1813, Governor Charles Douglass Smith decided, in order to create a distinctive coinage, by Order of a Minute of the Executive Council of the Legislative Assembly that one thousand Spanish dollars should be cut in the Treasury, taken out a circular piece from its centre. The dollars thus cut were to be issued from and received at the Treasury at the rate of five shillings currency, and its centre for one shilling currency.

 

Après sa conquête en 1758, cette île, comme le Nouveau-Brunswick, fut annexée à la Nouvelle-Écosse en 1763, bien que sept ans plus tard et à la demande de ses habitants, elle fut établie en tant que colonie distincte. Dans une loi de 1785, la monnaie légale de l'île est définie par sa valeur à cinq sous sterlings pour chaque piastre frappée en Espagne, la même valeur qu'elle avait dans les colonies britanniques d'Amérique du Nord. L'estimation du 18ème siècle de piastres espagnoles à 4 sous –shilling- et 6 diners –pence- sterlings a eu une longue vie dans cette colonie. Le 22 septembre 1813, le gouverneur Charles Douglass Smith a décidé, afin de lui fournir sa propre circulation, par ordre dans un procès-verbal du Conseil exécutif de l'Assemblée législative, que mille piastres espagnoles devraient être coupés dans le Trésor, en supprimant une pièce circulaire à partir de son centre. Les piastres ainsi coupés devaient être émis et reçus au Trésor pour une valeur de cinq sous ordinaires, et son centre pour un sou sterling.

Moedas cunhadas na América que circulam em Moçambique com carimbo MR / Monedas acuñadas en América circulantes en Mozambique con resello MR

 Publicado en UNAN Numismática, nº45, noviembre-diciembre 2021

https://www.academia.edu/65667644/Moedas_cunhadas_na_Am%C3%A9rica_que_circulam_em_Mo%C3%A7ambique_com_carimbo_MR_Monedas_acu%C3%B1adas_en_Am%C3%A9rica_circulantes_en_Mozambique_con_resello_MR

Nos anos de 1767 e 1768, a moeda circulante em Moçambique foi carimbada com a monograma MR. Devemos a Dom José Maria Folgosa um magnífico estudo sobre o assunto, que inclui as transcrições de vários documentos de apoio à sua investigação no Arquivo Histórico Colonial, publicado em 1947, que continua a ser uma obra de referência para o estudo desta temática.

En los años 1767 y 1768 se llevó a cabo el resello de la moneda circulante en Mozambique con el monograma MR. Debemos a don Jose Maria Folgosa un magnífico estudio sobre el mismo, en el que se incluye las transcripciones de varios documentos justificativos de sus investigaciones procedentes del Arquivo Histórico Colonial, publicado en 1947, que sigue siendo una obra de referencia para el estudio de este tema. 

Los planos de las Reales Casas de Moneda de Guatemala en el Archivo General de Indias

 Publicado en UNAN Numismática, nº 45, noviembre-diciembre 2021

https://www.academia.edu/65666335/Los_planos_de_las_Reales_Casas_de_Moneda_de_Guatemala_y_Nueva_Guatemala_en_el_Archivo_General_de_Indias

Cuando por Real Cédula de 17 de enero de 1731 dictada en Sevilla, el monarca respondió de forma positiva a las peticiones recibidas desde 1717 y autorizó el comienzo de las obras de la Casa de Moneda de Guatemala, su establecimiento se llevó a cabo en las instalaciones contiguas al Palacio de los Capitanes Generales de la ciudad de Santiago de los Caballeros. En el Archivo General de Indias, en adelante AGI, encontramos numerosa información documental y gráfica sobre los edificios que sucesivamente fueron siendo utilizados y reformados, desde el año 1737 hasta 1813.

La revolución de la producción de plata con el Beneficio del Patio de Bartolomé de Medina

 Publicado en Oroinformación, 23 de diciembre de 2021

https://oroinformacion.com/la-revolucion-de-la-produccion-de-plata-con-el-beneficio-del-patio-de-bartolome-de-medina/

Con el descubrimiento en 1555 del conocido como Beneficio del Patio por Bartolomé de Medina en Pachuca, Nueva España, se produjo una verdadera revolución en la minería argentífera, ya que permitió el beneficio de los minerales de baja ley y un incremento exponencial de la producción de plata en el virreinato. El alto coste del mercurio o azogue, que debía ser importado de la mina de Almadén, llevó al estudio y a la adopción de nuevas innovaciones sobre el método de la amalgamación que abarataron dichos costes, y que hicieron que el mismo fuese el utilizado en Nueva España, Perú y otros países hasta bien entrado el siglo XIX.

 El mercurio había sido utilizado desde la antigüedad, tanto como cinabrio para su uso como pigmento como para la amalgamación desde que se obtuvo como tal elemento nativo, para beneficiar oro y plata y para dorar el cobre. En los autores romanos Vitrubio y Plinio el Viejo encontramos las primeras descripciones de su uso para la amalgamación, utilizada normalmente con el oro y escasamente con la plata, dado que es mucho más sencilla en el primer caso, bastando con la adición de sal para conseguir separar el mineral áureo. 

Encontramos asimismo referencias a dicha amalgamación en la obra de los médicos persas al-Razi y Avicena, así como en San Isidoro de Sevilla, en los escritos de importantes Padres de la Iglesia e incluso en el “Libro del Tesoro” atribuido a Alfonso X el Sabio. A comienzos del siglo XVI se realizaron experimentos para la amalgamación de oro en Italia, y se editaron libros en Alemania que trataban sobre la amalgamación del oro y la plata. 

En los Reinos de las Indias se habían encontrado ricos yacimientos mineralógicos en Mesoamérica y en la cordillera andina, que produjeron en sus primeras fases oro y plata en estado nativo. Pero poco después, ya a mediados del mismo siglo XVI, en los mismos se encontraban menas secundarias, para cuyo beneficio el método de fundición no era rentable. Además de los crecientes gastos, se trataba de una actividad insalubre, dado que se debía de fundir el mineral día y noche. 

Bartolomé de Medina es considerado el metalurgista empírico más importante del siglo XVI. Según su propio testimonio, tuvo noticia de dicho método por sus conversaciones con un alemán, un tal Maese Lorenzo, poniéndolo en práctica para recuperar los metales preciosos que se hallaban entrelazados en los retazos inservibles de tejidos. Dado que seguramente tuvo noticia de la necesidad de un nuevo método para las minas del nuevo Mundo, se trasladó a Nueva España dejando en su tierra a su mujer e hijos para ponerlo en práctica. 

Se dirigió a Pachuca, donde un propietario de varias minas, Hernando de Rivadeneyra, le proporcionó el lugar donde pudo poner en práctica su sistema de beneficio por amalgamación. Una vez allí tardo más de un año en poner a punto su método, en un terreno situado en la falda del cerro de La Magdalena, y utilizando el caudal del río Pachuca para obtener la ineludible energía hidráulica para los necesarios molinos que requería la forzosa molienda del mineral argentífero para el posterior tratamiento con azogue. Fundó un establecimiento permanente, una hacienda llamada por él mismo “Nuestra Señora de la Purísima Concepción”. En la misma se produjo el descubrimiento de su método, el conocido como Beneficio del Patio. 

Este capital descubrimiento estuvo en el origen de la revolución de los procedimientos metalúrgicos en los Reinos de las Indias españolas. De este método se derivaron otros hitos, que llevaron a la adaptación del uso del beneficio por azogue a los diversos minerales argentíferos presentes en cada uno de los yacimientos y las mejoras técnicas en los procesos llevadas a cabo por otros investigadores, tendentes a economizar y recuperar el necesario mercurio y facilitar la molienda del mineral mediante otros tipos de molinos, de sangre –con mulas- o eólicos. 

Igualmente, hacia 1571 Pedro Fernández de Velasco introdujo el método en el virreinato meridional, adaptándolo a los minerales y a las condiciones climáticas de la Provincia de Charcas y Potosí, donde la producción comenzaba igualmente a decaer, por el conocido como el Beneficio de Cajones. Simultáneamente se fueron produciendo mejoras técnicas, como la introducción de herramientas de hierro y acero en el laboreo de las minas peruanas, el descubrimiento de las minas de Huancavelica, las mejoras realizadas en la mina ciudadrealeña de Almadén y la facilidad en el transporte y el estanco del necesario azogue.

Capital fue igualmente el método de amalgamación en caliente descubierto en Potosí por el onubense Álvaro Alonso Barba, puesto en conocimiento del público en su magnífica obra “Arte de los Metales”, publicada por primera vez en Madrid tras recibir el beneplácito del Consejo de Indias en 1640. Esta obra tuvo continuas reediciones y rápidamente fue traducida al inglés, francés y alemán, haciendo de este magnífico libro uno de los hitos fundamentales de la metalurgia europea y universal.

 Con ello, uniendo la iniciativa privada con el patrocinio regio y el apoyo de las instituciones virreinales, se produjo un incremento constante y sostenido de la producción de plata, lo que convirtió a las Indias españolas en la fábrica de moneda del mundo durante tres siglos. Y dicho aumento de la moneda disponible supuso asimismo un impulso al comercio, a la industria y a la navegación a nivel planetario, como no se había conocido hasta esta época.

 Para saber más:

 CASTILLO MARTOS, M., “La amalgamación y Bartolomé de Medina”, Anales de la Real Sociedad Española de Química, Segunda Época, Octubre-Diciembre 2001, pp. 43-49.

GARCÍA MENDOZA, J., “Dos innovaciones al Beneficio de plata por azogue en el siglo XVI”,  Estudios de Historia Novohispana, nº. 19, 1998, pp. 133-143.

PUCHE RIALT, O., MAZADIEGO, F., MARTÍN DÍEZ, M., “Los procesos de Amalgamación a través de los tiempos”, Boletín Geológico y Minero, Vol. 107-1, 1996, pp. 90-100.

SÁNCHEZ GÓMEZ, J., “La introducción del procedimiento de extracción de plata por medio del mercurio (Procedimiento del Patio) en España”, en HORMIGÓN, M. (ed.), Actas del II Congreso de la Sociedad Española de Historia de las Ciencias, Jaca, 27 de septiembre-1 de octubre, 1982, pp. 293-302.

lunes, 20 de diciembre de 2021

Los resellos del Trienio Liberal español sobre moneda de plata francesa de 1821

 Publicado en Numismático Digital, 20 de diciembre de 2021


A lo largo de las legislaturas de 1820 y 1821 las Cortes españolas trataron cuatro importantes temas de carácter monetario, que fueron el diseño de la nueva moneda constitucional basada en el real de vellón, la conversión de las cecas en Fábricas Nacionales de Moneda, la transformación de la Junta de Comercio y Moneda en la Junta Directiva de Moneda y, finalmente, el tema que nos ocupa, el proyecto de resello nacional.

 

Dicho resello, que finalmente se llevó a cabo sobre los medios luises franceses desde 1821, se veía necesario, en una situación monetaria que se dilató en el tiempo. Durante el primer tercio del siglo XIX se asistió a la entrada en circulación de grandes cantidades de moneda foránea, principalmente francesa, portuguesa e inglesa, motivada por la presencia de tropas extranjeras que eran pagadas por sus respectivos gobiernos. Esta situación de hecho llevó a los sucesivos gobiernos a la aceptación de estas monedas, legislando al efecto.

 

Durante la Guerra de Independencia, la moneda franca tuvo curso legal en los territorios controlados por los ejércitos napoleónicos, con unos valores fijados en las tarifas ordenadas primero por el mariscal Murat y más tarde por José I Bonaparte. Mientras tanto, la Regencia y las Cortes en un primer momento no reconocieron como tal la moneda acuñada por el “rey intruso”, e incluso en 1812 se llegó a prohibir su circulación, pero en 1813 y por las necesidades de circulante se aceptó su circulación a los tipos fijados por José I.

 

Además de la moneda francesa, se autorizó igualmente este mismo año la circulación de las guineas británicas y se otorgó al cruzado portugués un valor en pasta de 9 reales y tres cuartillos. Una vez terminada la guerra subsistió la escasez de circulante, por lo que en 1818 se renovó la valoración de la moneda portuguesa y se aprobó la circulación de la moneda francesa según la tarifa de 1812, elevando su estimación como metal en pasta a 20 reales de vellón, un peso o duro, por onza.

 

El Decreto de 1821

 El resello de la moneda francesa en circulación fue, como afirman Prieto y Haro, la principal medida de política monetaria llevada a cabo durante el Trienio Liberal. Con ello se intentaba unificar la moneda circulante, depurando el numerario francés y suprimiendo las tarifas que permitían su circulación legal. Que se optase por el resello y no por la fundición y reacuñación se debió a motivos técnicos, de plazos y presupuestarios.

 Según el expediente presentado por el Grabador General Félix Sagau, de 9 de noviembre de 1821, estimando una cantidad de moneda francesa de 150 millones de reales en circulación, tras quince días de verificación en las Casas de Moneda y proveyéndoles de los troqueles adecuados, se podrían resellar diariamente 100.000 ejemplares y terminar con la operación en un plazo inferior a cinco meses. Para ello sería necesario que además de las cecas operativas de Madrid, Sevilla, Segovia y Jubia se habilitasen nuevos centros provisionales de acuñación en frío en Barcelona, Bilbao y un segundo centro en Sevilla para reforzar la demanda de Cádiz.

 

El 19 de noviembre de 1821, las Cortes expidieron un Decreto fijando las reglas para impedir la circulación de la moneda francesa y para resellar los medios luises. Como consta en su Exposición de Motivos, se intentaba con esta medida proponer los medios de impedir el curso de la defectuosa moneda francesa, que había inundado toda la nación y la privaba de la suya propia, que era buscada en todas partes del mundo, haciéndola con ello objeto de especulaciones extranjeras, alimentando el fraude y causando perjuicios incalculables en los cambios y un descrédito no pequeño.

 

Con el objetivo de incentivar su recogida, se garantizó el derecho a recibir la misma cantidad de moneda resellada y el aumento nominal sobre el de su valor efectivo en billetes contra la Tesorería. Con ello, la Junta Directiva y las comisiones Territoriales expedirían los resguardos pagaderos al portador en las cecas y los billetes de Tesorería general.

El 22 de diciembre, una Circular del Ministerio de Hacienda daba las instrucciones para el recibo de esta moneda, ordenando que subsistieran las comisiones de recibo de estos medios luises en las cabezas de partido y en las capitales de provincia, desechándose solamente la falsa.

 

Las Casas Nacionales de Moneda de Madrid, Sevilla Segovia y Bilbao quedaban comisionadas para el recibo en los puntos en los que las mismas se hallaban situadas. Se preveía asimismo establecer una fábrica en Cataluña y estudiar la conveniencia de habilitar la de Jubia para proceder a dicho resello. Todos los gastos de su recogida, resello y entrega posterior serían de cuenta del Estado

La moneda resellada

 La moneda retirada y utilizada como cospel de este resello es el medio ecu o escudo de plata francés, conocido como medio Luis, una moneda acuñada entre 1641 y 1785, con diferente peso dependiendo de las emisiones y ley uniforme de 917 milésimas, 3 libras tornesas y 11 dineros. El peso de las monedas reselladas concuerda con el que tenían las primeras emisiones, realizadas entre 1641 y 1705 a nombre de Luis XIII y Luis XIV, de 13,725 gramos. Era por tanto una moneda ya antigua, gastada y defectuosa, que había sido introducida al precio de la más reciente, que tenía además desde 1726 un peso superior, de 14,744 gramos. El diámetro de esta moneda es de 33,9 mm.

 La operación fue finalmente realizada en cuatro Casas de Moneda, las de MadridSevillaBilbao y Santander. Se desconoce la cantidad de moneda entregada en la ceca hispalense, habiéndose recibido en Madrid 2.682.000 ejemplares, 2.002.462 en Bilbao y 473.752 en Santander. De los recogidos en Bilbao, según la contabilidad de su ceca se resellaron 1.970.515 ejemplares, remitiéndose el resto a Madrid tras finalizar las operaciones de resello.

 

El resello de estos medios luises se realizó a volante. Los utilizados en Bilbao y Santander procedían de la Casa de Moneda de Segovia, dado que Canga recoge que de los volantes que se encontraban en esta última ceca dos de ellos habían sufrido extraordinariamente en su traslado a estas ciudades para el resello de los medios luises en 1821. Como consta en la documentación, de Segovia procedían igualmente los operarios responsables del manejo de los mismos en Bilbao. Si bien llevan la fecha 1821, la acuñación efectiva se llevó a cabo principalmente en el primer semestre del año siguiente, y hasta 1823.

 

La forma de estas piezas no es común, dado que son convexas, más gruesas en su centro que en los extremos, lo que ha producido en general un desgaste mayor en su parte central. Las emisiones de todas las Casas de Moneda son exactamente iguales, por haberse utilizado idénticos troqueles, con la única variación de la marca de ceca de cada una de ellas y las siglas de los ensayadores. En algunas escasas piezas es visible algún resto de la moneda antigua utilizada como cospel, posiblemente por tratarse de una acuñación floja, pero no son habituales.

 

En su anverso encontramos el busto a derecha de Fernando VII conocido como de tipo cabezón, dentro de una orla circular, con leyenda alrededor  “FERN. 7º. POR LA G. DE DIOS Y LA CONST.” y el año “1821”. En su reverso aparece la leyenda “RESELLADO” en su centro, rodeada de una corona de laurel anudada con un lazo, bajo una estrella de seis puntas, y el valor facial, “10 Rs.”, diez reales de vellón o cuatro de plata nacional. En la leyenda circular encontramos su titulación, “REY DE LAS ESPAÑAS”, y en la parte inferior la marca de ceca y las siglas de ensayador.

 

Las marcas de ceca utilizadas fueron la M coronada para Madrid, la S para Sevilla, para Bilbao y SR para Santander. Las siglas de ensayador son S (José Sánchez Delgado) R (Isidro Ramos del Manzano) en Madrid, R (Carlos Tiburcio de Rojas) D (Joaquín Delgado Díaz) en  Sevilla, U (Manuel Domingo de Urquiza) G (Pedro Gómez de Velasco) en Bilbao y L (Eugenio Larra y Langelot) T en Santander.

Conclusión

 Los resultados de este resello fueron escasos, dado que sin variación en la relación bimetálica y sin cambios en la ley y peso de la nueva moneda constitucional, no supuso sino una devaluación nominal de la moneda franca, y se mantuvieron las tensiones especulativas de flujo de moneda francesa. Sí que se consiguió con el mismo abolir la tarifa de 1818, que permitió la circulación de moneda francesa de ínfima calidad y difícil identificación.

Muy curiosa es la aprobación por las Cortes de otro resello, que no se llegó a poner en práctica, el 6 de mayo de 1823, para la admisión en la circulación de la moneda de oro y plata procedente de América con igual peso, valor y ley que las nacionales, previo su marcado con un punzón con el busto del monarca, circulando las que no tuviesen dicho resello en el comercio como pastas y a sus precios convencionales.

 

Bibliografía utilizada

CANGA ARGÜELLES, J., Diccionario de Hacienda, con aplicación a España, Vol, II,  Madrid, 1834.

FRANCISCO OLMOS, J.M., “Conflictos bélicos y circulación de moneda extranjera en España 1808-1836. La documentación de la inestabilidad”, Revista General de Información y Documentación, Vol.11, 1, 2001, pp. 109-131.

GACETA DE MADRID, nº 374, Lunes 31 de diciembre de 1821, pp. 2055-2056.

PELLICER I BRU, J., Glosario de maestros de ceca y ensayadores, Madrid, 1997.


PRIETO TEJEIRO, E., y HARO ROMERO, D. de. “La Reforma Monetaria del Trienio Liberal en España, 1820-1823: Modernización y límites”, América Latina Historia Económica, año 19, nº2 (38), mayo-agosto 2012, pp. 131-161.

lunes, 13 de diciembre de 2021

La ceca de Tamusia y su relación con las cecas celtibéricas

Publicado en Asociación Cultural Filatélica y Numismática Pacense, Hoja Informativa nº 81, 2021

La ceca de Tamusia, una de las más interesantes de las cecas hispanas de la época preimperial,  ha dado mucho que hablar en la epigrafía y en la numismática española. Esta población, conocida únicamente por estas emisiones, ha sido ubicada por diferentes estudiosos de esta época en el este de la Celtiberia, como es el caso de Leandre Villaronga, por su pertenencia al grupo celtibérico de los dos delfines y el uso del alfabeto ibérico, o incluso en el Levante peninsular, en los alrededores de Gandía, por la presencia en el reverso de algunas de sus emisiones de una nave, como fue el caso de Antonio Beltrán.

 Posiblemente la más factible ubicación de la misma sea la del castro u oppidum de Villasviejas de Tamuja, en la localidad cacereña de Botija, perteneciente en aquella época a la Vettonia, como defienden entre otros García-Bellido y Burillo. Esta teoría, además de en la obvia similitud del topónimo reproducido en las emisiones con el de la población y el río Tamuja, contaría con el respaldo de que los hallazgos de estas monedas se han realizado en la zona adyacente de la actual provincia de Cáceres, no habiéndose encontrado en la vecina provincia de Badajoz. 

Como antes comentábamos, la tipología utilizada es netamente celtibérica, siendo de hecho los bronces conservados copias de la última emisión conocida de la ceca de Sekaisa, Ségeda, en la actual Belmonte de Gracián, Zaragoza. Por ello, se ha afirmado, como es el caso de Cruces Blázquez, que se trató de una auténtica colonización de gentes que, procedentes de la Celtiberia y durante la época de las Guerras Sertorianas, se establecieron en este oppidum vetón. Burillo defiende que, más que a motivos bélicos, su llegada se debió al beneficio de los filones de plomo argentífero o incluso de los placeres auríferos de la zona.

 Esta ubicación  se ve refrendada por la aparición de varias téseras de hospitalidad y por el hecho de que en las excavaciones arqueológicas de sus necrópolis se observa, como recoge Luis Amela,  el tránsito de una sociedad culturalmente relacionada con los territorios de Turdetania entre los siglos IV y III a.C. a otra de clara referencia a la Meseta superior en los siglos II-I a.C. Las migraciones de celtíberos hacia territorios meridionales de las actuales Andalucía y Extremadura fueron documentadas ya en época romana por Plinio.

 Según García-Bellido, tanto por la variante epigráfica utilizada en las monedas como por los ajuares de las tumbas, estos nuevos pobladores procederían de territorio arévaco. Otros autores defienden que los mismos debían proceder de la anteriormente mencionada población de Ségeda. A favor de esta hipótesis encontramos la aludida identidad en los tipos monetarios utilizados.

 Igualmente, se han encontrado significativas concentraciones de moneda celtibérica en el cuadrante sudoccidental de la península, normalmente piezas de cobre, que como afirma Luis Amela parecen indicar que fueron traídas por emigrantes más que llegar por medio del comercio, e incluso se ha planteado que las últimas emisiones de la propia Sekaisa y de la ceca de Titiakos pudieron haber sido acuñadas en las propia Lusitania o en la Beturia céltica.

Las emisiones de Tamusia

 Como hemos comentado, la tipología de las primeras emisiones de ases remite a las realizadas en Celtiberia, en el área del valle del Jalón, reproduciendo en su anverso un busto de varón a derecha con delfines a ambos lados y en su reverso a un jinete lancero. Su sistema metrológico es inequívocamente celtibérico-berón, reducido a 6 onzas, 9,32 gr., con un diámetro de 23-24 mm. En cuanto a su datación, se habrían acuñado en la primera mitad del siglo I a.C., y como hemos visto algunos autores relacionan su labra con las Guerras Sertorianas.

 Como se ve en las imágenes reproducidas, el parecido con los ases batidos en la ceca de Sekaisa es claro. De esta emisión existen dos variantes, una con la leyenda en una sola línea y otra con leyenda partida en dos líneas.

Las emisiones posteriores, bilingües  ya con caracteres latinos, siguen el patrón ponderal de las cecas de la Ulterior. En su anverso se representa igualmente una cabeza de varón a derecha, con los caracteres en alfabeto ibérico TAM, mientras que en su reverso se reproduce un barco con remeros y la leyenda latina TAMUSIENS. Como en el caso de los anteriores, se ha relacionado su emisión por algunos estudiosos con otro importante conflicto bélico, otra Guerra Civil romana librada en Hispania entre César y Pompeyo.

Bibliografía utilizada

 AMELA VALVERDE, L. “Las emisiones de Tamusia y Tamusiense”, Gaceta Numismática, 189, Junio 2015, pp. 69-80.

BLÁZQUEZ CERRATO, C., “Sobre las cecas celtibéricas de Tamusia y Sekaisa y su relación con Extremadura”, AEspA, 68, 1995, pp. 243-258.

BURILLO MOZOTA, F., Los Celtíberos. Etnias y Estados, Ed. Crítica, 1998.

ESTARÁN TOLOSA, M.J., “La emisión bilingüe de Tamusia”, XIV Congreso Nacional de Numismática, Madrid, 2011, pp. 585-598

GONZÁLEZ CORDERO, A., y HERAS MORA, F.J., “El castro de Botija y sus minas. Una revisión historiográfica de la obra de Clemente Roswag”, IV Encuentro de Arqueología del Suroeste Peninsular, Huelva, 2009, pp. 881912.

LORRIO, A.J., “Los celtas en el occidente de Iberia”, en Gonzalo Ruiz Zapatero y Jesús Álvarez Sanchís (Eds.), Castros y Verracos,  Diputación de Ávila, 2011, pp. 45-100.

VILLARONGA, L., Corpus Nvmmvm Hispaniae ante Avgusti Aetatem, Ed. José Antonio Herrero, S.A., 1994.