miércoles, 17 de junio de 2015

La renta del papel sellado

Publicado en Numismático Digital, 17 de junio de 205


http://www.numismaticodigital.com/noticia/8473/la-renta-del-papel-sellado.HTML

La renta del papel sellado fue un tributo instaurado por Felipe IV en 1636, que supuso una nueva función del uso del sello público o auténtico con fines recaudatorios. Objeto de estudio de la sigilografía, en su análisis convergen asimismo otras disciplinas, como son la numismática y la filatelia, especialmente la fiscal.

El origen del papel sellado se encuentra en Europa Occidental en la primera mitad del siglo XVII, aunque algunos autores han querido verlo en la Novela 44 del emperador Justiniano, que realmente sólo ordenaba a los oficiales públicos, los tabeliones, que no utilizasen otro papel que aquel que contuviese el protocolo con el nombre del comes sacrarum largitionum, por medidas de seguridad.

El presellado había sido utilizado excepcionalmente durante la Edad Media, y se encuentran menciones a ello en la Cancillería Papal en el siglo XII y en la Imperial en el siguiente. En la Cancillería Real Castellana tenemos también algunos ejemplos. Así, durante la minoría de edad de Alfonso XI, cuyo reinado comenzó en 1312, a la temprana edad de trece meses. En un período de luchas y tensiones por la regencia y el poder entre la alta nobleza castellana, se acordó que los tutores del rey , que fueron doña María de Molina, el infante Pedro, Juan el Tuerto, el infante Felipe y, posteriormente, don Juan Manuel, dispusiesen de cartas blancas para aquellos pleitos que afectasen a sus villas.

 Autores como Rau y Mac Culloch afirman que el papel sellado apareció en las Provincias Unidas, al ofrecer los Estados Generales de los Países Bajos un premio a quien descubriese un nuevo impuesto o arbitrio que fuese productivo para las arcas de la Hacienda y no resultase vejatorio. Otros autores, como Engels, afirman que dicho arbitrio, adoptado en el año 1624, imitaba a otros ya vigentes en países europeos, y Cibrario y otros investigadores afirman que fue España la primera nación en la que se utilizó el papel sellado.

 La razón de su implantación fue el desastroso estado de las arcas públicas de la monarquía de los Habsburgo, debido a los continuos enfrentamientos bélicos que se sucedían en esta época, y que ya había llevado a que en el año 1636 se había ordenado un resello para triplicar el valor de las monedas de vellón, y dos años antes, en 1634, se había doblado también el valor de la calderilla, moneda de vellón que contenía un cierto componente de plata en su aleación.

 Ante dicha penuria del Tesoro, y a propuesta de las Cortes de Castilla, se autorizó por el soberano Felipe IV el uso de la llamada renta del papel sellado, que se separó de la contribución conocida como servicio de millones, un tributo que tuvo su origen en el desastre de la Armada Invencible, que fue votado por primera vez en las Cortes de 1588-1590 y gravaba a todas las capas y clases sociales, salvo a los monjes franciscanos descalzos, y que consistía en un recargo sobre los precios del aceite, vino, vinagre, jabón, carne y las velas de sebo.

 Este nuevo tributo comenzó a regir por Real Pragmática de 15 de diciembre de 1636, Ley 1ª, título 24, libro X de la Novísima Recopilación de las Leyes de España. Para su ejecución se dieron las Cédulas de la misma fecha y de 4 de febrero y 16 de mayo de 1640. En esta última se crearon los sellos para despachos de oficio y para pobres de solemnidad, fijándose el precio para este último caso en cuatro maravedíes. En 1638 otra Real Cédula de fecha 28 de diciembre estableció la obligatoriedad del mismo en los territorios de las Indias.

 El uso obligatorio del papel sellado se convirtió en un importante recurso para la Real Hacienda, toda vez que había de ser necesariamente utilizado por los escribanos, notarios públicos, las instancias judiciales y otros fieles de fechos. Con ello, y tanto para atender las necesidades del Reino como la estabilidad de los documentos públicos y privados, se intentaba evitar las suplantaciones y los fraudes que se podían dar por el uso del papel común, toda vez que, al variar cada año, suponía una traba a los falsificadores, que deberían procurarse papel sellado de años precedentes.

 En los territorios de Ultramar la validez del papel sellado era de dos años, y a fin de aprovechar el papel que hubiese sido utilizado a su término se autorizó su resello. Dicho papel era distribuido y vendido por los oficiales reales, nombrados ex profeso. A fin de no tener que pagar más de una vez los derechos del sello si había erratas en los despachos, los escribanos debían signar, firmar, borrar o cancelar el papel sellado y remitirlo a los receptores, para recibir en su lugar otros a cambio.

Así, todos los títulos y despachos reales, las escrituras públicas, los autos y las actuaciones judiciales, las instancias y solicitudes al monarca y a otras autoridades, los documentos, los contratos entre particulares, las provisiones y otros instrumentos habían de escribirse necesariamente en un papel que llevara impreso un sello oficial en la parte superior del pliego. Dicha cabecera contenía el sello en tinta con las armas de la monarquía, los derechos a pagar, el año para el que había de servir y el nombre y el título del monarca.

Este papel sellado debía cambiarse cada año, y su fabricación e impresión estaba reservada al rey. Se dictaminó que hubiese, en un primer momento, cuatro tipos diferentes, en función de la calidad de los intervinientes y la cuantía de los instrumentos públicos y de las transacciones referidas en el documento. Estos primeros papeles sellados que se crearon tenían precios módicos, costando 272, 68, 34 y 10 maravedíes el pliego. Solamente en el año 1643 se habilitó papel sellado del precedente con una sobreimpresión. En los años 1658 y 1659 su valor apareció, además de en maravedíes, en reales. A partir de 1702 comenzó a aparecer el nombre del monarca reinante en el sello. Felipe V, ya en 1707, introdujo el papel sellado en Aragón y Valencia.

 El hecho de que el coste del papel no fuese excesivo en un primer momento, así como que no gravase de un modo constante y general a toda la población del reino, sino solamente a aquellos que litigasen o contratasen, hizo que este nuevo tributo, que encarecía el otorgamiento de actos jurídicos al sumarse a los derechos de los notarios y actuarios, fuese aceptado por los súbditos sin demasiada dificultad.

 Su obligatoriedad venía avalada por el hecho de que si no se utilizaba en los instrumentos públicos éstos carecían de valor y fuerza de obligar, además de que se establecían castigos corporales y multas a los contraventores, así como las mismas penas que a los falsificadores de moneda para aquellas personas que falsificasen los sellos oficiales que estaban estampados en este papel sellado.

 En 1636 Felipe IV manifestó que el establecimiento del papel sellado obedecía a los inconvenientes derivados de la abundancia de escrituras falsas, y ordenó que su falsificación daría lugar a la inclusión de todas las penas impuestas a los falseadores de moneda y a los que introducían moneda falsa de vellón, incurriendo según una Real Cédula de 1637 los escribanos por incumplimiento de las normas de su uso en la pena de los falsarios. Como ponía de manifiesto Lluís y Navas, la relación entre la legislación entre falsedades y delitos monetarios y sobre delitos en materia del papel sellado se explica por hallarnos ante dos manifestaciones del derecho de sellar, estampando un símbolo público para garantizar la autenticidad de un objeto, tanto la moneda como el documento.

 La difusión del papel sellado tiene una gran importancia en la historia de la sigilografía, ya que supuso la reutilización, con fines recaudatorios, del concepto del sello público o auténtico. La presencia del escudo de Armas de la monarquía confería al documento, público o privado, credibilidad. En el ámbito privado, el sello no pasa de ser una formalidad administrativa, y por tanto con valor inferior a las suscripciones y firmas personales, notariales y equiparables.

Aún en aquellos casos en los que las leyes exigían su presencia, su función básica es la corroborativa, no afectando dicha exigencia a la validez legal del documento, sino más bien a la solemnidad y, muy especialmente, a los efectos económicos y administrativos que pueden derivarse de la omisión de su presencia, así como a los delitos y penas en los que por su mal uso o falsificación se puede incurrir. Por todo lo anterior, como comenta el profesor Menéndez Pidal de Navascués, se puede afirmar que el concepto restringido de sello se ha visto disgregado, al perderse su doble soporte de unidad tipológica y su valor jurídico validatorio.

 Con la práctica del presellado, se perdió el uso del sello pendiente en cera o plomo, conservándose muy pocos ejemplares. Por vez primera, los sellos se imprimieron por medios mecánicos, reproduciendo una matriz original. Se generalizaron las matrices de metal acuñadas manualmente, con cuño y martillo, así como los sistemas mecánicos de prensas y discos, para el estampado de las improntas en tinta o en seco.

 La matriz provenía del llamado punzón, que se grababa en positivo e invertido y se fabricaba en acero, con el que posteriormente se grababan moldes de cobre, y posteriormente se fundían las reproducciones utilizadas para la impresión. Esto permitió una importante mejora en las técnicas de acuñación e impresión, pero a su vez llevó también a una mayor estandarización y reiteración en las improntas, con pérdida en los diseños arquetípicos de los valores artísticos, ornamentales y simbólicos que habían caracterizado al sello en épocas anteriores. Las improntas son habitualmente simples y monocromas, repitiéndose normalmente los diseños tradicionales, con pocas innovaciones.

 No podemos olvidar tampoco que la renta del papel sellado supone asimismo el surgimiento de lo que hoy conocemos como filatelia fiscal, y que, unos años después, en noviembre de 1715, se comenzó a utilizar el Sello Real en tinta, conocido también como sello negro, como franquicia postal. Por Orden de fecha 7 de diciembre de 1716 se introdujo el mismo como signo de franquicia o carta franca de porte para un determinado grupo de personas, como era el caso de miembros de la Corte y de ciertos ministerios, prohibiéndose su uso por cualquier otra persona. En las ordenaciones de los servicios postales del siglo XVIII, se hace referencia a las marcas utilizadas explícitamente como “sellos”.

 Bibliografía recomendada:

Amado Moyá, J., ¿Qué es la Filatelia Fiscal?Cuadernos de Filatelia. Fesofi nº 16. 2003.
Aracil, F. La Filatelia y cómo coleccionar. Edifil, S.A. 1991.
Escudero, J.A. (Ed). Curso de Historia del Derecho. Fuentes e instituciones jurídico-administrativas.1985.
Lluís y Navas, J., "Los criterios orientadores del sistema penal monetario en Castilla en la Edad Moderna". NVMISMA, nº 132-137, enero-diciembre 1975. pp. 215-234.
Menéndez Pidal de Navascués, F., Apuntes de Sigilografía española. Real Academia de La Historia. Ed. 1993.
Riesco Terrero, A. (Editor). Introducción a la Paleografía y la Diplomática General. Síntesis. 2000.

jueves, 11 de junio de 2015

El estudio de la moneda en la segunda mitad del siglo XVIII (I)

Publicado en Panorama Numismático, 11 de junio de 2015



En la segunda mitad del siglo XVIII destaca la obra de un pequeño grupo de filósofos, científicos naturalistas, prelados, profesionales liberales y economistas, que no formaron ninguna escuela. Sus obras son independientes, y tomaron prestado tanto de los otros autores españoles como de los extranjeros, dedicando más atención a las reformas institucionales necesarias que a las especulaciones abstractas. Junto con las reformas monetarias, los temas tratados por estos autores fueron las reformas en la agricultura, industria y comercio, así como la instauración de impuestos más justos.

En este contexto hay que situar a las Sociedades de Amigos del País, cuyas actividades están documentadas en ensayos voluminosos, actas de sesiones y diarios. Entre los reputados profesores que prestaron sus servicios en el Seminario de Vergara se encontraban Francisco de Chavaneau, descubridor de la purificación y aplicación del platino, los hermanos Elhúyar o el sueco Andrés Nicolás Thunborg Hook, que redefinió las técnicas de purificación del platino. La lista de sus miembros, recogida por Ortiz, incorporaba a los más reputados pensadores ilustrados españoles y extranjeros, así como a importantes grabadores como Tomás Francisco Prieto y Gerónimo Antonio Gil.

De entre los autores de la segunda mitad del siglo, algunos volvieron su vista al pasado, como Antonio de Capmany, Eugenio Larruga o Ignacio Jordán de Assó. De la obra de este último destaca su Historia de la Economía Política de Aragón, una importante fuente para conocer la circulación y el derecho monetarios de este reino. Juan Sempere y Guarinos y el Conde de Campomanes reeditaron los escritos de los autores del siglo XVI. El abate santanderino Miguel Antonio de la Gándara publicó en 1760 su obra Apuntes sobre el bien y el mal de España. Según este autor:

Entra (por decirlo mejor) el oro y la plata en España á pequeños riachuelos, y sale á grandes océanos. Regionem vestram coram vobis alieni devorant.
Y si no decidme, ¿no se descubrieron las Indias el año de 1492? ¿No han corrido hasta el de 1759 doscientos setenta y siete años? ¿no es cosa sabida que uno con otro han producido á lo menos treinta y ocho millones de pesos fuertes? ¿no suman estos productos diez mil ciento quarenta y seis millones de la misma moneda? Si: pues respondedme ahora, si están en España ó fuera de ella?

Otro escritor que introdujo en España el pensamiento económico europeo fue Bernardo Ward, que fue asimismo director de la Casa de la Moneda y Ministro de la Junta de Comercio y Moneda.. Tras un viaje por Europa por encargo de Fernando VI, escribió su Proyecto económico entre 1756 y 1762, si bien no fue publicado hasta 1779. Entre sus propuestas en materia monetaria encontramos una nueva mención a la idoneidad de la introducción de moneda de cobre en las Indias españolas, prácticamente idéntica a la de Cossío, así como la recomendación de la separación del oro contenido en las platas introducidas en la Casa de Moneda de México por medio de aguafuerte, lo que podía rentar, estimando unas entradas de catorce millones de pesos de plata, veintiún millones de reales de vellón en oro, y aunque no fuese más que la cuarta parte de esta cantidad, sería una magnífica producción.

Don Pedro Rodríguez de Campomanes es sin duda una de las figuras más importantes de la segunda mitad del siglo. Abogado y Académico de Historia, ocupó los cargos de Director General de Correos, Ministro de Hacienda y Presidente del Real Consejo de Castilla. Campomanes, que a juicio de Hamilton fue uno de los más capaces economistas y más grandes ministros de la historia de España, se jactaba en su Apéndice a la Educación Popular de que uno de sus mayores logros había sido el de haber evitado la inflación derivada de la emisión de papel moneda en otros Estados europeos.

El valenciano Enrique Ramos escribió en 1769, bajo el seudónimo de Antonio Muñoz, su Discurso sobre economía política. Estudió la moneda como medio para facilitar las operaciones del comercio en general. Definía la moneda como metal dividido en partes mínimas, cuya estimación señalaba la ley y cuya divisa era el escudo del Soberano, a quien competía en exclusiva esta prerrogativa, siendo su interés uno con el de sus vasallos en su buena ley. Para este autor, cualquier alteración en el dinero como cosa resultaba igualmente en el dinero como signo de las cosas, y fijar el premio del dinero, que era una tasa, no era el medio de conseguir la abundancia, que era la que a su entender abarataba las cosas.

Recogía igualmente que como los metales en el comercio interior de los Estados circulaban como signo, o moneda, según su valor extrínseco, y en el comercio exterior sólo se admitían por su valor intrínseco, el del metal que las monedas contenían, si la proporción entre ambos valores no era la misma en los Estados que mantenían relaciones comerciales, se podían ocasionar alteraciones y perjuicios. Por tanto, fabricar moneda que tuviese intrínsecamente más valor que como signo era un error involuntario en las Casas de Moneda, pero muy perjudicial, dado que se produciría su extracción por contrabando y se podría falsificar. A su entender, sólo hacía función de signo la cantidad de metales que correspondían al comercio de una nación, considerando el resto como mueble estéril. Si una nación, en el caso de tener más metales que comercio, prohibiese la extracción de capitales se equivocaría, dado que “…dentro es inútil, y puede ser productivo fuera”. Tras estudiar la moneda metálica, se dedicó al análisis de las Letras de Cambio y de los Bancos.

En esta misma época encontramos la obra del catalán Francisco Romà y Rosell, que publicó en 1768 Las señales de la felicidad de España y medios de hacerlas eficaces, en la que defendía postulados similares a los de Campomanes y Ward. Para este autor, las malas consecuencias de la abundancia de los metales preciosos nacían del supuesto de que dicha abundancia sobrepasase los límites de su proporción relativa, no solamente a las necesidades del reino y al número de consumidores sino también a la estimación que tuvieran en los países extranjeros. Afirmaba que si en España dieciséis millones de personas necesitasen doscientos millones de pesos en circulación para acudir a sus urgencias, con unos precios que imposibilitasen la mayor baratura de las manufacturas extranjeras a igual estimación que tuviese la moneda en los demás países, si se introdujesen otros doscientos millones sin aumentar ni la población ni las necesidades se duplicaría naturalmente el precio de todos los géneros y manufacturas nacionales, logrando la preferencia los extranjeros, mucho más baratos. En este caso, el remedio sería duplicar por medio del lujo el número de necesidades.

Otro autor destacado fue Miguel Gerónimo Suárez y Núñez, Archivero de la Junta de Moneda, miembro de distintas Sociedades Económicas de Amigos del País y de varias Reales Academias, activo traductor de autores franceses como Mollet, Duhamel o Macquer, entre otros, y prolífico y polifacético autor, que entre otros temas propuso un proyecto de creación de un Banco de Manufacturas. Este benemérito traductor, como afirma Aguilar, ni siquiera aparece en las obras de consulta más usuales o diccionarios o enciclopedias de escritores, siendo un escritor que sin ser original, como afirman Riera Palmero y Riega Climent, “…merecería un puesto de obligada cita en la ciencia y técnica española del siglo XVIII, que hasta ahora no ha sido suficientemente valorada”. Suárez fue el autor del Tratado legal theorico y práctico de letras de cambio, obra en dos volúmenes que recogía las ordenanzas de Bilbao, Cádiz, Sevilla, Barcelona y otras plazas españolas, así como las de los consulados y bancos de las principales plazas de comercio europeas, una obra que tuvo gran importancia en la formación del derecho mercantil propio de las nacientes repúblicas iberoamericanas, como pone de manifiesto el hecho de que fuese utilizada y comentada como jurisprudencia.

En sus Memorias instructivas recogía traduciendo a Condillac que los metales no eran mercaderías más que cuando se podían hacer con ellos diversas obras, estimarlos por curiosidad y emplearlos para el adorno, y por ser mercancía habían llegado a ser moneda. El oro y la plata no se habían introducido en el comercio por medio de ninguna convención como medio cómodo para los cambios, sino que tenían, como cualquier mercancía, un valor fundado en las necesidades, y por ese valor se habían convertido en la medida más cómoda de todas las demás. Su Tratado sobre el Comercio, y el Gobierno es una traducción de la obra escrita en francés por el Abate Étienne Bonnot de Condillac en 1776, Le commerce et le gouvernement, considérés relativement l'un à l'autre: Ouvrage élémentaire, por la que es considerado uno de los fundadores de la ciencia económica moderna. A pesar de no ser una obra original, sino una traducción, merece la pena estudiar su contenido por la gran difusión que tuvo en su tiempo.

El oro y la plata eran según este autor indestructibles, y tenían un gran valor, que se hallaba proporcionalmente en cada una de sus partes, pudiéndose encontrarse en cada porción una medida de cualquier especie de valor. La autoridad pública había venido en socorro del comercio, determinando su título o grado de pureza, dividiéndolos en porciones de un cierto peso cada una e imprimiendo sobre cada una de ellas una señal que atestiguase su peso y título, naciendo con ello la moneda, de valor conocido con sólo mirarla, que evitaba los fraudes y mantenía la confianza en el comercio. Para las compras de menudencias se introdujo la moneda de cobre. El dinero, inútil por sí mismo, dado que sólo con él nadie podría subsistir, era útil por haber sido escogido como medida de todas las cosas, por lo que la cantidad de dinero necesaria para proveerse de todas las cosas necesarias para la subsistencia era para él lo que para el otro los comestibles que se veía obligado a reservar para subsistir él mismo. Y una vez adquiridas las cosas necesarias, el precio de las superfluas era muy elevado, dado que a cualquier precio que se comprasen siempre creía el que las pagaba con dinero sobrante que daba menos por más.

Para mantener el comercio hacía falta poco dinero, al correr el crédito en su lugar, dado que los comerciantes establecidos en diferentes países se enviaban mercancías recíprocamente con mayor precio en los lugares donde se remitían, y las mayores empresas eran por lo regular en las que circulaba menor cantidad de dinero. Pero era siempre necesario dinero para el gasto diario, para el pago de los trabajadores y de los mercaderes que se dedicaban a la compra venta al menudo, siendo por estos canales por donde la circulación era más rápida y sensible, pero que suponía poca necesidad de efectivo. Dado que los metales utilizados en la moneda tenían un valor fundado en su utilidad, que aumentaba o disminuía en proporción de su rareza o abundancia, el hecho de que no siempre pudiese haber la misma cantidad de ellos en el comercio hacía variar sus valores relativos. En cuanto a la cantidad, hacía referencia asimismo a la cantidad consideraba relativamente a los usos que de ellos se hacían, como el cobre para las baterías de cobre de las cocinas, o la plata y el oro para vestidos o muebles.

Su Capítulo XIX viene dedicado a De el valor comparado de los metales de que se hacen las Monedas. Recogió traduciendo las ideas de Condillac la idea de que metales preciosos debían circular libremente por todos los pueblos de Europa, con lo que serían apreciados por la relación en la que se hallasen el oro en relación a la plata en todas las naciones tomadas en general, “… de el mismo modo que podría juzgarse en un solo Mercado común”, y defendía asimismo que todas las naciones de Europa removieran los obstáculos que se ponían a la introducción y extracción de mercancías.

Para saber más

AGUILAR PIÑAL, F., “Un traductor de la ciencia ilustrada: Suárez y Núñez”, Cuadernos Dieciochistas, 7, 2006, págs. 87-112.
ARDIT LUCAS, M., El Siglo de las Luces – Economía, Colección Historia de España 3er milenio, Madrid, Síntesis, 2007.
GÁNDARA, M.A. de la, Apuntes sobre el bien y el mal de España, Almacén de frutos literarios inéditos de los mejores autores españoles, T. I, Madrid, Imprenta de la Viuda de López, 1820, pág. 148.
HAMILTON, E.J., “War and Inflation in Spain, 1780-1800”, The Quarterly Journal of Economics, Vol. 59, No.1, November, 1944, págs. 36-77.
SAY, J.B., Tratado de Economía Política, ó exposición sencilla del modo que se forman, se distribuyen y se consumen las riquezas, 4ª ed., trad.de SÁNCHEZ RIVERA, J., T. I, Madrid, Imprenta de D. Fermín Villalpando, 1821.
SMITH, R.S., "Economist and the Enlightenment in Spain, 1750-1800", The Journal of Political Economy, Vol. 63, No. 4, August, 1995, págs. 345-348. Se trata de una recensión de la obra del ilustre hispanista francés Jean–Louis SARRAILH L’Espagne éclairée de la seconde moitié du XVIIIe siècle, Paris, Klincksieck, 1954, págs. vi+779.
SUÁREZ Y NÚÑEZ, M.G., Tratado legal theorico y practico de letras de cambio, Vol. I y II, Madrid, Joseph Doblado, 1788.
SUÁREZ Y NÚÑEZ, M.G., Memorial literario, instructivo y curioso de la Corte de Madrid, Tomo XV, Madrid, Imprenta Real, 1788.
SUÁREZ Y NÚÑEZ, M.G., Memorias instructivas, y curiosas sobre Agricultura, Comercio, Industria, Economía, Chymica, Botánica, Historia Natural, &;, T. III, Madrid, Pedro Marin, 1778,
ORTIZ DE URBINA MONTOYA, C., “Un gabinete numismático de la Ilustración española: La Real Sociedad Bascongada de los Amigos del País y Diego Lorenzo de Prestamero”, Cuadernos Dieciochistas, 5, 2004, págs. 203-250.
WARD, B., Proyecto económico, en que se proponen varias providencias dirigidas á promover los intereses de España, con los medios y fondos necesarios para su plantificación: Escrito en el año de 1761, Obra Póstuma, 4º Impresión, Madrid, Viuda de Ibarra, 1787.

domingo, 7 de junio de 2015

La herencia española en la moneda iberoamericana y su permanencia

Publicado en Numismático Digital, 3 de junio de 2015

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De todos es conocido el capital papel que la moneda española tuvo en la economía a nivel mundial en la Edad Moderna. No podemos olvidar que la Monarquía Hispánica fue la unión monetaria y fiscal más grande conocida por la Historia, y que otros imperios que le sucedieron, como el británico o el francés, no fueron capaces hasta muy entrado el siglo XIX, y en algunos territorios no llegaron ni siquiera a conseguirlo, de dotar a sus colonias de un numerario uniforme, dependiendo en muchas ocasiones del batido muchos años antes a nombre de los monarcas hispanos o del nuevamente acuñado por las nuevas repúblicas hispanoamericanas.

El sistema monetario hispánico, que había tenido una dilatada existencia y había capeado con pequeños cambios estructurales nefastas crisis económicas mundiales, comenzó a entrar en crisis con la participación de España en la Guerra de Independencia norteamericana, una decisión motivada entre otras causas por las adversas circunstancias climáticas derivadas del Meganiño que durante el último cuarto del siglo XVIII produjo graves sequías en las regiones agrícolas continentales americanas y frecuentes y devastadores huracanes en el área caribeña.

La drástica reducción de la llegada de remesas a la Península motivó, entre otras medidas, un aumento en la presión financiera y el recurso a los Vales Reales, el primer papel moneda español, de introducción muy tardía en relación a otros estados europeos pero con similares y nefastas consecuencias políticas, sociales y económicas, no sólo en el territorio peninsular, sino también en los propios Reinos de las Indias, como ha estudiado Gisela Von Wobeser para el caso de la Nueva España. Según esta autora, su consolidación propició las primeras manifestaciones y movilizaciones, y provocó un rechazo generalizado contra el régimen español y la búsqueda de nuevas alternativas políticas.

El problema se agravó con la invasión napoleónica de la España peninsular y la cruenta Guerra de Independencia, considerada por muchos autores de Historia Militar como un prolegómeno de las brutales devastaciones producidas por los grandes conflictos militares del siglo XX. En una España europea totalmente destrozada por esta guerra atroz y en los territorios ultramarinos de la Monarquía se sucedieron desde este momento y hasta 1825 las revueltas y las revoluciones, que dieron como resultado la atomización de la antes mencionada unidad política, fiscal y monetaria, dando al traste con tres centurias de historia común.

Como afirma Alejandra Irigoin, este proceso afectó significativamente no sólo al desarrollo político, sino también y fundamentalmente al económico, de las nuevas Repúblicas. Dado que el sistema hispánico involucraba vastas regiones en tupidas redes comerciales y redistribuía por varias vías, desde los situados a los negocios, grandes cantidades de moneda en todo el espacio continental, su quiebra supuso la obvia ruptura de estos vínculos. En el mismo sentido, como recogen Prieto Tejeiro y Haro, en la España europea este modelo monetario tradicional sobrevivió mientras siguió afluyendo la plata de las Indias, y la quiebra del imperio supuso su final.

La inestabilidad política, económica y social de ambos hemisferios hispánicos durante buena parte del siglo XIX tiene en esta fragmentación una de sus causas fundamentales, no siempre ponderada en su importancia a mi entender entre los historiadores que se dedican al estudio de esta época. El naufragio de la Monarquía conllevó asimismo el abandono de las explotaciones mineras menos rentables, lo que no solamente influyó en la economía de las nuevas Repúblicas, sino que además tuvo como efectos la gran cantidad de papel moneda emitido a nivel mundial en el primer cuarto del siglo XIX y la sustitución en el circulante de la moneda metálica por el mismo.

Como afirmaba Lluis y Navas-Brusi, en tanto que la moneda es la expresión de un poder político, y que el mismo respondía en las nuevas Repúblicas al precedente español, el resultado es que su numerario propio es a su vez función del precedente, incluso en la actualidad. Mientras que en un primer momento el peso del precedente español fue considerable, con posterioridad se fue diluyendo, dado que como afirmaba este autor, suele ser un fenómeno constante en la Historia que al sobrevenir cambios políticos los mismos repercuten sobre la moneda, aunque con un cierto retraso.

Salvo en el caso de las monedas de Agustín I en México, las emisiones de los nuevos estados adoptaron el castellano en sus leyendas, rompiendo con la tradición del uso del latín en las mismas. En un primer momento se conservaron igualmente los tipos de letra, más irregulares y redondeados que los adoptados a mediados del siglo XIX, con la sustitución del utillaje heredado de la época virreinal por las nuevas máquinas de acuñar.

Subsistieron asimismo en una primera fase los símbolos estrictamente monetarios, como las marcas de ceca, los numerales de los valores y las siglas de ensayador, y según Lluis y Navas-Brusi en cuanto a la distribución general de la simbología de las piezas perduró una cierta herencia hispana general, normalmente con una efigie en el anverso y un blasón en el reverso, si bien esta continuidad pertenece más bien al campo de las formas generales del arte monetario de la cultura occidental.

Se conservaron igualmente los valores del sistema, los pesos y sus divisores, especialmente el real, si bien se produjeron alteraciones en la nomenclatura que no conllevaron la alteración sustancial de las especies monetarias. Las primeras emisiones de reales de a ocho o pesos se produjeron en Potosí por las Provincias Unidas del Río de la Plata, en Chile y en Colombia, mientras que en otras repúblicas las primeras emisiones nacionales con nombre de pesos se dilataron en el tiempo. Costa Rica emitió medios pesos en 1850, Guatemala pesos en 1864, si bien con anterioridad había batido reales, El Salvador en 1861 y Paraguay en 1888. En la República Dominicana, de convulsa historia, se acuñaron reales de a diez en 1855 y los pesos con este nombre no aparecieron hasta 1897.

Mientras tanto, y durante un periodo más o menos largo, siguió circulando la moneda batida bajo gobierno español. Dicha pervivencia, digna de ser estudiada en profundidad en el caso de cada espacio político concreto, se produjo tanto en la moneda de mayor módulo y reconocimiento, como era el caso de los pesos o reales de a ocho de plata nacional acuñados en las cecas indianas, como en las más humildes monedas macuquinas de menor formato, de longeva circulación en numerosos territorios, especialmente en aquellos que carecían de minas para su sustitución por un nuevo numerario con los signos propios de cada uno de los nuevos estados.

Otra más que interesante línea de investigación es el uso de los distintos resellos utilizados por los insurrectos y revolucionarios americanos durante sus sublevaciones, así como la continuidad en la circulación de las emisiones oficiales españolas una vez alcanzada en las distintas repúblicas su independencia, habilitadas en muchas ocasiones mediante resellos, que si bien en algunos casos suponían una nueva valoración, en otras tantas solamente trataban de dotar al circulante de los símbolos de la nueva soberanía.

Otro tema que a mi entender merece mayor atención y estudios pormenorizados es el relativamente importante papel que las pesetas provinciales españolas, las acuñadas en las cecas peninsulares, tuvieron en el circulante de amplias áreas en las nuevas repúblicas independientes, por su introducción vía comercio tanto con la antigua metrópoli como con otros territorios caribeños y norteamericanos no hispánicos, donde circularon profusamente.

Los pesos de origen hispánico siguieron siendo durante el siglo XIX, como he intentado mostrar en varios artículos, una moneda internacional. Lluis y Navas-Brusi citaba los casos del reino de Camboya, que llegó a acuñar moneda con la indicación en castellano un peso, indicadora de su equivalencia con el numerario de general aceptación, y de los buques corsarios alemanes que durante la Primera Guerra Mundial utilizaron los dólares mejicanos para sus pagos a los países neutrales.

BIBLIOGRAFÍA
IRIGOIN, A., “Las raíces monetarias de la fragmentación política de la América Española en el siglo XIX”, Historia Mexicana, vol. LIX, núm. 3, enero-marzo, 2010, pp. 919-979.
LLUIS Y NAVAS-BRUSI, J., "La herencia española en la moneda hispanoamericana", NVMISMA, nº 28, septiembre-octubre 1957, pp. 55-92.
MAR, A., The science of Money, George Bell & Sons, Londres, 1885.
MONTANER AMORÓS, J., Los resellos. Las monedas españolas reselladas en el mundo, Valencia, 1999
PRIETO TEJEIRO, E., y HARO, D. de, Las reformas monetarias en la primera mitad del siglo XIX: Una aproximación a la historia monetaria de España desde el Trienio Constitucional hasta la Ley Monetaria de 1848, Madrid.
VON WOBESER, G., “La Consolidación de Vales Reales como factor determinante de la lucha de independencia en México, 1804-1808”, Historia Mexicana, Vol. 56, nº 2, 2006, pp. 373-425.

jueves, 14 de mayo de 2015

El estudio de la moneda en la primera mitad del siglo XVIII

Publicado en Panorama Numismático. 14 de mayo de 2015

http://www.panoramanumismatico.com/articulos/el_estudio_de_la_moneda_en_la_primera_mitad_del_siglo_x_id02112.html

En la obra de algunos de principales autores de nuestro Siglo de las Luces encontramos importantes investigaciones sobre la moneda, tanto en estudios sobre numismática como de economía o de matemáticas aplicadas. Entre los que produjeron sus obras en la primera mitad de esta centuria destacan las figuras de Jerónimo de Uztáriz, José García Caballero, José Antonio Villaseñor, Antonio Bordazar, Bernardo de Ulloa y José de Campillo y Cossío.

Un importante autor que desarrolló sus estudios a caballo entre los siglos XVII y XVIII fue Jerónimo de Uztáriz. Nacido en Santisteban, Navarra, en 1670, sirvió en el ejército de los Países Bajos, fue ministro del Virrey de Sicilia en 1705 y ocupó importantes cargos en la administración financiera hasta su muerte en Madrid en 1732. Su obra más importante fue Teórica y Práctica de Comercio y de Marina, publicada en 1724, de gran influencia doctrinal y práctica durante el setecientos. Estudió, con la perspectiva que le otorgaba el tiempo transcurrido, la importante reforma monetaria de 1680 en el capítulo C IV de su obra. Uztáriz consideraba, como los autores del siglo precedente,  importantes los metales preciosos, y estimaba que el comercio que se practicaba en su época era pernicioso, al suponer la salida de numerario del país. Pero no confiaba en las fórmulas mercantilistas anteriormente defendidas, como la prohibición de la saca de moneda, salvo en la existencia de una balanza comercial favorable. Para la obtención de la misma, proponía una nueva y adecuada regulación arancelaria, gravando con tipos altos la importación de manufacturas y la exportación de materias primas, y con tipos bajos la exportación de manufacturas y la importación de materias primas, suprimiendo las aduanas interiores.

En 1731 el Ensayador Mayor José García Caballero escribió su Breve cotejo, y valance de las pesas y medidas de varias Naciones, Reynos, y Provincias. En el mismo exponía lo que se debía entender por moneda, siguiendo lo afirmado por San Isidoro de Sevilla. Debían de ser únicamente las emisiones de oro, plata y cobre, y debían necesariamente de cumplir tres cualidades precisas: materia, forma y cantidad. Si alguna de ellas faltase, sería suficiente para no ser considerada como tal. Por materia se entendía el metal, puro o ligado; por la forma el cuño, estampa de la efigie o las armas del Príncipe que la mandó labrar; y, finalmente, por cantidad, el peso que debía tener cada moneda. A su entender, si una persona tuviese un pedazo de plata del peso de un real de a ocho y con su misma ley, si le faltase el sello del Príncipe nadie lo tomaría por tal real de a ocho. Asimismo, si alguien tuviese ese mismo real de a ocho, de su ley y con las improntas, y el mismo estuviese cercenado o limado, nadie lo querría recibir por su justo valor. Igualmente, si el metal careciese de la ley adecuada, tampoco sería aceptado. También debían cumplirse otras dos condiciones, que eran la declaración de su ley y bondad intrínseca, conocida por los teólogos y juristas como valor essencial, y la declaración de su valor impositicio, por el que debía correr la moneda en el comercio.

García Caballero afirmaba que de no cumplirse dicho valor esencial, se cometería un delito contra el Derecho de Gentes, y el nombre de la autoridad emisora quedaría para siempre infamado y no tendría crédito, dando los ejemplos de los reyes de Francia Felipe el Hermoso y Carlos IX, así como el de Alfonso II el Católico de Aragón, que acuñó moneda de menor peso que la acostumbrada para sostener la guerra contra los moros, viniendo su hijo Pedro II obligado por un Decreto del Sumo Pontífice Inocencio III a recogerla y labrar otra del peso legal, al ser “…precisa obligación de los Principes el conservar las monedas en su antiguo peso, y ley, como fiadores de la fè publica”.

El historiador, geógrafo y matemático novohispano José Antonio Villaseñor y Sánchez publicó en 1732 su primer libro referido a la plata, Pantómetra matemática combinatoria de las leyes de la plata de toda ley, una obra muy útil en su tiempo por la reducción que sufrió la ley de la moneda, y unos años después, en 1741, su Tablas o logaritmos del azogue y plata de toda ley.  En la misma consideraba equitativo el precio del azogue, un monopolio de la Corona, para beneficiar la plata, si bien en su tercera obra, impresa en 1742, Respuesta que Don José Antonio Villaseñor y Sánchez, Contador General de Reales Azogues expende a favor de la Real Hacienda, se arrepintió de su obra anterior, al haber suscitado opiniones encontradas con la suya.

En 1736 Antonio Bordazar publicó su Proporcion de monedas, pesos i medidas, una obra que destaca tanto por sus racionamientos matemáticos como por el estudio de la historia de la moneda, del numerario circulante y de las relaciones monetarias internacionales, incluyendo en su libro tanto la valoración de las monedas antiguas, como hizo igualmente García Caballero, como las distintas monedas circulantes en numerosos países y sus cambios en moneda española. Su obra es asimismo importante para conocer valoración contemporánea de la moneda de los Reinos de la Corona de Aragón y del numerario portugués, dando su estimación en relación al circulante castellano. Para Bordazar, la moneda se llamaba así porque “… nos amonesta con el sello el Autor, i el precio, ò porque persuade la indemnidad del peso, i de la lei”. La moneda tenía a su entender el valor y estimación intrínseca dimanada de la voluntad del príncipe que la establecía, y era uno de los elementos que mantenían el cuerpo político, “…ò por mejor decir,  su sangre arterial”. Asimismo, afirmaba metafóricamente que:

No hay funámbulos, que assi procuren sostenerse por medio del equilibrio sobre la cuerda; como las Naciones, por la igualación de las monedas en el comercio, subiéndolas, i bajando à la igualdad reciproca, i conveniente; ò digamos que el valor de la moneda es una música, en que el concierto de los mas hace conocer à cualquiera su desentono, i para hacer coro, sube, i baja de punto.

Esta definición es una de las mejores descripciones coetáneas de cómo se producían los ajustes monetarios en un tipo de economía mercantilista. Consciente de ello, Bordazar reflejaba su opinión de que, habiendo subido la valoración de la moneda en España, era verosímil, como así sucedió, que subiesen las de las demás naciones o que se distinguiese entre la plata nueva y la vieja, como ya hacían los mercaderes. Informaba asimismo que cómo se había valido de libros anteriores a la reforma monetaria, dando la información de las monedas de numerosos países de Europa y puertos de Levante referida a su valoración en moneda castellana de plata vieja.
          
Bernardo de Ulloa, hermano del célebre Antonio de Ulloa, nacido en Sevilla en la segunda mitad del siglo XVII, fue el último mercantilista español, y siguió las opiniones de Uztáriz en su obra Restablecimiento de las fábricas y comercio español, publicada entre 1740 y 1746. Como en los demás autores mercantilistas, su preocupación principal fue la consecución de una favorable balanza comercial exterior, y consideraba que se deberían regular las aduanas exteriores y suprimir las exteriores. Su obra es muy importante en lo referente a las Indias, toda vez que fue en el tema del decaído comercio con ellas donde propuso soluciones como la libertad industrial, considerando que no podía ser dañino el enriquecimiento de las diferentes provincias de una misma Corona.  Ulloa calculaba que cada año salían de España quince millones de reales de a ocho o pesos hacía los países extranjeros, dado que siempre había escasez de moneda a pesar de no cesar de llegar de las Indias. Recogía los cálculos de Sancho de Moncada, que había estimado en el año 1619 que entre 1492 y 1595 habían llegado de América dos mil millones en plata y oro registrados, y los de Pedro Fernández de Navarrete, que afirmaba que entre los años 1519 y 1617 se habían traído a España registrados mil quinientos treinta y seis millones.

Destaca asimismo la obra económica del político José de Campillo y Cossío, que ocupó los ministerios de Hacienda, Marina, Guerra e Indias. Entre 1741 y 1743, el año de su muerte, publicó tres obras de contenido económico, Lo que hay de más y de menos en España, para que sea lo que debe ser y no lo que es en 1741, España despierta en 1742 y Nuevo sistema de gobierno económico para la América, con los males y los daños que le causa el que hoy tiene, de los que participa copiosamente España, en 1743. En el caso concreto de los Reinos de las Indias, abogaba por la introducción de moneda de cobre, que no existía, y el transporte a los mismos de la mayor parte de la calderilla que había en España, dado que su falta atrasaba mucho el comercio al por menor, y su uso y práctica daría en América, según sus propias palabras:

… un nuevo ser al comercio y a los mismos Indios necesitados; pues se acomodará cada uno á u posibilidad y á las reducidas especies de moneda que habrá ó deberá haber; lo que ahora no pueden executar por el alto valor de la plata, que es la que únicamente da ser á sus monedas.

Continuaba sus reflexiones afirmando que:

Decir que la plata es tan comun en América, que se necesite de moneda de cobre, lo debemos tener por un absurdo claro y clásico. La América es el pais del mundo que tiene mas miseria; pero los que aseguran esto, no miran á los Indios como gentes, y solo cuentan con los Españoles, que es otro absurdo; pues el comercio comprehende á todas clases, y el consumo que excluye a los pobres nunca será rico.

Para saber más

ARDIT LUCAS, M., El Siglo de las Luces – Economía, Colección Historia de España 3er milenio, Madrid, Síntesis, 2007.
BORDAZAR DE ARTAZU, A., Proporcion de monedas, pesos i medidas, con principios practicos de Artihmetica, i Geometria para su uso, Valencia, Imprenta del Autor, 1736.
CAMPILLO Y COSSIO, J. ,Nuevo sistema de gobierno económico para la América, con los males y los daños que le causa el que hoy tiene, de los que participa copiosamente la España; y remedios universales para que la primera tenga considerables ventajas, y la segunda mayores intereses, Madrid, Imprenta de Benito Cano, 1789.
ESPINOSA PITMAN, A., José Antonio Villaseñor y Sánchez, 1703-1759, Universidad Autónoma de San Luis Potosí, México, 2003, Editorial Universitaria Potosina, págs. 146-147. 
GARCIA CAVALLERO, J., Breve cotejo, y valance de las pesas y medidas de varias Naciones, Reynos, y Provincias, comparadas y reducidas à las que corren en estos Reynos de Castilla: Declarase tambien la ley, peso, y valor de algunas monedas Hebreas, Griegas, Romanas y castellanas, y de otros Reynos, y Señorios, recopilado, y sacado con todo cuidado, y diligencia de los Autores de mayor erudicion, que han escrito sobre esta materia, citando sus Autoridades y corrigiendo sus equivocaciones: Añadense otras noticias, y nuevas curiosidades, propias del Autor, para mayor inteligencia, y claridad de esta Obra, Madrid, Imprenta de la Viuda de Francisco del Hierro, 1731.

ULLOA, B. de, Restablecimiento de las fábricas y comercio español: Errores que se padecen en las causas de su cadencia, quales son los legitimos obstáculos que le destruyen, y los medios eficaces de que florezca, T. I y IIMadrid, Antonio Marin, 1740 y 1746.

jueves, 30 de abril de 2015

La circulación de la moneda española en Brasil

Publicado en Numismático Digital, 29 de abril de 2015

http://www.numismaticodigital.com/noticia/8324/

La escasez de moneda propia en Brasil obligó a las autoridades portuguesas a autorizar la circulación de la moneda española en el territorio. Según Beltrán, la acuñación de moneda en Brasil fue muy tardía, por lo que se recurrió al cambio directo y al uso de las monedas de las Indias españolas o metropolitanas, con resellos no sólo de autorización, sino de elevación de su valor. Según Torres, es posible que ya desde mediados del siglo XVI las más de veinte casas de fundición de las que hay noticia resellaran o marcaran moneda indiana española, o incluso batiesen su propio numerario, dado que, aunque no se conservan ejemplares, existen algunos indicios documentales.

Ya en fecha tan temprana como comienzos del siglo XVII se comenzaron a resellar las monedas españolas en circulación, constando en las mismas el valor en reis otorgado. Existen resellos sobre reales sencillos, dobles, de a cuatro y de a ocho, con una corona muy sencilla y los números 60, 140, 240 y 480, respectivamente. En 1643, como recoge Foerster, los reales de a cuatro valían 240 reis, y en 1663 300 reis.

Juan IV autorizó en 1643 la circulación de los reales de a ocho, que se conocieron como patacas, y los de a cuatro o meias patacas, que fueron resellados mediante un carimbo con la corona real portuguesa y con indicación de su valor en reis, como antes se indicó. Los resellos se llevaron a cabo en Salvador de Bahía, Río de Janeiro y Marañón. En un principio cada real indiano estaba valorado en 2 vintens o 40 reis.

En Brasil se hicieron patentes los problemas derivados de los escándalos potosinos, y en 1647 y 1651 se prohibió la circulación de la moneda perulera, si bien se siguió permitiendo la batida en la ceca de México y la acuñada en las cecas peninsulares de Sevilla y Segovia, y en 1655 se volvieron a autorizar las monedas peruanas de nuevo cuño.

Nuevamente hacia 1670 se volvió a resellar la moneda española en circulación, mediante un anagrama con corona y los numerales 75, 150, 300 y 600, que representaban los valores en reis de los reales sencillos, de a dos, de a cuatro y los pesos. Tan sólo cinco años después se realizaron nuevos resellos, para adecuar la moneda española a su nueva valoración, con los números 80, 160, 320 y 640 –reis-. Hacia 1680, se resellaron asimismo reales de a cuatro y pesos con los valores 300 y 600 dentro de un recuadro coronado, y con otro resello de una esfera armilar coronada.

Desde que a finales del siglo XVII se descubrió oro en el territorio, una parte del mismo pasó a los territorios indianos de España a cambio de plata y otras mercancías. Como afirman Martin de Sousa y Valério, los principales productos de las Indias de ambas Coronas, como el algodón, carnes, azúcar o tabaco, eran similares, si bien Brasil fue un importante punto de introducción de mercancías europeas de contrabando.  Aunque la moneda de oro no tenía circulación legal en Brasil  este metal circulaba en el territorio, y eran comunes las joyas y ornamentos religiosos fabricados con el mismo, debido a que por su abundancia era relativamente barato. El punto principal de su entrada en los territorios hispánicos era el estuario del Plata.

Humboldt nos informaba que Brasil era el receptor de la mayor parte de la plata de contrabando que salía del virreinato del Perú. Dicho comercio ilícito se producía al este de los Andes, por la cuenca del Amazonas. A su entender, para la plata del virreinato meridional Brasil era un mercado casi tan lucrativo como lo era China para el septentrional. Entre 1/5 y ¼ de la producción de las minas de Pasco y de las de Chota habría seguido este camino. Por esta vía habrían salido de contrabando, según sus cálculos, doscientos millones de pesos desde el descubrimiento del continente hasta 1803.

El volumen de este tráfico hacía que algunas personas en Lima, según este autor, pensasen que si se vivificase el comercio por esta gran arteria fluvial sería mayor la exportación fraudulenta de plata. Ello había sido una rémora para el desarrollo económico de las provincias amazónicas del virreinato, las regadas por los ríos Guallaga, Ucayalo, Bení y Puruz, ahora conocidos como Huallaga, Ucayali, Beni y Purús, si bien su despoblación había facilitado enormemente la actividad de los contrabandistas.

A partir de 1808 se autorizó nuevamente el resello de los reales de a ocho españoles, dándoles el valor de 960 reis. Este valor, como recoge Santos, era el fijado en Minas Gerais, Cuiabá y Mato Grosso. En fecha 1 de septiembre de ese año se autorizó por alvalá a resellar los pesos de las cecas indianas, aplicándoles un resello o carimbo bifacial con el escudo de Minas Gerais y el globo de Brasil, siendo el facial que se le aplicaba notablemente superior al precio real de la plata. Montaner recoge otros resellos regionales realizados en Mato Grosso en 1818, en Ciuaba entre 1820 y 1821, en Ceara hacia 1834 y en Piratiny, como luego veremos, hacia 1835.

Blair afirmaba que entre 1810 y 1816 la moneda de plata circulante en Brasil estaba compuesta exclusivamente por reales de a ocho españoles reacuñados, siendo visibles los motivos originales cuando se hacía una inspección detallada. Eckfeldt y du Bois recogían asimismo que las emisiones de 960 reis de valor facial acuñados entre estos años eran “…simplemente dólares españoles en un nuevo vestido”.

Esta autorización coincidió cronológicamente con la fundación del Banco de Brasil y con la autorización de la circulación de los vales emitidos por las Reales Casas de Fundiçao do ouro da Capitania de Minas Gerais, cuyo exceso de emisión produjo su descrédito hasta en un 80%. Como afirmaban Eckfeldt y du Bois, si bien en 1833 se crearon nuevas monedas de plata con valores de 1.200, 800, 400, 200 y 100 reis, que al menos nominalmente estaban acuñadas de acuerdo con el patrón español de fineza, el circulante brasileño estaba principalmente compuesto por papel moneda.

Durante la conocida como Revolução Farroupilha o Guerra dos Farrapos, entre 1835 y 1845, liderada por la clase dominante gaucha de Rio Grande do Sul y en la que participó el después héroe de la Unificación Italiana Giuseppe Garibaldi,  se legalizó la moneda circulante en el territorio, entre ella la española. De entre las monedas reselladas, destacan las blastracas, moneda cortada normalmente de plata peruana o potosina resellada con valores de 100, 200 y 400 reis. Esta moneda cortada tenía formatos irregulares, con la línea de corte lisa, dentada u ondulada, y se utilizaba para cubrir las necesidades locales de moneda fraccionaria.  

BIBLIOGRAFÍA:

BELTRÁN MARTÍNEZ, A.,  Introducción a la Numismática universal, Madrid, 1987.
BLAIR, E.H., The Philippine Islands 1493-1898, Vol. LI, 1801-1840.
ECKFELDT, J.R., DU BOIS, W.E., A manual of gold and silver coins of all nations, stuck within the past century, Philadelphia, 1842.
FOERSTER, G.H., “Plata hispanoamericana en circulación mundial del siglo XVI hasta el siglo XX. Monedas de una exposición numismática”, Gaceta Numismática 141, junio 2001, pp. 41-59.
FOERSTER, G.H., “Un “Rarolus” de Santiago de 1796”, Crónica Numismática, diciembre 2005, p. 48.
HUMBOLDT, A. von, Ensayo Político sobre la Nueva España, T.III, Paris, 1827
MARTINS DE SOUSA, R. y VALÉRIO, N., “Portuguese prices and Brazilian gold in the 18th century”, 13th International Economic History Congress on “Global Moneys and Price Histories, 16-18 Centuries”, Buenos Aires, 2002.
McCLELLAN, L., “Two-bits, four-bits, six-bits, eight...” www.columnarios.com, 15 Jun 2008.
MONTANER AMORÓS, J., Los resellos. Las monedas españolas reselladas en el mundo, Valencia, 1999.
SANTOS, R.E., “El desarrollo monetario anglosajón en Brasil (1801-1822)”, Crónica Numismática, abril 2001, pp. 55-59.
TORRES, J., “La implantación de la moneda en América”,  Revista de Filología Románica, 11-12, UCM, 1994-95.

VICTORINO, Y., A Moeda da Revolução Farroupilha, Fundo da gaveta do Yuri




“Piezas de 960 reis de Juan VI del Brasil sobre duros españoles”, NVMISMA, nº 23, noviembre - diciembre 1956, pp. 179-180.

domingo, 5 de abril de 2015

La moneda española en Tahití

Publicado en Numismático Digital, 1 de abril de 2015
http://www.numismaticodigital.com/noticia/8242/

La isla de Tahití fue descubierta por Pedro Fernández de Quirós en 1606, y en el siglo XVIII fue visitada por algunos navegantes europeos, como el británico Samuel Wallis o el francés Louis Antoine de Bouganville. La Corona española, tras tener conocimiento de estos viajes y los de James Cook, con el fin de evitar el establecimiento en la Polinesia de otras potencias occidentales y para evangelizar a la población, tomó posesión en 1772 de la isla, que recibió el nombre de Amat, en honor del virrey del Perú Manuel Amat y Junyent.

El Virrey Amat envió cuatro expediciones: una a la isla de Pascua en 1770, que tomó posesión de esta isla, que recibió el nombre de San Carlos, en honor del monarca reinante, y otras tres a la Polinesia, con el objeto de ubicar sus islas en el mapa y fundar colonias, con el fin de proteger con ello las costas americanas. La primera expedición a Tahití salió del puerto del Callao el 26 de septiembre de 1772 en la fragata El Águila, al mando de Domingo de Bonaechea. Sus instrucciones fueron muy precisas, en el sentido de que el fin de la misma era “…atraer nuevas almas a la religión cristiana y nuevos vasallos al Rey”, lo que al parecer se cumplió, dado que Cook afirmó más tarde que los habitantes de Tahití siempre se referían a los españoles “…con las mayores expresiones de estima y consideración”.

Una nueva expedición fue enviada en 1774 al mando de Bonaechea, acompañado de dos misioneros, fray Jerónimo Clota y fray Narciso González, y de los dos indígenas supervivientes de los cuatro que vinieron en la primera expedición, llamados Pautu y Tetuanui. También les acompañaba como intérprete el limeño Máximo Rodríguez, que había aprendido el idioma en el primer viaje, y cuyo Diario es considerado actualmente la principal fuente de estudio de la sociedad tahitiana de la época. El día 1 de enero de 1775 se tomó posesión de la isla en nombre del Rey de España.  Tras la muerte de Bonaechea, la expedición volvió al Perú, dejando en la isla a Máximo Rodríguez, a los dos misioneros franciscanos y al grumete José Páez, que abandonaron asimismo la isla con la expedición de Lándara de 1775. Con ello se abandonaron definitivamente los intentos de establecimiento españoles en la isla.

La única referencia numismática que tenemos de estos viajes es que el comandante de El Águila recibió de la Real Hacienda para la expedición cien monedas de medio real y otras tantas de un real, que en su anverso llevaban el busto de Carlos III. Estas monedas, posiblemente acuñadas en la ceca de la capital virreinal, estaban perforadas con un agujero para servir de adorno a los collares que los españoles entregaron a los indígenas tahitianos.
Esta costumbre está ampliamente documentada en la América española, donde según Rocha las medallas de proclamación eran guardadas con cariño por los indios, y era habitual que se las colgaran al cuello, por lo que salvo escasas excepciones tienen un pequeño agujero para tal fin. Estas monedas fueron ensartadas en alambres junto con cuentas de vidrio azul, a modo de sarcillos, y según Máximo Rodríguez los tahitianos se los colocaban en las orejas a modo de pendientes.

En los años posteriores otros europeos, como nuevamente James Cook y la famosa Bounty del capitán Bligh visitaron la isla. Entre 1767 y 1797 Tahití perdió dos tercios de su población debido a las epidemias y el alcoholismo, en un fenómeno común al resto de la Polinesia y Nueva Zelanda. Tahití se convirtió en suministrador de carne de cerdo seco para la colonia penitenciaria de Port Jackson, hoy Sydney,  y en 1819 el rey Pomare II ordenó la destrucción de los ídolos, y la población estaba ya mayoritariamente cristianizada.

Durante el reinado de la reina Pomaré, antes del establecimiento del protectorado francés en la isla, la moneda más apreciada por sus habitantes eran los reales de a ocho españoles, la piastre espagnole à double colonne, si bien según los autores galos los aborígenes no conocían el valor de la plata, dado que no era extraño que ofertasen dos pesos fuertes por un objeto brillante. Los reales de a ocho recibían los nombres de dalla o tara, el mismo que posteriormente y hasta el siglo XX se dio a los dólares y a los pesos de las repúblicas iberoamericanas en circulación en la isla.

Cuando en 1843 los franceses tomaron posesión de la isla, la unidad monetaria adoptada fue el 20 de noviembre de ese año la de la moneda de cinco francos de plata, con un valor equivalente a los pesos chilenos en circulación. Pero en la práctica esta moneda oficial no se correspondió con la moneda circulante, dado que el numerario estaba compuesto en 1850 por onzas chilenas de oro, con un valor de 84 francos, y sus divisores de medio, cuarto y octavo de onza o doublon,  a un valor de 40, 20 y 10 francos. En cuanto a la moneda de plata, se encontraban en circulación los reales de a ocho españoles, con un valor de dos francos y medio, y las pesetas, estimadas en 1 ¼ francos.

En 1862, una tabla de cambios publicada en el periódico Messager de Tahiti muestra circulación de numerosas monedas foráneas en los establecimientos franceses de Oceanía, como los soberanos británicos y las águilas y dólares estadounidenses de oro y los dimes norteamericanos, chelines británicos y diversos pesos fuertes de plata, entre ellos el Douro d’Espagne, con un valor de 5 francos y 30 céntimos, y los reales españoles, que se estimaban en 66 céntimos. La presencia simultánea de estas monedas creaba dificultades, existiendo agios bancarios para los pagos y en las letras de cambio, y pérdidas o ganancias según la moneda utilizada.

Las ordenanzas del gobierno de 1857 y 1863 prohibieron la entrada de dólares de oro de San Francisco y la de los cóndores y medias piastras chilenas, lo que se convirtió en papel mojado.  La situación se complicó con la entrada de moneda falsa procedente de Perú y de Bolivia, con una ley menor que la legal. No fue hasta 1910 cuando se consiguieron erradicar por las autoridades del territorio los pesos chilenos y sustituirlos por numerario francés. Como se afirmaba en el Rapport de la Assemblée de la Polynésie Française 11-2006, de la Commission des finances, sobre una proposición para la introducción del Euro en el territorio, con la instauración del Banco de Indochina el 1904 el franco se fue imponiendo progresivamente a las monedas extranjeras en circulación, principalmente chilenas y peruanas


Bibliografía:

ALONSO IBARROLA, J.M., Tahití y sus islas. Guía, 2010.
BOVIS, E., “État de la société tahitienne à l'arrivée des Européens”, Revue Coloniale, 1855. Réédité en 1978 à Papeete par la Société des Études Océaniennes (74 pp.) 
MARTÍNEZ ABELLÁN, “Apport espagnol au mythe de Tahiti”, Babel, Littératures plurielles, 1/1996, pp. 61-71.
MELLÉN BLANCO, F., “El marino Santoñés Felipe González Haedo y del descubrimiento de la Isla de Pascua”, Monte Buceiro 2 –Cursos 1998, pp. 201-216.
MELLÉN BLANCO, F. “Un diario inédito sobre la presencia española en Tahití (1774-1775)”, Revista Española del Pacífico nº 2, Año 1992, pp. 109-182.
MORDIER, J.P., Tahiti: 1767-1842. Des premiers contacts au Protectorat, Service éducatif des archives territoriales de Polynésie française, CRDP, 2005.
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TUMAHARI, L. “Les expéditions espagnoles à Tahiti au XVIIIe siècle”, http://www.lehman.cuny.edu/ile.en.ile/pacifique/tumahai_expeditions.html

VERDE CASANOVA, A., “España y el Pacífico: Un breve repaso a las expediciones españolas de los siglos XVI al XVIII”, Asociación Española de Orientalistas, XXXVIII (2002) 33-50.