domingo, 2 de mayo de 2021

Thomas Jefferson y el establecimiento del peso español como patrón monetario Thomas Jefferson and the establishing of the Spanish dollar as the US monetary standard

Publicado en UNAN Numismática nº 41, marzo-abril 2021 


https://www.academia.edu/47879670/Thomas_Jefferson_y_el_establecimiento_del_peso_español_como_patrón_monetario_Thomas_Jefferson_and_the_establishing_of_the_Spanish_dollar_as_the_US_monetary_standard

No hay duda de la importancia de Thomas Jefferson en la historia de los nacientes Estados Unidos. Unánimemente considerado uno de los padres fundadores, fue el principal autor de la Declaración de Independencia de 1776 y su tercer presidente, además de un reconocido científico, diplomático y estudioso. También fue el principal defensor del establecimiento del sistema monetario estadounidense en vigor y de la adopción del sistema métrico.

 El sistema británico de medidas, incluidas las monetarias, no relacionaba matemáticamente sus unidades. A ello se unía la crónica escasez de moneda metálica en circulación, suplida como hemos visto en anteriores artículos por los reales de a ocho o peso principalmente, pero también con presencia en menor medida de otras monedas foráneas, como los Joes o Johannes portugueses de oro, los ducados de oro alemanes o los propios escudos de oro españoles.

 Como también hemos visto, el problema se agravaba con el hecho de que cada una de las colonias tenía su propia moneda de cuenta y valoración de los pesos españoles, convertidos a guineas, libras y chelines. El problema de la complejidad en los cálculos desaparecía al llegar a las libras, donde las operaciones se elevaban a la decena, por lo que abogaba por el uso del cálculo decimal para hacer frente a dicho caos monetario. Con ello buscaba, además de racionalizar los cambios, cortar los lazos con el pasado británico del nuevo país.

 There is no doubt about Thomas Jefferson's importance in the history of the nascent United States. Unanimously considered one of the founding fathers, he was the principal author of the Declaration of Independence of 1776 and its third president, as well as a renowned scientist, diplomat and scholar. He was also the main advocate of the establishment of the U.S. monetary system in force and the adoption of the metric system.

 The British system of measures, including monetary ones, did not mathematically link its units. This was joined with the chronic scarcity of metal currency in circulation, mainly supplemented as we have seen in previous articles by the Spanish dollar or peso, but also with a lesser presence of other foreign coins, such as the Portuguese Joes or Johannes of gold, the German gold ducats or the Spanish gold escudos.

 As we have also seen, the problem was compounded by the fact that each of the colonies had its own account currency and valuation of Spanish pesos, converted to guineas, pounds and shillings. The problem of complexity in calculations disappeared when it reached the pounds, where operations rose to the ten, so he advocated the use of decimal calculation to deal with such monetary chaos. In doing so, he sought, in addition to streamlining the changes, to cut ties with the British past of the new country.

 Ya en 1776 elaboró un Informe para el Congreso sobre el valor de la moneda en los diferentes estados, que como es sabido tenían la potestad de emitir papel moneda. Asimismo, durante la guerra la situación se agravó al inundar los británicos el territorio con circulante continental falso, y abogó por la unificación monetaria. Nuevamente se manifestó contra la propuesta de Robert Morris de 1782 de la utilización como  unidad monetaria de la 1.440 parte de un peso de cuño español.

 Es en estas circunstancias en las que redactó su famosa obra Sobre el establecimiento de una unidad monetaria y de una acuñación para los Estados Unidos, fechada el 5 de marzo de 1784. Comenzaba su disertación con las características que a su entender debía cumplir la unidad monetaria: de tamaño conveniente para ser utilizada en las transacciones diarias, con sus fracciones y múltiplos de fácil proporción, y que tanto la unidad como sus divisiones fuesen similares a alguna de las monedas conocidas, para que fuesen de fácil adopción para el público.

 As far as 1776 he produced a Report for the Congress on the value of the currency in the different states, which as it is known had the power to issue paper currency. During the war the situation was also aggravated by flooding the British with false continental currency, and advocated monetary unification. He again spoke out against Robert Morris's 1782 proposal to use the 1,440 part of a Spanish milled dollar as a monetary unit.

 It is in these circumstances that he wrote his famous On the Establishment of a Money Unit, and of a Coinage for the United States, dated March 5, 1784. He began his dissertation with the characteristics that he believed the monetary unit had to fulfil: of convenient size to be used in daily transactions, with its fractions and multiples of easy proportion, and that both the unit and its divisions were similar to some of the known currencies in circulation, so that they were easily adopted for the public.

 Para Jefferson, el real de a ocho de cuño español cumplía todos esos requisitos, a diferencia de otros sistemas, como el francés de  libras, sueldos y dineros, el neerlandés con los gilden, stivers y frenings o el británico con sus libras, chelines, peniques y farthings. Con su propuesta de adopción del peso, en su opinión se deberían acuñar cuatro monedas: 

1. Una pieza de oro, con valor de diez dólares.

2. La Unidad o Dólar, de plata:

3. La décima parte de un dólar, de plata también.

4. La centésima parte de un dólar, en cobre.

 

En cuanto a la tercera de las premisas, que la unidad, sus múltiplos y divisores coincidiesen con monedas conocidas por la población, entendía que: 

1. La moneda de oro debía ser de un valor 1/5 superior a los medios Johannes o joes, o 1/15 superior a una doble guinea, con un valor de diez reales de a ocho.

2. La unidad, el real de a ocho, era según sus palabras una moneda conocida y la más familiar para la población, reconocida como medida de valor tanto como las respectivas libras provinciales.

3. La décima parte sería un bit, real español o media peseta provincial o pistareen, también una moneda familiar para todos.

4. En cuanto a la moneda de cobre, debía ser similar a los cobres de los cuatro estados del Este, que equivalían a 1/108 de dólar, al centavo de Nueva York o Carolina del Norte, con un valor de 1/96, o al centavo o cobre de Jersey, Pennsylvania, Delaware y Maryland, con valor de 1/90 de un dólar.

 También defendía la utilidad de batir numerario de plata de varios módulos, con lo que las cinco monedas acuñadas en plata que proponía eran: 

1. La unidad o dólar.

2. El medio dólar, o cinco décimos.

3. La décima doble, quinta parte del dólar, equivalente a la peseta provincial española.

4. El décimo, igual que el bit o real español.

5. Las cinco piezas de cobre, vigésima parte del dólar, equivalente a medio real o bit.


For Jefferson, the Spanish dollar met all those requirements, unlike other systems, such as French livre, sous and deniers, Dutch with gildens, stivers and frenings, or the British with his pounds, shillings, pennies and farthings. With his proposal for the adoption of the Spanish dollar, four coins should be minted in his view: 

1. A piece of gold, worth ten dollars.

2. The Silver Unit or Dollar:

3. One-tenth of a dollar, silver as well.

4. One hundredth of a dollar, in copper.

 

As for the third of the premises, that unity, its multiples and dividers coincide with coins known to the population, he understood that: 

1. The gold coin was to be 1/5 higher than the Johannes or joes, or 1/15 higher than a double guinea, with a value of ten dollars.

2. The unity, the dollar, was in its words a known currency and the most familiar to the population, recognized as a measure of value as much as the respective provincial pounds.

3. The tenth would be a bit, an Spanish real or half provincial peseta or pistareen, also a family currency for all.

4. With regard to the copper currency, it was to be similar to coppers from the four East States, which amounted to $1/108, to the New York or North Carolina cent, with a value of 1/96, or to the penny or copper of Jersey, Pennsylvania, Delaware and Maryland, worth 1/90 of a dollar.

 He also defended the usefulness of beating silver currency of several modules, so that the five coins minted in silver he proposed were: 

1. The unit or dollar.

2. Half a dollar, or five tenths.

3. The tenth double, one-fifth of the dollar, equivalent to the Spanish provincial peseta.

4. The tenth, same as the Spanish bit or real.

5. The five pieces of copper, twenty-one part of the dollar, equivalent to half Spanish real or bit.

 Después de desaconsejar la propuesta de Morris antes mencionada, delimitaba lo que se debía entender por dólar, una moneda acuñada en diferentes momentos, con diferentes pesos y fino y, por tanto, con diferente valoración –obviamente por las devaluaciones llevadas a cabo por Carlos III-, recogiendo os ensayos de sir Isaac Newton de 1717. Por ello, si se mantenían en circulación las piezas de todas las fechas, debería hacerse un promedio de su valor para aplicarlo a dicha unidad. 

Defendía que se utilizase el fino de la moneda española para la moneda, permitiendo mantener el británico de la vajilla, y con ello evitar la fundición del circulante.  En cuanto al fino de la moneda áurea, proponía el estudio de la ratio de su cambio con la plata en los países con los que se tuviese más comercio, mostrando su preferencia por el patrón británico de una onza por libra.

 Daba igualmente una serie de consejos para el Congreso, consistentes en designar personas adecuadas para que ensayaran y examinaran los pesos de cuño español de diferentes fechas de emisión en circulación y las otras monedas en circulación en los Estados, así como de la ratio oro-plata, para con ello informar al Comité de los Estados de los resultados, para ser presentados al Congreso. Tras ello, se debería preparar una Ordenanza para la emisión de moneda de oro, plata y cobre, siendo la unidad el real de a ocho español acuñado a volante, y fijando el valor con respecto a ella de las distintas monedas extranjeras en circulación.                   

After discouraging Morris's above-mentioned proposal, he delimited what was to be understood by dollar, a currency minted at different times, with different weights and fine and therefore with different valuation – obviously by the devaluations carried out by Charles III of Spain - collecting essays from Sir Isaac Newton of 1717. Therefore, if the pieces of all dates were kept in circulation, an average of their value should be made to apply it to that unit.

 He argued that the fine of the Spanish currency should be used for the coin, allowing the British for silver dishes to be maintained, thereby preventing the melting of the coins.  As for the fine of the golden currency, he proposed the study of the ratio of his exchange with silver in the countries with which he had the most trade, showing his preference for the British value of one ounce per pound.

 He also gave advises for Congress, consisting of appointing suitable persons to assay and examine the Spanish milled dollars of different issue dates in circulation and the other coins in circulation in the States, as well as the gold-silver ratio, in order to inform the Committee, to be presented to Congress. After that, an Ordinance should be prepared for the issuance of gold, silver and copper, with the unit being the real unit of the Spanish milled dollar, and setting the value with respect to it of the different foreign currencies in circulation.

 Como consideraciones adicionales, y con los comentarios recibidos, se decantaba por fijar la ratio oro y plata en 15 a 1, y obviaba los ensayes de los pesos más antiguos por haber sido realizados como antes indicábamos por Isaac Newton. No le quedaba duda de la adopción de dólar como unidad, toda vez que afirma que la población ya lo había adoptado, entre la valoración de cada estado en su libra propia y la común del real de a ocho español. Y, en cuanto a la moneda menuda, entendía que, de hacer falta una moneda más pequeña, recomendaba que se hiciese.

 En 1785 Jefferson presentó un plan revisado para ayudar a conciliar su propuesta con la de Morris, y ese mismo año o un año después, esta propuesta finalmente se llevó a cabo, debido al acuerdo entre las principales figuras del Congreso con el mismo.  El 2 de abril de 1792 se aprobó la Coinage Act o Mint Act, estableciendo el dólar de plata como unidad del sistema y el establecimiento de una ceca, declarando expresamente que la misma sería el valor de un peso de cuño español al mismo valor al que en ese momento estaba circulando.

 As additional considerations, and with the comments received, he opted to set the gold and silver ratio at 15 to 1, and ignored the essay of the oldest Spanish dollars because they had been performed as indicated by Isaac Newton. He had no doubt about the adoption of dollars as a unit, since he claims that the population had already adopted it, in the valuation of each state in its own pound and the common of the dollar. And, as for the small currency, he understood that, if a smaller currency was needed, he recommended that it must be made.

 In 1785 Jefferson presented a revised plan to help reconcile his proposal with Morris's, and that same year or a year later, this proposal was finally adopted, due to agreement between the main figures of Congress.  On April 2, 1792, the Coinage Act or Mint Act was approved, establishing the silver dollar as the unit of the monetary system and establishing a mint, expressly declaring that it would be the value of a Spanish dollar at the same value to which it was circulating at the time.

 

Fuente/ Source:

 JEFFERSON RANDOLPH, T., Memoir, correspondence and miscellanies, from the papers of Thomas Jefferson, Vol. I, Charlottesville, 1829.  

viernes, 23 de abril de 2021

La Medalla al Mérito para los jefes indios de Luisiana grabada por Tomás Francisco Prieto

 Publicado en Crónica Numismática, 23 de abril de 2021

https://cronicanumismatica.com/la-medalla-al-merito-para-los-jefes-indios-de-luisiana-grabada-por-tomas-francisco-prieto/

En el Archivo Histórico Nacional, en la sección de Papeles de Estado, encontramos un Expediente sobre la Amistad de varias naciones de Indios de Luisiana, entre los años 1778 y 1788. En el mismo se contiene la documentación relativa al acopio de efectos para regalos a los indios Uchizes –Creeks bajos- y Falapuches, así como la fabricación en la Casa de Moneda de México de medallas de plata según las muestras enviadas por el Gobernador, cuyo diseño fue encargado a Tomás Francisco Prieto.

 La medalla de la Real Efigie del Rey Nuestro Señor es la primera y más antigua condecoración militar europea, encontrándose la primera mención a la misma en su concesión en 1636 a los defensores de la ciudad francontesa de Dola. En tiempos de Felipe IV se otorgaba a los militares con veinte años de servicio, y en el reinado de Carlos II se formalizó su concesión por escrito. A partir del reinado de Carlos III se usó preferentemente para recompensar los méritos de los militares y aliados indios, y de los batallones de pardos y morenos, en el continente americano y en Filipinas.

 La costumbre de imponer medallas a los jefes indios fue igualmente utilizada por los franceses en el septentrión del continente americano desde 1669, e igualmente por los ingleses desde 1683. La misma costumbre fue heredada por los Estados Unidos de América, que desde su nacimiento acuñaron y distribuyeron este tipo de medallas, conocidas como “Indian Peace Medals”, sustituyendo el retrato del monarca británico por el del presidente de turno.

 Las Medallas al Mérito, labradas en oro y plata, fueron creadas el 14 de febrero de 1764 como reconocimiento de los méritos de las unidades de las milicias de La Habana, encargándose su diseño a Tomás Francisco Prieto. De las mismas se acuñaron en un primer momento 12 en oro y 32 en plata, y algunas en bronce para las personas que participaron en su emisión, y en 1765 se acuñaron 50 ejemplares más en plata.

 En el anverso de esta bella medalla se reproduce el busto del monarca Carlos III desnudo a la romana a derecha, con pelo corto, lazo y corona de laurel, y leyenda circular CARLOS · III · REY DE ESP · EMP · DE LAS INDIAS ·. En el corte del cuello aparece la firma del grabador, PRIETO. En su reverso reproduce la leyenda AL MERITO, rodeada de una corona de laurel con moño en la parte inferior. Su diámetro es de 38 milímetros.

 De este tipo se acuñaron en México medallas de plata grabadas por Gerónimo Antonio Gil, en 1780, con tipos similares, pero con leyenda en anverso CARLOS · III · REY · DE · ESPAÑA · EMPERADOR · DE · LAS · INDIAS y la firma del grabador, GIL. El diámetro de las mismas es algo superior a las de Prieto, de 40 milímetros.

 En fecha 12 de mayo de 1777 Bernardo de Gálvez, Gobernador de la Luisiana, remitió a su padre José de Gálvez un escrito en el que le hacía presente la conveniencia de enviarle medallas del mérito para los jefes indios, por lo menos tantas como las últimas remitidas. La petición fue aprobada por el monarca, lo que consta en el mismo expediente, en San Ildefonso el 17 de agosto de ese mismo año, en cantidad de veinticuatro o treinta.

 En la misma afirmaba que siempre que los jefes de indios llegaban a Nueva Orleans a visitarle le hacían presente que con las medallas del mérito entregadas en nombre del Rey no se hallaban distinguidos. Esto se debía a que las que se repartían en territorio inglés eran mucho más grandes, lo que les hacía pensar que era una prueba de que el Rey de España estimaba menos a los indios que el británico.

 Por ello, proponía que se hicieran nuevas medallas por lo menos otro tanto más grandes que las que últimamente se habían enviado, reservándose éstas para los segundos jefes, que no cesaban de solicitarlas y no se les podía entregar al ser tanto como distinguirlos como a los principales. Con ello se evitaría que fueran, según sus palabras, “… a pedirlas al Yngles que siempre busca todos los modos possibles para atraherlos en sus Dominios”.

 La nueva medalla fue encargada nuevamente a Tomás Francisco Prieto, que en fecha 25 de agosto escribió al Marqués de la Florida Pimentel. Adjunto a dicho escrito le enviaba tres modelos, siendo el primero la medalla ya realizada, el segundo la medalla de doble tamaño que la anterior y el tercero el tamaño de la moneda al doble de la hecha. En el tercer caso, afirmaba que su área no era admitida por los volantes, ni los troqueles cabían en sus cajas.

 El peso de las medallas pedidas sería de 8 a 10 onzas de plata y de 12 a 14 de oro. También preguntaba si la misma debía llevar asa o no, como las antiguas, y afirmaba que él se acomodaría a lo que le pidieran, pero no podía ordenar al cerrajero que hiciese los troqueles hasta recibir instrucciones precisas.

 En fecha 29 de agosto Miguel de Múzquiz y Goyeneche comunicaba que el Grabador General de Su Majestad le había remitido estos modelos de las Medallas al Mérito, utilizadas hasta ese momento para premiar a los jefes indios y a otros que se distinguían en el Real Servicio, dándole traslado al monarca. El día 11 de mayo de 1778 José de Gálvez remitió a su hijo doce medallas de plata, informándole que las anteriores debían reservarse para distribuirlas entre los segundos jefes. El acuse de recibo en Nueva Orleans tiene fecha de 2 de septiembre de 1778.

 De este segundo modelo grabado por Prieto, según Fernando Chao, hay dos variantes y tres cuños distintos del primero, entre 1778 y 1783. Los ejemplares actualmente conservados en plata y bronce son escasísimos, en instituciones públicas y en manos privadas, habiendo aparecido algunos ejemplares en enterramientos indios. Con las mismas leyendas y reverso, difiere en que el retrato del monarca lleva peluca con lazo y lleva al cuello la Orden del Toisón de Oro, así como en que la firma del grabador, T. PRIETO se encuentra en el corte del hombro. Su diámetro es de 54 milímetros.

 Existen igualmente ejemplares de este nuevo modelo acuñados en México, apareciendo debajo del busto, también con Toisón de Oro, el nombre del grabador, GERONIMO A. GIL. La leyenda del anverso es CARLOS III · REY DE ESP · EMP · DE LAS INDIAS ·. El diámetro de esta emisión es algo superior, de 57 milímetros, y aunque en alguna obra se ha afirmado que la misma se acuñó también en oro, parece que la misma se llevó a cabo exclusivamente en plata, habiendo ejemplares en bronce, como el conservado en la Biblioteca Real de Madrid.

 Las entregas de dichas medallas de la Real Efigie se llevaban a cabo mediante Tratados de Paz impresos, en los que los jefes indios plasmaban sus signos identificativos ratificando lo acordado, y se acompañaban de otros importantes elementos simbólicos de su parcial asimilación del gobierno español, como eran bastones de mando, estandartes con la Cruz de San Andrés y retratos del monarca, para poder ser exhibidos entre ellos como demostración de fidelidad a España. Los indios rechazaban las medallas de un jefe muerto porque consideraban que el suplente que la recibía moría durante el año. Para solventar esta situación, según Lázaro, los oficiales españoles blanqueaban la medalla y se la entregaban al sustituto como si pareciese nueva.

 La primera referencia al empleo de un enseña española la encontramos en 1773, cuando los tonicas, aliados de los ingleses que vivían en las riberas del Misisipí, fueron atacados por los chactas, quienes les obligaron a pasar sus mujeres a territorio español. El gobernador Villiers recibió orden de proteger a las mujeres tónicas. Algún tiempo después, Villiers fue invitado a una fiesta tonica, durante la cual los indígenas enarbolaron el pabellón español, pese a las protestas de sus aliados británicos. Los indios de la Luisiana y la Florida se sentían muy honrados cuando entraban a los parlamentos flanqueados por los estandartes españoles, y muchos jefes, entre sus solicitudes a los españoles, pedían que se les enviara una enseña.

Las gestiones llevadas a cabo supusieron la conclusión de varios Tratados de Paz, celebrados desde 1780 con numerosas naciones indias, muchas de ellas anteriormente ligadas a la Gran Bretaña, de los inmensos territorios de la Luisiana y las Floridas, que fueron ratificado el 28 de octubre de 1793, donde consta expresamente los que habían recibido la medalla grande y la pequeña:

 Tratado de paz y amistad entre su S.M.C. y los indios Creeks, Cheroquis, Chactas, Chicasas y Alibamones en que se ratifica lo celebrado desde 1784, se admite a los Cheroquis bajo la protección de la corona y se establece donde recibirán sus regalos. 28 de octubre 1793, Nogales.

 "Tratado de amistad y garantía entre S.M.C., Rey de España y Emperador de las Indias, por una parte, y por la otra las naciones Chicacha, Creek, Talapuche, Alibamones, Cherooke y Chacta; representado en nombre de Su Majestad por D. Manuel Gayoso de Lemos, Coronel de los Reales Ejércitos, Gobernador militar y político de la Plaza y Distrito de Natchez, comisionado para este efecto por el Barón de Carondelet, Caballero de la Religión de San Juan, Coronel de los Reales Ejércitos, Gobernador, intendente, vicepatrono de las provincias de la Luisiana y Florida Occidental, e inspector de las tropas veteranas y milicias de ellas; y en nombre de la Nación Chicacha, Ugulayacabe Mingo, Atakabeholacta, Mongulacha Mingo, Chicacha Olactaopaye, Stanapayahacho, Uefehuma y Euchenantla, jefes de grande y pequeña medalla y hombres considerados de la referida nación; en nombre de la Creek, Talapuche y Alibamon, Tasqueiniha, Sulusmatabe, jefes de grande medalla; Taskaopaye, Opaye, Atque, jefes de la pequeña, y su intérprete Payemingo, diputados y representantes de su Nación, nombrados para este efecto en junta general de ella; así mismo, estos referidos jefes son comisionados por la Nación Cherokee para que la representen en este tratado, por no poder asistir a él ninguno de sus propios jefes, hallándose empeñados en una campaña contra los Estados Americanos; y en nombre de la Nación Chacta, Franchimastabe, jefe principal de ella; Mingo Puscus, Mistchico, Saulushemastabe, Taboca, Itelaghana, Naulomastabe, Eachaopaye, Opahulo, Tapenahuma, Totehuma, Puchimataha, Taskaoninaopaye, Taskapataho, Yaganchuma, Nocjahumaacho, Taskaoupa, jesfes de gran medalla de la referida nación; y de la pequeña, Hoyupahouma, Stonahuma, Puchimastabe, Stonahacho, Pouchantiabe, Taskaameko, Olactaopaye, Panchabaonele, Payehouma y Ockhanahouman, y en presencia de otros diferentes jefes, y un grande número de capitanes y guerreros de las mencionadas naciones que se hallan presentes, y juntos en congreso convocado a petición de la nación Cherokee, se celebró este tratado a las inmediaciones de la fortaleza de Nogales, y los mencionados representantes convinieron unánimente en los siguientes artículos:

Artículo 1º - Que las Naciones Española, Chicacha, Creek, Talapuche y Alibamon y Chacta ratifican en el presente acto todos los tratados y convenios que tienen celebrados y hechos recíprocamente desde el año de 1784 hasta el tiempo presente, ya sea en esta provincia, en la de las Floridas, o en cualquiera de las referidas naciones, prometiendo guardar y tener cuanto en ellos se contiene del mismo modo que si en este se expresase.

Artículo 2ª - La Nación Cherokee suplica a S.M.C. que la admita bajo su inmediata protección, como lo están las naciones anteriores.

Artículo 3º - S.M.C. concede a la Nación Cherokee la protección que implora, y la considera en adelante del mismo modo que lo hace con las Naciones expresadas en el artículo 1º de este Tratado.

Artículo 4º - Las Naciones Chicacha, Creek, Talapuche y Alibamon, Cherokee y Chacta hacen una alianza ofensiva y defensiva, de modo que todas en general y cada una en particular prometen considerar unas a otras como parte de sus propias Naciones, de socorrerse recíprocamente y de no determinar punto esencial que pueda influir en la seguridad y conservación de cada una sin consultar a las demás.

Artículo 5º - Las Naciones mencionadas en el artículo anterior, hallándose bajo la protección de S.M.C., prometen no determinar asunto de la naturaleza que va expresada en el mismo artículo sin consultar al gobernador de esta provincia como representante de su S.M.C. en ella.

Artículo 6º - Las referidas Naciones en correspondencia de la protección que gozan y les dispensa su S.M.C. se hacen garantes, y se obligan a contribuir por su parte a la conservación de su dominio en toda la extensión de las provincias de Luisiana y ambas Floridas.

Artículo 7º - Las expresadas Naciones, como bajo la protección de su S.M.C., piden que sus ministros arreglen y convengan con los Estados Americanos los límites de cada una, fijándolos de un modo permanente para evitar todo motivo de discordia, y a fin de terminar las diferencias que sobre ellos hay entre los referidos Estados Americanos, y las Naciones Creek y Cherokee.

Artículo 8º - Su Majetad Católica, inmediato protector de dichas Naciones, mediará con los Estados Americanos para el arreglo de límites expresado en el artículo anterior a fin de conservar a cada una la pacífica posesión de sus tierras.

Artículo 9º - La Nación Chicacha desea recibir los regalos anuales que la generosidad de S.M.C. les dispensa en su misma nación, a la margen del río Misisipí donde irán a buscarlos en la primavera de cada año.

Artículo 10º - Las Naciones Creek, Talapuche y Cherokee desean recibir dicho regalos en Panzacola, a la misma época.

Artículo 11º - La Nación Aliabamon del mismo modo desea recibir los suyos en la Movila.

Artículo 12º - La Nación Chacta difiere a otra ocasión el elegir el paraje para la distribución de sus regalos.

Artículo 13º - Los regalos que anualmente S.M.C. dispensa a las referidas naciones se les entregarán en el tiempo y paraje que han señalado, menos a la nación Chacta, a la cual se le suspenderá hasta que a imitación de las demás, se fije en paraje determinado aprobado por el gobernador de esta provincia, para el reparto de los citados regalos.

Artículo 14º - Debiéndose en adelante distribuir los regalos anuales a las naciones, y en los parajes que se expresan en los artículos 9, 10, 11, cesarán de recibirlos en ninguna otra parte de estas provincias, y lo mismo se observará con la nación Chacta.

Artículo 15º - Que otros puntos que se han tratado en el presente congreso, pero que carecen de mayor reflexión, se determinarán en adelante en las mismas naciones indias por los comisarios de Su Majestad, con aprobación del gobernador de esta provincia, y verificado así tendrán dichas resoluciones y convenciones la misma fuerza que si estuviesen expresadas en este tratado.

Artículo 16º - Todas las naciones indias referidas en este tratado admitirán en sus naciones los comisarios que S.M.C. envíe a ellas, y de él recibirán todas las arengas que se les envíen de parte de los gobernadores de estas provincias, y al referido comisario entregarán las que ellos tengan que enviar a los mencionados gobernadores. Respetarán a dicho comisario, recibirán de él todos los consejos y prevenciones que les diere, y le informarán de cuanto sepan concerniente a los intereses generales de sus naciones, y de lo que pueda influir en la tranquilidad y seguridad de estas provincias, y asimismo lo considerarán como el juez privativo de los blancos residentes en las mismas naciones.

Artículo 17º - Que los blancos establecidos con familia o tráfico en dichas naciones, serán reputados como pertenecientes a ellas; pero lo que no se apliquen a ningún género de industria serán echados de ella.

Artículo 18º - La nación Chacta, en este momento, se decide y representa que desea recibir los regalos anuales que S.M.C. les dispensa en el viejo Tombecbé, que últimamente han cedido a S.M.C., y que igualmente desean que se les distribuya a la misma época que las demás naciones.

Artículo 19º - Finalmente, la nación Española y todas las naciones indias expresadas en este Tratado aprueban y ratifican todo lo que en él se contiene y recíprocamente prometen y juran de ser garantes unos de otros, y de considerarse dichas naciones Indias como una sola, bajo la protección de S.M.C., Rey de España y Emperador de las Indias, y Su Majestad Católica les asegura de su protección en todos los casos que la necesiten.

En prueba de lo que todos los representantes de las naciones que celebran este Tratado y van expresados a su encabezamiento, lo firman y hacen su marca de costumbre los referidos

indios, siendo testigos el capitán D. Elías Beauregard, comandante de este puerto; el teniente coronel D.Juan de la Villeveuvre, comisario por Su Majestad de las naciones Chacta y Chicacha; los intérpretes de las mismas, D. Benjamín Foay y D. Simón Favre, D. Juan Furnbull, D. Juan Girault, D. Antonio Marmillion y D. Juan Barvó y Ferrusola.

 

Sellado con el Real sello, y refrendado por el secretario, por Su Majestad, del gobierno de Natchez, y nombrado por el referido gobernador D. Manuel Gayoso de Lemos para asistir a este tratado en calidad de tal secretario, el cual se concluye el tercer día de conferencias en este puerto de los Nogales a veinte y ocho días del mes de Octubre de mil setecientos noventa y tres. Manuel Gayoso de Lemos - Nación Chicacha: Uguluyakabe – Nación Chacta: Franchi Mastabe - NAción Creek, Talapuche, Alibamon: Saluche Mastabe, Mingo Puscus, Mistichico - Nación Cherokee: Saluche Mastabe - Testigos: Juan de la Villeveuvre, Elías Beauregard, John Turnbull, Juan Girault, Benjamín Foay, Simón Favre, Juan Barvó y Ferrusola, Antonio Marmillión. Por mandado de Su Señoría, José Vidal.

 Fuentes

Archivo Histórico Nacional, Legajo 3884 bis, Expediente 7.

Archivo Histórico Nacional, Legajo 3898, expediente 4-22.

 Para saber más:

 CEBALLOS-ESCALERA Y GILA, A. de, “La medalla de la Real Efigie del Rey nuestro Señor” (c.1630-c.1868)”, Cuadernos de Ayala, nº 38, 2009, pp. 11-21.

CHAO, F., “Medallas de paz y reconocimiento a la fidelidad del Rey de España a los indios americanos”, Anuario Argentino de Numismática, IFINRA, 2018.

COX, S., “The rare Carlos III “Al Merito Medal”. A chronology 1764 to 1783”, The MCA Advisory, Julio 2010.

LÁZARO ÁVILA, C., “La diplomacia de las fronteras indias en América”, en Tres grandes cuestiones de la historia de Iberoamérica: ensayos y monografías: Derecho y justicia en la historia de Iberoamérica: Afroamérica, la tercera raíz: Impacto en América de la expulsión de los jesuitas [CD-Rom con 51 monografías]José Andrés-Gallego, 2005.

MEDINA, J.T., Medallas coloniales Hispano-Americanas, Santiago de Chile, 1900.

jueves, 15 de abril de 2021

La capital importancia de la plata novohispana durante la Guerra de la Independencia

 Publicado en Oroinformación, 15 de abril de 2021


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Tras la invasión de los territorios peninsulares de la Monarquía española por Napoleón en 1808 y la rápida ocupación de prácticamente todo su territorio por la Grande Armée, un ejército de 250.000 hombres al mando del propio emperador, las enormes transferencias fiscales, recibidas principalmente desde el Virreinato de Nueva España, fueron esenciales para el sostenimiento financiero del gobierno español y para la financiación de los ejércitos que luchaban contra dicha invasión. Aunque los ejércitos de algunas áreas como Galicia, Valencia o Cataluña fueron abastecidos con financiación obtenida de la propia población local, como afirma Carlos Marichal sin este enorme esfuerzo de los Reinos de las Indias es harto improbable que ni la Regencia ni posteriormente las Cortes de Cádiz hubieran podido sobrevivir a la ofensiva de las tropas napoleónicas en los terribles años de 1809 a 1811.

 A este formidable esfuerzo hay igualmente que sumar los enormes gastos derivados de la financiación de los conflictos y revoluciones que sacudieron al mundo atlántico en el convulso final del siglo XVIII. Antes de 1790, la Monarquía no había sufrido, como sucedió en Francia y en Gran Bretaña, fuertes déficits ni acumulación de deuda. A partir de 1793, sin embargo, los crecientes gastos derivados de las guerras contra la Francia revolucionaria, contra Gran Bretaña y la Guerra de las Naranjas contra Portugal llevaron a una mayor transferencia de moneda acuñada desde Ultramar, que sirvió para evitar la bancarrota de la Monarquía.

 Todo el sistema entró en crisis en el año 1792. El continuo estado de guerra llevó a la Corona a solicitar empréstitos y a emitir Vales Reales en cantidades crecientes, llevando al recientemente creado Banco Nacional de San Carlos al borde de la bancarrota. El desastre de Trafalgar y la pérdida de la flota obligaron a la Corona a firmar contratos con consorcios mercantiles extranjeros para hacer frente a sus compromisos en diferentes puntos de Europa.

 En los Reinos de las Indias se produjo asimismo una enorme descapitalización, provocada por la expropiación de las rentas llevada a cabo por la Corona, al no poder amortizar la gran cantidad de préstamos, donativos y Vales Reales emitidos, en un importe estimado solamente para Nueva España en 24 millones de pesos, como veremos una cantidad similar a la que fue remitida a Cádiz para financiar la guerra. En este virreinato, esta situación propició las primeras movilizaciones, manifestaciones de rechazo y la búsqueda de nuevas alternativas políticas.

 Desde verano de 1808 se abandonó la política de comercio neutral, para facilitar la llegada de transferencias de la Real Hacienda con destino a la península, en barcos de guerra acompañados por fragatas británicas. Estas transferencias, destinadas a la financiación del conflicto en un territorio controlado por la Junta Central cada vez más reducido, llegaron a Cádiz entre los años 1808 y 1811, los más duros de la guerra, cuando parecía que finalmente los ejércitos napoleónicos iban a salir triunfantes del enfrentamiento.

 Estas remesas fueron enviadas principalmente desde los puertos de Veracruz, Cartagena de Indias, Lima y Montevideo. José Canga Argüelles, que fuera ministro de Hacienda durante la Regencia, recogió en su obra Diccionario de Hacienda el monto global de estas copiosísimas remisiones, que ascendieron a la astronómica cifra de 29.378.027 pesos fuertes, y el puerto de origen de cada uno de los barcos. Las mismas fueron recibidas en Cádiz durante un duro y prolongado asedio de más de dos años y medio. De este montante, la principal contribución con mucha diferencia fue la realizada por las Reales Cajas de la Nueva España, en un importe de casi 25 millones de pesos. Esta cantidad es superior a la amonedada en todos los metales en un año entero en la Casa de Moneda de México que, según los datos aportados por Céspedes, fueron las siguientes durante este periodo:

Valores en pesos

Año

Oro

Plata

Total

1800

17.898.510

787.168

18.685.678

1801

15.958.044

610.368

16.568.412

1802

17.959.478

839.122

18.798.600

1803

22.520.856

646.000

23.166.856

1804

26.130.971

959.030

27.090.001

1805

25.806.074

1.359.728

27.165.802

1806

23.383.672

1.352.348

24.736.020

1807

20.502.433

1.512.266

22.014.699

1808

20.703.984

1.182.516

21.886.500

1809

24.708.164

1.464.818

26.172.982

1810

17.950.684

1.095.504

19.046.188

1811

8.956.432

1.085.364

10.041.796

Total

255.373.534

 La quiebra producida por la invasión francesa tuvo importantes repercusiones a lo largo y ancho del continente americano. Como en la península, fueron los Cabildos o Ayuntamientos los protagonistas de una serie de frenéticos y confusos cambios, que desembocaron en situaciones diametralmente opuestas. En una situación en la que no solo la práctica totalidad de la España peninsular sino prácticamente toda Europa Occidental estaba dominada por Napoleón, y ante el miedo a ser subyugados por una potencia extranjera, en algunos territorios derivó en Juntas revolucionarias, como en Quito, Caracas, Santiago de Chile o Buenos Aires, que en un primer momento no prosperaron, salvo en esta última capital virreinal. En otras áreas, como los virreinatos de Nueva España y Perú, sus administraciones se impusieron e impidieron el triunfo independentista durante muchos años

 Aun así, el saqueo realizado en Potosí por el Ejercito del Norte de las Provincias Unidas del Río de la Plata, comandado por Manuel Belgrano, y los desmanes concentrados en las áreas productoras de plata de los Reales de Minas novohispanos relatados por Elhuyar, trastocaron el flujo del metal argénteo, no solo a nivel local, sino planetario. Asimismo, a partir de estos hechos, las autoridades virreinales de Nueva España y Perú debieron, en el primer caso, controlar los focos insurgentes y, en el segundo, financiar las campañas de recuperación de los territorios ganados por la insurgencia, en una serie de fratricidas guerras civiles que finalmente desembocaron en la independencia de las repúblicas hispanoamericanas.

 Si bien, como afirmaba Napoleón en su destierro:

 

Esta maldita Guerra de España fue la causa primera de todas las desgracias de Francia. Todas las circunstancias de mis desastres se relacionan con este nudo fatal: destruyó mi autoridad moral en Europa, complicó mis dificultades, abrió una escuela a los soldados ingleses... esta maldita guerra me ha perdido.

 también supuso la implosión de la Monarquía española, un área que tricentenariamente había sido, en palabras de Irigoin, la unión monetaria y fiscal más grande jamás conocida, que derivó, tanto en España como en los nuevos entes políticos, en una larga época de continua inestabilidad social, política y económica, con frecuentes guerras civiles.

 Para saber más

CANGA ARGÜELLES, j., Diccionario de Hacienda, T.I., Madrid, 1833.

CÉSPEDES DEL CASTILLO, G., Las Casas de Moneda en los Reinos de Indias. Vol. II. Cecas de fundación temprana, Madrid, 1997.

ELHUYAR F. de, “Memoria sobre el Influjo de la Minería en la agricultura, industria, población y civilización de la Nueva España en sus diferentes épocas”, Madrid, 1825.

FRASER, R., La maldita Guerra de España. Historia social de la guerra de la Independencia 1808-1814, Barcelona, 2006.

GARCÍA GUERRA, E., “Moneda en España en los siglos XVI-XVIII”, en Historia de España XIV, Historia Moderna, La economía en la España Moderna, Madrid, 2006, pp. 201-240.

IRIGOIN, A., “Las raíces monetarias de la fragmentación política de la América española en el siglo XIX”, Historia Mexicana, vol. LIX, nº3, enero-marzo, 210, pp. 919-979.

MARICHAL SALINAS, C., “Beneficios y costes fiscales del colonialismo: Las remesas americanas a España, 1760-1814”, Revista de Historia Económica, Año XV, otoño-invierno 1997, nº 1, pp. 475-505.

MARICHAL SALINAS, C., La bancarrota del Virreinato de Nueva España y las finanzas del Imperio Español, México, 1999.

MARICHAL SALINAS, C., “Mexican Silver for the Cortes of Cadiz during the War against Napoleon, 1808-1811”, IES, 2008.

MIÑO GRIJALVA, M., “La Ciudad de México: de la articulación colonial a la unidad política nacional, o los orígenes económicos de la centralización federalista”, en RODRÍGUEZ O, J.E., Revolución, independencia y las nuevas naciones de América, Fundación MAPFRE Tavera, Madrid, 2005, pp. 161-192.

PAZ, J.M, Memorias póstumas del Brigadier General D. José M. Paz, Buenos Aires, 1855.

VON WOBESER, G., “La Consolidación de Vales Reales como factor determinante de la lucha de independencia en México, 1804-1808”, Historia Mexicana, Vol. 56, nº 2, 2006, pp. 373-425.

martes, 13 de abril de 2021

El madrileño de Chinchón Benito Hortelano Balvo y los primeros billetes falsos de Paraguay

 Publicado en Crónica Numismática, 13 de abril de 2021



El día 17 de marzo de 1860 el gobierno paraguayo concedió poder bastante a don Félix Egusquiza, Agente comercial del Paraguay en Buenos Aires, para que procediese a demandar civil y criminalmente a los falsificadores de billetes de tres pesos realizados en esta última ciudad. El principal inculpado era el impresor español Benito Hortelano, que había contado para su distribución en Paraguay con los también “españoles europeos” Juan Moreno, José María González y Martín Madrenas. El voluminoso expediente de sus actuaciones, conservado en el Archivo Nacional de Asunción, ofrece mucha información sobre esta primera falsificación de billetes llevada a cabo en Paraguay.

Los estudios realizados sobre este tema hacen referencia a sus consecuencias, la emisión de nuevos billetes y la retirada de los de esta emisión, tanto legítimos como falsos, y dan varios datos sobre la vida de Benito Hortelano. Estos billetes fueron emitidos en el año 1856, por Decreto de 13 de febrero, con un valor facial de tres pesos, impresos por el Tesoro Nacional en la Imprenta del Estado en blanco y negro y con unas dimensiones de 16,5 x 12,6 cm. En el mismo constan las firmas de don Carlos Antonio López, presidente del Paraguay, y de Manuel Ferriol y Saturnino Bedoya.

 En dicho expediente se recoge que Hilario Marco, Sargento Mayor de Infantería y Jefe de Policía de Asunción, certificó el arresto en el cuartel de policía, en virtud de varias denuncias de circulación de moneda falsa de a tres pesos a los españoles europeos Juan Moreno y como cómplices José María González y Martín Madrenas, y después de tomar sus declaraciones y con la constancia en que ellos atribuyeron la introducción de billetes falsos a Juan Moreno, le tomó declaración bajo juramento. Tras varios intentos, finalmente consiguió que declarara que Benito Hortelano elaboró en Buenos Aires dichos billetes falsos, juntando al efecto los elementos necesarios de varias imprentas, y valiéndose de varios grabadores, para completar los tipos que no halló en las imprentas, no dando razón de los que fueron, porque solo conocía de vista a uno de ellos, del que no sabía su nombre y que tenía casa en la entrada de la calle del Perú, a mano izquierda, y a otro apellidado Cataldi,  cuyo nombre también ignoraba.

 Destaca por su interés la declaración que se tomó en Buenos Aires el 24 de marzo de ese mismo año por el Jefe del Departamento General de Policía a Benito Hortelano:

 En el mismo día mes y año hice comparecer en mi despacho y con presencia del Oficial 1º de este departamento con quien actúo, al preso Benito Hortelano, a quien le hice saber que iba a presentar una declaración, y habiendo prometido bajo juramento en forma, que se le tomó, decir verdad en lo que supiere y fuese interrogado, fue preguntado – su nombre, edad, patria, religión y ejercicio, y dijo = llamarse Benito Hortelano, en 40 años en edad, español de nación, y en ejercicio impresor. Preguntado si sabe o presume la causa de su prendimiento, dijo que la ignoraba.

Preguntado si conoce a los individuos españoles Juan Moreno, José María González y Martin Madrenas – Dijo que los conoce,-Preguntado- si sabe dónde se hallan y en qué se ocupan: dijo que cree que se deben hallar al presente en el Paraguay, y que estos individuos son comerciantes y se ocupan de negocios de mercaderías entre Buenos Aires y aquel país.

Preguntado: donde conoció a esos individuos, y que aclare qué relación tiene con ellos; dijo que los ha conocido durante su permanencia en el Paraguay, que con Juan Moreno tiene bastantes relaciones de comercio y de amistad; a José María González lo conoce como que era dependiente, y que a Martín Madrenas lo conoce poco porque solo iba a su casa a hacerse afeitar; siendo éste barbero de profesión.

Preguntado-Qué clase de negocios ha tenido con Juan Moreno; dijo que el solo negocio que ha tenido con él fue el año 58, en que habiendo ido el declarante al Paraguay con una factura de mercaderías lo encargó  a Moreno de su venta.

 Preguntado- si ha hecho alguna clase de impresiones o mandado hacer para Moreno, y en este caso diga qué clase de impresiones fueron, como y cuando las hizo: dijo que sí, que por Orden del Señor General don Francisco Solano López que le fue comunicada por Moreno hizo una impresión de billetes en moneda del Paraguay, que para hacerlos uso los útiles de imprenta que posee, y esta impresión la hizo a fines del año 58 o principios del 59.

Preguntado- que personas le ayudaron a la impresión de los billetes que hizo y qué cantidad se imprimió: dijo que eran billetes de valor de 3 pesos, y no recuerda bien si fueron 4 o 5.000 los billetes que imprimió.

Preguntado- si tiene algunos billetes de los que imprimió y dónde los tiene: dice que tiene algunos billetes que quedaron porque Moreno no los quiso llevar; pero que ignora dónde los tiene, que sin embargo deben estar en su casa o en su imprenta.

Preguntado- si sabe que en Paraguay haya moneda falsa en circulación, qué clase de moneda es la falsificada y cómo lo sabe: dijo que no ignora.

Preguntado- Si la orden que dijo que recibió del Señor General López fue por escrito y si la tiene en su poder dijo que él no recibió la orden del Señor General directamente, sino que habiendo venido Moreno a esta ciudad le mostró una Orden de aquél en que lo autorizaba para mandar imprimir los billetes, y que por consiguiente no tiene ningún documento en su poder.

Preguntado- si ha recibido alguna cantidad de dinero de Moreno, cuánto ha sido y con qué objeto: dijo: que a más del valor de la impresión que se le pagó, Moreno le dio anticipadas 59 onzas de oro que el Señor General López debió abonarle por la subvención al Periódico Las Novedades que él redactara en esta ciudad.

Preguntado qué tipos compró al grabador Cataldi y a otros con el objeto de servirse para la impresión de los billetes- Dijo, que los tipos que mandó a hacer a Cataldi fueron las firmas que debían llevar los billetes, que éstas eran dos, cuyos nombres no recuerda; y que habiéndose recibido de Moreno él las considera con poder, hallándose en su cuarto en la imprenta.

Preguntado-si ha tenido correspondencia escrita con Moreno, y dónde se halla ésta- dijo, que ha tenido alguna correspondencia escrita con Moreno, y que en su cajón debe existir alguna carta suya.

Preguntado- si conserva la forma con que hizo los billetes-: dijo que no, porque después de concluida la impresión deshizo la forma- Con lo cual se concluyó esta declaración…

 El citado general Francisco Solano López era hijo del presidente Carlos Antonio López, llegaría a ser el segundo presidente constitucional de  Paraguay y murió en combate durante la Guerra de la Triple Alianza en 1870 Se encontraba en Buenos Aires y prestó una capital ayuda como mediador justo en estas fechas, el 11 de noviembre de 1859, para la firma del Pacto de San José de Flores entre los generales Justo José de Urquiza y Bartolomé Mitre, para la introducción del Estado de Buenos Aires en la Confederación Argentina.

 Dado que las pruebas presentadas y los testimonios de otros interrogados le imputaban, finalmente Benito Hortelano hizo una nueva declaración. Continúa el expediente explicando que:

 En virtud de la nueva declaración de Hortelano se procedió a buscar nuevamente los objetos indicados y fueron hallados en la imprenta de Mayo, calle de Belgrano dentro en un cajón ocupado con viñetas de imprenta los dos sellos con las firmas de los señores don Manuel Ferriol y don Saturnino Bedoya, y algunas viñetas y tipos que habían servido para imprimir los billetes; se encontró también una llave en uno de los cajones del escritorio de Hortelano, que resultó ser la de un baúl que se hallaba en la casa habitación de éste, calle de Salta nº59, y que abierto resultó estar lleno de ropa de uso, encontrándose en el fondo debajo de toda la ropa, seis paquetes con dos mil ciento y dieciocho billetes de moneda del Paraguay de a 3 pesos cada uno, todo lo cual se trajo a este departamento.

Que los dos sellos de la República del Paraguay y las firmas del Presidente López las hizo el grabador Lorenzo Almada, y que los demás tipos pertenecían a su imprenta. 

 En vista de las actuaciones, Félix Egusquiza solicitó que todos los imputados fueran entregados al gobierno de la República de Paraguay, dado que, a pesar de no haber tratado de extradición firmado, existía el convenio tácito entre todas las naciones de entregarse recíprocamente a los falsificadores de moneda, dado que “…ligado como está el comercio de todo el mundo, es de sostener común a todas las naciones la persecución y castigo de esta clase de criminales”. Ante la negativa del Ministro de Gobernación, que afirmó que el conocimiento de esta causa y el castigo del delito competían a los tribunales del país, Egusquiza solicitó el embargo de todos sus bienes, a lo que según las autoridades porteñas tampoco hubo lugar.

 La documentación incluida en este expediente llega hasta 1862. Hay que tener en cuenta que poco tiempo después, como parte de las Guerras Platinas y en parte debido a la agresiva política del citado Francisco Solano López en los asuntos rioplatenses, se desencadenó la conocida como Guerra de la Triple Alianza, el conflicto bélico más sangriento de la historia en Iberoamérica.

 Las nuevas emisiones de billetes paraguayos

 Mientras tanto, por Decreto de fecha 7 de marzo de 1860 se mandó recoger de la circulación el billete nacional de tres pesos y el falsificado de la misma clase, fabricado en la ciudad de Buenos Aires por el español Benito Hortelano. Para ello, el encargado del despacho del papel moneda, el ciudadano Juan Gregorio Valle, habiéndose recibido de los billetes de a tres pesos del nuevo cuño pagaría con ellos desde el primero de agosto, por cuenta del Tesoro Nacional los billetes suprimidos de a tres pesos, y los billetes falsos de la misma clase, por cuenta del producto de los bienes del falsificador Juan Moreno. La prelación para recibirlos sería primero el ejército y los habitantes de las seis parroquias de Asunción, y posteriormente el comisionado haría llegar sus avisos a los Comandantes de las Villas y a los jueces de Paz de las demás jurisdicciones de la República, para que acudiesen a recibir sus indemnizaciones, a fin de evitar aglomeraciones.


En otro Decreto de la misma fecha, y por razón de dicha falsificación, se ordenó que el Tesoro Nacional emitiría nuevos billetes, distintos a los anteriores, en una emisión de 900.000 pesos, en billetes de medio, uno, dos y cuatro reales, y en billetes de uno, dos y tres pesos. Las cantidades fijadas fueron de 10.000 pesos para billetes de medio real, 25.000 pesos para los billetes de un real, 50.000 pesos para los billetes de dos reales y 100.000 pesos en billetes de cuatro reales, 415.000 pesos en billetes de uno y dos pesos por mitad y 300.000 pesos en billetes de tres pesos, sumando así el total de las siete partidas los 900.000 pesos.


Los billetes debían llevar el sello de Hacienda en la parte superior, a la derecha estampada la rúbrica del Gobierno Nacional y en la inferior, las firmas y rúbricas originales de los ciudadanos autorizados por el Decreto para la habilitación de los billetes. Los billetes de a real y medio real llevarían la rúbrica del Gobierno Nacional y del Colector General. Mientras que los billetes de dos reales serían numerados, firmados y rubricados por los ciudadanos Elías Ortellado y Antonio Irala, los de a cuatro reales por los ciudadanos Matías Perina y Juan Esteban Molina, los de a un peso por Benigno González y Feliz  Larrosa, los de a dos pesos por Miguel Berges y Agustín Trigo, y los de a tres pesos debían ser firmados por los ciudadanos José Falcón y Manuel Ferriol. Se dispuso asimismo que continuarían en circulación los billetes de uno y dos pesos, y de a cuatro, dos, uno y medio real  hasta nueva disposición


Benito Hortelano


Nacido en Chichón el 3 de abril de 1819, trabajó en el campo hasta los 17 años, cuando se trasladó a Madrid y estudió por su cuenta artes gráficas. Ya establecido como editor e impresor, publicó obras históricas, literarias y científicas, así como folletos políticos. Fue asimismo el editor de periódicos políticos como El Observador y El Tío Camorra. Descubrió un complot contra Isabel II, por lo que fue propuesto para la concesión de la Cruz laureada de San Fernando, que finalmente recibió ya establecido en Buenos Aires en 1856. Participó en la revolución de Madrid del 7 de mayo de 1848, por lo que tuvo que exiliarse, primero en Francia y posteriormente en Buenos Aires, donde llegó en 1849.


En Buenos Aires trabajó como tipógrafo en el periódico Diario de Avisos entre este año y 1851, para posteriormente fundar los periódicos políticos El Agente Comercial del Plata, Los Debates y la revista satírica La Avispa. Fue uno de los fundadores de la primera colectividad española emigrante en Buenos Aires junto a Francisco Gómez Díez, Vicente Rosa y José Miguel Bravo, y del periódico El Español, que defendía los intereses de la colonia peninsular.  


Además de esta actividad, fue asimismo negociante de libros, fundando en 1852 la Librería Hispano Americana, que se convirtió en la librería de moda de la capital bonaerense, a la que añadió una imprenta adquirida en Uruguay. Fue un gran divulgador de la literatura española, y nunca abandonó su actividad periodística, como fue la publicación de la revista La Ilustración Argentina, el primer periódico ilustrado del país, ni cultural, con la fundación del Casino Bibliográfico. En los siguientes años publicó los periódicos Las Novedades en 1859,  El Eco Español en 1861 y La España en 1863. Simultáneamente, construyó el teatro El Porvenir, donde actuaron algunas compañías dramáticas españolas. Destacable es su Manual de tipografía para uso de los tipógrafos del Plata, publicado en 1861, coincidiendo cronológicamente con el juicio que estudiamos por falsificación.


Hortelano es también recordado por su filantropía, dedicación y ayuda a sus compatriotas más desfavorecidos. Fruto de ello fue la fundación del Hospital Español de Buenos Aires en 1871, para el auxilio de los españoles víctimas de la fiebre amarilla, a lo que dedicó sus esfuerzos hasta que contrajo él mismo la enfermedad y murió el día 13 de marzo de este año.


Dejó inacabadas sus Memorias, que fueron encontradas años después y publicadas por Espasa Calpe en Madrid en 1936. Las mismas, escritas en un lenguaje sencillo, son un buen referente para el análisis de la situación política y social de la España de la primera mitad del siglo XIX, así como de veinte años de la de Argentina y, en menor medida, de Uruguay y Paraguay. Las mismas acaban en 1860, pero no hay ninguna mención ni a esta falsificación ni al proceso en su meticulosa obra. Si se hace referencia en la misma a Juan Moreno, cuando afirma que su socio Juan José Pérez se alojó en su casa, y le describe como un comerciante fuerte habilitado por la casa de Lerica.


Documentos en el Archivo General de Asunción


Copia de la causa criminal seguido en oficio a Benito Hortelano por falsificación en Moneda del Tesoro, Sección Historia, vol. 444, nº1, año 1862.

Continuación de la copia de la causa criminal seguido en oficio a Benito Hortelano por falsificación, Sección Historia, vol. 444, nº6, año 1862.

Expediente sobre billetes falsificados introducidos en el Paraguay, Sección Historia, vol. 308, nº4, 1853.

 Para saber más:

 ANTAR MOREL, R., “Falsificación de monedas en Paraguay”, Minerva Magazine Of Science, 2014.

BUONOCORE, D, Libreros, editores e impresores de Buenos Aires, Buenos Aires, 1945.

GILL AGUINAGA, J.B., “La primera falsificación de billetes paraguayos”, Instituto de Numismática del Paraguay, nº 1, 1971.

HORTELANO, B., Memorias, Madrid, 1936.

 http://billetesdelparaguay.blogspot.com/2010/10/juan-b-gill-aguinaga-la-primera.html

miércoles, 7 de abril de 2021

La pintura barroca en España

 Publicado en El Tinto Numismático Vol. I, nº 2, abril/mayo/junio 2021


https://es.calameo.com/read/00656355660bcf9f4677e

Durante el siglo XVII se produjo en Europa y en Iberoamérica una reacción a la serenidad clásica del Renacimiento en todas las expresiones artísticas, desarrollándose las premisas estilísticas del Barroco, caracterizadas por la preferencia por la tensión y el dinamismo en las formas, así como una mayor complejidad en las composiciones. Por ello es más cercano a la sensibilidad popular.