viernes, 25 de junio de 2021

Los botones monetiformes y la legislación sobre falsificación de moneda

 Publicado en Crónica Numismática, 25 de junio de 2021


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El coleccionismo de botones es una afición no muy extendida en España, a diferencia de lo que sucede en los países anglosajones, con asociaciones como la Sociedad Británica del Botón o la Sociedad Nacional del Botón de Estados Unidos, y en algunos países hispanoamericanos, como es el significativo caso de Argentina y Uruguay, los conocidos como botones gauchescos. Para el estudio de la botonística monetaria en España, normalmente integrada dentro de la exonumia, contamos con los valiosos estudios de Francisco Jiménez Martínez.

 El siglo XVIII destacó por la variedad y el buen gusto en el arte de la fabricación de los botones. Conocemos el caso de un grabador, Antonio de Carpio, que se formó en la Casa de Moneda de Sevilla con el ilustre grabador principal Antonio de Saa y fue posteriormente nombrado grabador de la Real Casa de Moneda de Jubia, que durante dos años se ocupó de la oficina de grabado de la fábrica de botones de ballena de Posadillo, en Madrid. Dasí afirmaba que los realizados tomando como modelo los reales de a dos o pesetas columnarias que habían llegado a las Indias y que luego veremos fueron fabricados en Cádiz, si bien no es posible comprobar dicha adscripción.

 Según Jiménez, el uso y el comercio de este tipo de botones monetiformes estaba muy extendido en la Europa del siglo XVIII, destacando entre los países productores el Reino Unido y Francia. Dado que los botones que reproducen moneda columnaria carecen de leyenda en el reverso o cara donde se encuentra la anilla, no ha sido posible determinar si la producción de los mismos fue nacional o si procedían de un país extranjero.

 Entre los mismos se da igualmente el caso de monedas propiamente dichas, de curso legal, que fueron utilizadas con este fin, tanto como botones como para gemelos o anillas, además de otros muchos usos que salen del estudio del presente artículo, como joyas, collares, anillos y un largo etcétera. Jiménez reproduce dos ejemplares de valor facial de ½ real de las cecas de México y Potosí, en ambos casos con los escudos correspondientes posteriores a la reforma monetaria de 1772.

 Para la fabricación de estos botones, como recoge Jiménez, se utilizaba un volante similar a los usados en las Casas de Moneda, así como cuños de una o ambas caras. En las fuentes se habla de botones de plata, cobre, latón y metal blanqueado, y era común que los mismos fueran chapeados, recubriendo mediante una acción mecánica la chapa de cobre o latón con una lámina de oro o de plata.

 Los botones con representación de pesetas columnarias y su prohibición

 La primera noticia sobre la obligación de la retirada de botones monetarios y su asimilación a la moneda falsa la encontramos a partir de 1766, con la expresa prohibición de la venta y circulación de botones de metal blanco o dorado que en su superficie tuvieran grabadas las armas reales o el diseño de la moneda antigua corriente.

 El superintendente de la Casa de Moneda de Lima  informó al virrey en noviembre de 1766 que se había encontrado una docena de botones de metal blanco en cuyo anverso venían grabados los motivos de las pesetas columnarias, de las que sólo diferían por no tener en el otro lado las armas reales, sino el asa para coserlos al vestido.

El real de a dos o peseta era una moneda de un diámetro de 27 mm, y por tanto superior al habitual entre los botones españoles de este siglo, que solían tener entre 16 y 17 mm. Ello parece indicar que la producción de los mismos fue foránea, dado que estos diámetros sí que eran los utilizados generalmente en Europa para la fabricación de botones. Sí que conocemos por la documentación quién había sido el proveedor que los había remitido a los Reinos de las Indias, el comerciante gaditano don Diego Comell.

 En la documentación de la época se describen perfectamente estos botones, de metal blanco, en cuyo anverso se hallaba estampado el sello de la moneda columnaria, con gráfila, dos columnas, dos mundos, tres coronas y su inscripción, VTRAQUE VNUM, y que se diferenciaban solamente de las pesetas en que en su reverso no llevaban el escudo de las armas reales, sino el asa para asegurarlas al vestido.

 Fue el propio dueño de esta media docena de botones, llegados en el navío Matamoros al puerto de El Callao, don Joseph Moscoso, el que dio aviso al virrey pareciéndole asunto digno de informar a las autoridades, dado que si se permitiese su distribución, se llenarían en poco tiempo las Indias de esta especie de moneda falsa. En base a ello, el virrey del Perú publicó un Bando el mismo año de su llegada, en 1766, mandándolos recoger, dado que los mismos podrían pasar por moneda legítima para los indios y gente incauta, fácil de engañar, particularmente por la noche. Los mismos debían ser recogidos por los corregidores y entregados en la Casa de Moneda.

 En vista de todo ello, el Consejo de Indias emitió informe por el que el Presidente de la Real Audiencia de Cádiz debía citar a Diego Comell, para manifestar si tenía algún botón más de esa misma especie y hechura, y si los hubiese debían quedar en poder de dicho presidente, con notificación de que en adelante se tendrían por género ilícito y de contrabando los que se hubiesen ocultado. Debía asimismo comunicarse a todos los comerciantes e impedir su embarque a Indias, declarándolo género prohibido. Asimismo, se ordenaba indagar su origen y los posibles envíos que de los mismos se hubiesen realizado.

 Si bien este importante documento, trascrito por Muñoz íntegramente, está fechado en San Ildefonso el 3 de septiembre de 1777, dicha datación no puede más que considerarse errónea, o un error de transcripción. Ello es debido a que se encuentra incursa en un Bando del virrey de Nueva España, Frey Antonio María Bucareli y Ursúa, de 20 de noviembre de 1773. En la mima, de hecho, se hace referencia al informe del virrey del Perú arriba indicado, por carta del 16 de noviembre del año próximo pasado, lo que lógicamente puede hacernos fechar dicha Real Orden en 1767.

 Por dicho Bando, el virrey prohibía en lo sucesivo la venta y circulación de botones blancos con las armas reales o el retrato de la moneda antigua y corriente, y daba un plazo de dos meses para que quienes tuviesen dichos botones para su venta los manifestasen ante el Justicia de su distrito, para proceder a su limado y devolución. Con posterioridad a este plazo, los botones monetiformes encontrados serían decomisados y se le impondrían a los contraventores las penas que se considerasen oportunas.

 El uso de los botones monetiformes en el siglo XIX

 A pesar de lo expuesto para los botones con los motivos columnarios, a comienzos de la siguiente centuria los botones monetiformes reaparecen de nuevo en escena en diversos territorios de la América española, durante el reinado de Carlos IV. Así, se conocen ejemplares que reproducen moneda de las cecas de Santiago de Chile, Lima y Potosí, fechados entre 1802 y 1805. Los hay del módulo de ocho reales o peso, y según Burzio al menos algunos de ellos se fabricaron en plata, constando en ellos la leyenda BOTON DE PLATA más o menos apocopada.

 A diferencia de lo que ocurría con los del tipo anteriormente estudiado, en el caso de los que reproducen el retrato de Carlos IV hay ejemplares con marcas de fabricantes franceses, desde el siglo XIX aparecen asimismo los producidos en el Reino Unido, e incluso Muñoz cita algunos con leyenda en alemán. Existen ejemplares que solamente reproducen el anverso de la moneda y otros que reproducen ambas caras, existiendo ejemplares que presentan muestras de haber circulado.  

 Estos botones con el busto de Carlos IV tendrán una amplia vigencia. La costumbre de su uso parece que estuvo muy extendida, citándose ejemplares por Danieri en Uruguay, Argentina, Brasil, Paraguay, Chile, Bolivia, Perú, República de Nueva Granada y México. En el caso de los gauchos, la moneda corriente, tanto la de cuño español como posteriormente las de las repúblicas independientes, era utilizada para el adorno de los tiradores o cintos, en las chaquetas, chalecos y las golillas.

 Su uso fue asimismo habitual entre los charros mexicanos, según informa Muñoz, siendo generalizado el uso de botonaduras de plata en sus trajes, utilizando tanto moneda auténtica, de cuño español y posteriormente de México independiente, de las cecas de México y Guanajuato, como otros diseños más acordes con sus gustos. En este caso, señala que los módulos más utilizados, por ser los más adecuados a su uso, fueron los de la peseta de 2 reales y los medios reales, si bien afirma que se encuentran de todos los valores del sistema.

 María Antonia Herradón, en su estudio sobre los abundantes botones monetiformes en el Museo del Traje de Madrid, relaciona los mismos con el objetivo de manifestar una adhesión de carácter político, o con el de recrear unos modelos antiguos de una moneda más prestigiosa. Entre los mismos parece predominar la efigie de Fernando VII, y parece que los mismos se fabricaron en diferentes lugares y durante un periodo de tiempo prolongado, dado que es difícil encontrar botones idénticos, siendo las gráfilas y la calidad de la fundición muy variables. Todos los casos estudiados por ella muestran el busto del soberano a derecha con casaca de cuello alto, iconografía que remite a retratos como el pintado por Carlos Carnicero en 1808.

 La tipificación de la posesión de maquinaria en el nuevo Código Penal español

 Como recoge en extenso Francisco Jiménez, en las Sesiones de Cortes celebradas durante el Trienio Liberal entre los días 22 de septiembre de 1821 y el 14 de febrero de 1822 se discutió el contenido del nuevo Código Penal. En fecha 21 de enero de 1822 se debatió el tema de los que fabricaban, vendían, poseían o utilizaban cuños o instrumentos que fuesen aptos para la labra de moneda falsa, como eran los tórculos, cilindros, mutones, prensas o volantes.

 Tras un intenso debate, en el que se hicieron varias referencias a los fabricantes tanto de las máquinas necesarias como de los botones propiamente dichos, este artículo, que estaba previsto fuese el 390, fue finalmente reformado de su redacción original, y apareció en el Código Penal español, decretado por las Cortes el 8 de junio y sancionado por el rey el 9 de julio de 1822, en su artículo 387 con la siguiente redacción:

 Los que construyan, vendan, introduzcan o suministren de cualquier modo cuños, troqueles u otros instrumentos que exclusivamente sirvan para la fabricación de moneda, no siendo por encargo y para el servicio de las casas nacionales de este ramo; e igualmente los que sin orden o permiso de autoridad legítima tengan en su poder alguno de ellos, sufrirán, aunque no se haya llegado a hacer ningún mal uso, la pena de doce a veinte años de obras públicas si los instrumentos fueren para fabricar moneda de oro y plata, y de seis a diez si fuere para las de cobre; rebajándose estas penas a la mitad respectivamente si los instrumentos no sirvieran sino para fabricar moneda extranjera

 Curiosamente, el nuevo Código Penal español, promulgado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, sigue manteniendo este mismo número de artículo, el 387, para la regulación de los delitos de falsificación de moneda, dentro de su Título XVIII, De las falsedades,  Capítulo Primero, De la falsificación de moneda y efectos timbrados, artículos 386 a 389.

  Para saber más:

 

BURZIO, H.F., Diccionario de la Moneda hispano-americana, Santiago de Chile, 1958.

CANO BORREGO, P.D., “Don Antonio de Carpio, grabador de la Real Casa de Moneda de Jubia”, Revista Numismática Hécate, nº7, 2020, pp. 107-122.

DANIERI, L.  “Botones gauchescos”, Revista de la Sociedad “Amigos de la Arqueología”, Tomo XV, 1958, pp. 337-369. 

DARGENT CHAMOT, E., “Lima. La ceca incorporada a la Corona”, en ANES Y ÁLVAREZ DE CASTRILLÓN, G., Y CÉSPEDES DEL CASTILLO, G., Las Casas de Moneda en los Reinos de Indias, Cecas de fundación temprana, Vol. II, Madrid, 1997.

HERRADÓN FIGUEROA, Mª A, “Vestir dinero. Monedas y adorno personal en las colecciones del Museo del Traje, Centro de Investigación del Patrimonio Etnológico”, Boletín del Museo Arqueológico Nacional, 24-25-26, 2006, pp. 203-213.

JIMÉNEZ MARTÍNEZ, F., “Botones columnarios en el reinado de Carlos III (1759-1788)”, Actas. XII Congreso Nacional de Numismática (Madrid-Segovia, 2004), 2006, pp. 567-578.

JIMÉNEZ MARTÍNEZ, F., “Fabricantes de botones bajo sospecha por falsificación monetaria en el siglo XIX”, XV Congreso Nacional de Numismática (Madrid, 28-30 octubre 2014), pp. 1275-1290.

MUÑOZ, L.M., “Los Botones Monetarios en Hispanoamérica”, Gaceta Numismática 33, 1974, pp. 49-56.

 

http://botonesantiguos.es/

http://www.botonistica.es/index.html

http://conuvi.net/2015/01/20/los-botones-monetiformes-sus-origenes/

viernes, 18 de junio de 2021

Los metales preciosos en la conquista de Hispania durante la Segunda Guerra Púnica

 Publicado en Oroinformación, 17 de junio de 2021


Los combates llevados a cabo durante la Segunda Guerra Púnica contra los cartagineses les proporcionaron un enorme botín en metales preciosos y en moneda de plata acuñada por los bárquidas. Si las primeras operaciones para controlar Cartago Nova tenían como motivo principal privar a Aníbal de los recursos de sus ricas minas de plata, ya desde la batalla de Ilipa, en el 207, Roma ya tenía claro que debía permanecer en Hispania. Desde este momento y durante toda la época republicana, Roma convirtió la Península en una colonia de explotación. La riqueza en metales preciosos explica que a pesar de la gran sangría que sufrieron sus ejércitos no se plantease abandonar la Península, dado que los mismos financiaron a la formación de un sistema económico orientado no al consumo, sino a la obtención de pingües beneficios, procedentes de grandes contribuciones en metálico.

 La conquista de Hispania llevó a que grandes extensiones de terreno pasasen a formar parte del erario romano, y todos los que en ella participaron obtuvieron grandes riquezas, sobre todo los jefes del Ejército, miembros de la clase senatorial, con un poder prácticamente ilimitado. La administración de las provincias de Hispania se convirtió con ello en una fuente de riqueza para estas familias patricias. Ya desde el primer momento explotaron los conquistadores romanos las minas, como sucedió en la actual Cartagena o en Cástulo, las más famosas.

 Las primeras son bien conocidas por la descripción de Polibio, conservada por Estrabón y por los numerosos hallazgos arqueológicos. Los romanos se preocuparon casi exclusivamente de obtener plata y plomo, extrayendo la primera a costa de grandes pérdidas del segundo. Su descubridor, el íbero Aletes, fue divinizado por ello. La extensión de estas minas era de cuatrocientos estadios, unos setenta y cuatro kilómetros, y la moneda acuñada muestra que estuvieron en explotación a gran ritmo durante toda la conquista y hasta finales del siglo III.

 La explotación de las minas era una gran empresa capitalista, que requería grandes masas de esclavos proporcionados por las mismas guerras de la Península. Era necesario además  abundancia de madera en las proximidades para apuntalar las paredes de los filones, una industria accesoria de instrumentos de minero y de cuerdas, sacos de esparto, transportes bien organizados y la distribución de los productos. El centro receptor más importante de los metales preciosos fue, sin ninguna duda, la propia Roma.

 Las riquezas no provenían únicamente de las explotaciones mineras, sino también de los tributos y del botín arrebatado a los distintos pueblos que poblaban Hispania. Tito Livio recoge que en el botín que obtuvieron los Escipiones del ejército púnico entre los años 214 y 212 se encontraban despojos galos –celtas-, collares de oro y brazaletes en gran número. Asimismo, los autores romanos hablan de grandes cantidades en moneda y objetos de oro y plata, como fíbulas, anillos, hebillas, torques, viriae –brazaletes- celtibéricos y escudos cincelados de plata. Igualmente, los romanos obligaron a las poblaciones a entregar todos sus objetos labrados en ambos metales preciosos.

 La economía de guerra romana durante la Segunda Guerra Púnica

 La política romana de ocupación se basó en la obtención de la mayor cantidad posible de recursos sobre el terreno, lo que suponía no traer desde Italia más que aquello que fuese absolutamente necesario y no pudiera conseguirse de ninguna manera en Hispania, para sufragar los costes de la misma. Durante la contienda, el monto mayor de los gastos se correspondió al mantenimiento y pago del propio ejército.

 Esta política supuso la introducción de obvios cambios en la realidad económica del territorio ocupado, con la paralización de muchas actividades productivas, la alteración del valor de los productos y la modificación de los circuitos comerciales tradicionales. Destaca especialmente la generalización del uso de moneda en las transacciones comerciales, lo que tuvo su reflejo en los precios de todos los bienes y servicios.

 La principal fuente de ingresos fue, como hemos comentado, la obtención de botín y la coacción a los habitantes de la entrega de todas sus riquezas, si bien al irse asegurando los territorios la economía productiva, tanto la explotación de las minas como la agricultura, ganadería y comercio fueron cobrando importancia. Aun así, pasaría bastante tiempo antes de que los ingresos de estas últimas superasen los de la pura depredación.

 Tras el final de las hostilidades, Roma controlaba una parte considerable del territorio hispánico, alguna de sus áreas más fértiles y los principales distritos mineros conocidos. Más allá de las necesidades estratégicas, Roma emprendió posteriores guerras de conquista en previsión de la obtención con ellas de importantes beneficios. Ello supuso en los dos siguientes siglos un envío prácticamente constante de tropas y la introducción de medidas administrativas para convertir Hispania en una inversión rentable, y posteriormente segura, para el estado romano.

 Un estudio de un grupo de científicos en Alemania y Dinamarca han demostrado, con pruebas realizadas mediante la perforación de muestras minuciosas de moneda y el análisis de sus firmas isotópicas, utilizando espectrometría de masas, la sustitución de la plata egea, utilizada en las emisiones de las ciudades griegas de Italia y Sicilia hasta entonces por los romanos, por plata procedente de Hispania, con un contenido mucho más alto, desde el 209 a.C. La afluencia masiva de plata hispánica cambió significativamente la economía de Roma, permitiéndole convertirse en la superpotencia de su época.

 El impacto económico de la conquista romana

 La principal característica de la situación económica de la Península anterior a la conquista romana es su gran heterogeneidad y las diferencias existentes entre unas regiones y otras. Mientras que la costa mediterránea y el litoral sudoccidental, los afectados por este conflicto,  mantenían intercambios directos e intensos con los grandes centros económicos del mediterráneo central y oriental desde el siglo VI a.C, en el interior de la Península estos contactos fueron menos intensos y estuvieron mediatizados por otras poblaciones o por fenómenos extraeconómicos, como la guerra o el mercenariado.

 El mundo indígena vivía mucho más estrechamente relacionado con lo que sucedía en el resto del Mediterráneo de lo que las fuentes históricas disponibles nos permiten suponer. Los productos económicos fundamentales durante esta época fueron los metales —especialmente los metales preciosos, oro y plata—, el trigo y, en menor medida, el aceite y el vino. El interés de los romanos por la riqueza minera peninsular de plata, oro, cobre, estaño, plomo y minio está atestiguada ampliamente en las principales fuentes literarias.

 Con la conquista romana las minas, comprendidas como parte del suelo provincial, pasaron a ser propiedad del pueblo romano, que las explotaba directamente o bien las arrendaba a compañías de negotiatores o publicani.  Con ello, desde fecha muy temprana, y en relación principalmente con el abastecimiento del ejército, la compra de botín y la explotación de las minas, se asistió a la penetración y asentamiento de comerciantes itálicos en Hispania. En este sentido, Diodoro recogía que los itálicos se establecieron en gran número en Hispania para explotar las minas.

 Durante la Segunda Guerra Púnica, y en un periodo que se extiende hasta el 132 a.C, con la caída de Numancia, las guerras fueron constantes y, con ellas, una serie de fenómenos que repercutieron negativamente en la actividad económica, como entre otras las muertes, la despoblación, las ventas masivas de prisionero o el abandono de las actividades productivas. Durante este periodo, Roma fue implantando experimentalmente su modelo de gobierno provincial, con importantes consecuencias en los ámbitos de la fiscalidad y la tributación. En lo primero que debió notarse el impacto de la conquista romana fue en el aspecto tributario, siendo el fenómeno económico más importante el establecimiento del sistema fiscal romano.

 La partida fundamental de la recaudación hecha por Roma en Hispania estaba constituida por el stipendium, los recursos que el Senado destinaba a cada magistrado provincial para el ejercicio de su cargo, compuesto por moneda, víveres y vestido. Si durante la Segunda Guerra Púnica los Escipiones lo recaudaron de manera provisional con los botines de guerra, rápidamente se extendió su cobro directo de una manera coactiva más o menos violenta, lo que se ha puesto en relación por algunos autores con la rápida extensión de la amonedación indígena por Cataluña y el valle del Ebro.

 Bibliografía:

 BLÁZQUEZ MARTÍNEZ, J.M., “Explotaciones mineras en Hispania durante la República y el Alto Imperio romano. Problemas económicos sociales y técnicos”, Anuario de Historia Económica y Social de España 2, 1969, pp. 9-68. 

HERNÁNDEZ PRIETO, E., “La “economía de guerra” romana durante la Segunda Guerra Púnica en Hispania, El Futuro del Pasado, nº 1, 2010, pp. 411-423.

ÑACO DEL HOYO, A., “Roma y el impacto de su ejército en la Hispania republicana: un enfoque «total»”, Faventia 32-33, 2010-2011, pp.  297-305

SALINAS DE FRÍAS, M., “El impacto económico de la conquista romana (218-19 a.C.)”, Stvd.hist.,Ha antig. 17,1999, pp. 125-152.

lunes, 31 de mayo de 2021

Las monedas del Imperio Mexicano (1821 -1822) acuñadas a nombre de Fernando VII

 Publicado en Crónica Numismática, 31 de mayo de 2021


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Durante los años 1821 y 1822 se siguió acuñando moneda a nombre de Fernando VII en las distintas Casas de Moneda del Virreinato de Nueva España. La razón de ello, a pesar de la firma del Acta de Independencia el 28 de septiembre de 1821, se debe a una razón jurídica. Tanto el Pacto de Iguala como los Tratados de Córdoba definían a México como un Imperio, en el que el monarca español o alguno de los miembros de su dinastía seguiría siendo el soberano, y hasta su aceptación y coronación un Consejo de Regencia ejercería el poder ejecutivo.

 Tras la sublevación de Rafael de Riego y el restablecimiento de la Constitución de Cádiz en 1820, simpatizantes del régimen absolutista de Nueva España comenzaron a reunirse secretamente en la conocida como la Conspiración de la Profesa. En sus primeras reuniones, su objetivo fue el de impedir que la noticia del triunfo liberal en España se conociese. Cuando finalmente las autoridades virreinales tuvieron que jurar la Constitución, su objetivo varió hacia la independencia, con el objeto de instaurar una monarquía, obviando las instituciones constitucionales, en la persona del propio Fernando VII o de alguno de los infantes españoles. Uno de los apoyos que buscaron y obtuvieron fue el del oficial realista Agustín de Iturbide.

 En consonancia con las órdenes recibidas, el virrey expidió un generoso indulto y liberó a los insurgentes que se encontraban presos, lo que hizo que su descontento aumentase. Finalmente, en noviembre Iturbide fue nombrado comandante para combatir a uno de los últimos focos insurgentes, el de Vicente Guerrero. Con este último concluyó el  Plan de Independencia de la América Septentrional, conocido como Plan de Iguala, el 24 de febrero de 1821, con el objetivo de establecer la independencia de México, manteniendo la monarquía en la persona de Fernando VII u otro de los miembros de su casa, estableciendo la religión católica como única y la unión de todas las clases sociales. Se formó un ejército conocido como Trigarante, al que se unieron militares realistas y algunos antiguos insurgentes.

 A la llegada de Juan O’Donojú, el Jefe Político Supremo enviado por las Cortes, Iturbide se reunió con él el 24 de agosto de 1821, y firmó con él, aunque O’Donojú lo hizo a título personal, los Tratados de Córdoba, una ampliación del Plan de Iguala, por los que entre otros artículos se estipuló que se devolvería en México a Fernando VII, o en su defecto a otro miembro de su familia, el poder que la Constitución de Cádiz le había arrebatado. En este último, Iturbide incluyó una frase que no estaba contemplada en el Plan de Iguala, la de que en caso de que ninguno de los miembros de la familia real española aceptase, el nuevo Emperador sería nombrado por las Cortes Imperiales.

 O’Donojú envió una copia de los Tratados a Francisco Novella, que actuaba de virrey interino en la Ciudad de México, que convocó un Consejo de Guerra que concluyó que el mismo debía ser ratificado por el gobierno español. El 13 de septiembre se celebró una reunión en Tacubaya, por la que se reconoció a O’Donojú como Jefe Político Superior, el 27 de septiembre el Ejército Trigarante entró en México y al día siguiente se elaboró el Acta de Independencia de México, que se firmó por la Soberana Junta Gubernativa y eligió los miembros del Consejo de Regencia, que ejercería el poder en nombre de Fernando VII.

 Conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de los Tratados de Córdoba, el país se gobernaría interinamente acorde a las leyes vigentes inmediatamente anteriores a la Independencia, particularmente las gaditanas,  por lo que los integrantes de la Junta se preguntaron si se podían establecer en la convocatoria reglas distintas, e inclusive contrarias a la legislación española. Se concluyó que la Soberana Junta no tenía capacidad de convocar un Congreso distinto a lo prevenido en la Constitución española.

 Juan O’Donojú murió el 8 de octubre de 1821, siendo enterrado con honores de Virrey en la Catedral de México. Finalmente, el 17 de noviembre de 1821 se publicó en la Gaceta Imperial la convocatoria a un Congreso Constituyente. En febrero de 1822 las Cortes de España rechazaron los Tratados de Córdoba, y el 18 de mayo el Congreso Constituyente proclamó a Agustín de Iturbide Emperador de México, cargo que ostentó hasta su abdicación el 19 de marzo de 1823. La Constitución de Cádiz estuvo vigente en México hasta finales del año 1823, cuando hacía meses que se había acabado el Imperio de Agustín I y se caminaba hacia una república federal, y el Congreso consideró nulos el Plan de Iguala y los Tratados de Córdoba.  

 Las últimas monedas mexicanas a nombre de Fernando VII

 Debido a lo anteriormente expuesto, es lógico que la Regencia decretase que las casas de moneda operativas en el Imperio siguiesen acuñando moneda de oro y plata con el busto y las leyendas de Fernando VII, lo que fue efectivo hasta la proclamación de Iturbide, por lo que el 11 de junio de 1822 se autorizó la emisión de moneda de oro, plata y cobre con los nuevos tipos referidos a Agustín I.

 Los tipos utilizados en las emisiones a nombre de Fernando VII utilizan como modelo los de los cuños realizados por el grabador Félix Sagau por encargo de la Junta Gubernativa y posteriormente del Consejo de Regencia durante la Guerra de Independencia, que uniformaron tipológicamente la moneda después de una época de gran diversidad en el uso de bustos reales o imaginarios en las emisiones tanto en España como en América, y que fue por primera vez utilizado en la ceca de Sevilla en 1809. En el anverso aparece el busto del monarca mirando a derecha, provisto de manto y coronado de laurel. Pero en las cecas provinciales hay una amplia variedad de estos bustos, incluso solo en estos dos años que estudiamos.

 En la Real Casa de Moneda de México se acuñó moneda a nombre de Fernando VII en 1821 por los ensayadores Joaquín Dávila Madrid y José García Anzaldo, recogiendo fielmente en el busto representado el modelo antes citado de Sagau. En su reverso se reproduce en el centro las armas coronadas de Castilla y León, con un escusón de Borbón en su centro y granada en punta, y sobre el escudo la corona real con remate de mundo y cruz, y flanqueado por las Columnas de Hércules. El canto de estas monedas es perfecto, y sigue la disposición real de anillos y rectángulos alternados.

 En la Casa de Moneda de Durango, con sigla D, encontramos emisiones a nombre de Fernando VII tanto en 1821 como en 1822, con sigla de ensayador CG, Cosme Garcés. En esta ceca el busto del monarca aparece de forma distinta en cada año de acuñación desde 1812, y solamente a finales de las emisiones se consiguió un buen retrato del monarca. Incluso en estos dos años las emisiones difieren bastante unas de otras, utilizándose varios bustos, que aunque siguen el modelo antes citados de Sagau son distintos unos de otros. Las gráfilas grabadas al borde del anverso y reverso están casi sin excepción descentradas. Hay igualmente moneda acuñada en Chihuahua en estos años. Aunque siguen los tipos oficiales, las mismas son muy deficientes en su acuñación.

 Muy distintas son las piezas emitidas también en los años 1821 y 1822 por la Casa de Moneda de Guadalajara, GA, por el ensayador Francisco Suárez. En estas emisiones se rozó la perfección en los grabados, tanto en el busto del soberano del anverso como en las armas del reverso. Como afirma Antonio Deana, este preciosismo se debió a que la Casa de Moneda de México remitió tanto a artífices como a operarios a solicitud de la Real Audiencia de Guadalajara.

 Las actualmente escasas monedas acuñadas en Guanajuato, con marca de ceca o dentro de una G, aparecen en 1821 y 1822 ensayadas por José Manuel Lejérzar, y siguen el tipo que podemos llamar universal.

 La última Casa de Moneda en acuñar a nombre de Fernando VII fue la de Zacatecas, con marca de ceca Zs . Uno de los firmantes del Acta de Independencia fue Manuel de la Sota Riva Llano y Aguilar, Jefe político superior de México y Capitán General, a cargo de las provincias de México, Valladolid, Querétaro y Guanajuato, nombrado posteriormente, el 1 de julio de 1822, Ministro de Guerra y Marina.

 En su calidad de Jefe Superior Político de la Provincia de México, y en nombre de la Soberana Junta gubernativa del Imperio, de la Sota dictó un bando en fecha 28 de febrero de 1822, que debía ser publicado en las ciudades, villas y lugares de dicho distrito, por el que comunicaba al público los exámenes realizados por peritos imparciales de la moneda labrada en la nueva Casa de Moneda de Zacatecas durante el año 1821. Según los mismos, la moneda acuñada en esta ceca tenía todas las cualidades de ley, peso y estampa que la ordenanza requería.

 Durante los años 1821 y 1822 se acuñó moneda en Zacatecas a nombre del monarca Fernando VII. Las siglas de ensayador son RG, José Rodríguez Gallinas, que ensayó moneda entre los años 1820 y 1822, y AG, por J. Antonio García, que ensayó entre los años 1813 y 1822. Muchas de ellas están más o menos descentradas, y hay variedades de bustos, si bien desde 1816 los grabados de ambas caras fueron excelentes.

 Esta variedad de diseños en los años 1821 y 1822 se deben a que el director de la ceca entre 1817 y 1827, Dionisio Sancho, continuó labrando moneda con el busto y a nombre de Fernando VII hasta el año 1825, alegando la urgente necesidad de numerario y que las matrices y troqueles que le habían remitido con los sellos de la nueva república eran muy defectuosos, por lo que batir moneda con los mismos sería un desprestigio para la afamada Casa de Moneda de Zacatecas.

 El desplome de las labores de la ceca de México y las nuevas Casas de Moneda

 Según Fausto de Elhuyar,  la producción minera había colapsado con los movimientos insurreccionales que habían llevado al exterminio o ausentamiento de los vecinos más acomodados, al saqueo de los metales en pasta, al colapso de las vías de comunicación y al desmantelamiento de las instalaciones industriales y productivas. La contracción de la producción argéntea en el virreinato desde las revueltas del año 1810, así como la autorización para la apertura de otras casas de moneda provisionales, llevaron al desplome de la amonedación en la ceca capitalina, otrora la más rica y productiva de todos los Reinos de las Indias españolas. Ante la falta de envíos de metales preciosos desde las áreas mineras tradicionales, los ingresos de metales de particulares se elevaron, en forma de oro y plata en piezas y en vajillas. Pero fueron la independencia y la reorganización administrativa posterior la que produjo efectos más devastadores sobre la Casa de Moneda de México que la propia guerra.

 El conflicto llevó a que se autorizase la acuñación de moneda de plata en otros lugares cercanos a los Reales de Minas, llegando a aparecer seis nuevas casas de moneda oficiales en el virreinato, las de Chihuahua, Durango, Guadalajara, Guanajuato, Sombrerete y  Zacatecas. Además de en estas nuevas cecas, tanto los realistas como los insurgentes acuñaron moneda de plata de muy diversa calidad, ley, arte y peso, y apareció en la circulación la moneda de cobre puro. Fue común que se tuviese que comprobar y resellar la moneda en circulación para asegurar su circulación. En la época que estudiamos, entre 1821 y 1823, Agustín de Iturbide acuñó moneda en pesos con solamente 0,902 milésimos de fino, 40 mm de diámetro y peso de 26,95 gramos de peso. 

 Este grave problema monetario se agravó más tras la independencia, dado que la Constitución Federal de 1824 permitió que cada estado que tuviese ya Casa de Moneda podría seguir acuñándola. Con ello se terminó con el monopolio tricentenario de la ceca de México, pero también supuso que el señoreaje dejase de ser una fuente de ingresos para el gobierno. Si entre 1811 y 1821 las seis casas de moneda citadas acuñaron una cuarta parte de toda la moneda batida en el país, entre 1822 y 1824 supuso más de la mitad. La cantidad de plata acuñada no dejó de disminuir, y se recurrió a la labra por parte de los estados con fines recaudatorios y a la manipulación de su fineza.

 Igualmente, el recuerdo de la destacada importancia financiera de la Nueva España dentro de la Monarquía Hispánica impidió a la clase política darse cuenta del estado real de la Hacienda Pública, con las arcas casi vacías. Estimando que se trataba de una situación coyuntural, y que revertiría en breve gracias a la riqueza natural del país, incluso se suprimieron varios impuestos y se rebajaron tasas. Al darse cuenta de tan craso error, se intentó recurrir a los préstamos y empréstitos voluntarios de ciudadanos y corporaciones, lo que fue un rotundo fracaso. Hay autores, como Jesús Hernández, que afirman que una de las razones que indujeron a Iturbide a renunciar fue la escasez de dinero y la incapacidad de su gobierno para recaudarlo

 Para hacer frente a los aprietos financieros, se gravó a los residentes de la Ciudad de México, pero poco o nada se consiguió del resto del país, dado que, como sucedió en buena parte de las nuevas naciones surgidas de la implosión de la Monarquía Hispánica, los grupos de interés y los gobiernos provinciales se arrogaron una amplia autonomía, una situación que se mantuvo en México hasta bien entrado el siglo XX.

 Bibliografía:

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domingo, 30 de mayo de 2021

100 pesetas de 1870, una de las monedas más bellas de la numismática española

Publicado en El Eco Filatélico y Numismático, nº 1.307, junio 2021, pp. 44-45.



De esta preciosa moneda solamente se acuñaron doce ejemplares, cinco de los cuales se encuentran en la colección de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, y otro en los fondos del Museo Arqueológico Nacional. No llegaron a ponerse nunca en circulación, lo que hizo de la pieza de las 100 pesetas una moneda mítica de la Numismática española, y cada vez que aparece uno de sus escasísimos ejemplares en manos privadas en una subasta la convierte en un acontecimiento numismático, que suscita el máximo interés entre los coleccionistas.

 La Revolución de 1868, conocida también como la Gloriosa o Septembrina, nació en el Pacto de Ostende de 1866, con una alianza entre los progresistas, demócratas y republicanos y un programa político que preveía el destronamiento de Isabel II y la convocatoria de una Asamblea Constituyente. Los hechos revolucionarios comenzaron con el alzamiento en Cádiz del Almirante Topete el 18 de septiembre de 1868, y tras la victoria en la batalla de Alcolea, la toma de Madrid y la huida de Isabel II a Francia, se formó un gobierno provisional, presidido por el General Serrano, que transformó en leyes los puntos programáticos de la revolución, y se convocaron Cortes Constituyentes el 6 de diciembre. En medio de este frenesí político, en fecha 19 de octubre de 1868 el Ministro de Hacienda, Laureano Figuerola firmó un Decreto por el que en todos los dominios españoles la unidad monetaria pasaba a ser la peseta, una moneda efectiva equivalente a 100 céntimos

 Esta rápida aprobación parece demostrar que el proyecto de esta reforma monetaria estaba ya preparado, y que el nuevo Gobierno lo hizo suyo, incluyendo algunos cambios tipológicos y políticos, reconociendo la importancia de los tipos y leyendas de la nueva moneda como reflejo de la nueva constitución y de realizar en el menor tiempo posible el cambio tipológico de la moneda. Así se afirmaba en el propio Decreto, que consideraba indispensable la reacuñación de la moneda anterior, indicando que convenía olvidar el pasado, rompiendo todos los lazos con el mismo. Dado que no había más poder que la Nación, la nueva moneda solo debía ofrecer la figura de la patria y el escudo de armas de España, borrando del escudo las lises borbónicas o cualquier otro signo o emblema de cualquier persona concreta.

 Esta perentoria necesidad de cambiar la tipología era a su entender la ocasión para cambiar el sistema monetario, ajustándolo al Convenio Internacional de 23 de 1865, que creó la Unión Monetaria Latina entre Francia, Bélgica, Italia y Suiza. Su el objetivo era compartir una moneda con las mismas características físicas para todos los países miembros y ayudar así a los intercambios comerciales. En los años siguientes llegó a sumar entre afiliados, asociados y alineados 33 miembros. Aunque España estuvo al corriente de la iniciativa desde el primer momento, no fue en principio favorable a la adhesión, y cuando finalmente en 1870 la solicitó formalmente, fue rechazada por el gobierno francés.

 En el Decreto se prevenía que todas las monedas cuyo tamaño lo permitiese ostentarían una figura que representara a España, con las armas y atributos propios de la soberanía nacional, y su valor, peso, ley, año de fabricación y las iniciales de los funcionarios responsables de la exactitud de su peso y ley expresados en ellas. A requerimiento del Gobierno Provisional, la Real Academia de la Historia emitió un Informe en fecha 6 de noviembre, en el que recomendaba que el motivo del anverso fuese el de Hispania como matrona romana, según el modelo de algunas medallas del emperador Adriano, recostada en los Pirineos y con sus pies en el Estrecho, con diadema en la cabeza y una rama de olivo en su mano.

 En cuanto al escudo que debía constar en el reverso, después de dar numerosas explicaciones, su propuesta fue la de que constase de:

 Escudo cuartelado en cruz: primero, de gules y un castillo de oro, almenado de tres almenas, y donjonado de tres torres, la del medio mayor; cada una también con tres almenas, el todo de oro, mazonado de sable y adjurado de azur: segundo, de plata y un león de gules, coronado de oro, armado y lampasado de lo mismo: tercero, de oro y cuatro palos de gules: cuarto, de gules y una cadena de oro puesta en orla, en cruz y en sotuer: entado en punta, de plata y una granada al natural mostrando sus granos de gules, sostenida, tallada y hojada de dos hojas de sinople. Acostadas, una á cada lado, las dos columnas de Hércules, de plata, con la basa y el capitel de oro, liadas con una lista de gules, cargada con el Plus ultra de oro.

 En base a estas recomendaciones, en fecha 12 de enero de 1869 se convocó un concurso nacional e internacional para la elaboración de los cuños de las nuevas monedas a acuñar de oro, plata y bronce. En su artículo 4º establecía que la moneda de oro debía tener 21 milímetros de diámetro, 6,45161 gramos de peso y grueso o espesor de 0m, 00130. Pormenorizaba asimismo los motivos que debía tener, tanto en el anverso como en el reverso. En su anverso se apartaba del dictamen de la Real Academia de la Historia, al representarse  Hispania no recostada sino de pie señalando al Estrecho, manteniendo todos los demás atributos. Debía tener una moldura gruesa y de bastante relieve, y mientras que en la parte superior debía ponerse España, debía dejarse espacio en el exergo suficiente para poner las cifras del año y las marcas de los funcionarios responsables de la fabricación. El escudo del reverso es trasunto del propuesto por la Academia, y se preveía que los artistas debían consultar los mejores modelos de los siglos XIII a XV, tanto para los castillos y leones como para la granada abierta, y cada cuartel debía rallarse según su esmalte o color.

 Rodeando al escudo debían aparecer como en guirnalda los atributos de la abundancia u otros apropiados, a elección del artista, y como remate o timbre superior una estrella de seis puntas despidiendo ráfagas luminosas. En su parte de arriba debía constar la leyenda Ley de 900 milésimas – 155 piezas el kilóg., y en la parte de abajo 20 pesetas, y ambas leyendas debían colocarse en el círculo resultante entre el escudo y el canto de la moneda. Su moldura debía ser igual a la descrita en el anverso, y la virola debía llevar la leyenda Soberanía nacional, y una estrella de seis puntas, marca de ceca de la Casa de Moneda de Madrid.

 El jurado del concurso falló el 30 de marzo de 1869 de forma bastante confusa, ya que dejó desierto el dedicado a la plata, por lo cual el 5 de febrero ya encargó a Marchionni que prepara la acuñación de la plata según el diseño de las medallas de 1868. Para  el bronce fue aprobado el diseño presentado por Luis Plañiol, grabador principal de la Casa de la Moneda, y para el oro el de José Esteban Lozano, profesor de grabado en hueco de la Academia de Bellas Artes de San Fernando. Los modelos aprobados fueron retocados por el grabador general Luis Marchionni, y el resultado del concurso llevó a realizar unas pequeñas modificaciones en cuanto a sus bases originales.

 En lo referente a la moneda de oro, el Gobierno Provisional no llegó a acuñar en este metal. De este período sólo se conoce la pieza de 100 pesetas estudiada, cuyo anverso es similar al de la plata, aunque Hispania aparece de pie, según el diseño aprobado, y el reverso muestra el nuevo escudo de España bajo corona monárquica, sobre manto de armiño y rodeado del Toisón de oro, lo que nos indica que esta pieza se diseñó tras la aprobación por parte de las Cortes Constituyentes de que España sería un Reino, pero antes de que se votara quién sería el nuevo rey, ya que no aparece ningún símbolo dinástico.

 Su fecha de emisión y fabricación es 1870, y no hay datos en la Casa de la Moneda sobre su acuñación. Para su emisión, se utilizó en su anverso el diseño realizado por José Esteban Lozano, que cumplía todas las indicaciones contenidas en el concurso en el que había resultado ganador,  siendo grabada por Luis Marchionni Hombrón. Incluimos en este artículo la imagen de la prueba del anverso realizada de la misma en bronce y firmada por Luis Marchionni. 

 La leyenda que ocupa el campo superior de la moneda alrededor de la figura es *ESPAÑA*, llevando en ambas estrellas la cifra 70. La leyenda inferior en exergo es la del año de emisión, 1870, y en su parte izquierda, a la altura de la representación de Gibraltar, aparece el nombre del grabador, L·MARCHIONNI. Mayor complejidad, como apuntábamos antes, tiene el escudo de su reverso, rodeado por la leyenda LEY 900 MILESIMAS 31 PIEZAS EN KILOG·S·D·100 PESETAS·M·. Las siglas de ensayadores, SD, son las de Donato Álvarez Santullano y Eduardo Díaz Pimienta. En cuanto a la del Juez de Balanza, M, se corresponde con Ángel Mendoza Ordóñez. Estas siglas aparecen también sobre otra mítica moneda de 100 pesetas, la acuñada en 1871 a nombre de Amadeo I.

 Fuentes:

 Gaceta de Madrid, 20 de octubre de 1868, pp. 7-8.

Boletín de la Real Academia de la Historia. Tomo 4, Año 1884, pp. 186-191.

Gaceta de Madrid, 15 de enero de 1869, p.2.

 Bibliografía recomendada:

 Rafael FERIA Y PEREZ: Laureano Figuerola: La Peseta y el Senado, Madrid, 2001.

José María de FRANCISCO OLMOS: La peseta: Nueva unidad monetaria y medio de propaganda política (1868-1936),  Universidad Complutense, Departamento de Ciencias y Técnicas Historiográficas, 2008, p. 127 y ss.

Javier de SANTIAGO FERNÁNDEZ, La peseta, 130 años de historia, Madrid, 2000  

Rafael FERIA: La Peseta. Historia de una época, Madrid, 2002.


jueves, 27 de mayo de 2021

Balastracas de moeda espanhola durante a Guerra do Paraguai /Balastracas sobre moneda española durante la Guerra de la Triple Alianza

 Publicado en Revista Numismática Brasileira, Vol. XXV, nº1, 2021

https://www.academia.edu/49053077/Balastracas_de_moeda_espanhola_durante_a_Guerra_do_Paraguai_Balastracas_sobre_moneda_española_durante_la_Guerra_de_la_Triple_Alianza

Como colofón de los numerosos conflictos que sacudieron el área del Río de la Plata desde la independencia de las nuevas repúblicas (las guerras civiles argentinas y uruguayas, la de los Farrapos, la Guerra Grande y la Guerra Platina), en las que se dirimieron las disputa entre Argentina y Brasil por su hegemonía en el área y su influencia sobre Uruguay y Paraguay, se desarrolló este cruel enfrentamiento bélico. Entre los años 1864 y 1870 Paraguay se enfrentó al Imperio de Brasil, Argentina y Uruguay, en el conflicto más sangriento de la historia de Iberoamérica, en el que los países aliados tuvieron entre 120.000 y 250.000 muertos, mientras que en Paraguay supuso la desaparición de más de la mitad de la población, la mayor parte de ella varones en una pérdida estimada por algunos autores en un 90%. La situación se agravó por la esclavitud de los prisioneros paraguayos en los cafetales paulistas.

 Las consecuencias económicas del mismo fueron asimismo catastróficas para todos los contendientes. ​ Los vencedores impusieron al Paraguay una abultada indemnización de guerra, pero la miseria reinante en un país arrasado hizo imposible el pago de la misma, que se fue posponiendo a través de diferentes gobiernos y no se llegó a pagar en su totalidad. Para hacer frente a los mismos, Paraguay tuvo que contraer con los bancos británicos empréstitos que tuvo que ir refinanciando. Muy endeudados quedaron asimismo con los mismos bancos los vencedores en la contienda, sufriendo una bancarrota financiera que agudizó su dependencia frente al Reino Unido. 

 Como culminação dos inúmeros conflitos que abalaram a região do Rio da Prata desde a independência das novas repúblicas (as guerras civis da Argentina e do Uruguai, a Revolução Farroupilha, a Grande Guerra e a Guerra de Platina), nos quais a disputa entre Argentina e Brasil por sua hegemonia na área e sua influência sobre o Uruguai e o Paraguai, essa guerra cruel se desenvolveu. Entre os anos 1864 e 1870 o Paraguai enfrentou o Império do Brasil, Argentina e Uruguai, no conflito mais sangrento da história da Ibero-América, em que os países aliados tiveram entre 120.000 e 250.000 mortos, enquanto no Paraguai significou o desaparecimento de mais da metade da população, a maioria do sexo masculino, com perda estimada por alguns autores em 90%. A situação foi agravada pela escravidão de prisioneiros paraguaios nas fazendas de café de São Paulo.

 As consequências econômicas disso também foram catastróficas para todos os contendores. Os vencedores impuseram ao Paraguai uma grande compensação de guerra, mas a miséria que prevalecia em um país devastado impossibilitou o pagamento, que foi adiada por diversos governos e não foi paga integralmente. Para enfrentá-los, o Paraguai teve que contrair empréstimos com os bancos britânicos que teve de refinanciar. Os vencedores do concurso também permaneceram fortemente endividados com os mesmos bancos, sofrendo uma falência financeira que exacerbou sua dependência do Reino Unido.

 Muy importante fue asimismo el impacto de este largo y cruel conflicto sobre el circulante de todos los contendientes, tanto en la moneda metálica con en las masivas emisiones de billetes para financiar la contienda. En este artículo nos centramos en las monedas conocidas como balastracas, moneda cortada, realizadas en Brasil sobre moneda provincial española, las conocidas como pesetas de busto, de cara o sevillanas. Esta moneda, de ley más baja que la batida en las cecas americanas y acuñada en las cecas peninsulares, tenía su ámbito de circulación limitado por ley ya desde sus primeras emisiones a la España peninsular, y su uso en los territorios ultramarinos fue prohibido y perseguido, incluso en fecha tan tardía como 1841 en Cuba, donde se resellaron con la famosa contramarca de rejilla.

 

A pesar de ello, está documentada su circulación en amplias áreas geográficas de todo el mundo, aunque su mayor aceptación la tuvo en las colonias británicas del continente americano, ya desde las primeras emisiones realizadas a comienzos del siglo XVIII durante la Guerra de Sucesión por ambos contendientes, llegando a conformar el numerario normalmente utilizado por las clases populares para sus transacciones diarias en todas ellas. Con los intentos de esterlinización del numerario de sus colonias a finales de los años 30 del siglo XIX no se consiguió reemplazar al peso o dólar en circulación, pero sí se retiraron estas pesetas. En la década siguiente comenzaron a entrar en circulación en grandes cantidades en las nuevas repúblicas iberoamericanas, como ha estudiado de forma magistral don Roberto Jovel para el caso centroamericano.

 Também foi muito importante o impacto deste longo e cruel conflito na moeda de todos os contendores, tanto na moeda metálica como nas emissões maciças de notas para financiar a disputa. Neste artigo nos concentramos nas moedas conhecidas como balastracas, moeda cortada, fabricadas no Brasil com a moeda provincial espanhola, as conhecidas como pesetas de busto, cara ou sevilhanas. Essa moeda, de lei inferior à batida nas casas da moeda americanas e cunhada nas casas da moeda peninsular, teve seu alcance limitado por lei desde suas primeiras emissões para a Espanha peninsular, e seu uso em territórios ultramarinos foi proibido e perseguido, mesmo tão tarde como em 1841 em Cuba, onde foram carimbadas novamente com o famoso carimbo de rejilla-grelha-.

 Apesar disso, sua circulação em amplas áreas geográficas ao redor do mundo está documentada, embora sua maior aceitação tenha sido nas colônias britânicas do continente americano, desde as primeiras emissões feitas no início do século XVIII durante a Guerra de Sucessão por ambos os contendores, passando a se conformar à moeda normalmente usada pelas classes populares para suas transações diárias em todas elas. Com as tentativas de substituição por moeda esterlina da moeda de suas colônias no final da década de 30 do século XIX, não foi possível repor o peso ou o dólar em circulação, mas essas pesetas foram retiradas. Na década seguinte, começaram a circular em grande quantidade nas novas repúblicas ibero-americanas, como Dom Roberto Jovel estudou com maestria para o caso da América Central.

 Estas pesetas llegaron al área del Plata también directamente vía comercio de España con estos territorios, como pone de manifiesto la transcripción de una Sesión de las Cortes en Madrid el 11 de diciembre de 1855. En la misma, el diputado José Gener afirmaba que Sevilla, Cádiz y Barcelona tenían comercio directo con varios puertos de la cuenca del Río de la Plata, y para ello debían necesariamente llevar dinero en metálico. Según su testimonio, tanto en Paraguay como en Uruguay y en Buenos Aires el oro- posiblemente muy abundante por su cercanía a Brasil-, tenía, en relación con España, una valoración muy baja, con una estimación de catorce duros y poco más. A ello se unía que las pesetas de cara españolas en la provincia de Entre Ríos recibían una estimación de dos reales, y las medias pesetas o reales un real, por lo que se obtenía un beneficio de un 20% con su uso. A cambio de plata, se conseguía con este comercio oro que era traído a España, donde se acuñaba en las cecas de Sevilla y Barcelona en pocos días y era cambiado por plata, volviendo los barcos a realizar los mismos lucrativos periplos.

 Las balastracas, o moneda cortada, ya habían sido profusamente utilizadas en las provincias del Sur de Brasil, especialmente durante la República de Piratiní. Entre ellas destacan las que otorgaban el valor de 400 reis, o un cruzado, sobre moneda española de un real, la de 200 sobre la media peseta provincial y la de 100 sobre las de medio real. Se piensa que esta moneda fraccionaria no fue mandada resellar por las autoridades de la República Riograndense, sino que su creación fue popular, para tener una moneda fraccionaria necesaria para las transacciones menudas. Para ello, se fraccionaron asimismo las monedas de cuño español y de las nuevas repúblicas de dos reales en cuatro partes, dentadas o no, recibiendo la estimación de 400 reis, el valor dado en ese momento a la peseta, y en medios y cuartos, con valores de 200 y 100 reis.

 Essas pesetas também alcançaram a área da Prata diretamente por meio do comércio da Espanha com esses territórios, como evidenciado pela transcrição de uma Sessão das Cortes em Madrid em 11 de dezembro de 1855. Nela, o deputado José Gener afirmou que Sevilha, Cádiz e Barcelona tinha comércio direto com vários portos da bacia do Rio da Prata, e para isso eles necessariamente tinham que carregar dinheiro. Segundo seu depoimento, tanto no Paraguai quanto no Uruguai e em Buenos Aires o ouro - possivelmente muito abundante devido à sua proximidade com o Brasil - tinha um valor muito baixo em relação à Espanha, com uma estimativa de quatorze pesos e pouco mais. A isto foi adicionado que as pesetas de face espanhola na província de Entre Rios receberam uma estimativa de dois reais, e as meias pesetas ou reales de um real, pelo que se obteve um benefício de 20% com a sua utilização. Em troca de prata, obtinha-se com este comércio o ouro que era trazido para a Espanha, onde em poucos dias era cunhado nas casas da moeda de Sevilha e Barcelona e trocado por prata, devolvendo os navios para realizar as mesmas viagens lucrativas.

 As balastracas, ou moeda cortada, já haviam sido amplamente utilizadas nas províncias do sul do Brasil, principalmente durante a República de Piratiní. Entre eles, destacam-se os que concederam o valor de 400 réis, ou um cruzado, sobre uma moeda espanhola de um real, o de 200 sobre a meia peseta provincial e o de 100 sobre as de meio real. Pensa-se que essa moeda fracionária não foi enviada para ser lacrada pelas autoridades do Rio Grande do Sul, mas que sua criação foi popular, por ter uma moeda fracionária necessária para pequenas transações. Para tal, as moedas da cunhagem espanhola e das novas repúblicas de dois reais foram também divididas em quatro partes, dentadas ou não, recebendo a estimativa de 400 réis, valor então atribuído à peseta, e ao meio e quarto, com valores de 200 e 100 réis.

 Nuevamente se volvió a recurrir a ellas durante la Guerra de la Triple Alianza, conocida en Brasil como la Guerra de Paraguay. En la Colección del Museo Histórico Nacional hay una serie de 13 de ellas sobre moneda hispanoamericana de plata, cortadas en media o casi media moneda o en cuartos. En ellas hay dos tipos de resellos, uno incuso, el aplicado sobre la moneda cortado, y otro rectangular, con el número en bajo relieve. Curiosamente, de estos en la actualidad escasos documentos numismáticos conservados, en la mayor parte de estas monedas es visible el cuño de la moneda española provincial sobre el que fueron realizados.

 Eles foram usados ​​novamente durante a Guerra da Tríplice Aliança, conhecida no Brasil como Guerra do Paraguai. Na Coleção do Museu Histórico Nacional há uma série de 13 delas em moedas de prata hispano-americanas, cortadas ao meio ou quase meia moeda ou em quartos. Neles existem dois tipos de carimbos, um incuso, o aplicado na moeda cortada, e o outro retangular, com o número em baixo relevo. Curiosamente, desses poucos documentos numismáticos atualmente preservados, na maioria dessas moedas é visível da cunhagem da moeda espanhola provincial em que foram feitas.

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