domingo, 29 de enero de 2023

Medios escudos, durillos, escuditos, coronillas o veintenes

 Publicado en El Eco Filatélico y Numismático, nº 1325, 2023

La necesidad de moneda menuda para hacer frente a los cambios de las monedas de oro de gran formato en el pequeño comercio llevó a que por una Ordenanza de 25 de noviembre de 1738 dada en San Lorenzo se ordenase la acuñación de una nueva especie monetaria, medios escudos de oro con un valor de 18 reales y 28 maravedíes de vellón, que fueron conocidos como escuditos o coronitas. Este nuevo circulante tenía un peso de entre  1,6 y 1,7 gramos, una talla de 136 piezas por marco y un diámetro de entre 15 y 15 ½ milímetros. 

Debido a su alto valor nominal, equivalente al del real de a ocho o peso en 1728, y su menor peso, 16 veces menor a su equivalente en moneda de plata, tuvo una rápida aceptación en la circulación. Con posterioridad se rebajó su peso y se hizo equivaler a 20 reales de vellón, la nueva valoración de los pesos, por lo que recibió el nombre de veintén. Esta estimación se mantuvo durante todo el periodo en el que fueron acuñados, hasta el reinado de Isabel II, a pesar de todas las reformas monetarias posteriores, lo que se llevó a cabo o bien rebajando su ley o bien rebajando su peso. 

Este módulo no era desconocido en nuestra historia numismática, toda vez que fue utilizado en las emisiones privativas de los reinos de Valencia y Mallorca desde el reinado de Carlos II, habiendo una emisión de 1703, sin fechar, a nombre de Felipe V de Palma de Mallorca. Acuñadas en las Casas de Moneda de Madrid y Sevilla, las monedas emitidas difieren tanto en el diseño del busto del monarca como en su diámetro, así como en el mayor o menor desarrollo de las leyendas. Con los medios escudos se asiste en el sistema monetario castellano al nacimiento del numerario áureo provincial, dado que su circulación quedaba circunscrita al territorio peninsular. 

En su anverso estas nuevas emisiones llevan el busto a derecha de Felipe V con gran peluca barroca, y la leyenda circular en las primeras emisiones PHS y D G HI ET IN R 1738. En el reverso, por la imposibilidad de ocupar su pequeño espacio para el uso del escudo grande de la Monarquía, se optó por el escudo sencillo del tipo peto esquinado, cuartelado de castillos y leones y coronado, con escusón de Borbón en su centro, y la leyenda INITIA SAPIENTIAE TIMOR DOMINE,  El principio de la sabiduría es el temor del Señor (Proverbios 1:7). 

La primera de las reformas de esta nueva moneda se produjo en 1742, cuando en fecha 22 de junio se ordenó la acuñación de nuevos medios escudos, con el valor antes citado de 20 reales de vellón, con ley de 21 quilates y 3 granos. El motivo aducido para esta reforma fue la dificultad que suponía para su cambio en moneda de plata el pico de los 8 maravedíes. Estas emisiones mantienen el busto del anverso y el escudo del reverso, con o sin escusón, con leyenda PHILLIPPUS * V*D*G* y la fecha de emisión en su anverso e HISPANIARUM*REX y las siglas de ceca y de los ensayadores. 

Las acuñaciones de este módulo continuaron e incluso se incrementaron durante el reinado de Fernando VI, dado que su buena acogida propició su uso y evitó la emisión de reales de a ocho de plata nacional, con los mismos tipos que los usados por su padre. Los durillos se siguieron batiendo igualmente desde su fallecimiento entre 1759 y 1771, con emisiones conocidas de todos los años, ya en el reinado de Carlos III, con idéntico reverso que el visto en las emisiones anteriores y la leyenda HISPANIARVM REX. 

Desde 1772 variaron los tipos, incluyendo un nuevo busto del monarca en su anverso, a derecha y a la heroica, con lazo y Toisón de Oro al cuello, y la leyenda CAROL.III.D.G.HISP.R y el año de emisión. En su reverso, sin leyenda, se incluyó el mismo escudo utilizado para los reales de a ocho, con castillos y leones dentro de un escudo de casulla o piel de toro, con escusón de tres lises en su centro en forma de óvalo, coronado y rodeado del Toisón de Oro, la marca de ceca a su izquierda y las siglas de ensayador a su derecha. 

En el año 1786 se comenzaron a emitir nuevos veintenes, tras la promulgación de la Pragmática Sanción de 21 de marzo. El motivo de esta nueva acuñación fue que los anteriores habían incrementado su valor, por razón del premio, a 21 reales y un cuartillo de vellón, tras la publicación de la Real Pragmática de 17 de julio de 1779. Estas nuevas monedas mantuvieron los motivos y leyendas de su anverso, pero en su reverso se representaron los mismos motivos dentro de un escudo oval. 

El valor de estos nuevos escuditos de nueva labra quedó fijado en los mismos 20 reales de vellón. Con esta disposición, la relación o ratio entre el oro y la plata quedó fijada en 1:15 para la moneda nacional y en 1:16,4 para la provincial, y fue según Elena García Guerra una medida de política monetaria concertada con Francia dentro de los acuerdos del Pacto de Familia, con el objeto de evitar la exportación de moneda áurea a Inglaterra.  Se previó que se recogiesen los durillos anteriormente acuñados en el plazo de dos años en las Casas de Moneda y en las tesorerías provinciales y militares, medida que fue prorrogada varias veces, como sucedió por la Real Cédula de 29 de febrero de 1796. 

A pesar de ello, los veintenes antiguos gozaron de una larga existencia y aceptación en el circulante, dado que siguieron circulando por su valor real hasta 1862. En 1787, por ejemplo, la Cancillería Real y el superintendente de los edificios religiosos de Granada informaron a la Corona que habían rehusado el recibo de unos 300.000 veintenes, por lo que los tenedores los habían remitido a Sevilla como metal. Los oficiales, en vez de ser felicitados, fueron instados a que en lo sucesivo recibieran dichos veintenes en pago. Francisco Paradaltas recogía que en 1847 seguían en circulación, recibiendo una estimación de 21 reales y 8 maravedíes de vellón. 

Los medios escudos se acuñaron durante el reinado de Carlos IV en la ceca de Madrid, ininterrumpidamente desde 1788 hasta 1796, y en el de su hijo Fernando VII en 1817. En el reinado de Isabel II se produjeron nuevas emisiones, ajustándolas a su valor facial en reales de vellón, con busto de la reina a izquierda y la leyenda  ISABEL 2ª  POR LA G. DE DIOS Y LA CONST y la fecha en su anverso, y el escudo grande de la monarquía y la leyenda REINA DE LAS ESPAÑAS, así como su valor facial, 20 Rs, en su reverso, realizadas en Madrid entre los años 1861 y 1863. Posteriormente, en 1865 y 1866, se acuñaron nuevos durillos con su valor facial en escudos de vellón, 2 escudos. 

El módulo de los veintenes fue igualmente utilizado para la emisión de las Medallas de Proclamación de los sucesivos monarcas desde Fernando VI en 1746, de Carlos IV en 1789, de Fernando VII en 1808 y de Isabel II en 1833. Finalmente, con la adopción del nuevo sistema monetario nacional basado en la peseta, este longevo numerario fue retirado de la circulación y sustituido por las nuevas emisiones.   

Para saber más: 

ANES Y ÁLVAREZ DE CASTRILLÓN, G, “Guerras, monedas y deuda durante el reinado de Carlos III”, en Carlos III y la Casa de la Moneda, Catálogo de la exposición celebrada en el Museo casa de la Moneda, Madrid, diciembre 1988-febrero 1989.

GARCÍA GUERRA, E., “Moneda en España en los siglos XVI-XVIII”, en Historia de España XIV, Historia Moderna, La economía en la España Moderna, Madrid, 2006, pp. 201-240.

GIL FARRÉS, O., Historia de la moneda española, Madrid, 1976.

HAMILTON, E.J., “Monetary Problems in Spain and Spanish America, 1751-1800”, The Journal of Economic History, Vol.4, nº 1, May, 1944, pp. 21-48.

MORENO Y CASANOVA, J.J., “Medio escudo, pequeña entre las grandes”, Crónica Numismática, abril 2000, pp. 44-45.

PARADALTAS Y PINTÓ, F., Tratado de monedas: sistema monetario y proyectos para su reforma, Barcelona, 1847.

PÉREZ SINDREU, F. de P., “Variaciones en el valor de las monedas durante el siglo VXIII para paliar la escasez de plata y evitar la salida de las monedas españolas al extranjero”, Gaceta Numismática 155, diciembre 2004, pp. 43-53.

SANTIAGO FERNÁNDEZ, J. de, “Legislación y reforma monetaria en la España Borbónica”, en VI Jornadas sobre Documentación Borbónica en España y América  (1700-1868), Madrid, 2007, pp. 403-436.

jueves, 26 de enero de 2023

El grabador Bartolomé Maura y Montaner

 Publicado en Puerto Rico Numismático, Vol. XLVIII


https://www.academia.edu/95750166/El_grabador_Bartolom%C3%A9_Maura_y_Montaner

Bartolomé Maura y Montaner, nacido en Palma de Mallorca en 1844 y fallecido en Madrid en 1826, fue un reputado grabador y pintor español,  continuador de una afamada saga de pintores y grabadores por vía materna. Fue hermano del también pintor Francisco Maura y de Antonio Maura, una de las principales figuras políticas del reinado de Alfonso XIII, cinco veces Presidente del Consejo de Ministros y que rigió varios ministerios, como el de Ultramar, cargo que ostentó entre el 11 de diciembre de 1892 al 12 de marzo de 1894. En su cargo de Director Artístico de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, Bartolomé Maura fue el encargado de grabar tanto los billetes de canje de moneda mexicana como los propios pesos y sus fracciones de Puerto Rico de 1895. 

Tras realizar estudios preliminares en la Academia Provincial de Bellas Artes de su Palma natal, se trasladó a Madrid en 1868 para continuar su formación en la Escuela Especial de Pintura, Escultura y Grabado, siendo discípulo de Federico de Madrazo, Carlos Luis Ribera y del grabador Domingo Martínez. Bartolomé Maura fue uno de los grabadores más reconocidos y premiados a nivel nacional e internacional del último tercio del siglo XIX, y es considerado el grabador de interpretación español por excelencia, siendo un excelente grabador de retratos y un activo ilustrador de libros. Entre sus reconocimientos se encuentran el haber sido nombrado Caballero de la Orden de Carlos III en 1877, Comendador de la Orden de Isabel la Católica en 1883 y académico de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando en 1899. 

En 1872 y hasta 1893 fue el administrador de la Calcografía Nacional, cargo que hubo de abandonar al ganar por oposición el de Director Artístico de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Maura grabó algunas de las más bellas emisiones filatélicas españolas de finales de la centuria, como la realizada para conmemorar el Tercer Centenario de la publicación del Quijote, así como en la serie de Alfonso XIII conocida como cadete y en el primer sello de correspondencia urgente. También fue el grabador en 1898 de los sellos destinados al Impuesto de Guerra, serie en la que destaca la del busto del monarca niño a derecha, con un recargo de cinco céntimos, que remite a las emisiones monetarias de esta época y es muy similar al utilizado en los pesos acuñados para Puerto Rico en 1895. 

Desde 1893 hasta su jubilación fue como antes se dijo el Director Artístico de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre. Con su nombramiento como Grabador Jefe del Centro Artístico de esta institución por cese de Gregorio Sellán se rompió con una tradición por la que desde 1804 los grabadores se habían formado en el Departamento de Grabado de la Fábrica. Curiosamente, había grabado su primera medalla en 1890, cuando contaba con 46 años. Pero, posiblemente por su formación como grabador en dulce, mostró siempre una gran adaptabilidad, como es patente en su obra, con medallas de temas puramente historicistas, como la realizada para el IV Centenario del Descubrimiento de América en 1829, de tipo Art Noveau como la realizada para la Exposición de Bellas Artes en 1908, o la del simple diseño sigilográfico grabada con ocasión del VI Centenario de la batalla de Las Navas de Tolosa. En 1898 fue nombrado grabador jefe del Banco de España, siendo el responsable del grabado de los bellos billetes emitidos por esta institución. 

Bartolomé Maura y los grabados realizados con ocasión del canje de la moneda mexicana en Puerto Rico 

Como es sabido por los lectores, el 6 de diciembre de 1895 se decretó la prohibición de los pesos mexicanos en Puerto Rico, que debían ser sustituidos por un nuevo numerario remitido desde la Península, valorándose el peso mexicano al 95% de su facial. La moneda retirada se cambiaría la mitad en plata y la otra mitad en unos billetes de canje que habían sido aprobados en agosto, que serían redimidos cuando finalizasen las labores de acuñación de la nueva moneda a partir de la plata recogida en la isla. Dichos billetes fueron grabados por Bartolomé Maura e impresos en Madrid. 

En su anverso viene recogido en una viñeta una representación de Ponce de León, y en el círculo blanco de su centro lleva grabado un sello en seco con la leyenda CANJE DE PUERTO RICO y un velero. Estos billetes fueron impresos con doble matriz de control, y según Ramón Cobo se estima que se imprimieron unos cinco millones de ejemplares. Como curiosidad, el sobrante de estos billetes fue adquirido por una empresa privada, la de  Leopoldo Cerecedo Millán, que los regalaba a sus clientes como recuerdo de la isla, habiendo grabado en la matriz izquierda del anverso la leyenda RECUERDO DE PUERTO RICO AGOSTO 22 1920 CERECEDO. En el reverso de estos billetes se encuentra el escudo de España y las leyendas BILLETE DE CANJE y 1 PESO ULTRAMAR. 

Bartolomé Maura fue igualmente el encargado del grabado de la nueva moneda acuñada para su circulación en Puerto Rico. En esta serie, compuesta por moneda de un peso y 40, 20, 10 y 5 centavos, en su anverso viene representado un bellísimo busto a izquierda del monarca niño, obra de Bartolomé Maura, que remite a otras emisiones peninsulares de la época, salvo en el de menor valor facial. El reverso de la moneda es asimismo en todo trasunto de las emitidas en plata para su circulación peninsular, con escudo coronado con las armas de Castilla, León, Aragón y Navarra, con Granada en punta y escusón de Borbón con tres flores de lis en el centro, flanqueado por las Columnas de Hércules con las leyendas PLUS y ULTRA en sus cintas. Soberbia y preciosa moneda, cuyo reverso ha servido de motivo para el emblema de esta Sociedad Numismática de Puerto Rico.   

Para saber más 

ARROYO, M. D., Bartomeu Maura i Montaner 1844- 1926, Palma de Mallorca, Sa Nostra, 1990.

COBO HUICI, R.,  Billetes de Puerto Rico (II), Numismático Digital, 6 de junio de 2016.

GIMENO, J., “Bartolomé Maura, Mariano Benlliure, Miguel Blay: aspectos de una renovación”, en XIII Congreso Internacional de Numismática, Madrid, 2003: actas, pp. 1725-1735.

MONTESINOS MUÑOZ, V. "Bartolomé Maura i Montaner, familia de Grabadores", Numismático Digital, 21 de diciembre de 2016.

NAVARRO ZAYAS, A.O., “El canje de la moneda mexicana por el peso provincial en Puerto Rico (1895-1896) y Bartolomé Maura y Montaner”, Documenta & Instrumenta, Vol. 20, 2022.

PÉREZ-MAURA Y DE LA PEÑA, A., “Vidas en plenitud: Miguel, Bartolomé y Francisco Maura y Montaner”, MRAMEGH, 28, 2018, pp. 111-138. 

Maura y Montaner, Bartolomé - Medalla conmemorativa: Proclamación de Alfonso XIII como rey de España (academiacolecciones.com)

Bartolomé Maura y Montaner - Colección Banco de España (bde.es)

Museo Arqueológico Nacional - Resultados de la búsqueda (mcu.es)

lunes, 23 de enero de 2023

Propaganda y uso con fines bélicos de los billetes durante la Guerra Civil española

 Publicado en Crónica Numismática, 23 de enero de 2023


https://cronicanumismatica.com/propaganda-y-uso-con-fines-belicos-de-los-billetes-durante-la-guerra-civil-espanola-1936-1939/

Los billetes, como las monedas o los sellos de correos, son fiel reflejo tanto de las concepciones estéticas, religiosas y sociales del estado que los emite, así como de su situación política. Por ello, durante la Guerra Civil ambos bandos seleccionaron la iconografía presente en sus  emisiones notafílicas que mejor encarnase aquellos valores  que querían publicitarse y convertirse en señas de identidad nacional en un soporte, los billetes, que forman parte de la vida cotidiana de los ciudadanos y que ejercen una labor divulgativa muy importante. Por otro lado, el billete fue una importante arma de guerra para el bando nacional, toda vez que buena parte de la masa monetaria que fue siendo capturada a partir del 18 de julio de 1936 fue utilizada para financiar las redes de inteligencia y para compras de equipo y divisas. 

Con ello se perseguía y se consiguió el hundimiento de la cotización del circulante republicano y se imposibilitaron las relaciones comerciales de su gobierno. Este último, aunque al comienzo de la guerra controlaba el 80% de la producción industrial y el 40% de la agrícola, ante el hundimiento de la producción producido entre otras razones por las colectivizaciones, recurrió a la financiación del conflicto con las reservas de oro del Banco de España, las cuartas del mundo al comienzo de la guerra, que se agotaron en 1938. Este expolio llevó a una inflación desatada de los precios, con un incremento de los mismos en un 1.500%. Si en el verano de 1936 una peseta republicana equivalía a un 90% del valor de la nacional, a finales de 1938 se estimaba solamente en un 10%, y en un 5% a comienzos del año siguiente. 

Al poco tiempo de estallar el conflicto, por Decreto de 12 de noviembre de 1936, las autoridades nacionales negaron la validez de los billetes emitidos por la República con posterioridad al 18 de julio del mismo año, procediendo a su resellado, y los republicanos negaron validez a los emitidos por el Gobierno de Burgos por Decreto de 29 de noviembre del mismo año. La moneda metálica prácticamente desapareció de la circulación, en especial la de plata batida durante el periodo monárquico, y fue retirada de la circulación en la zona republicana por Decreto de 13 de octubre de 1936 y sustituida por certificados provisionales de papel. Su atesoramiento y la crónica escasez de moneda llevó a la emisión de vales y sustitutos de billetes por un sinfín de municipios, instituciones regionales, sindicatos, partidos o pequeños comerciantes. Estas emisiones locales, aunque fueron prohibidas por Decreto de 6 de enero de 1938, siguieron circulando hasta finales de ese mismo año. 

Los billetes circulantes en la zona republicana 

La masa monetaria de la época inmediatamente anterior a la proclamación de la República estaba basada principalmente en la moneda metálica, y abundaba la moneda de plata, careciendo el papel moneda de valor intrínseco. En la tipología de las primeras emisiones republicanas hubo una línea continuista, en el sentido de que carecieron de connotaciones políticas y se utilizaron improntas relativas al pasado glorioso de España. En sus anversos se representaron a pintores como Eduardo Rosales o Vicente López, o a personajes como Juan Sebastián Elcano o el Gran Capitán, y en los reversos se usaron temas artísticos. En 1935 se incluyó por primera vez en un billete el escudo de la República.

En este año, ante el atesoramiento que se hacía por los particulares de la moneda de plata se tuvo que emitir papel moneda de bajo facial, de 5 y 10 pesetas, a pesar de la negativa inicial del Banco de España. El 21 de mayo se encargó a la firma británica Bradbury, Wilkinson y Thomas de la Rue la impresión de billetes alegóricos de la República, con una figura femenina con corona mural para los de 10 pesetas y con laurel en las de 5 pesetas. Esta emisión de 120 millones de billetes de 5 pesetas y 70 millones de los de 10 pesetas de facial no fue puesta en circulación hasta 1936, por el Decreto de 13 de octubre antes citado, jugando un papel capital en el circulante republicano de la primera fase de la guerra. 

Durante la guerra se pusieron en circulación o siguieron en la misma algunas emisiones anteriores a la propia proclamación de la República, todas ellas impresas por la firma británica Bradbury. Entre ellas, se encuentra en primer lugar el billete de 1.000  pesetas de la emisión de 1 de julio de 1926, en cuyo anverso se reproducía a Carlos I y en su reverso el Alcázar de Toledo. Una emisión de 50 pesetas de 17 de mayo de 1927, con Alfonso XIII en anverso y una reproducción del cuadro La fundación de Buenos Aires por Juan de Garay, fue resellada por las autoridades republicanas con un sello oval con la leyenda REPUBLICA ESPAÑOLA. De la misma fecha encontramos un billete de 500 pesetas con Isabel la Católica en su anverso y Patio de los Leones, y en su reverso el escudo de los Reyes Católicos, cuya circulación fue prohibida por el gobierno nacional. 

El billete de 25 pesetas de 15 de agosto de 1928, en cuyo anverso viene representado Calderón de la Barca y su monumento en la madrileña Plaza de Santa Ana y en su reverso La devoción de la cruz no se puso en circulación hasta julio de 1936 en la zona republicana. De esta misma serie se pusieron en circulación los ejemplares de 50 pesetas con Velázquez y el Museo del Prado en anverso y La rendición de Breda en reverso en julio de 1938 y en febrero de 1937 los de 100 pesetas con Cervantes y su monumento en la Plaza de España en anverso y Encuentro de Don Quijote con los Duques en su reverso. El billete de 500 pesetas, con Cisneros y la Catedral de Toledo en anverso y La Liberación de los Cautivos de Túnez en su reverso se puso nuevamente en circulación en 1938, y el de mayor valor facial, 1.000 pesetas, con Fernando III el Santo y Catedral de Sevilla en anverso y la Última comunión de San Fernando en reverso, se puso en circulación en junio de 1938. 

Aparte de estos billetes y los impresos durante el periodo republicano que se encontraban en las reservas del Banco de España, hubo algunas emisiones nuevas, como la de 31 de agosto de 1936, en cuyo anverso se representa un autorretrato de Joaquín Sorolla y la torre del Miguelete, y en su reverso el cuadro de este autor Sacando la barca. Su impresión se llevó a cabo en Londres por la firma Thomas de La Rue. Debido a la escasez de moneda fraccionaria, en 1937  y 1938 se emitieron certificados provisionales de moneda fraccionaria con valores de 1 y 2 pesetas y 50 céntimos. En el de 50 céntimos se reproduce en su anverso una alegoría de la República con gorro frigio, en el de una peseta la Victoria de Samotracia y la Cibeles en su reverso, y en el de dos pesetas una alegoría de la República y en su reverso el Puente de Toledo de Madrid. 

En Barcelona se emitieron el 15 de agosto de 1838 billetes sin figura de 100 pesetas y de 5.000 pesetas de facial el 11 de julio de este mismo año. En este último, fabricado también por Bradbury, se reproduce en su anverso a Mariano Fortuny y en su reverso su cuadro La vicaría. Estas emisiones no llegaron a entrar en circulación, pues las tropas nacionales ocuparon Barcelona el 26 de enero del año siguiente. Tampoco  entró en circulación una emisión de 100 pesetas de facial fabricado por Thomas de La Rue con fecha de emisión 11 de marzo de 1938, con la Dama de Elche y un barco fenicio en anverso y el Huerto del Cura de Elche en reverso. 

Los billetes circulantes en la zona nacional 

Mientras tanto, en la zona nacional se procedió, como antes también se apuntaba, al marcado o resellado de los billetes, para con ello dar liquidez económica a su bando, al hacer necesario para su circulación que la población ingresase los billetes en las entidades bancarias, dado que el uso de billetes no estampillados fue perseguido y castigado ejemplarmente. Para llevar a cabo este resellado se adquirieron setenta máquinas manuales, y el sello se estampó en seco en la parte superior de los billetes. Su diseño constaba de dos círculos concéntricos, de 30 y 17 mm de diámetro, con la leyenda ESTADO ESPAÑOL – BURGOS. La facilidad de su falsificación, que se realizó en suelo galo,  hizo que llegase un  momento en el que ningún banco francés aceptase billetes españoles, por su incapacidad de dilucidar si eran verdaderos o falsos. 

Por ello, el Banco de España radicado en Burgos decidió rápidamente el lanzamiento de emisiones propias, en fecha 21 de noviembre de este mismo año, de billetes de 5, 10, 25, 50, 100, 500 y 1.000 pesetas de facial. Para los mismos se utilizó un papel con marca de agua importado desde Alemania por la imprenta Casa Portella de Zaragoza. Otros ejemplares se fabricaron por la firma alemana Giesecke Devrient, de Leipzig. Su diseño corrió a cargo de José López Sánchez-Toda, que proyectó en su anverso el escudo nacional en el que la corona mural se sustituyó por la real, aunque abierta. En los reversos de los tres billetes de mayor facial se representaron monumentos de ciudades ya tomadas por su bando, en el de mayor facial la representación del Alcázar de Toledo, en el de 500 pesetas la Catedral de Burgos y en el de 100 pesetas la Catedral de Burgos. 

El 9 de marzo de 1937 se ordenó la retirada de los billetes estampillados, y en ese mismo año se realizaron dos emisiones, el 18 de julio y el 12 de octubre. Para las mismas se recurrió a la firma italiana Coen y Cartevalori. En estas emisiones las connotaciones propagandísticas fueron mucho más evidentes, fabricándose billetes de muy bajo valor facial, 1 y 2 pesetas, y utilizándose como motivo el escudo del monarca Carlos III. El billete de 1.000 pesetas recoge la imagen de Carlos I e incluye la leyenda II AÑO TRIUNFAL. 

El escudo de este bando no aparecerá en los billetes hasta la peseta de 28 de febrero de 1938, basado en el de los Reyes Católicos, con la sustitución del cuartel de las armas de Sicilia por las de Navarra y la inclusión del águila de San Juan, el yugo y las flechas y las Columnas de Hércules. La última de las series notafílicas del bando nacional durante la guerra se llevó a cabo el 20 de mayo de 1938. Sus tipos siguieron siendo monumentos arquitectónicos, siendo los elegidos para las 25 pesetas la Giralda de Sevilla, el Castillo de Olite para el de 50 pesetas, la Catedral de Santiago para los billetes de 500 pesetas y la representación del cuadro Defensa del Púlpito de San Agustín en el de 1.000 pesetas. 

Para saber más: 

CORPORALES LEAL, C., “Moneda y Guerra Civil española: Delitos monetarios”, Ab Initio, Núm. Extra. 1, 2011, pp. 169-202.

CORREYERO RUIZ, B., “Propaganda turística y estatal en España a través de sellos y billetes”, Historia y Comunicación Social, Vol. 7, 2022, pp. 31-45.

FRANCISCO OLMOS, J.M. de, “El estampillado de billetes de banco: alteración de un documento económico como medio de propaganda”, Revista general de información y documentación, Vol. 14, Núm. 2, 2004, pp. 59-96.

IGLESIAS RODRÍGUEZ, G. y FERNÁNDEZ GARCÍA, A., La propaganda política durante la guerra civil española: la España Republicana, Madrid, 2005.

MARTÍN-ACEÑA MANRIQUE, P., “Los problemas monetarios durante la Guerra Civil española”, Studia Historica. Historia Contemporánea, nº 3, 1985, PP. 119-126.

RINCÓN CARRASCO, C., “Propaganda política en la Guerra Civil: La emisión de billetes”, Ab Initio, Núm. Extra. 2, 2012, pp. 279-312.

SANTIAGO FERNÁNDEZ, J. de, “Utilización política y propaganda en el papel Moneda Español entre la II República y el Primer Franquismo”, Gaceta Numismática, Nº. 153, 2004, pp. 23-44.

TORTELLA CASARES, Teresa, “El billete español en la Edad Contemporánea. Mucho más que un medio de pago”, en VII Jornadas Científicas Sobre Documentación Contemporánea (1868-2008), Dpto. de Ciencias y Técnicas Historiográficas, Universidad Complutense de Madrid, Madrid, 2008.

VVAA, La moneda a la guerra civil espanyola: art, disseny i propaganda, XXII Curs d’Història Monetària Hispànica, 27 y 28 de noviembre de 2019.

lunes, 2 de enero de 2023

La aceptación de las monedas de las nuevas repúblicas hispanoamericanas en Puerto Rico

 Publicado en Puerto Rico Numismático, enero 2013

https://www.academia.edu/94176844/La_aceptaci%C3%B3n_de_las_monedas_de_las_nuevas_rep%C3%BAblicas_hispanoamericanas_en_Puerto_Rico

El proceso de Independencia de las nuevas repúblicas hispanoamericanas supuso una de las mayores mutaciones en los flujos monetarios de la Historia. En pocos años, el flujo de plata que procedente de las Casas de Moneda españolas en el continente americano y que alimentaba el comercio mundial desde hacía tres centurias se alteró y finalmente quebró, y las vicisitudes bélicas afectaron especialmente a las principales áreas productivas, Nueva España y Potosí, a comienzos de los movimientos insurreccionales. La escasez se sintió en todo el mundo, y puede considerarse que en el circulante a nivel mundial la Era de la Plata fue sustituida por la Era del Billete. 

Estos problemas se añadieron  en Puerto Rico a los derivados del retraso de los situados, a la inclemencia climática  y a los enfrentamientos bélicos de finales del siglo XVIII y principios del XIX, con los graves perjuicios sufridos por el recurso de las papeletas sin respaldo en moneda metálica. Esta situación se vio paliada cuando por Decreto de 18 de junio de 1813 se autorizó por el gobernador Salvador Meléndez Bruna y por la recomendación del intendente Alejandro Ramírez, la entrada y circulación legal de la moneda macuquina procedente de los refugiados venezolanos, como un mal menor necesario para garantizar la circulación monetaria en la isla.  Con ello se consiguió amortizar el papel moneda en una cuantía de medio millón de pesos, y se dotó a la isla de un circulante que se mantuvo, no sin problemas, durante años y evitó las anteriores tensiones monetarias sufridas. 

En esta situación, la moneda provincial española, conocida como sevillana, acuñada en las cecas peninsulares en pesetas y medias pesetas, comenzó a aparecer en cantidades crecientes en las Antillas españolas, aunque con menor presencia en Puerto Rico que en Cuba. A pesar de lo afirmado por algunos autores, la llegada de este numerario, cuya circulación estaba restringida por ley a la España peninsular, se debió principalmente a su amplia difusión en las colonias caribeñas del Reino Unido, en los Estados Unidos y en Canadá, donde era la moneda más utilizada y común entre las clases populares. Su presencia en Cuba, Puerto Rico e incluso en las nuevas repúblicas independientes se debió principalmente a los fallidos intentos del gobierno británico por sustituir el patrón monetario basado en el dólar o peso español por el de la plata esterlina hacia 1825, que si bien no consiguió retirar de la circulación ni alterar el sistema monetario del peso, supuso la desmonetización de la moneda provincial española, que circulaba en todas sus posesiones caribeñas y en Norteamérica en grandes cantidades. 

 Se asistió igualmente a la gradual llegada de moneda acuñada por las nuevas repúblicas independientes, que en un primer momento no se aceptaron en la circulación, por las connotaciones políticas que ello supondría de reconocimiento implícito de su soberanía política y monetaria. En estas primeras emisiones de los nuevos estados el peso del precedente sistema monetario castellano fue claro, tanto en las denominaciones de las monedas como en su ley y peso. Por ello, ante la escasez de circulante y unas relaciones comerciales nuevamente abiertas, se comenzaron a recibir por las autoridades solicitudes para permitir su circulación. En virtud de ello, a partir del 23 de octubre de 1833 se admitieron en la isla las monedas de aquellos territorios, que aun así seguían considerándose como provincias disidentes. 

En virtud de ello, las monedas de plata se recibieron por su mismo valor en plata nacional de cuño español. En el caso de las emisiones áureas, el valor de cada onza se fijó en 15 pesos y medio, mientras que la de cuño nacional se estimaba en 16 pesos. Con ello, este tipo de moneda, especialmente la mexicana, entró en circulación en la isla. Tres años después, se ordenó en fecha 24 de marzo de 1836 que la cuarta parte de los derechos correspondientes a la moneda nacional pudieran pagarse en moneda de esta procedencia, dado que la falta de moneda fuerte o nacional hubiese paralizado el comercio, permitiéndose con ello pagar los aranceles aduaneros con este tipo de moneda. 

A pesar de ello, no faltaron detractores a estas medidas. La falta de recursos derivada de varios factores, entre los que se encontraban el abandono de las explotaciones menos rentables, el déficit crónico de las nuevas repúblicas y la inestabilidad política y social, llevó a la manipulación de la moneda con fines recaudatorios e hizo que algunas de estas nuevas emisiones fuesen repudiadas fuera de sus fronteras. Ya en 1836 se pidió en Puerto Rico la primera reducción del valor de la moneda de los nuevos estados, debido a los problemas derivados del nuevo circulante colombiano. En el año 1855 el debate llegó a las Cortes, donde se originó un Proyecto de Ley en el que se pedía que se facilitase la circulación de las monedas de las repúblicas hispanoamericanas, una vez que se comprobase su peso y ley. 

Fuentes consultadas: 

Archivo Histórico Nacional, Ultramar, 1065, exp.9. 

Para saber más: 

ADINA CETI, M., Los problemas monetarios en Puerto Rico en la primera mitad del siglo XIX, Trabajo de Fin de Máster en Patrimonio Histórico Escrito, Universidad Complutense de Madrid, Curso 2018-2019.

CÓRDOVA, P.T. de, Memoria sobre todos los ramos de la Administración de la Isla de Puerto-Rico, Madrid, 1838.

CRESPO ARMÁIZ, J., Fortalezas y Situados. La geopolítica española y sus efectos sobre el desarrollo económico y monetario de Puerto Rico (1582-1809), Puerto Rico, 2005.

CRUZ MONCLOVA, L., Historia de Puerto Rico. Siglo XX, Tomo I (1808-1868), Madrid, 1970.

IRIGOIN, A., “Las raíces monetarias de la fragmentación política de la América Española en el siglo XIX”, Historia Mexicana, vol. LIX, núm. 3, enero-marzo, 2010, pp. 919-979.

LLUIS Y NAVAS-BRUSI, J., "La herencia española en la moneda hispanoamericana", NVMISMA, nº 28, septiembre-octubre 1957, pp. 55-92.

MAR, A., The science of Money, George Bell & Sons, Londres, 1885.

viernes, 23 de diciembre de 2022

El proyecto de implantación del Ingenio de la Tijera en las cecas de los Reinos de las Indias

Publicado en Revista Numismática Hécate, nº 9, 2022


http://revista-hecate.org/numeros/hecate-n-9.html

Resumen

 Tras realizarse una prueba en 1589  y varias emisiones en las cecas de Segovia y Toledo y en un taller improvisado en Madrid con una nueva forma de acuñar moneda, conocida como Ingenio de la Tijera, en 1598 se dispuso que esta nueva forma de producirla fuese utilizada en las Casas de Moneda de los Reinos de las Indias, mediante un asiento firmado con el clérigo Baltasar Vellorino. En el presente artículo se analiza la copiosa documentación y el expediente obrante en el Archivo General de Indias sobre su prevista implantación que, a la vista de las monedas acuñadas durante el siglo XVII, no fue finalmente llevada a cabo. Se apunta asimismo la posibilidad expresada por algunos autores de que este Ingenio esté en el origen de algunas emisiones de excepcional belleza, conocidas como Royals en el mundo anglosajón y Redondos y Galanos en el hispánico.

 Palabras clave: Casas de Moneda, Ingenio de la Tijera, Miguel de la Cerda, Baltasar Vellorino, acuñación de moneda, Galanos, macuquina.

 Abstract

 After carrying out an examination in 1589 and several coinages in Segovia and Toledo mints and in an improvised workshop in Madrid of a new way of coining, known as Ingenio de la Tijera, in 1598 the Crown decided that this new way of minting would be used in the Mints of the Kingdoms of the Indies, through a contract signed with the clergyman Baltasar Vellorino. This article analyses the copious documentation and a file in the General Archive of the Indies on its planned implementation, which, in view of the coins minted during the 17th century, was not finally carried out. It is also pointed out the possibility expressed by some authors that this Ingenio is in the origin of some issues of exceptional beauty, known as Royals in the Anglo-Saxon world and Redondos and Galanos.

 Keywords: Spanish Mints, Ingenio de la Tijera, Miguel de la Cerda, Baltasar Vellorino, coinage, Royals, cob.

domingo, 11 de diciembre de 2022

Las emisiones de vellón de la ceca de Trujillo

 Publicado en Asociación Filatélica y Numismática Pacense, Hoja Informativa nº82, 2022

https://es.calameo.com/read/007154910961ca140c665

Durante la conocida en Portugal como Guerra de Restauración, largo conflicto que comenzó con el levantamiento del 1 de diciembre de 1640 y acabó con el reconocimiento de la independencia del país luso por el Tratado de Lisboa de 1668, se asistió a la emisión de moneda de cobre en la ciudad de Trujillo y en otras cecas castellanas. Estas emisiones a gran escala de vellón de molino, con liga de plata, comenzaron en 1660, y tuvieron una corta existencia, dado que por su fácil falsificación se dejaron de producir en 1664. 

El comienzo del conflicto se produjo durante el convulso periodo en el que tanto Portugal como Cataluña, Aragón, Andalucía y Nápoles se negaron a colaborar en la conocida como Unión de Armas, produciéndose movimientos secesionistas. Asimismo, coincide con la Guerra de los Treinta Años que asoló Europa, así como con la de los Ochenta Años en Flandes. Mientras que el levantamiento de Cataluña fue visto como una amenaza directa y a este conflicto se dedicaron grandes cantidades de moneda plata, en el caso de Portugal se consideró un conflicto doméstico. 

Este dilatado enfrentamiento, en el que muchos portugueses se mantuvieron fieles a los monarcas Habsburgo, consistió en una serie de escaramuzas fronterizas e incursiones pequeñas a ambos lados de la Raya. El esfuerzo bélico, financiero y tributario en el lado castellano recayó sobre las áreas fronterizas, que abarcaban desde Galicia hasta Ayamonte,  y muy especialmente sobre Extremadura y sus milicias locales. Las asignaciones a las tropas eran satisfechas, salvo en un ínfimo porcentaje de un dos a un tres por ciento en plata, en moneda de vellón. 

En estas circunstancias se creó la Casa de Moneda de Trujillo, la única de nueva planta creada durante la dinastía de los Austrias, para el resello de moneda. La misma comenzó a operar el día 2 de abril de 1641, dedicada al resello de moneda de ocho maravedíes acuñada a martillo, cesando sus actividades el 6 de marzo del mismo año. Posteriormente volvió nuevamente a estar operativa con motivo de los resellos realizados en 1651, 1654 y 1658. La misma emitió moneda de molino en 1660, y sus últimas labores se llevaron a cabo en 1680, siendo clausurada un año después.   

Durante el periodo que estuvo operativa se produjeron importantes alteraciones monetarias en el circulante de vellón castellano. El 11 de noviembre de 1651 se incrementó el facial de la calderilla a su valor de 1642, lo que produjo, además de protestas, numerosos fraudes y resellos ilegales. Con las monedas que se quebrasen con el resello se acuñaron piezas de vellón grueso de dos maravedíes, con motivos de un castillo en una de las caras y un león en la otra y una talla de 280 maravedíes por marco, con un peso de 1,64 gramos. 

Igualmente, por Real Pragmática de 29 de octubre de 1660, se ordenó la labra de una nueva especie monetaria de cobre ligado con plata, sustituyendo la acuñación a martillo por la realizada por molinos hidráulicos en Segovia, Cuenca y Granada, y molinos de sangre movidos por mulas en los demás. Estas últimas fueron las de Burgos, Sevilla, Valladolid y Trujillo. Se abrieron asimismo nuevas cecas para esta labra en la Puerta de Alcalá de Madrid y en  Córdoba. 

Esta moneda contendría un 7% de plata, y una talla de 816 maravedíes por marco, con una liga de 20 granos de plata. El beneficio por marco de la misma era de 17 reales y 31 maravedíes, de los que se tendrían que descontar el braceaje, mermas y regalía. Se acuñó moneda de dos, cuatro, ocho y dieciséis maravedíes de facial, con visto del rey a derecha en su anverso y la leyenda PHILIPPVS IIII D.G. En su reverso se incluye el escudo de la Monarquía, incluyendo el escusón de Portugal, la leyenda HISPANIARUM REX, el año 1661, la marca de ceca y la del facial de la moneda. Las emisiones posteriores, de valor artístico muy vario, se sucedieron hasta que el 14 de octubre de 1664 se paralizó la emisión de moneda de molino, reduciendo su valor nominal a la mitad, y se prohibió la circulación de la calderilla y de la moneda de cobre puro. 

Para saber más: 

ALMENARA, E., “Las monedas olvidadas. La acuñación del numerario de cobre durante el resello de Felipe IV”, NVMISMA, nº 251, enero-diciembre 2007, pp. 295-317.

ALMENARA, E., “Una ceca para Extremadura. Trujillo (1641-1681)” NVMISMA, nº 253, enero-diciembre 2009, pp. 101-115.

GARCIA CAVALLERO, J., Breve cotejo, y valance de las pesas y medidas de varias Naciones, Madrid, 1731.

MATEU Y LLOPIS, F., "Las acuñaciones iconográficas de vellón de Felipe IV (1661-1664)”, NVMISMA, nº 14, enero-marzo 1955, pp. 99-106.

MURRAY, G., La mecanización de las cecas españolas: desde Segovia (1585) hasta Potosí (1767), Conferencia dictada en el I Congreso Centroamericano de Numismática, San José, Costa Rica, Museos del Banco Central, 18-21  de septiembre de 2002, disponible en www.SegoviaMint.org

OROL PERNAS, A., "La Real Casa de Moneda de Trujillo", NVMISMA, nº 231, enero-diciembre 1992, pp. 205-223.

PÉREZ SINDREU, F. de P., " El vellón durante los Austrias y la Casa de Moneda de Sevilla", NVMISMA, nº 248 - Enero-Diciembre 2004, pp. 49-63.

SANTIAGO FERNÁNDEZ, J. de, Política monetaria en Castilla durante el siglo XVII, Valladolid, 2000.

SANTIAGO FERNÁNDEZ, J. de, “Monedas de vellón circulantes en Castilla durante el Reinado de Carlos II (1665-1700)”, Revue Numismatique, nº 165, 2009, pp. 339-356.

SANTIAGO FERNÁNDEZ, J. de, “El desmantelamiento de los ingenios de Molino en las cecas castellanas en los primeros años del reinado de Carlos II”, Cuadernos de Investigación Histórica, nº 27, 2010, pp. 209-236

VILAR, P., Crecimiento y Desarrollo, Barcelona, 2001.

sábado, 10 de diciembre de 2022

La moneda de fraile. El cobre de Santo Domingo como moneda circulante en las Islas del Caribe

 Publicado en Numiexpo, 2022

https://www.academia.edu/92543120/La_moneda_de_fraile_El_cobre_de_Santo_Domingo_como_moneda_circulante_en_las_Islas_del_Caribe

Presentación realizada durante la Reunión Mensual de Socios de la Sociedad Numismática de Puerto Rico en fecha 13 de enero de 2022

En la trascendental obra Diccionario de Moneda Hispanoamericana del ilustre numismático argentino Humberto Francisco Burzio se recoge que en Puerto Rico se utilizó para las transacciones menudas la moneda de vellón batida en la ceca de Santo Domingo en el siglo XVI, y que la misma era conocida como moneda de fraile o moneda de los pobres. Como se va a analizar en base a diversa documentación y hallazgos arqueológicos, esta moneda seguía en circulación hasta bien entrado el siglo XVIII, en todas las grandes Antillas –La Española, Cuba, Puerto Rico y Jamaica- e incluso en las Islas Canarias. 

Esta situación no es obviamente un caso aislado en la historia de la circulación monetaria. Una vez que una moneda fue acuñada por la autoridad emisora, su presencia en el circulante de distintos territorios ha sido generalmente mucho más dilatada que la inicialmente programada, e incluso su presencia sobrevivió muchos años a los intentos de las autoridades para su amortización y retirada de la circulación. Como estudia Bernard Traimond para el caso de la España peninsular a comienzos del siglo XIX, en las provincias solamente se encontraba en circulación la moneda de cobre, una situación que con ligeros matices se podría extender a todo el continente europeo y, como en el caso que estudiamos, en el área caribeña. 

Durante toda la Edad Moderna e incluso durante el siglo XIX, la moneda en circulación fue muy heterogénea, coexistiendo las emisiones más antiguas con las más modernas, recibiendo cada especie o tipo de ellas una valoración diferente en función de su peso y contenido en metal independientemente de su valor facial. Mientras que las emisiones de moneda fuerte, acuñadas en oro y plata de gran formato o doble, no eran más que monedas accesorias para la mayor parte de la población, debido tanto a su escasez como  al necesario trato diario de bienes y servicios, por lo que el circulante  utilizado por el común de la población estaba compuesto por plata de menos facial, de medios reales a pesetas o reales de a dos, y de moneda de vellón o cobre.    

Hay igualmente dos causas suplementarias que contribuyeron a esta situación, como fueron que las piezas batidas en metales nobles fueron utilizadas por la población como instrumento de ahorro y no para los pagos diarios, dado que no permitían los pagos diarios en una sociedad donde los pagos menudos, el trueque o incluso los medios alternativos de pago, como las fichas o riles, eran más importantes que los intercambios monetarios propiamente dichos. En cuanto a la diversidad de monedas en circulación y a su larga vigencia, fueron sus propios usuarios los que desempeñaron un papel esencial en su difusión, conservación y estimación, escapando con ello a las funciones monetarias que podemos encontrar en los manuales de historia económica. 

La población apreciaba las monedas a las que estaban acostumbradas, por lo que las mismas seguían circulando incluso cuando estaban muy gastadas y habían desaparecido prácticamente los motivos grabados en sus cuños, dado que su antigüedad hacía parte de su valor, validando sus cualidades intrínsecas y garantizando su autenticidad, peso y precio. La moneda menuda recibió asimismo distinta estimación en unos territorios que en otros, por lo que se convirtieron en instrumentos de especulación, con su transporte a aquellos lugares donde se sabía que eran más apreciadas.  

Las primeras monedas acuñadas para el Nuevo Mundo y las Leyes Monetarias de los Reinos de las Indias 

La Isla Española, actual Santo Domingo, fue el destino de la primera acuñación realizada específicamente para circular en el Nuevo Mundo, por un valor de cuatro maravedíes, que se llevó a cabo en la ceca de Sevilla en 1504. Junto a la misma,  Fernando el Católico hizo fabricar moneda de oro y plata para La Española, interviniendo en estas operaciones la Casa de Contratación. La orden para esta emisión, firmada en Toro el 15 de abril de 1505, establecía que se acuñasen un millón de piezas, medio de plata y medio de vellón. 

La primera remesa de esta moneda llegó a Santo Domingo en 1506. Con ello, y a cambio de entregar el oro obtenido de los rescates y explotaciones, los nuevos habitantes de La Española recibieron numerario menudo para sus transacciones. Estas monedas se siguieron acuñando hasta 1535, normalmente en la ceca de Sevilla, aunque esporádicamente también se batiese moneda para este fin en Burgos. Los envíos que escalonadamente se realizaron desde 1506 hasta 1531 fueron insuficientes para mantener una economía de base monetaria en los Reinos de las Indias, pero mantuvieron entre sus nuevos pobladores la memoria de la moneda castellana. 

Esta práctica se desveló desde muy pronto insuficiente para nutrir de numerario a áreas cada vez más extensas, debido a los rápidos progresos de los descubrimientos  que se produjeron tras el comienzo de la penetración en los territorios continentales. Por ello la alternativa que acabó adoptándose fue la labra de moneda en las propias Indias, pese a los recelos de la Corona, que temían que en las cecas ultramarinas se reprodujesen los problemas que habían aquejado a la moneda castellana en la Baja Edad Media. 

Por ello, en fecha 11 de mayo de 1535 se ordenó la apertura de Casas de Moneda en México, Santa Fe del Nuevo Reino de Granada y Potosí, así como que en Santo Domingo se labrase moneda de vellón cuando se diese para ello licencia especial. Todas ellas debían guardar las leyes de las Casas de Moneda de los Reinos de Castilla que trataban de la labor del oro y la plata, en lo que no estuviese dispuesto en las leyes del Titulo 23 de la Recopilación de las Leyes de los Reinos de las Indias. Por tanto, como en todo lo demás, el derecho castellano era supletorio del producido en los Reinos de las Indias. 

Poco después, el 18 de noviembre de 1537, se ordenó que en las Indias se pudieran labrar reales de a ocho, de a cuatro, de a dos, sencillos y medios, como en los Reinos de Castilla. Desde el 10 de mayo de 1544, se ordenó asimismo que toda la moneda de plata debía ser de la misma ley, valor, peso, cuños, punzones y armas que los de los Reinos de Castilla, salvo en Potosí y el Nuevo Reino, donde debía guardarse lo ordenado en cuanto al cuño de Columnas. 

Igualmente, se reprodujeron las previsiones para los dueños de los metales, en el sentido de que, por Ley de 19 de marzo de 1550, se ordenó que la moneda de oro y plata labrada debieran ser entregadas a sus dueños por el mismo marco y peso recibido. En 1565 se mandó que en las Indias se labrase moneda de plata, y no de oro o vellón, si no estuviese permitido o no se permitiese. Por supuesto, una cosa es que no se pudiese acuñar y otra muy distinta que no pudiese circular la moneda de oro y plata. 

La labra de moneda de vellón en Santo Domingo 

El 3 de noviembre de 1536 se abrió en Santo Domingo, en la isla Española, la segunda Casa de Moneda en territorio indiano, que tuvo una vida efímera y escasa producción monetaria. En la misma encontramos acuñaciones de cobre del patrón maravedí. Hay dos variantes de monedas de cuatro maravedíes acuñadas desde 1542 a 1566 a nombre de Carlos y Juana, con el motivo de las columnas de Hércules coronadas, y una emisión que, siguiendo el modelo de la Real Cédula de 1544, presenta un castillo en el anverso y un león en el reverso, y la leyenda KAROLVS QVINTVS INDIARVM REX. 

Otra acuñación sin fechar a nombre de ambos soberanos presenta en su reverso el escudo de la Monarquía, incluyendo en sus cuarteles los escudos de los demás reinos no castellanos, siendo una excepción a lo observado en las monedas americanas de la época. También hay una emisión sin fechar de una moneda de once maravedíes. La moneda de vellón se siguió batiendo en Santo Domingo durante el reinado de Felipe II, pero se hubieron de cambiar los cuños en 1558, sustituyéndolos por los tipos castellanos, debido a que las piezas con motivos propios eran sacadas para la Península. 

Fue la necesidad la que hizo que se batiese circulante de vellón en la isla Española. Si bien, y a causa de su mala calidad, se prohibió su labor, posteriormente, en época de Felipe II, se permitió la labra en la ciudad de Santo Domingo de piezas de dos maravedíes. Su paridad con otras monedas circulantes quedó fijada en 450 maravedíes o 225 cuartos el peso de plata ensayada, y 400 maravedíes el escudo de oro. Se fijó asimismo la obligatoriedad de su aceptación en contratos y cobros. 

Hallazgos monetarios y tesorillos encontrados en el área caribeña 

Este tema ha sido estudiado por Antonio Roma, que detalla varios tesorillos de moneda encontrados en el área caribeña: 

. En la República Dominicana, en las orillas del río Ozama, aparecieron en la década de 1990 unos 250 cuartos. Entre ellos, había más de 250 ejemplares de Santo Domingo a nombre de Juana y Carlos sin contramarca, tres con contramarca en forma de llave, otros tres ejemplares de 4 maravedíes de Sevilla u cuatro de dos maravedíes de Burgos acuñados en tiempos de los Reyes Católicos para su circulación en la isla.

. Cita un tesorillo encontrado en Puerto Rico, con algo más de cien ejemplares, de los que nueve estarían acuñados en Santo Domingo y con contramarca de llave. 

. Otro tesorillo encontrado en Río Cobre, Jamaica, en 1976, de varios cientos de cuartos acuñados en Santo Domingo. Muchos de ellos llevaban una o varias contramarcas: una S sencilla, un ancla o una llave. 

Estos resellos y otros más conocidos han sido relacionados por algunos autores a varios documentos conservados, como los emitidos en Santo Domingo el 25 de junio de 1577 sobre los cuartos, para recibir el valor de dos maravedíes de Castilla, posiblemente la llave, y otros dos realizados en Jamaica en los años 1581 y 1611, sobre unos 100.000 ejemplares. 

La moneda de cobre habría circulado en la parte oriental de Cuba, en Santiago, Bayamo, Baracoa y Puerto Príncipe. La misma habría recibido un resello consistente en una roseta. En cuanto a la que circuló en las Canarias, en las islas de Lanzarote y Gran Canaria, se encuentra un resello en forma de palma. Se conocen asimismo otros dos resellos, uno en forma de II y una pequeña estrella de 6 puntas. 

Como afirma Antonio Roma, el único apoyo a estos resellos sería la supuesta necesidad de retener la moneda de cobre en esas islas, toda vez que ni la moneda peninsular ni las de Santo Domingo o Méjico necesitaban habilitación ninguna para circular en todos los territorios de la Corona. 

La circulación de esta moneda como moneda provincial 

La circulación de esta moneda en esta isla fue estudiada por Fray Cipriano de Utrera, un sacerdote capuchino español que recopiló importantes datos y transcribió numerosos documentos en su estancia en la República Dominicana, Venezuela y Cuba, y cuyo trabajo salió por primera vez a la luz en 1951. Dicha trascripción, realizada a mano por él mismo, fue volcada a ortografía moderna, lo que facilita su lectura para el público en general. 

Sobre la base de la norma de Felipe II citada anteriormente, que fue incluida en la Recopilación de las Leyes de las Indias, en el año 1684 la Ciudad de Santo Domingo abrió un expediente para su aplicación, por acuerdo unánime de su Cabildo. Las primeras deliberaciones, de fecha 17 de abril, se dirigieron a poner de manifiesto la necesidad de reducir la moneda corriente de vellón, que entonces circulaba a 34 maravedíes y ¼ el peso de plata, al valor señalado por el Rey, toda vez que este cambio era el motivo de la saca de moneda de la isla. 

Se afirma que ello suponía que la moneda corriente era atraída a otros lugares donde tenía curso ordinario, con lo que se obtenía un beneficio superior al 50% o incluso más. En este sentido, entendían que gran parte de ella era fundida por los caldereros y fundidores, dado que cada tres libras de cobre, que equivalían a un peso de 8 reales, les salían a tres reales. Ello hacía que, de los ochenta mil pesos en moneda de vellón que estimaban habían entrado en la isla o se habían producido en ella, solamente quedasen en circulación nueve mil. 

La moneda que circulaba en la Española seguía siendo, según el alcalde ordinario don Tomás de las Bastidas y Ávila, la misma que se había acuñado en 1595, y que no constaba que hubiese habido ninguna alteración en su valor ni resello sobre la misma, en contra del parecer del fiscal de la Audiencia, que entendía que era formalmente distinta y que por ello debía acudirse al Consejo de Indias, órgano competente para la reducción de su valor. Para comprobar estos extremos se pidió al Escribano del Cabildo que sacase traslado de la Real Cédula de 15 de julio de 1595, que fue encontrada en el expediente. 

Los situados, que llegaban irregularmente, llevaron moneda novohispana y barras de plata, así como alguna moneda perulera sencilla a la isla. Los mismos sólo daban para el pago de los funcionarios y los gastos de administración, y la masa del mismo se ponía en circulación entre los vecinos que tenían deudas con la Real Hacienda. Esta moneda circulaba temporalmente hasta que era nuevamente recogida por los comerciantes y la Real Hacienda, haciéndose escasa, y arrastrando el valor y la propia moneda de cobre de la isla hacia el exterior, especialmente a Puerto Rico, donde tenía mayor estimación. 

En un Memorial redactado por el licenciado don Gregorio Semillán Campuzano, Relator propietario y Fiscal interino, fechado en Santo Domingo el 16 de agosto de 1687, y relativo a los problemas derivados de la moneda de vellón, se expresaba que la isla carecía de numerario de vellón, que había sido extraída y consumida, y que la Corona debía a los vecinos y militares de la misma más de un millón en concepto de situados, y de otros gastos de la Real Hacienda, por lo que pedía que se remitiesen lo que valiesen cuatro situaciones atrasadas para ir adelantando pagos. Asimismo, se solicitaba que la moneda remitida quedase en La Española provincial y estancada, recogiendo la antigua y remitiéndola a la isla de Puerto Rico, en concepto de ayuda de situación, para que allí circulase a su verdadero valor. 

Según una Consulta realiza al Consejo de Indias en 1692, en relación a la labra de una nueva moneda de vellón, la moneda recogida en Santo Domingo, en caso de que se le concediese la nueva labor y cuño, debía remitirse a Puerto Rico en concepto de situado, para que allí permaneciese, al ser una y con el mismo resello, o que si fuese consumida, se labrase en Santo Domingo la cantidad de 50.000 pesos más de la misma moneda, pagando de su situado lo que hubiese de remitir en moneda antigua. Esto, a su entender, favorecería el comercio entre ambas islas, al contar con el mismo circulante.

En una Real Cédula de 1700 se afirmaba que, además de en La Española y en Puerto Rico, dicha moneda fue sacada en grandes cantidades hacia las Canarias, donde se cambiaba a diez piezas un real de plata, con un beneficio de un 400%, y aunque se mandó recoger, seguía circulando en algunas partes de las Islas Afortunadas. Toda vez que esa moneda de vellón, semejante a la calderilla, fue acuñada con metal fino y mezcla de oro, se ordenaba que se remitiesen al Consejo de Indias piezas ensayadas y otras por ensayar. 

La trascendental reforma operada por la Real Cédula de 18 de marzo de 1771, por la que se ordenó la recogida de toda la moneda anterior y su sustitución por otra de nuevo cuño, tuvo lógicamente su reflejo en la modificación del valor de la moneda circulante en la Isla Española. Unos años antes, en 1768, ya se había producido un intento de modificación de la paridad del circulante de cobre con respecto al real, fijándolo en 34 maravedíes el real de plata, si bien esta norma parece que realmente venía referida a la moneda de Puerto Rico. 

En sendas Reales Cédulas remitidas al Inspector General de Cuentas del distrito de Barlovento, con sede en la Habana, don José Antonio Gelabert, y al Contador del Consejo y Gobernador de Santo Domingo, se solicitó que se remitiese al Consejo de Indias información sobre la variación de la moneda de vellón en la isla. Sobre la base de los datos obtenidos, el Contador General del Consejo de Indias emitió un Informe dos años después, reconociendo un error de procedimiento, dado que a su entender en este asunto debería de haberse convocado por el Gobernador de Santo Domingo una Junta en la que estuviesen presentes el oidor decano, el fiscal de la audiencia y los oficiales reales, para informar al soberano sobre dicho aumento del valor del vellón. 

En dicho informe encontramos una valiosísima fuente para analizar la situación de la moneda provincial de vellón en la isla en estas fechas. Nos indica que el monto total estimado del circulante de dicha especie estimado para la ciudad de Santo Domingo era de unos 24.000 pesos, y que la misma no era estimada en el resto del territorio. Para este contador, la retirada de esta moneda supondría, de darse un valor de 136 cuartos al peso fuerte, o 17 cuartos y dos maravedíes el real de plata, en vez del corriente de 408 cuartos, un beneficio para la Real Hacienda de 48.000 pesos. A su entender, la contaduría estaría de acuerdo en aumentar el valor del circulante de vellón en Santo Domingo y en la adyacente isla de Puerto Rico, dado que de ello no se derivaría un grave perjuicio para la población. 

También analiza en este informe el problema derivado de la diferente estimación que tenía la moneda de vellón en ambas islas, siendo de la misma especie, derivados de la aplicación de la reforma de 1768 anteriormente vista. Ello hacía que la estimación superior de la moneda en Santo Domingo, 51 cuartos el real, que en Puerto Rico, donde se habían reducido los cuartos a maravedíes y venía fijado en 34, supusiese un beneficio en la saca de una isla a otra de un 51%. Ello le lleva a proponer una homogeneización de la moneda provincial de ambas islas, fijando el cambio del real de plata para ambas en 17 cuartos de dos maravedíes, los 34 maravedíes que la Real Cédula de 6 de mayo de 1768 había fijado. Según Utrera, este asunto no tuvo resolución. 

Bibliografía utilizada: 

BELTRÁN VILLAGRASA, P., "El vellón castellano desde 1474 a 1566", NVMISMA, nº 7, abril-junio 1953, pp. 9-29.

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